ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS RESOLUCION n° 014/08 - Gral. VISTO: Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 00301-0058585-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, las facultades otorgadas por el artículo 13 del Código Fiscal (T. O. 1997 y sus modificaciones); y CONSIDERANDO: Que la Administración Federal de Ingresos Públicos como así también distintas jurisdicciones tributarías provinciales, ha aprobado el no cómputo de los plazos previstos en los procedimientos vinculados a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo, durante el término de las ferias que establece el Poder Judicial de la Nación y/o Poderes Judiciales provinciales respectivamente; Que a los fines de equiparar el accionar de esta Administración Provincial al existente en otras jurisdicciones se estima conveniente adoptar el instituto de la "feria fiscal" en el ámbito de la Provincia de Santa Fe: Que no obstante ello, corresponde garantizar el pleno ejercicio de las facultades de contralor de este organismo, así como los intereses del Fisco y el derecho de los administrados a peticionar ante esta Administración Provincial de Impuestos, fijando las excepciones pertinentes; Que la presente iniciativa cuenta con la conformidad de la Dirección Provincial de Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica de la Subsecretaría de Ingresos Públicos (Decreto 026/2008) y se ha dado la intervención que por estructura corresponde a la Dirección General Técnica y Jurídica; POR ELLO: EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS RESUELVE: ARTICULO 1º.- Establecer que en el ámbito de Administración Provincial de Impuestos no se computarán respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos comprendidos dentro de los siguientes períodos: a) Del 1º al 15 de enero de cada año, ambas fechas inclusive, y b) El período que fije esta Administración, teniendo en consideración la feria judicial de invierno que establezca cada año el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. ARTICULO 2º: Lo indicado en el artículo anterior no obsta al ejercicio de las facultades de contralor de este organismo durante los períodos mencionados y no suspende ni modifica los términos de prescripción de las acciones y poderes del fisco para reclamar los tributos. Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante los períodos a que refiere el artículo 1º, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período de que se trate. La Administración Provincial de Impuestos, podrá habilitar días y horas para la realización de determinados actos o trámites, que afecten los intereses del Fisco o de los contribuyentes. ARTICULO 3º.- Respecto del año 2008, el período mencionado en el inciso b) del artículo 1º queda determinado entre los días 21 al 25 de julio, ambas fechas inclusive. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. C.P. NICOLAS RUESJAS Administrador Provincial API S/c 1683 Jul. 25 ______________________________________________________________________________________________ CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 121 Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE MES DE SETIEMBRE DE 2008 Emisión: 3275,3276,3277 y 3278 VISTO: Las actuaciones que obran en el Expediente Nº 0302-0070817-2 del Sistema de Información de Expedientes, y; CONSIDERANDO: Que por las mismas la Sub Dirección de Comercialización atento a las facultades conferidas por el Decreto 0673/01, eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería Tradicional de Santa Fe proyectado para el mes de Setiembre de 2008. Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Cuatrocientos Cincuenta Mil Pesos ($ 450.000.-), al precio de Treinta y seis Pesos ($ 36.-) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes; Que el total de premios programados asciende a la cantidad de Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Doscientos Dieciseis Pesos Con Cuarenta Centavos ($ 859.216,40) por emisión, lo que representa el Sesenta y Dos con Ochenta y Uno por Ciento (62,81%) sobre el total a emitirse de treinta y ocho millares; Que la Resolución de Dirección General Nro. 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios; Que dicho programa ha sido confirmado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja; Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación; Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nro. 2688/78 y Decreto Nro. 1651/82; EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL RESUELVE: Art. 1º) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 3275, 3276, 3277 y 3278 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los días 6, 13, 20 y 27 de Setiembre de 2008 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. Art. 2º) Disponer la impresión de las emisiones que se aprueban por el artículo anterior, y facultar a la Sub Dirección de Comercialización a emitir las mismas. Art. 3º) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 Ministerio de Economía, S.A.F. 353- Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa l6, Actividad 04-Art. 3º Ley 25917 Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8- Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06- Premios. Art. 4º) Regístrese, comuníquese a la firma impresora de certificados sorteables y extractos, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese. Santa Fe, 21 de julio de 2008 ENRIQUE ANGEL UCEDO Director General Caja de Asistencia Social ANEXO I LOTERIA DE SANTA FE PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE SETIEMBRE de 2008 VALOR ENTERO UNA PARTE VALOR NOMINAL $ 36.00 $ 18.00 PROV.STA.FE C/IMP. $ 39.60 $ 19.80 OTRAS JURISDIC. C/IMP. $ 43.20 $ 21.60 SORTEOS NUMERO FECHA PRESCRIPCION 3275 06-Sep-08 06-Oct-08 3276 13-Sep-08 13-Oct-08 3277 20-Sep-08 20-Oct-08 3278 27-Sep-08 27-Oct-08 PREMIOS UNA PARTE ENTERO TOTAL 1 premio de $ 225,000.00 $ 450,000.00 $ 450,000.00 1 premio de $ 7,500.00 $ 15,000.00 $ 15,000,00 1 premio de $ 3,750.00 $ 7,500.00 $ 7,500.00 1 premio de $ 1,500.00 $ 3,000.00 $ 3,000.00 1 premio de $ 750.00 $ 1,500.00 $ 1,500.00 5 premios de $ 300.00 $ 600.00 $ 3,000.00 10 premios de $ 150.00 $ 300.00 $ 3,000.00 570 premios extrac. de 3 c. $ 25.00 $ 50.00 $ 28,500.00 37 premios term.3 c. 1°P. $ 25.00 $ 50.00 $ 1,850.00 342 premios term.2 c. 1° P. $ 23.00 $ 46.00 $ 15,732.00 3420 premios term.1 c. 1° P $ 21.60 $ 43.20 $ 147,744.00 4222 premios prog. 9 en 9 $ 21.60 $ 43.20 $ 182,390.40 8611 premios por un total de $ 859,216.40 APROXIMACIONES 5% DEL PRIMER PREMIO PARA PREMIAR 2 aprox. Números anterior y posterior $ 1,800.00 $ 3,600.00 2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes $ 1,350.00 $ 2,700.00 2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes $ 900.00 $ 1,800.00 2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes $ 450.00 $ 900.00 Reserva para premios especiales $ 13,500.00 5% DEL SEGUNDO PREMIO PARA PREMIAR 2 aprox. Números anterior y posterior $ 225.00 $ 450.00 2 aprox. Nros. Ant. y post. Subsiguientes $ 150.00 $ 300.00 5% DEL TERCER PREMIO PARA PREMIAR 2 aprox. Números anterior y posterior $ 112.50 $ 225.00 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes $ 75.00 $ 150.00 EMISION Fraccionamiento Millares Total emitido Premios 2 partes 38 $ 1,368,000 $ 859,216.40 % s/emisión: 62.81% Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 3 al 9 inclusive, el importe del premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquél (50% a la anterior y 50% a a posterior). Santa Fe, 21 de julio de 2008. S/C 1681 Jul. 25 ______________________________________________________________________________________________ RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 122 Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA CHICA DE SANTA FE Emisiones: 571, 572, 573 y 574. Mes: Setiembre 2008 VISTO: Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0070818-3 del Sistema de Información de Expedientes, y; CONSIDERANDO: Que por las mismas la Sub Dirección de Comercialización atento a las facultades conferidas por el Decreto 0673/01, eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería Chica de Santa Fe proyectados para el mes de Setiembre 2008. Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de quince mil pesos ($ 15.000), al precio de CUATRO PESOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 4,55) cada billete, sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos; Que el total de premios programados asciende a la cantidad de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS ($ 27.560,00) por emisión, lo que representa el SESENTA CON CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (60,57%) sobre el total a emitirse de diez (10) millares, siendo su fraccionamiento de una sola parte; Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja; Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación; Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4° del Artículo 2° del Decreto N° 2688/78 y Decreto N° 1651/82; EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL RESUELVE: Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 571, 572, 573 y 574 de Lotería Chica de Santa Fe, a realizarse los días 6, 13, 20 y 27 de Setiembre 2008 por medio de las extracciones de la Lotería Tradicional de Santa Fe en la fecha respectiva y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. Art. 2°) Disponer la impresión de las emisiones que se aprueban por el artículo anterior, y facultar a la Sub Dirección de Comercialización a emitir las mismas. Art. 3°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 Ministerio de Economía, S.A.F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917 Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios. Art. 4°) Regístrese, comuníquese a la firma impresora de certificados sorteables y extractos, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese. Santa Fe, 21 de Julio de 2008. ENRIQUE ANGEL UCEDO Director General Caja de Asistencia Social ANEXO I LOTERIA CHICA DE SANTA FE PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE SETIEMBRE de 2008 VALOR ENTERO VALOR NOMINAL $ 4.55 PROV.STA.FE C/IMP. $ 5.00 OTRAS JURISDIC. C/IMP. $ 5.50 SORTEOS NUMERO FECHA PRESCRIPCION 571 06-Sep-08 06-Oct-08 572 13-Sep-08 13-Oct-08 573 20-Sep-08 20-Oct-08 574 27-Sep-08 27-Oct-08 PREMIOS ENTERO TOTAL A LAS 4 CIFRAS 1 premio de $ 15.000.00 $ 15.000.00 1 premio de $ 1.250.00 $ 1.250.00 1 premio de $ 750.00 $ 750.00 1 premio de $ 500.00 $ 500.00 1 premio de $ 250.00 $ 250.00 A LAS 3 ULTIMAS CIFRAS 9 del primer premio $ 50.00 $ 450.00 9 del segundo premio $ 30.00 $ 270.00 9 del tercer premio $ 25.00 $ 225.00 9 del cuarto premio $ 20.00 $ 180.00 9 del quinto premio $ 15.00 $ 135.00 A LAS 2 ULTIMAS CIFRAS 90 del primer premio $ 10.00 $ 900.00 90 del segundo premio $ 9.00 $ 810.00 90 del tercer premio $ 8.00 $ 720,00 90 del cuarto premio $ 7.00 $ 630,00 90 del quinto premio $ 6.00 $ 540.00 A LA ULTIMA CIFRA 900 del primer premio $ 5.50 $ 4.950.00 1400 premios por un total de: $ 27.560.00 EMISION Fraccionamiento Millares Total emitido Premios 1 parte 10 $ 45.500 $ 27.560.00 % s/emisión: 60.57% Santa Fe, 21 de Julio de 2008. S/C 1682 Jul. 25 ______________________________________________________________________________________________ SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE COMUNICADO “Se hace saber a la Empresa VILLA DIEGO S.R.L., que en los autos caratulados Subsecretaría de Transporte - Expediente Nº 00701-0040498-3 y sus agregados Nº 00115-0000396-9 y Nº 00115-0000392-5 se ha resuelto en el Decreto Nº 1632/08 lo siguiente: ARTICULO 1º.- Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por la Sindicatura designada en los autos Villa Diego S.R.L. s/Quiebra (Expte. Nº 38/97) contra el Decreto Nº 2517/01, que declaró caduco el permiso Precario Nº 233 otorgados por Decreto Nº 1377/80 a la Empresa de Transporte Villa Diego S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.- ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo.- Dr. Hermes Juan BINNER - Gobernador de la Provincia de Santa Fe y Arq. Antonio Roberto CIANCIO - Ministro de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente.” S/c 1680 Jul. 25 __________________________________________