DECRETO Nº 1579
SANTA FE, 17 de Junio de 2008.-
V I S T O:
El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes nº 00201-0125785-5, en el que se propicia la emisión del acto que disponga la derogación del Decreto nº 1248/85; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto cuya derogación se propicia, se dispuso la aprobación del Reglamento Interno de la Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia Comisario Inspector Antonio Rodríguez Soto;
Que por la Ley nº 12.333 se dispuso la creación del Instituto de Seguridad Pública, con el objetivo de propender a la formación de recursos humanos en el área de seguridad, con especialización en la seguridad pública por medio de carreras de nivel terciario y otras actividades educativas, disponiéndose que éste reemplazaría, entre otros, a la Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia Comisario Inspector Antonio Rodríguez Soto;
Que de conformidad al artículo 55º de la Ley nº 12.333, en el plazo para la implementación de la ley el Poder Ejecutivo debe adoptar las medidas técnicas y administrativas necesarias en lo que es de su competencia, que permitan la puesta en marcha y el funcionamiento del mencionado Instituto;
Que la Dirección del Instituto de Seguridad Pública de la Provincia de Santa Fe, en criterio compartido por el Subsecretario de Seguridad Pública, estima incompatible el reglamento cuya derogación se propone con las nuevas carreras y sistema educativo creados a partir de la Ley nº 12.333 y la puesta en funcionamiento del Instituto de Seguridad Pública;
Que en el trámite han tomado la intervención correspondiente, de conformidad al reglamento aprobado por el Decreto nº 132/94, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad en su dictamen nº 0132/08 y Fiscalía de Estado en su dictamen nº 0031/08;
POR ELLO, y conforme lo dispuesto por los artículos nros. 50º y 55º de la Ley nº 12.333, y 72º inciso 4) de la Constitución de Santa Fe,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Derógase el Decreto nº 1248/85 aprobatorio del Reglamento Interno de la Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia.
ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Daniel Oscar Cuenca
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