picture_as_pdf 2007-04-25

MINISTERIO DE LA PRODUCCION

RESOLUCION N° 027

Santa Fe, 9 de Abril de 2007.

VISTO:

El expediente Nº 00701-0059503-4 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Comuna de Videla solicita realizar controles de tránsito mediante la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a semáforos, sobre la Ruta Nacional Nº 11 en el tramo comprendido entre los Km. 547 y Km. 551 que atraviesa su ejido urbano y;

CONSIDERANDO:

Que la Comuna de Videla ha manifestado su interés de efectuar el control de tránsito sobre la Ruta Nacional Nº 11, en el tramo que atraviesa su ejido urbano, correspondiente a la progresiva del km. 547 al km. 551;

Que dichos controles serán efectuados por medio de la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a semáforos;

Que mediante la Resolución ST Nº 318/2006, la Subsecretaría de Transporte autoriza el control de tránsito sobre rutas del territorio provincial que atraviesan ejidos urbanos, por medio de la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a semáforos, tales como cruce de semáforo con luz roja e invasión de senda peatonal;

Que con fecha 20 de marzo de 2007 se procedió a la firma del convenio por el cual la Subsecretaría de Transporte delega en la Comuna de Videla la facultad de efectuar el control de tránsito vehicular;

Que fue extendido hasta el 30 de junio de 2007 el plazo establecido a los efectos de adecuar completamente los equipos al Anexo de la Resolución Nº 318/06;

Que la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Tránsito de la Subsecretaría de Transporte, por intermedio de su Arca Tránsito y Seguridad Vial, ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución ST Nº 318/2006;

Que ha tomado intervención el Asesor Técnico Legal del Area Tránsito y Seguridad Vial de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, considerando factible esta gestión;

Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Tránsito Provincial Nº 11.583, su Decreto Reglamentario Nº 2311/99 y la Resolución ST Nº 318/2006 es autoridad de aplicación y comprobación la Subsecretaría de Transporte;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Habilitar a la Comuna de Videla a efectuar controles de tránsito vehicular sobre la Ruta Nacional Nº 11 en el tramo comprendido entre los km. 547 y km. 551, que atraviesa su ejido urbano.

ARTICULO 2º - Dichos controles consistirán en la constatación de infracciones por cruce de semáforo con luz roja e invasión de senda peatonal y serán efectuados exclusivamente mediante la utilización del siguiente dispositivo de captura de imágenes:

- Marca EXEL SISTEMAS, Modelo GVSEM VERSION 1.0; Número de Serie 202372962901; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional Nº 11 entre el Km. 547 y Km. 551.

- Marca EXEL SISTEMAS; Modelo GVSEM VERSION 1.0; Número de Serie 202372962902-, emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional Nº 11 entre el Km. 547 y Km. 551;

ARTICULO 3º - La habilitación para efectuar dichos controles tendrá vigencia hasta el día 30/06/07, fecha en la cual caduca el plazo establecido a los efectos de adecuar completamente los equipos en uso a la normativa vigente. A partir de dicha fecha, y a fin de obtener la habilitación definitiva, deberán presentarse equipos que se ajusten en su totalidad a lo dispuesto por resolución ST Nº 318/2006, como así también la correspondiente Homologación de Modelo y los Certificados de Verificación Primitiva emitidos por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Una vez cumplimentados estos requisitos, se dictará una nueva resolución de habilitación.

ARTICULO 4°: La Subsecretaría de Transporte se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente en el/los caso/s de:

a) detectarse anomalías resultantes de auditorias técnicas realizadas al sistema;

b) incumplimientos en la aplicación del régimen de sanciones establecido en el Anexo II del Decreto 2311/99 y la Ordenanza Comunal N° 606/04 y sus modificatorias,

c) incumplimientos en las obligaciones asumidas de destinar como mínimo el 10% del monto recaudado en concepto de multas a Educación Vial y/o su justificación trimestral.

d) cuando la Comuna y/o la empresa prestataria del servicio, imposibilite y/o entorpezca el normal de desarrollo de auditorias y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la Subsecretaría de Transporte en forma directa o por terceros.

ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Ing. MIGUEL ANGEL LATORRE

Subsecretario de Transporte

Ministerio de la Producción

S/c 9257 Abr. 25 Abr. 27

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RESOLUCION N° 026

Santa Fe, 9 de Abril de 2007.

VISTO:

El expediente N° 00701-0061726-6 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de Recreo obtuvo la habilitación para realizar controles de tránsito mediante la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a semáforos, sobre la Ruta Nacional N° 11, en su intersección con la calle Avda. Mitre, la cual atraviesa su ejido urbano y,

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Recreo ha manifestado su interés en ampliar los controles de tránsito sobre la Ruta Nacional N° 11, a los fines de implementarlos también en su intersección con la calle Avda. General Artigas (lado este) - San Juan (lado oeste), la cual atraviesa su ejido urbano;

Que dichos controles serán efectuados por medio de la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a semáforos;

Que mediante la Resolución ST N° 318/2006, la Subsecretaría de Transporte autoriza el control de tránsito sobre rutas del territorio provincial que atraviesan ejidos urbanos, por medio de la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a semáforos, tales como cruce de semáforo con luz roja e invasión de senda peatonal;

Que con fecha 19 de marzo de 2007 se procedió a la firma del convenio por el cual la Subsecretaria de Transporte delega en la Municipalidad de Recreo la facultad de efectuar el control de tránsito vehicular,

Que fue extendido hasta el 30 de junio de 2007 el plazo establecido a los efectos de adecuar completamente, los equipos al Anexo de la Resolución N° 318/06;

Que la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Tránsito de la Subsecretaría de Transporte, por intermedio de su Area Tránsito y Seguridad Vial, ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución ST N° 318/2006;

Que ha tomado intervención el Area Auditoría y Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, considerando factible esta gestión,

Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Tránsito Provincial N° 11.583, su Decreto Reglamentario N° 2311/99 y la Resolución ST N° 318/2006 es autoridad de aplicación y comprobación la Subsecretaria de Transporte;

Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Habilitar a la Municipalidad de Recreo a efectuar controles de tránsito vehicular sobre la Ruta Nacional N° 11 en su intersección con la calle Avda. General Artigas (lado este) - San Juan (lado oeste), la cual atraviesa su ejido urbano.

ARTICULO 2°: Dichos controles consistirán en la constatación de infracciones por cruce de semáforo con luz roja e invasión de senda peatonal y serán efectuados exclusivamente mediante la utilización del siguiente dispositivo de captura de imágenes:

- Marca EXEL; Modelo GVSEM, VERSION 1.0; Número de Serie 202372962905 emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 11 en su intersección con la calle Avda. General Artigas (lado este) - San Juan (lado oeste), la cual atraviesa su ejido urbano.

- Marca EXEL, Modelo GVSEM VERSION 1.0; Número de Serie-202372962906-, emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 11 en su intersección con la calle Avda. General Artigas (lado este) - San Juan (lado oeste), la cual atraviesa su ejido urbano;

ARTICULO 3°: La habilitación para efectuar dichos controles tendrá vigencia hasta el día 30/06/07, fecha en la cual caduca el plazo establecido a los efectos de adecuar completamente los equipos en uso a la normativa vigente.

A partir de dicha fecha, y a fin de obtener la habilitación definitiva, deberán presentarse equipos que se ajusten en su totalidad a lo dispuesto por Resolución ST N° 318/2006, como así también la correspondiente Homologación de Modelo y los Certificados de Verificación Primitiva emitidos por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Una vez cumplimentados estos requisitos, se dictará una nueva resolución de habilitación.

ARTICULO 4°: La Subsecretaría de Transporte se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente en el/los caso/s de:

a) detectarse anomalías resultantes de auditorias técnicas realizadas al sistema;

b) incumplimientos en la aplicación del régimen de sanciones establecido en el Anexo II del Decreto 2311/99 y las Ordenanzas Municipales N° 1609/05, N° 1727/06 y N° 1742/06,

c) incumplimientos en las obligaciones asumidas de destinar como mínimo el 10% del monto recaudado en concepto de multas a Educación Vial y/o su justificación trimestral,

d) cuando la Municipalidad y/o la empresa prestataria del servicio, imposibilite y/o entorpezca el normal de desarrollo de auditorias y/ o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la Subsecretaria de Transporte en forma directa o por terceros.

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. MIGUEL ANGEL LATORRE

Subsecretario de Transporte

Ministerio de la Producción

S/c 9258 Abr. 25 Abr. 27

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD

NOTIFICACION

En relación a los autos administrativos Nº 16102-0018735-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 0900 de fecha 03/04/2006 se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme a lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, a la Empresa Algarrobo Macal con último domicilio conocido en Ruta Nº 3 - Parque Industrial de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, de lo establecido en la Resolución Nº 1745 dictada el 2 de agosto de 2006 por el Ing. Antonio Grbavac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto... y Considerando... Resuelve... Artículo 1º) Aprobar el Acta de Infracción Nº 0900 de fecha 03/04/06, conforme lo dispone la normativa vigente. Artículo 2º) Intimar al Sr. IRALA Osvaldo Alejandro en carácter de conductor con domicilio en Bº los Chivatos CNº 29 Mz 7, de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, a los transportistas "DISTRIBUIDORA PIRANE S.R.L.", con domicilio en Calle 2 de Abril Nº 00245 de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa y el Sr. GOMEZ Gerardo, con domicilio en Calle Martín Güemes Nº 152 de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, y al cargador "ALGARROBO MACAL" con domicilio en Ruta Nº 3 Parque Industrial, de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 1.268,73.- (Pesos Mil Doscientos Sesenta y Ocho con 73/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta Nº 2951 - 9º Piso - Palacio Municipal de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 3º) La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyos efectos se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca MERCEDES BENZ Modelo 1620, Dominio Chasis BXN 861, Dominio Acoplado RXK 645, Sr. IRALA Osvaldo Alejandro con domicilio en Bº Los Chivatos CN° 29 Mz 7 de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, los transportistas "DISTRIBUIDORA PIRANE S.R.L.", con domicilio en Calle 2 de Abril Nº 00245 de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa y el Sr. GOMEZ Gerardo, con domicilio en Calle Martín Güemes Nº 152 de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, y el cargador "ALGARROBO MACAL" con domicilio en Ruta Nº 3 - Parque Industrial, de la localidad de Pirane, Provincia de Formosa, tendiente al cobro de la suma de $ 1.268,73.- (Pesos Mil Doscientos Sesenta y Ocho con 73/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 4º) Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 9255 Abr. 25 Abr. 26

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

AMPLIACION DE CONVOCATORIA

A CONCURSO

Atento a lo previsto en el artículo 4° del Reglamento del Consejo de la Magistratura aprobado por Decreto N° 2391/02, vencido el plazo de inscripción y al no haber alcanzado el número mínimo de postulantes se amplía la convocatoria a Concurso Público de antecedentes, oposición y entrevista para cubrir la siguiente vacante definitiva: Tostado

Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción y Correccional.

Plazo de Inscripción: Fecha de inicio de inscripción: Lunes 30 de Abril de 2007 a las 8.00 horas. Fecha de cierre de la inscripción: Martes 29 de Mayo de 2007 a las 12.00 horas.

Lugares de Inscripción: Subsecretaria de Justicia Y Culto - Casa de Gobierno, 2° Piso, 3 de Febrero 2649 (3.000 Santa Fe) o en la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia sita en Edificio de Tribunales de la ciudad de Santa Fe, calle San Jerónimo 1551 - 1° Piso (3.000 Santa Fe), o en la Secretaría Letrada de la Excma. Corte Suprema de Justicia sita en el Edificio de Tribunales de la ciudad de Rosario - calle Balcarce 1651 - 3er. Piso (2.000 Rosario).

El texto del Reglamento del Concurso y los formularlos para la inscripción se encuentran a disposición de los interesados en los lugares indicados para la inscripción de Lunes a Viernes, en horario de 8.00 a 12.00. No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la Inscripción, en cada una de las sedes habilitadas al efecto.

Una misma persona podrá postularse simultáneamente a los cargos que se concursan. En tal caso deberá presentar 1 formulario en original y cuatro (4) juegos de fotocopias de inscripción, antecedentes y documentación para cada cargo al que se inscribe.

S/c 9078 Abr. 25 Abr. 27

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