picture_as_pdf 2007-04-25

CHAJARI - ENTRE RIOS

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

El Juzgado de 1ª. Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Chajarí, a cargo de la Dra. Susana Benítez Mercader, Jueza Suplente - Secretaría de la Dra. Verónica Ramos, en autos caratulados: "DALLACAMINA GLADIS ESTER C/GALLIMO EDUARDO RICARDO DIVORCIO VINCULAR" Expte. n° 7295/06 a los efectos de que se presente en las actuaciones mencionadas, ofrezca la prueba de que intente valerse y ejerza su derecho de defensa, para mayor constancia se transcribe la resolución que así lo ordena y que en su parte pertinente dice: "/////JARI, Marzo 2 de 2.007. Cítese al demandado EDUARDO RICARDO GALLIMO, para que dentro del término de Diez Días, con más Dos Días de ampliación en razón de la distancia (art. 155 del Código Procesal Civil), contados a partir de la última publicación, comparezca a estar a derecho, ofrezca la prueba de que intente valerse y tenga la oportunidad de ejercer el derecho que le acuerda el citado art. 204, bajo apercibimiento de designarle defensor de ausentes (art. 329 CPCYC). La citación se efectivizará mediante edictos a publicarse por Dos Días en el BOLETIN OFICIAL y un diario de amplia circulación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, .... Fdo. Susana B. Mercader, Juez Suplente en lo Civil y Comercial. "/////JARI, Marzo 9 de 2007.- Dispónese que la publicación de edictos ordenada en la parte pertinente de la resolución de fs. 10 se efectúe en el diario La Capital de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en la forma y a los fines allí dispuestos (art. 143 CPCYC).- Fdo. Susana Benítez Mercader- Juez Suplente en lo Civil y Comercial. Chajarí, Marzo 29 de 2.007. Verónica P. Ramos, Secretaria Suplente.

$17,50 9227 Ab. 25 Ab. 26

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