COLEGIO DE MARTILLEROS
ROSARIO
INSCRIPCION EN EL REGISTRO
DE MATRICULAS
A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que el señor ORIOLO MATÍAS, D.N.I. N° 36.632.149, Argentino, soltero, nacido el 13/01/1992, de apellido materno Rivero, con domicilio real en calle Avellaneda N° 147 de la localidad de Alcorta, código postal N° 2117 y legal en calle Maipú N° 686, Piso 6, Dpto. B de la localidad de Rosario, código postal N° 2000, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilieros de Rosario, calle Moreno N° 1546 de la ciudad de Rosario, a los dieciséis días del mes de abril de 2018. Firma: Miriam L. Seery, Secretaria.
$ 90 354034 Abr. 25 Abr. 26
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INSCRIPCION EN EL REGISTRO
DE MATRICULAS
A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley N° 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que la señora SYTAR JULIANA BELÉN, DNI: N° 37.435.465, Argentina, soltera, nacida el 17/07/1993, de apellido materno ACOSTA, con domicilio real y legal en calle Cervantes N° 439 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, código postal N° 2124, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno N° 1546 de la ciudad de Rosario, a los dieciséis días del mes de abril de 2018.
Firma: Miriam L. Seery, Secretaria.
$ 90 354035 Abr. 25 Abr. 26
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GRUPO UNIÓN S.A.
NOTIFICACIÓN
Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo Nº 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”). Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”), Asociación Mutualista y Solidaria 29 de Noviembre (AMYS), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”), Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”), Asociación Mutual del Personal del PAMI (“AMUPPI”), Asociación Mutual Combatientes en Malvinas de la República Argentina (“AMCMRA”) y Los Amigos Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo y Servicios Sociales Limitada (“Los Amigos”) que se identifican con los números: 263834,267582,291624,292577,293383,294158,25470,296238,300196,300840,301900,301942,303349,303385,303572,304155,306565,306726,306801,306967,307025,307128,307193,307557,307626,307692,307821,308056,308152,308198,308200,308222,308316,308533,308600,308649,308833,308854,309009,309050,309108,309143,309177,309206,309295,309318,309324,309344,309470,309505,309570,309732,309841,310012,310268,310429,310537,310817,310861,310881,310917,310957,311024,311044,311100,311102,311120,311125,311146,311177,311236,311281,311321,311393,311423,311446,311455,311475,311488,311496,311521,311571,311604,311611,311634,311666,311688,311720,311722,311724,311750,311777,311781,311788,311790,311794,311820,311854,311865,311882,311884,311899,311905,311932,311969,312072,312082,312101,312143,312150,312191,312267,312280,312306,312311,312320,312321,312326,312337,312340,312357,312367,312387,312424,312442,312455,312466,312478,312483,312489,312499,312508,312521,312535,312540,312547,312570,312583,312618,312620,312622,312664,312671,312673,312676,312678,312688,312699,312703,312725,312733,312737,312744,312747,312783,312785,312797,312824,312833,312838,312866,312893,312897,312912,312917,312923,312925,312976,312980,312994,313018,313047,313049,313063,313080,313081,313120,313156,313162,313177,313182,313186,313211,313219,313220,313247,313255,313290,313291,313293,313295,313305,313317,313320,313328,313332,313346,313359,313371,313383,313385,313387,313388,313392,313394,313395,313404,313409,313412,313422,313426,313433,313436,313451,313474,313488,313537,313540,313557,313577,313580,313583,313601,313606,313650,313653,313654,313657,313664,313676,313679,313682,313688,313692,313712,313719,313724,313726,313730,313733,313737,313740,313751,313753,313757,313758,313760,313769,313776,313781,313788,313794,313805,313806,313809,313816,313844,313861,313873,313880,313882,313885,313887,313889,313905,313908,313910,313911,313913,313921,313922,313929,313932,313944,313952,313959,313977,313986,314005,314011,314020,314023,314024,314038,314047,314049,314062,314067,314073,314074,314076,314079,314086,314090,314093,314096,314112,314115,314146,314154,314161,314173,314180,314182,314193,314206,314209,314213,314222,314234,314238,314243,314250,314252,314269,314273,314275,314276,314285,314288,314293,314295,314301,314305,314308,314312,314313,314314,314319,314321,314336,314342,314345,314350,314353,314362,314367,314378,314388,314391,314392,314400,314403,314406,314413,314418,314424,314443,314447,314455,314458,314460,314461,314462,314464,314472,314477,314478,314481,314482,314483,314492,314494,314508,314525,314529,314532,314534,314535,314543,314563,314577,314588,314610,314630,314632,314633,314634,314639,314654,314662,314673,314686,314695,314698,314703,314705,314724,314727,314741,314743,314748,314753,314774,314791,314795,314800,314801,314837,314842,314854,314864,314871,314875,314876,314877,314881,314884,314886,314887,314890,314894,314895,314904,314926,314936,314938,314964,314986,314996,314999,315005,315008,315012,315015,315028,315043,315062,315070,315076,315079,315083,315114,315123,315125,315139,315147,315148,315149,315171,315172,315178,315189,315194,315197,315205,315208,315212,315215,315218,315225,315241,315248,315272,315295,315297,315301,315325,315327,315330,315341,315346,315348,315372,315377,315380,315386,315398,315407,315422,315432,315434,315442,315471,315478,315484,315527,315540,315543,315551,315555,315558,315581,315584,315597,315610,315616,315640,315664,315666,315673,315688,315689,315692,315697,315698,315701,315710,315718,315737,315746,315756,315760,315765,315782,315787,315793,315796,315823,315837,315852,315859,315879,315882,315891,315919,315924,315926,315942,315946,315966,315983,315987,316033,316040,316075,316090,316106,316115,316132,316144,316148,316154,316160,316188,316193,316212,316214,316221,316227,316249,316266,316309,316342,316344,316377,316395,316396,316423,316424,316437,316449,316455,316464,316470,316471,316507,316509,316535,316536,316537,316551,316584,316631,316635,316664,316683,316695,316702,316704,316719,316723,316747,316761,316766,316793,316807,316841,316849,316857,316858,316866,316879,316883,316885,316911,316937,316962,316969,316992,316993,317035,317050,317067,317082,317095,317096,317116,317142,317159,317172,317174,317177,317190,317191,317231,317270,317280,317308,317347,317354,317377,317383,317395,317401,317417,317481,317519,317526,317573,317593,317596,317611,317616,317618,317646,317696,317697,317700,317720,317757,317771,317786,317934,318001,318025,318036,318064,318097,318148,318157,318230,318321,318324,318332,318426,318469,318509,318524,318614,318631 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (x) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión SA a AMUPPI el 6 de marzo de 2017, la (xii) Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMYS el 8 de Junio de 2017, (xiii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMCMRA el 6 de marzo de 2017 y (xiv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Los Amigos el 15 de Mayo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.
$ 500 354192 Abr. 25
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PILAY S.A.
COMUNICADO
Por la presente se comunica e informa a ios efectos legales que pudieren corresponder, que el contrato de incorporación al Sistema de Esfuerzo Individual y Ayuda Común N° 360 del Grupo Nº PJ 03, suscripto en fecha 03-06-2013, entre Pilay S.A. y las Sras. María Estela Pivetta, D.N.I. N° 21.947.157 y Silvia Ana Racca, D.N.I. Nº 16.548.223 ha sido extraviado por éstas.
$ 45 354020 Abr. 25
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MUNICIPALIDAD DE VERA
REGISTRO DE OPOSICION
OBRA: Ripiado de calle Salta (Entre calles Santa Fe y A.M. Justo) y calle A.M. de Justo (entre calles Salta y Buenos Aires).
Ordenanza: Nº 1905/17.
Apertura Registro de Oposición:
A partir de esta publicación y por el término de quince (15) días corridos, estará abierto el Registro de Oposición de la Obra Ripiado de calle Salta (Entre calles Santa Fe y A.M. Justo) y calle A.M. de Justo (entre calles Salta y Buenos Aires), según Ordenanza Nº 1905/17, en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Vera de Lunes a Viernes, en el horario de 08:00 hs. a 12:00 hs. 1) Las oposiciones deberán formalizarse personalmente en el mencionado Registro y las mismas deberán ser fundadas. 2) En todos los casos deberá acreditarse la identidad mediante D.N.I., debiendo justificar asimismo ser titular del o de los inmuebles beneficiarios de la obra, mediante exhibición de escritura pública, boleto de compraventa debidamente registrado, o declaratoria de herederos del titular del inmueble y/o toda otra documentación que permita comprobar fehacientemente la titularidad de cada inmueble. 3) La obra citada comprenderá los inmuebles ubicados en calle Salta (Entre calles Santa Fe y A.M. Justo) y calle A.M. de Justo (entre calles Salta y Buenos Aires) de Vera.
4) El importe de la contribución de mejoras por inmueble es de Pesos Novecientos Cincuenta ($ 950,00) el metro lineal de frente. La no comparencia de los interesados significará el tácito consentimiento para que se lleve a cabo la obra.
Vera, Abril de 2018.
$ 90 354209 Abr. 25 Abr. 26
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REGISTRO DE OPOSICIÓN
Obra: Ripiado en calles: Moreno entre calles (Juan de Garay y Alderete Méndez) 5 (ocho) cuadras. Leandro Alem entre calles Belgrano y Moreno 1 (una) cuadra. Calle Lavalle entre calles Lisandro de la Torre y Houriet 2 (dos) cuadras. Calle Houriet entre calles Soldado Gómez y Urquiza 2 (dos) cuadras. Calle Bs. As. entre Soldado Gómez y Urquiza 2 (dos) cuadras. y calle Vuelta de Obligado entre Bs. As. y Houriet 1 (una) cuadra.
Ripiado de calle Salta (Entre calles Santa Fe y A.M. Justo) y calle A.M. de Justo (entre calles Salta y Buenos Aires).
Ordenanza Nº 1904/17.
Apertura Registro de Oposición:
A partir de esta publicación y por el término de quince (15) días corridos, estará abierto el Registro de Oposición de la Obra Ripiado de calles: Moreno entre calles (Juan de Garay y Alderete Méndez) 5 (ocho) cuadras. Leandro Alem entre calles Belgrano y Moreno 1 (una) cuadra. Calle Lavalle entre calles Lisandro de la Torre y Houriet 2 (dos) cuadras: Calle Houriet entre calles Soldado Gómez y Urquiza 2 (dos) cuadras. Calle Bs. As. entre Soldado Gómez y Urquiza 2 (dos) cuadras. Y calle Vuelta de Obligado entre Bs. As. y Houriet 1 (una) cuadra.
Ripiado de calle Salta (Entre calles Santa Fe y A. M. Justo) y calle A. M. de Justo (entre calles Salta y Buenos Aires), según Ordenanza N° 1904/17, en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Vera de Lunes a Viernes, en el horario de 08:00 hs. a 12:00 hs.
1) Las oposiciones deberán formalizarse personalmente en el mencionado Registro y las mismas deberán ser fundadas. 2) En todos los casos deberá acreditarse la identidad mediante D.N.I., debiendo justificar asimismo ser titular del o de los inmuebles beneficiarios de la obra, mediante exhibición de escritura pública, boleto de compraventa debidamente registrado, o declaratoria de herederos del titular del inmueble y/o toda otra documentación que permita comprobar fehacientemente la titularidad de cada inmueble. 3) La obra citada comprenderá los inmuebles ubicados en las calles mencionadas ut-supra. 4) El importe de la contribución de mejoras por inmueble es de Pesos $ 950 (pesos novecientos cincuenta) el metro lineal frente. El ancho de la calzada será de 8 (ocho) metros. Exceptuando calle Vuelta de Obligado que será de un ancho 4 (cuatro) metros con un costo de $ 475 (pesos cuatrocientos setenta y cinco) el metro lineal frente y calle Leandro Alem entre Belgrano y Moreno de 6 mts. de ancho con un costo de $ 600 (pesos seiscientos) el metro lineal frente.
La no comparencia de los interesados significará el tácito consentimiento para que se lleve a cabo la obra.
Vera, Abril de 2018.
$ 90 354213 Abr. 25 Abr. 26
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REGISTRO DE OPOSICIÓN
OBRA: Ampliación Desagües Cloacales de calle Corrientes (entre calles Saavedra y Ruta Nacional N° 11 de Vera); calle Arronga (entre Córdoba y Alvear); calle Santa Fe (entre Córdoba y Alvear); Pje. Juan de Dios Maglier (entre Córdoba y Corrientes); calle Alicia Moreau de Justo entre Córdoba y Alvear); calle Neuquén (entre Corrientes y Alvear).
Ordenanza N° 1912/18.
A partir de esta publicación y por el término de quince (15) días corridos, estará abierto el Registro de Oposición de la Obra: Ampliación Desagües Cloacales de calle Corrientes (entre calles Saavedra y Ruta Nacional Nº 11 de Vera); calle Arronga (entre Córdoba y Alvear); calle Santa Fe (entre Córdoba .y Alvear); Pje. Juan de Dios Maglier (entre Córdoba y Corrientes); calle Alicia Moreau de Justo entre Córdoba y Alvear); calle Neuquén (entre Corrientes y Alvear), en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Vera de Lunes a Viernes, en el horario de 08:00 hs. a 12:00 hs. 1) Las oposiciones deberán formalizarse personalmente en el mencionado Registro y las mismas deberán ser fundadas bajo sanción de tenerlas por no hechas. 2) En todos los casos deberá acreditarse la identidad mediante D.N.I., debiendo justificar asimismo ser titular del o de los inmuebles beneficiarios de la obra, mediante exhibición de escritura pública, boleto de compraventa debidamente registrado, o declaratoria de herederos del titular del inmueble y/o toda otra documentación que permita comprobar fehacientemente la titularidad de cada inmueble. 3) Las obras citadas comprenderán los inmuebles ubicados en las calles mencionadas ut-supra. El costo de la Obra, por Unidad está determinado por Ordenanza N° 1890/17, según el sistema que se detalla a continuación.
a) Unidad Tributaria: Se denomina Unidad Tributaria a todo inmueble individualizado como tal, que tenga hasta diez (10) metros de frente o cuarenta (40) metros si es esquina; hasta ochenta (80) metros cuadrados de superficie cubierta, y hasta dos (2) unidades sanitarias y con una conexión al sistema.
b) Excedentes: Se consideran excedentes a los metros de frente, a la superficie cubierta, a las unidades sanitarias y conexiones al sistema que superen los mínimos establecidos en la Unidad Tributaria.
El importe de la contribución de mejoras por inmueble, es el que se detalla a continuación, según art. 5° de la Ordenanza citada:
a) Por cada Unidad Tributaria: $ 12.133,77 (Pesos Doce Mil Ciento Treinta y Tres con Setenta y Siete Centavos)
b) Por cada metro excedente $ 173,34 (Pesos Ciento Setenta y Tres con Treinta y Cuatro Centavos).
c) Por Superficie cubierta hasta 120 m2: $ 260,01 (Pesos Doscientos Sesenta con Un Centavo).
d) Por Superficie cubierta de mas de 120 m2: $ 572.01 (Pesos Quinientos Setenta y Dos, con un Centavo).
e) Por Unidad Sanitaria excedente: $ 260,01 (Pesos Doscientos Sesenta con un Centavo).
f) Conexión Adicional Tipo I: Son aquellas correspondientes a lotes con más de una unidad habitacional comprobable, y el propietario en forma escrita solicita conexiones adicionales para dotar del servicio cloacal a todas las unidades habitacionales. Las Conexiones adicionales del tipo I, tendrán un costo de $ 6.066,90 (pesos seis mil sesenta y seis con noventa centavos), correspondiente al 50% del valor de la Unidad Tributaria, para el frentista que las solicite por escrito y se le ejecute la misma.
g) Las Conexiones adicionales del tipo II: Son Aquellas correspondientes a lotes con más de una unidad habitacional comprobable, del tipo complejo de departamentos y el propietario en forma escrita solicita conexiones adicionales para dotar del servicio cloacal a todas las unidades habitacionales. Tendrán un costo de $ 12.133,77 (pesos doce mil ciento treinta y tres con setenta y siete centavos), para el frentista que las solicite por escrito y se le ejecute la misma. Este costo podrá ser deducido del “cargo por conexión” para el nuevo, lote correspondiente al Régimen Tarifario vigente del servicio de cloacas al momento de realizarse una subdivisión del lote original, de modo de regularizar la situación dominial de las unidades habitacionales existentes: De acuerdo al número de viviendas del complejo se cobrarán los siguientes cargos:
a) Hasta 3 departamentos = 1 conexión adicional.
b) Hasta 5 departamentos = 2 conexiones adicionales.
c) Hasta 8 departamentos = 3 conexiones adicionales.
d) 10 o más departamentos = 4 conexiones adicionales.
Se estudiarán los casos especiales donde el número de departamentos se considera superior en demasía al estipulado en el último caso.
La no comparencia de los interesados significará el tácito consentimiento para que se lleve a cabo la obra y se liquide conforme se ha especificado.
$ 90 354214 Abr. 25 Abr. 26
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ROMBO CIA. FINANCIERA S.A. Y/O PSA FINANCE ARGENTINA CIA FINANCIERA S.A. Y/O BBVA BANCO FRANCES S.A.
REMATE POR
W. FABIAN NARVAEZ
El Martillero W. Fabián Narváez, comunica por un (1) día, que subastará, a través del Portal www.narvaezbid.com.ar y en la modalidad presencial en las oficinas sitas en Avenida del Libertador 15.878, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, el día 17 de Mayo de 2018, a partir de las 14:00 horas, 5 unidades por cuenta y orden de ROMBO CIA. FINANCIERA S.A. Y/O PSA FINANCE ARGENTINA CIA FINANCIERA S.A Y/O BBVA BANCO FRANCES S.A. (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962), y de conformidad con lo establecido por el Artículo 2229 del Código Civil y Comercial, a saber: AB987SO, RENAULT, KANGOO PH 3 CONFORT 1.6 1P, 2017; AA588OR, PEUGEOT, 207 COMPACT ALLURE 1.4 N 5P, 2016; HDN 739, FIAT, PUNTO ELX 1.4, 2008; ORM570, VOLKSWAGEN, CROSSFOX 1.6 MSI 16V, 2015; en el estado que se encuentran y exhiben del 9 al 11 de Mayo de 10 a 18 horas, Sábado 12 de Mayo de 9 a 13 horas y del 14 y 16 de Mayo de 10 a 18 horas en Calle 1º de Mayo Nº 2071, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Puesta en marcha Miércoles 16 de Mayo a las 14 horas en el mismo domicilio. Condiciones de la Subasta y utilización del portal para cualquier usuario, sea presencial o vía online: Se deberá consultar las mismas en el portal wwww.narvaezbid.com.ar. Para participar del proceso de subasta electrónica y presencial, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal, de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Narvaezbid” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL NARVAEZBID, sin perjuicio de la exposición virtual por esa vía, es de responsabilidad exclusiva de los usuarios cerciorarse del estado y condición en el que se encuentran los bienes, debiendo concurrir al lugar de exhibición. Finalizada la subasta, y exclusivamente para aquellos usuarios que hayan realizado ofertas de manera presencial deberán abonar en efectivo la suma de pesos diez mil ($10.000) en concepto de Seguro de Participación, si la oferta efectuada por el interesado es aceptada, el valor entregado será tomado como a cuenta del pago de la comisión y servicio por gestión administrativa y en caso que la oferta no sea aceptada el valor entregado, será devuelto, en un plazo de hasta 5 días hábiles de confirmado el rechazo de la oferta.- Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e Iva, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial e informe de dominio, están a cargo del comprador. Gestion y costo de visado de la verificación policial en Registro Automotor jurisdicción CABA, a cargo del comprador. El informe de Las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado De Gestión de Infracciones de Tránsito, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.narvaezbid.com.ar, en las condiciones de subasta correspondiente.-La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el acto de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cuál la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 90 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. Transcurridos los 7 días corridos de comunicado el retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a Rombo Cia. Financiera S.A. y/o PSA Finance Argentina Cia Financiera S.A y/o BBVA Banco Francés S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se deberá concurrir con documento de identidad en caso de asistir en forma presencial. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 19 de Abril de 2018.-
$ 292,40 354507 Abr. 25
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