picture_as_pdf 2003-06-25

REGISTRADA BAJO EL Nº 12110

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio suscripto en fecha 12 de Febrero de 2003, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio del Interior de la Nación sobre Préstamo del Fondo para la Transformación de los Sectores Públicos Provinciales.

Dicho Convenio que fuera inscripto en fecha 19 de Febrero de 2003 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el Nº 1687, Folio 45, Tomo IV, forma parte integrante de esta ley.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Marcelo Muniagurria

Presidente

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE,  18 de junio de 2003

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

REUTEMANN

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

_____________________________________________________________________________