SECRETARIA DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESOLUCION Nº 0031
Santa Fe, 13 de Abril de 2011
Visto:
El Expediente N°
01501-0056167-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la
Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social
gestiona autorización para utilizar software propietario; y
Considerando:
Que la Ley Provincial
N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV -
Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de
establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”,
atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el
Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley N° 12.817,
en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión
de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora
de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías -de la Información
y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de
políticas informáticas;
Que a los fines del
desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07,
creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su
titular;
Que el Decreto N°
0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a
la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la autorización
solicitada por la Dirección General de Administración del Ministerio de
Desarrollo Social está relacionada a la adquisición de dos (2) computadoras
personales con licencia de Sistema Operativo MS-Windows última versión en
español, que se gestiona en este mismo expediente;
Que las computadoras
personales estarán destinadas entre otras actividades, principalmente a tareas
directamente relacionadas al Sistema Presupuestario de Administración
Financiera (SIPAF);
Que el SIPAF es un
sistema informático ya existente y en uso, que al momento de la promulgación de
la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado
en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo
MS-Windows para su ejecución;
Que el Decreto
1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se
trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la
presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido....”, que es el caso en el que se
encuentra el SIPAF;
Que en cuanto a
política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la
utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración
de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas,
que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus
actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología
ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los
productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere
de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en
importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se
mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal
cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden
ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la
Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la
elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación
actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de
tiempo posible;
Que los planes de
migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de
software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin
condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector
y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios
por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo
expuesto, se considera procedente autorizar la Dirección General de
Administración del Ministerio de Desarrollo Social en carácter de excepción,
a adquirir y usar el software
propietario peticionado;
Por ello;
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE
Artículo 1°.-
Autorizar a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo
Social, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:
MS WINDOWS última versión
en español, dos (2) Licencias.
Artículo 2º.-
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/C 6345 Abr. 25
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DIRECCION PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 117
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 12 de
Abril de 2011
VISTO:
Los informes elevados
por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la
inscripción de cuatro (04) firmas y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro
manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el
Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente
encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos
estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin
observaciones que formular;
Que la presente se
dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES
Y GESTIÓN
DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º:
Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe,
por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las
siguientes firmas: BASE INGENIERIA S.R.L. CUIT N° 33-71169608-9; IOSIS S.R.L.
CUIT N° 30-71171405-3; NOVALUX S.R.L. CUIT N° 30-71154937-0; SERVICIOS
COMUNALES S.A. CUIT N° 30-71063249-5.
ARTÍCULO 2º:
Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia
de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente a
las siguientes firmas: GRIENSU S.A. CUIT N° 30-52649846-8; GRUPO MG S.R.L. CUIT
N° 30-70837866-2.
ARTÍCULO 3º:
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Cp Emiliano I. Arzuaga
Director Provincial de Contrataciones
y Gestión de Bienes
S/C 6344 Abr. 25 Abr. 26
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ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
JUANA M. B. ANGELONI
Por disposición de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25239) y con intervención del
Juzgado Federal Nº 2. Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace
saber por dos días, que en autos “FISCO NACIONAL (AFIP-RNSS) c/Otro (Cuit 30-54636004-7)
s/Ejec. Fiscal Nº 1584/08, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha
dispuesto que la Martillera Juana M.B. Angeloni (Cuit 27-17815312-4), proceda a
vender en pública subasta el día 6 de mayo de 2011 a las 9,30 hs. en la sala de
remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de Santa Fe o el día
siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, con la Base
de $ 11.629,68, se subastará el 100% de los inmuebles inscriptos al punto 1°) y
2°) del dominio N° 030340, F° 2142, T° 0542 Par La Capital, partida A.P.I.
única 10-11-06-134073/0002-7. Sup. Total de terr. 406,60 mts.2 y Sup. Edif. 82
mts.2 se trata de una casa habitación con más terreno. La casa con frente al O.
por Av. Gral. Peñaloza 8300 de Santa Fe, consta de dos dormitorios, cocina
com., sanitario, pasillo distribuidor y patio al fondo, posee servicio de luz
domiciliaria y pública, pasa línea de teléfono, la provisión de agua es de
perforación. Quien atiende en el lugar manifiesta habitar la vivienda con su familia
en calidad de préstamo, los demás datos identificatorios obran en la
documentación agregada al expte. El terreno linda al O. con la referida Av. y
al N. con Av. Gorriti 4193. Visitas: libre. Condiciones: quien resulte
adquirente deberá abonar en el acto de la subasta el 10% de seña y a cuenta del
precio con más 3% de comisión de ley del martillero, en caso de que esta
resultare inferior al mínimo legal se aplicará dicho mínimo legal, todo en
dinero efectivo y al contado, el saldo al aprobarse la subasta. Los impuestos
nacionales, provinciales, municipales y servidos devengados a partir de la
subasta serán a cargo del comprador así también los gastos de transferencia del
dominio. Se hace saber que el adquirente deberá conformarse con las copias de
los títulos obrantes en autos. Edictos, por el término de ley en el BOLETIN
OFICIAL y Diario El Litoral. Mayores informes al 0342- 154060858 y/o Juzgado a
cargo. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de identidad.
Santa Fe, Abril de 2011. Fdo. Carlos A. Weli, Agente Fiscal - AFIP.
S/C 131885 Abr. 25 Abr. 26
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REMATE POR
JUANA M. B. ANGELONI
Por disposición de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del
Juzgado Federal Nº 2 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace
saber por dos días, que en autos “FISCO NACIONAL (AFIP) c/Otro (CUIT 30-52224568-9)
s/Ejec. Fiscal, Expte. Nº 511/08, tramitados por ante el referido Juzgado, se
ha dispuesto que la Martillera Juana M. B. Angeloni (cuit 27-17815312-4), venda
en publica subasta el día 29 de Abril de 2011 a las 10 hs. En la sala de
remates del Colegio de martilleros calle 9 de Julio 1426 de Santa Fe o el día
hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, el 100%
de los siguientes inmuebles ubicados en el Distrito Sauce Viejo (Prov. de Santa
Fe), aprox. a 800 mts. al E. de Ruta 11, todos correspondientes al plano Nº
29.794, dominio N° 28964, Fº 2050, T° 471 par la capital los que saldrán a la
venta en forma individual: Lote 15: sito en calle Inglaterra (hoy Malvinas
Argentinas) esquina Francia (con frente al E.) partida 10-13-00-742462/0741-2,
se trata de terreno baldío y desocupado de 581,60 mts.2, Base $ 299,30. Lote
16: con frente al E. sobre calle Malvinas Argentinas a 14,50 mts. Al Sur de la
intersección, con calle Francia, partida 10-13-00-742462/0742-1, terreno baldío
y desocupado, Sup. 580,80 mts.2. Base $ 328,52. Lote 17: con frente al E. sobre
calle Malvinas Argentinas a 29 mts. hacia el Sur de la intersección con calle
Francia partida 10-13-00-742462/0015-6, se trata de un galpón con vivienda
precaria; quien ocupa el lugar dice ser cuidador y habitar el lugar con su
familia, no exhibe contrato alguno de dependencia y/o ocupación. Base
$ 12.616,60. Sup. Terr. 581,60 mts.2 , Sup. Edif. 154 mts.2. Los lotes descriptos
son colindantes. Seguidamente saldrá a subasta en forma conjunta: Lotes 1 y 2:
unidos por la edificación existente, se ubican con frente al O. sobre calle
Malvinas Argentinas e intersección con calle Francia (frente a los lotes
anteriormente descriptos). Sup. Total de terr. 1.889 mts.2 aprox. Y Sup.
Edificada 433 mts.2 (según declarado en Catastro de la Prov.), se trata de una
casa quinta con dos dormitorios en P. B. y otro en P. A. comedor con importante
asador, deposito, un quincho con baño, dos vestuarios, otro asador, pileta y
bajada de lanchas. Todo en buen estado de conservación. Ocupado como casa de
fin de semana por los propietarios. Base $ 33.645,70. Condiciones: Quien
resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% a cuenta del
precio con más la comisión de Ley de Martillero 3% en caso de que dicha
comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicara dicho mínimo legal
correspondiente (art. 63 inc.1.1. Ley 7547), todo ello en efectivo y el saldo
al aprobarse la subasta. Las deudas que pesan sobre el bien serán afrontadas
con el producido del remate. Los impuestos nacionales, provinciales,
municipales y servicios devengados a partir de la subasta serán a cargo del
comprador así también los gastos de transferencia del dominio. Se hace saber
que el adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en
autos. Visitas: Libre. Edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y
Diario El Litoral. Consultas y mayores informes en Secretaría del Juzgado y/o a
la Martillera al 0342-154060858. Santa Fe, abril de 2011. Fdo. Carlos A. Weli,
Agente Fiscal -AFIP - DGI.
S/C 131886 Abr. 25 Abr. 26
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