picture_as_pdf 2014-06-25

ARCHIVO GENERAL DE LOS

TRIBUNALES DE SANTA FE


DESTRUCCION DE EXPEDIENTES


Conforme los términos del artículo 272 de la Ley 10.160 (t.o.). Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, anunciase a través de la Dirección, a cargo de la Sra. Noemí Calvo de Costa (Directora General), que el Archivo General de los Tribunales de Santa Fe, el día 12 de Agosto de 2014, procederá a la destrucción de expedientes de los fueros y años que se detallan con plazos de conservación vencidos al 31/12/2012 y al 31/12/2013, a saber:

A) Expedientes con plazos de conservación vencidos al 31/12/2012: Juzgados de Rafaela. Fuero Penal: Penal de Sentencia: terminados, año 1992. Juzgados de Vera. Fuero Penal: Penal Correccional: paralizados y terminados, año 2007. Penal de Instrucción: terminados, año 1997. Penal de Sentencia: terminados, año 1992. Juzgados de Reconquista. Juzgados de Menores: secretaría penal, paralizados y terminados, año 2007. Juzgados de San Cristóbal. Fuero Penal: Penal de Instrucción: terminados, año 1997. Juzgados de Tostado: Fuero Penal. Penal Correccional: terminados, año 2007. Penal de Faltas: terminados, año 2009. Penal de Instrucción: terminados, año 1997. Juzgados de Circuito. Ceres: faltas, terminados, año 2009; civiles, terminados, año 2007. Coronda: faltas, terminados, año 2009; civiles, paralizados, año 2007. El Trébol: faltas, terminados, año 2009; civiles, terminados, año 2007. Esperanza: faltas, paralizados, año 2009; civiles, paralizados, año 2007. Gálvez: faltas, terminados, año 2009. Helvecia: faltas, terminados, año 2009. Laguna Paiva: faltas, terminados, año 2009; civiles, paralizados y terminados, año 2007. Rafaela: civiles, paralizados y terminados, año 2007. Reconquista: faltas, terminados, año 2009. San Carlos Centro: faltas, terminados, año 2009. San Cristóbal: faltas, terminados, año 2009. San Genaro: faltas, terminados, año 2009. San Justo: faltas, terminados, ano 2009. Santo Tomé: faltas, paralizados y terminados, año 2009. San Vicente: faltas, terminados, año 2009. Sastre: faltas, terminados, año 2009. Sunchales: faltas, terminados, año 2009. Vera: faltas, terminados, año 2009. Villa Ocampo: faltas, terminados, ano 2009. B) Expedientes con plazos de conservación vencidos al 31/12/2013: Juzgados de Santa Fe. Fuero Penal: Penal Correccional: 1ra. Nominación, paralizados y terminados, año 2008.

Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley. Santa Fe, 18 de Junio de 2014.

S/C 233465 Jun. 25 Jun. 27

__________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCIÓN Nº 956


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 17 JUN 2014

VISTO :

El expediente Nº 00501-0125623-5 del S.I.E., mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura de dos (2) cargos de Supervisor de Enfermería en la Colonia Psiquiátrica “Dr. Abelardo Irigoyen Freyre” de Oliveros, correspondientes a la categoría 4 del agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1729/2009, en su artículo 2º, el Poder Ejecutivo Provincial reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del referido escalafón, por el establecido en el Anexo A del citado acto administrativo, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así a los titulares de las Jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;

Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal los referidos cargos se encuentran vacantes, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo-contables previos para la realización del concurso;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para los puestos ofrecidos;

Que, asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente –Ley N° 10052 y modificatorias– en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93º y 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones (fs. 48 vlto.);

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve :

ARTÍCULO 1º.-Llámase a concurso interno para la cobertura de dos (2) cargos de Supervisor de Enfermería en la Colonia Psiquiátrica “Dr. Abelardo Irigoyen Freyre” de Oliveros, correspondientes a la categoría 4 del agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.-

ARTÍCULO 2°.- Los concursos internos se realizarán de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitados al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón (artículo 88º).-

ARTÍCULO 3°.-Apruébanse la descripción y el perfil de los puestos solicitados así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo “A” de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo “B” de esta resolución.-

ARTÍCULO 4°.-Establécese que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal, el jurado del concurso mediante Acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.-

ARTÍCULO 5°.-Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92º, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese.-


ANEXO A


CONCURSO INTERNO – MINISTERIO DE SALUD

Dcto. Nº 1729/09 (Régimen de Concurso)


CARGOS

Dos (2) cargos de Supervisor de Enfermería en la Colonia Psiquiátrica “Dr. Abelardo Irigoyen Freyre” de Oliveros (Categoría 04 – agrupamiento Hospitalario-Asistencial)

DIRECCION

Ruta Nacional Nº 11, Km. 356 (Zona Rural) - Oliveros (Pcia. de Santa Fe)

REQUISITOS

Título de Enfermero/a Profesional (Excluyente)

Matrícula Profesional expedida por el respectivo Colegio de Profesionales (Excluyente)

PERFIL DEL PUESTO

Garantizar la satisfacción de las necesidades y expectativas de los pacientes y su familia, mediante el mejoramiento continuo de la calidad del servicio.

Promover esfuerzos cooperativos en el equipo de salud.

Detectar factores condicionantes que alteren el desempeño laboral.

Mejorar la calidad de atención.

Evaluar sistemas de registro de actividades.

Ayudar a proporcionar a los pacientes un ambiente cómodo, ordenado, limpio y seguro.

Participar con sus conocimientos en la educación para la salud del paciente y su familia, como así también del personal a su cargo.

Monitorear y valorar la atención prestada por enfermería.

Verificar y valorar en forma directa, a través de registros, los cuidados de enfermería aplicados.

Contribuir a mantener relaciones interpersonales armoniosas.

FORMACION PARTICULAR

1) De la Organización, gestión y procesos administrativos:

Conocimientos en circuitos administrativos y/o desarrollos internos.

Conocimientos sobre normas y procedimientos de Bioseguridad.

Conocimientos en procesos de atención de enfermería (teoría y aplicación)

Dominio de técnicas de planificación, organización y gestión de personal.

2) Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Administración Pública Provincial, al Ministerio de Salud y a las funciones específicas:

Del Personal:

Decreto Nº 2695/83 (Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial)

Decreto Nº 1919/89 (Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes de la Administración Pública Provincial)

Decretos Nros. 522/13 (Régimen de Selección para el ingreso en establecimientos sanitarios del Ministerio de Salud) y 1729/09 (Régimen de concursos de la Administración Pública Provincial).

Decreto Nº 1136/10 (Autoseguro de Riesgo de Trabajo)

Ley Nº 8525 (Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial)

Ley Nº 11975 (Sistema de Identificación de Personal y Registro de Reclamos)

Ley Nº 12434 (Violencia Laboral)

Del Trámite y Gestión:

Decreto Nº 10.204/58 (Reglamento para el trámite de actuaciones administrativas).

De la Organización del Estado:

Ley Nº 10608 (Descentralización Hospitalaria a nivel provincial) y su Decreto Reglamentario Nº 1427/91

Ley Nº 12501 (Regulación del Ejercicio de la Enfermería) y su Decreto Reglamentario Nº 2810/12

Decreto Nº 2542/72 (Reglamento Básico de Hospitales)

Decreto Nº 3202/05 (Régimen de Suplencias del Ministerio de Salud)

Decreto Nº 267/10 (Sistema de Administración de Recursos Humanos)

Ley Nº 12913 (Creación de Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo) y su Decreto Reglamentario Nº 396/09.

Inherente a las Funciones:

Ley Nº 10.772 (Salud Mental).

Ley Nacional Nº 26.257 (Salud Mental).

3) Conocimientos técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas.

4) Competencias Personales y de Actitud

Capacidad para el trabajo en equipo interdisciplinario.

Modalidad de relaciones interpersonales.

Capacidad de comunicación.

Estilo de liderazgo.

Capacidad de planificación y organización.

Relación con la autoridad y respeto por las normas y pautas de trabajo.

Compromiso y responsabilidad con el trabajo.

Integridad y honestidad.

Asertividad.


ANEXO B


COMPOSICIÓN DEL JURADO

El jurado estará integrado de la siguiente manera:

(Cargos: Dos (2) Supervisores de Enfermería en la

Colonia Psiquiátrica “Dr. Abelardo Irigoyen Freyre” de Oliveros)

Presidente: Dr. Juan Pablo Gutiérrez – Subsecretario de Gestión de Personal

Titulares:

Dra. Edit Alicia Zamora – Directora General de Personal

Sr. Jorge Luis Cuaglini – Director de la Escuela Superior de Enfermería de Santa Fe

Lic. Susana Beatriz Acuña – Supervisora de Enfermería (Región de Salud Nodo Rafaela)

Lic. Mercedes Zeballo – Jefa de Departamento Enfermería en el Hospital “Dr. José María Cullen” de Santa Fe

Sr. Pablo Bruschi - En representación de U.P.C.N.

Sr. Fernando Weibel - En representación de U.P.C.N.

Sr. Germán Matos - En representación de U.P.C.N.

Sr. Edgardo Arce- En representación de A.T.E.

Suplentes:

Dr. Gonzalo Soria – Director Provincial de Gestión de Personal

Dr. Rolando Vergara – Sub Director General de Asuntos Jurídicos

Lic. Gabriela Ciccioli – Supervisora de Enfermería (Región de Salud Nodo Cañada de Gómez)

Dr. Maximiliano Re – Jefe de Departamento Administrativo (Dir. Prov. de Recursos Humanos)

Sr. Enrique Melnik - En representación de U.P.C.N.

Sr. Raúl Martínez - En representación de U.P.C.N.

Sr. Alejandro Romero - En representación de U.P.C.N.

Sr. Omar Carello - En representación de A.T.E.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Fecha: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta

cinco (5) días hábiles después de su finalización, desde el 1 al 22 de julio de

2014, en el horario de 08:00 a 12:00 hs.

Lugar de presentación de la documentación y de celebración de las etapas: Dirección General de Personal del Ministerio de Salud, sita en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja – ciudad de Santa Fe (1ra. y 3ra.) y en área a designar en la Colonia Psiquiátrica “Dr. Abelardo Irigoyen Freyre” de Oliveros (2da. y 4ta.).

El Formulario de Inscripción (cuya copia se adjunta) se deberá bajar desde la portada principal de la página web oficial de la Provincia o podrá ser retirado en la Dirección Provincial de Gestión de Personal, sita en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja – ciudad de Santa Fe, en el horario de 8,00 hs. a 12,00 hs..

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

El llamado a concurso se difundirá dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de la difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la página web oficial de la Provincia.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado, una fotocopia autenticada por el organismo del último recibo de sueldo; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante y su correo electrónico, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria. En este sentido, se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la página web oficial de la Provincia (www.santafe.gov.ar - área “Selección y Concursos de Personal”), como así también aquellas que se practiquen mediante Correo Electrónico y/o Cédula de Notificación.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Salud en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción. El postulante queda así convocado a las distintas etapas del concurso, en las fechas y horarios expuestos en la Resolución convocante, sin necesidad de nuevo aviso, salvo que éstas sean modificadas por indicación del Jurado Evaluador o el aspirante no aprobara alguna de las mismas, procediéndose en cada caso a su debida notificación por los medios ya mencionados. Cabe destacar que la presencia es obligatoria para las Etapas II, III y IV, con la respectiva identificación personal (D.N.I.).

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

Ante cualquier tipo de consulta, la misma deberá dirigirse al siguiente correo electrónico: concursos_salud@santafe.gov.ar.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: martes 2 de septiembre de 2014.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

Aclaración: los postulantes NO deberán hacerse presente.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: viernes 5 de septiembre de 2014.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: miércoles 10 de septiembre de 2014.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: viernes 26 de septiembre de 2014.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Mérito.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. A los efectos de cubrir los dos (2) cargos contemplados en el presente llamado, se procederá a la elaboración de un sólo Orden de Mérito, teniéndose por ganadores del concurso a los postulantes que obtengan el mayor puntaje dentro del mismo. En el caso de que ninguno o sólo uno de los concursantes alcance el referido puntaje, el concurso se declarará total o parcialmente desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:


Evaluación de antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación Psicotécnica 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.

Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción

S/C. 11692 Jun. 25 Jun. 27

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RESOLUCIÓN Nº 957


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17 JUN 2014

VISTO:

El expediente Nº 00501-0127288-6 del S.I.E., mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Jefe de Sección Administrativa en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Romang, correspondiente a la categoría 3 del agrupamiento Administrativo del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1729/2009, en su artículo 2º, el Poder Ejecutivo Provincial reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del referido escalafón, por el establecido en el Anexo A del citado acto administrativo, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así a los titulares de las Jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;

Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal el referido cargo se encuentra vacante, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo-contables previos para la realización del concurso;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para el puesto ofrecido;

Que, asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente –Ley N° 10052 y modificatorias– en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93º y 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones (fs. 39 vlto.);

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:

ARTÍCULO 1º.-Llámase a concurso interno para cubrir el cargo de Jefe de Sección Administrativa en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Romang, correspondiente a la categoría 3 del agrupamiento Administrativo del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.-

ARTÍCULO 2°.-El concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón (artículo 88º).-

ARTÍCULO 3°.-Apruébanse la descripción y el perfil del puesto solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo “A” de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo “B” de esta resolución.-

ARTÍCULO 4°.-Establécese que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal, el jurado del concurso mediante Acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.-

ARTÍCULO 5°.-Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92º, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese.-


ANEXO A

CONCURSO INTERNO – MINISTERIO DE SALUD

Dcto. Nº 1729/09 (Régimen de Concurso)


CARGO

Jefe de Sección Administrativa en el S.A.M.Co. de Romang

(Categoría 03 – agrupamiento Administrativo)

DIRECCION

Dr. Arturo Illia 1168 – ciudad de Romang.

REQUISITOS

Título Secundario (Excluyente)

PERFIL DEL PUESTO

Entender en la liquidación de haberes del personal del efector.

Intervenir en las tramitaciones administrativas vinculadas al pago de títulos, bonificación por antigüedad y otras.

Intervenir en la liquidación, registro y trámite final de la atención de gastos.

Intervenir en la regulación de reconocimientos de gastos de legítimo abono.

Manejo de fondos ministeriales y fondos propios.

Realizar acciones vinculadas a la administración del recurso humano del nosocomio.

Confeccionar expedientes de comprobante de pago de sueldos.

Entregar recibos de sueldos al personal de Hospital.

Realizar los trámites correspondientes para el pago de las asignaciones familiares, entre otras bonificaciones.

Efectuar los trámites para la apertura de cajas de ahorro del personal.

Control y revisión de comprobantes de inversión de gastos y clasificación de los mismos según nomenclador.

Confeccionar los Balances de Inversión.

Preparar trimestralmente el Balance.

Realizar todas aquellas funciones encomendadas por los superiores jerárquicos que resulten de su competencia específica.

Realizar las tareas administrativas (propias de un Jefe de Personal) relacionadas con el manejo del recurso humano permanente y no permanente del efector.

FORMACION PARTICULAR

1) Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Administración Pública Provincial, al Ministerio de Salud y a las funciones propuestas:

Decreto Nº 1919/89 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 2695/83 - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 3202/05 - Régimen de Suplencias

Decreto Nº 267/10 - Sistema de Administración de Recursos Humanos.

Ley Nº 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

Ley Nº 9282 - Estatuto y Escalafón de los Profesionales Universitarios de la Sanidad.

Ley Nº 9290 y modificatorias - Ley de Asignaciones Familiares.

Ley Nº 4973 y sus modificatorias - Incompatibilidades.

Del Trámite y Gestión:

Decreto Nº 10.204/58 - Reglamento para el trámite de actuaciones administrativas.

De la Jurisdicción:

Ley Nº 6312 de SAMCos y su reglamentación.

2) Conocimientos técnicos no específicos:

Manejo de herramientas informáticas.


ANEXO B

COMPOSICION DEL JURADO

El jurado estará integrado de la siguiente manera:

(Cargo: Jefe de Sección Administrativa en el S.A.M.Co. de Romang)

Presidente: Dr. Juan Pablo Gutiérrez – Subsecretario de Gestión de Personal

Titulares:

Psic. Natalia Ocampo– Directora del S.A.M.Co. de Romang

Dr. Maximiliano Re – Jefe de Departamento Administrativo (Dir. Prov. de Recursos Humanos)

Dra. Mónica López – Jefa de División Planteles Reales (Dir. Gral. de Personal)

Sra. Silvia Jofre de Reta – Coordinadora Secretaría Técnica (Dir. Gral. de Administración)

Sr. Enrique Melnik - En representación de U.P.C.N.

Sr. Pablo Bruschi - En representación de U.P.C.N.

Sr. Fernando Weibel - En representación de U.P.C.N.

Sra. Ester Morzan - En representación de A.T.E.

Suplentes:

Sra. Mónica Nieres – Coordinadora Técnica Administrativa (Dir. Prov. de Recursos Humanos)

Sra. Alejandra Rugna – Jefa de Departamento Temporarios (Dir. Gral. de Personal)

Sr. Jorge Martínez - Jefe de División (Dir. Gral. de Personal)

Sr. Eduardo Sollier – Director General de Despacho.

Sr. Alejandro Romero - En representación de U.P.C.N.

Sra. Stella Delgado - En representación de U.P.C.N.

Sra. Olga Mendoza - En representación de U.P.C.N.

Sr. Gabriel González - En representación de A.T.E.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Fecha: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta

cinco (5) días hábiles después de su finalización, desde el 1 al 22 de julio de

2014, en el horario de 08:00 a 12:00 hs.

Lugar de presentación de la documentación y de celebración de las etapas: Dirección General de Personal del Ministerio de Salud, sita en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja – ciudad de Santa Fe (1ra.) y S.A.M.Co. de Romang (2da. y 3ra.).

El Formulario de Inscripción (cuya copia se adjunta) se deberá bajar desde la portada principal de la página web oficial de la Provincia o podrá ser retirado en la Dirección Provincial de Gestión de Personal, sito en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja – ciudad de Santa Fe, en el horario de 8,00 hs. a 12,00 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

El llamado a concurso se difundirá dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de la difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la página web oficial de la Provincia.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado, una fotocopia autenticada por el organismo del último recibo de sueldo; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante y su correo electrónico, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria. En este sentido, se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la página web oficial de la Provincia (www.santafe.gov.ar - área “Selección y Concursos de Personal”), como así también aquellas que se practiquen mediante Correo Electrónico y/o Cédula de Notificación.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Salud en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción. El postulante queda así convocado a las distintas etapas del concurso, en las fechas y horarios expuestos en la Resolución convocante, sin necesidad de nuevo aviso, salvo que éstas sean modificadas por indicación del Jurado Evaluador o el aspirante no aprobara alguna de las mismas, procediéndose en cada caso a su debida notificación por los medios ya mencionados. Cabe destacar que la presencia es obligatoria para las Etapas II, III y IV, con la respectiva identificación personal (D.N.I.).

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

Ante cualquier tipo de consulta, la misma deberá dirigirse al siguiente correo electrónico: concursos_salud@santafe.gov.ar.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: martes 12 de agosto de 2014.

Hora: a partir de las 09:00 hs.

Aclaración: los postulantes NO deberán hacerse presente.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: viernes 15 de agosto de 2014.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Entrevista Personal:

Fecha: viernes 22 de agosto de 2014.

Hora: a partir de las 10:00 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Mérito.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 50 %

Entrevista Personal 20 %

Total 100 %


La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.

Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción

S/C. 11693 Jun. 25 Jun. 27

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MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS


DIRECCION PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION

DE CONFLICTOS INTERPERSONALES


DISPOSICION Nº 0022


SANTA FE, Cuna de la Constitución

Nacional, 05/06/2014

VISTO:

El expediente Nº 02001-0023130-6, del sistema de información de expedientes, en virtud del cual se gestiona la Implementación Informática del Sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria en Materia de Familia, y;

CONSIDERANDO

Que, la Ley Provincial Nº 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la Provincia, con carácter de instancia previa obligatoria en la iniciación del proceso judicial, en los términos y para las causas que ella establece;

Que, en su art. 42º, segundo párrafo, expresa que su implementación no deberá exceder el plazo de tres años desde su promulgación y permite hacerlo en forma gradual conforme las características de cada Sede Judicial;

Que por Resolución Nº 0129/14 se determinó la convocatoria de los mediadores inscriptos en el Registro de Mediadores y Comediadores para que ejerzan la opción informática para participar de las adjudicaciones de los sorteos en materia de familia;

Que, el artículo 2º De la Resolución Nº 0129/14, dispone que la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de conflictos Interpersonales, determinará la forma, días y horas para efectuar dicha opción;

Que, asimismo dispone en el art. 3º que se instruya a la Sectorial de Informática del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a realizar las modificaciones necesarias para adecuar el Sistema Informático de Gestión a la convocatoria mencionada ut supra;

Que, a tales fines se considera oportuno establecer que, aquellos mediadores y comediadores que quieran mediar en materia de familia, deberán ingresar en el Sistema de Gestión de Mediación, ir a la sección “Configuración”, luego a la opción “Fueros”, para después ejercer la aplicación de: fuero de familia, fuero civil y comercial. Los mediadores podrán optar por los fueros solo en la forma, días y horas que en la presente se dispone. Asimismo la solicitud de baja de los fueros estará habilitada durante todo el período hábil judicial;

Que, en cuanto al análisis legal de la presente gestión, el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 13.151, dispone que: “En las cuestiones derivadas del derecho de familia, el requirente deberá llevar a mediación previa obligatoria todos aquellos temas que refieran a cuestiones que no estuvieran expresamente excluidas de la presente ley; en su defecto el juez, previo a todo trámite, deberá remitir estos temas a la instancia de mediación”;

Que, en tanto, respecto de la norma anterior también deben contemplarse las excepciones previstas en el art. 4º inciso b) del referido dispositivo legal, vinculadas a “acciones de separación personal y divorcio, nulidad de matrimonio, patria potestad, filiación, adopción y alimentos provisorios que determina el artículo 375º del Código Civil”;

Que, por su parte, a través de la Resolución ministerial Nº 0129/14 teniendo en cuenta la particularidad que representa la materia del Derecho de Familia en el universo de las ciencias jurídicas, se convoca a los Mediadores y Comediadores inscriptos en el Sistema de Mediación Prejudicial a manifestar su opción de participar en cuestiones relacionadas a esta materia; autorizando a esta Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales a llevar a cabo su implementación; y, a la Sectorial Informática del Ministerio a realizar las modificaciones informáticas necesarias para ello;

Que, atento a lo manifestado, no existen observaciones legales que efectuar para la prosecución del acto;

Que, ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Dictamen Nº 212 de fecha 03/06/2014;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION

DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE:

ARTICULO 1º: Fíjese desde el día 1 de junio de 2014 al 8 de agosto de 2014 inclusive, para la apertura del sistema de gestión informática a los fines de que los Mediadores y Comediadores puedan ejercer la opción de elegir los fueros en los cuales desarrollarán su actuación profesional en la Mediación Prejudicial Obligatoria, entendiendo por ello los fueros de Familia, Civil y Comercial.-

ARTICULO 2º: Establecer que los Mediadores y Comediadores pondrán ejercer la opción de darse de baja para mediar en los fueros de Familia, Civil y Comercial durante todo el año.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 11695 Jun. 25 Jun. 26

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