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CONCORDIA - ENTRE RIOS

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco (Suplente), Secretaría Nº 2, a cargo de la Dra. Ana María Noguera, cita en los autos caratulados: MACHADO JOSE PORTO o JOSE, BARRETO DORLIZA o DORLISA, BELLATI NOIMI o NOEMI JUANA, MACHADO DORLIZA o DORLISA o DORLIZA MARIA o DORLISA, MARIA o DORLIZA MARIA - Sucesorio. Expte. Nº 7103 - por diez días a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de los Sres. José o José Porto Machado, ocurrido en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, el día 1° de diciembre de 1911; la Sra. Dorliza O Dorlisa Barreto, ocurrido en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el día 31 de julio de 1948: la Sra. Dorliza o Dorlisa o María Dorliza o María Dorlisa o Dorliza María Machado, L.C. 678.736, ocurrido en la ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, el día 16 de noviembre de 1973 y la Sra. Noimi o Noemí Juana Bellati, L.C. 2.603.003, ocurrido en la ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, el día 20 de marzo de 1963, bajo apercibimientos de ley. Las resoluciones que así lo ordenan en sus partes pertinentes dicen: "Concordia, 25 de octubre de 2010. 4.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en este proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los arts. 718 y 728 del C.P.C., declárese abierto el juicio Sucesorio de José o José Porto Machado, vecino que fue de la ciudad de Concordia, E.R. 5.- Publíquense edictos por tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de esta ciudad, citando a lodo los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de diez días..." "Concordia, 13 de diciembre de 2010. Visto y considerando:... 2) Disponer la tramitación acumulada de los sucesorios de José o José Porto Machado; Dorliza o Dorlisa Barreto; Dorliza o Dorlisa o María Dorliza o María Dorlisa o Dorliza María Machado y de Noimí o Noemí Juana Bellati. 3) Declárense abiertos los juicios sucesorios de Dorliza o Dorlisa Barreto fallecida el 31 de julio de 1948 en la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe; de Dorliza o Dorlisa o María Dorliza o María Dorlisa o Dorlisa Maria Machado fallecida el 16 de noviembre de 1973 en la ciudad de Buenos Aires, y de Noimí o Noemí Juana Bellati, fallecida en la ciudad de Buenos Aires el 20 de marzo de 1963. 4) Cumpliméntese con las publicaciones ordenadas en el punto 5° de la resolución de fs. 17, respecto de las causantes referidas en el punto precedente; y publíquense también edictos en un periódico del lugar del fallecimiento de cada una de ellas, respectivamente:.-..." Fdo.: Mariano Luis Velasco, Juez Suplente. Concordia, 8 de febrero de 2011. Ana María Noguera, Secretaria.

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