FISCALÍA DE ESTADO
DISPOSICIÓN N° 3
SANTA FE, 12 abril de 2016
Exptes. 01101-0013848-3 y 01101-0013849-4
VISTOS:
Los expedientes N° 01101-0013848-3 y 01101-001384S-4 de los registros del S.I.E. -Fiscalía de Estado- por los que tramitaran los llamados a Concurso para cubrir un cargo de Director General de Inspección General de Personas Jurídicas, en las sedes de Santa Fe y Rosario ; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones N° 156/2015 y 157/2015 se llamó a concurso para cubrir un cargo de Director General de Inspección General de Personas Jurídicas, para las ciudades de Santa Fe y Rosario.
Que mediante Resoluciones N° 014/2016 y 015/2016 se rectificaron parcialmente las resoluciones citadas en primer término, en sus artículos 7° y 8º, en virtud de las sugerencias realizadas por uno de los integrantes del Jurado, el Dr. Miguel Araya (Titular de Derecho Comercial I de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario), en relación a la especificidad de los exámenes.
Que se ha llevado a cabo la prueba escrita según lo previsto mediante la Disposición nro. 1/16.
Que a los efectos de continuar con el procedimiento los miembros del jurado, proponen lugar, día y horario de la prueba oral.
Que en carácter de Presidente del Jurado.
POR ELLO:
EL FISCAL DE ESTADO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º: La prueba oral de todos los postulantes a los Concursos correspondientes a los cargos de Director General de Inspección General de Personas Jurídicas para las sedes de Santa Fe y Rosario, convocados por Resolución N° 157/2015 y modificatoria 015/2016, y Resolución 156/2015 y modificatoria 014/2016 respectivamente, se realizará el día martes 26 de abril de 2016 en el Decanato de la Facultad de Derecho de la universidad racional de Rosario, sito en calle Córdoba 2020 de la ciudad de Rosario, de acuerdo al siguiente orden: a. Postulante al cargo correspondiente a la Sede Rosario: a partir de las 10hs.; b. Postulantes al cargo correspondiente a la Sede Santa Fe: a partir de las 12 hs.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública, al Departamento de Personal, publíquese la presente por el término de tres días en el BOLETÍN OFICIAL, en la página web oficial de la Provincia y en el transparente instalado en Fiscalía de Estado y en la Inspección General de Personas Jurídicas y archívese.
S/C 17026 Abr. 25 Abr. 27
__________________________________________
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION N° 0017 / 16 TCP
SANTA FE, 19 de abril de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 00901-0073628-0 del Sistema de Información de Expedientes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, por el que se tramita la Política Salarial 2016 para el personal de este Órgano de Control; y,
CONSIDERANDO:
Que, la definición de la Política Salarial para el personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia es una de las facultades conferidas al Organismo por el artículo 200°, inciso b), de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado;
Que, en el marco de la Resolución N° 0051/15-TCP, por Acta N° 003/2016 de la Comisión Paritaria propia de este Tribunal de Cuentas homologada por Resolución N° 0010/16-TCP se acuerda que la nueva Política Salarial para los agentes de este Organismo sea equivalente a la establecida para el personal dependiente del Poder Legislativo Provincial;
Que, por Acta N° 004/2016 de la Comisión Paritaria propia de este Tribunal de Cuentas y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias establecidas por Resolución R N° 011/16-TCP, se acuerdan los plazos y modalidades de dicha recomposición salarial para el personal de este Tribunal de Cuentas;
Que, atento al acuerdo obtenido corresponde dictar el acto administrativo homologatorio de la mencionada Acta a los fines de su aplicación;
Que, en el marco de las competencias establecidas por Ley N° 12.510 para este Tribunal de Cuentas, las modificaciones al régimen salarial del Personal del Organismo deben disponerse, previa intervención y dictamen de la Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas creada por el artículo 245º de la citada Ley;
Que, atento al carácter de dicha intervención y que a la fecha dicha Comisión no se encuentra integrada plenamente, tal intervención se cumplimentará con la notificación del presente acto administrativo a las Honorables Cámaras Legislativas;
Por ello, de acuerdo a lo resuelto por unanimidad en Reunión Plenaria realizada el 19-04-2016 y registrada en Acta Nº 1474; en uso de las facultades conferidas por el artículo 200°, inciso b) de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Artículo 1° : Homologar el Acta Acuerdo Nº 04/2016 de la Comisión Paritaria del Tribunal de Cuentas de la Provincia, considerándose copia de la misma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°: Regístrese, notifiquese a las Honorables Cámaras Legislativas, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, al Ministerio de Economía, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, dese intervención a la Dirección General de Administración y archívese.
CPN Germán Luis Huber- Presidente.
Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.
CPN Oscar Marcos Biagioni-Vocal.
Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.
CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.
CPN Estela Imhof- Dtora Gral Asuntos de Plenario.
ACTA N° 04/2016
COMISIÓN PARITARIA RESOLUCION N° 0051/15-TCP
En la ciudad de Santa Fe, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil dieciséis, siendo las trece horas, en la sede del Tribunal de Cuentas de la Provincia, sita en calle San Martín 1725 de esta ciudad, en el marco de la Resolución N° 0051/15-TCP y según lo acordado en Acta Paritaria N° 03 de fecha 17-03-2016, se reúnen a los efectos de dar tratamiento a la implementación y pago de la Política Salarial propia 2016; el Presidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia, CPN Germán Luis Huber, Vocales titulares Dr Gerardo Gasparrini, CPN Oscar Marcos Biagioni, CPN María del Cármen Crescimanno y Dr. Dalmacio José Chavarri; y por la representación gremial, los miembros paritarios, por APOC Seccional Santa Fe su Secretaria General, CPN Mónica Pedriel, por el Consejo Directivo Provincial ATE su Secretario adjunto Marcelo Delfor y por UPCN Seccional Santa Fe, su Secretario Gremial, Dr Roberto Francucci y en su carácter de delegados del personal José Miguel Bianchini y Diego Salzman. Se cuenta con la presencia del Director General de Administración-TCP, CPN Juan Carlos Patriarca.--
Acto seguido, el Cuerpo de Vocales hace saber a las Entidades Gremiales que, en virtud del análisis producido por la Comisión Interjurisdiccional integrada por el Ministerio de Economía de la Provincia y este Órgano de Control Externo, se ha obtenido el acuerdo para llegar a una equiparación total con el Poder Legislativo en el lapso de cinco (5) tramos del veinte por ciento (20%) cada uno de la diferencia que resulte de los haberes percibidos por el personal del Tribunal de Cuentas y los del personal del Poder Legislativo.
El primer tramo se efectuará a partir del 1º de julio del corriente año, y surgirá de la diferencia a esa fecha entre los haberes del personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia y los del Poder Legislativo. -
Los demás tramos se completarán a partir del 1º de enero 2017, 1º de julio 2017, 1º de enero 2018 y 1º de julio 2018, fecha esta última en la que la equiparación será total. -
Se establece además que los conceptos antes mencionados subsumen la totalidad de los adicionales percibidos en los distintos conceptos que antes figuran en los recibos de haberes del personal del TCP, no pudiendo ser motivo de puesta en consideración con posterioridad a la firma de la presente; salvo excepciones fundadas que se presenten.-
La representación gremial mencionada, previa consulta con los agentes de este Organismo mediante Asamblea realizada el día 15/04/16, acepta la propuesta mencionada.-
La implementación de la presente propuesta será analizada por una comisión técnica compuesta por los Vocales CPN Germán Luis Huber, CPN Oscar Marcos Biagioni y CPN María del Carmen Crescimanno, con la colaboración del Director General de Administración CPN Juan Carlos Patriarca; y por parte de las Organizaciones Gremiales: APOC, ATE y UPCN, quienes elaborarán un informe que se dará a conocer en la próxima reunión de Comisión Paritaria.
Notifíquese por Dirección General de Asuntos Plenario al Ministerio de Economía de la Provincia, y asimismo al Presidente de la Honorable Cámara de Senadores – Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas – y al Presidente de la Honorable Cámara de Diputados - Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas. -
Sin más, previa lectura y ratificación, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto, en el lugar y fecha más arriba consignados.-
CPN Germán Luis Huber - Presidente
Dr Gerardo Gasparrini - Vocal
CPN Oscar Marcos Biagioni – Vocal
Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.
CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.
CPN Mónica Pedriel - Secretaria General APOC Seccional Santa Fe
Marcelo Delfor - Secretario adjunto Consejo Directivo Provincial ATE
Dr Roberto Francucci - Secretario Gremial UPCN Seccional Santa Fe
José Miguel Bianchini - Delegado del personal UPCN Seccional Santa Fe
Diego Salzman - Delegado del personal UPCN Seccional Santa Fe
S/C 17024 Ab. 25 Ab. 27
__________________________________________
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
NOTIFICACION
Por el presente se hace saber al señor Sr. Eduardo Joaquín GONZALEZ que en los autos caratulados: ““Secretaría del Sistema Hídrico, Forestal y Minero E/Acta de Infracción N° 3980 Ley 12212 y 12722 Sr. Eduardo Joaquín GONZALEZ sin lic. de pesca comercial”, se ha dictado la Resolución N° 945 del 4 de septiembre de 2015, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0087136-9 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello....“...“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°.- Sancionar al señor Eduardo Joaquín GONZALEZ, con domicilio en Zona Urbana de la localidad de Paraje El Leyes, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 15.000 M.T. (QUINCE MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, la suma de $ 3.000 (PESOS TRES MIL), y proceder al comiso definitivo de 1 dorado, 10 bogas y 11 sábalos, por infracción a los artículos 10 y 24 de la Ley N° 12212 y artículo 2 de la Ley Nº 12722, sin licencia habilitante para la pesca comercial, especie fuera de medida reglamentaria y especie prohibida (dorado).- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta N 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe, a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en calle Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción qu sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. En consecuencia, queda Ud. debidamente notificado. Atentamente.
S/C 17019 Ab. 25 Ab. 26
__________________________________________
NOTIFICACION
Por el presente se hace saber al Sr. Carlos LÓPEZ, que en los autos caratulados: “Secretaría del Sistema Hídrico, Forestal y Minero E/Acta de Infracción Nº 0864 – Los Zapallos – Departamento Garay – Ley N° 12212”, se ha dictado la Resolución Nº 082 de fecha 29 de febrero de 2016, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0092569-3 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello...“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°.- Sancionar al señor Carlos LÓPEZ, D.N.I. Nº 23.980.990, con domicilio en calle Sarmiento S/N°, de la localidad de Santa Rosa de Calchines, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 15.000 M.T. (QUINCE MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 3.000 (PESOS TRES MIL), y proceder al comiso definitivo de 10 dorados y 8 surubíes, por infracción a los artículos 2 de la Ley N° 12722, 10 y 38 de la Ley N° 12212, sin licencia habilitante para el acopio de pescado de especies de pescado fuera de las medidas reglamentarias y de especie prohibida (dorado).- ARTÍCULO 2º.- La suma a la que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Aristóbulo del Valle N° 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 13332.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Luis CONTIGIANI – Ministro de la Producción.-". Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. Conforme al artículo 2° no tendrá validez la constancia de depósito que arroje un cajero automático, sin la verificación original de la entidad bancaria receptora.
S/C 17018 Ab. 25 Ab. 26
__________________________________________
API
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RECAUDACIÓN TOTAL POR IMPUESTO
FEBRERO 2016
(en millones de pesos corrientes)
IMPUESTOS IMPORTE
Ingresos Brutos 1.624.295.285,00
Inmobiliario 406.848.860,00
Actos Jurídicos 214.297.289,00
Patente Vehículos 343.607.097,00
Aportes Sociales 197.941,00
Otros Rubros 4.502.793,00
Total 2.593.749.265,00
S/C 17012 Ab. 25
__________________________________________