REGISTRADA BAJO EL Nº 12111
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1.- Ratifícase el convenio celebrado en
fecha 22 de Abril de 2001, entre los Ministerios de Salud de la Nación y de
Salud y Medio Ambiente de esta Provincia, por el que se acuerda el desarrollo y
fortalecimiento de la atención primaria de la salud a través de programas de
actividades que tendrán como objetivo general la prevención y promoción de la
salud.
Dicho convenio fue aprobado ad-referendum de esta
Honorable Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 569/2002 e inscripto
en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
el día 31 de Julio de 2001, con el Nº 1438, Folio 221, Tomo III, cuyo texto y
anexos III y IV en siete (7) folios se agregan e integran la presente.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Marcelo Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1619
SANTA FE, 12 JUN. 2003
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.111
efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes
corresponde observarla y hacerla observar.-
REUTEMANN
Fernando Bondesío
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
_____________________________________________________________________________