REGISTRADA BAJO EL Nº 12110
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio suscripto en
fecha 12 de Febrero de 2003, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y el
Ministerio del Interior de la Nación sobre Préstamo del Fondo para la
Transformación de los Sectores Públicos Provinciales.
Dicho Convenio que fuera inscripto en fecha 19 de Febrero de 2003 en el
Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales,
bajo el Nº 1687, Folio 45, Tomo IV, forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Marcelo Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 18 de junio de 2003
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
REUTEMANN
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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