picture_as_pdf 2003-06-25

REGISTRADA BAJO EL Nº 12112

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO Nº 1 .- Apruébase el Convenio Marco celebrado el 28 de Mayo de 2001, entre el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el señor Subsecretario de Educación Básica, Lic. Gustavo Fabián Iaies y el Ministerio de Educación  de la Provincia de Santa Fe, representado por su entonces Titular, Dr. Alejandro Angel Rébola, inscripto bajo Nº 1528 el 13 de febrero de 2002, al 266, III, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales - Decreto Nº 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa y aprobado por Decreto Nº 1122/02, cuya copia en treinta y tres (33) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO Nº 2 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLTURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Marcelo Muniagurria

Presidente

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1620

 

SANTA FE, 12 JUN. 2003

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.112 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

REUTEMANN

Daniel Germano

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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