picture_as_pdf 2008-02-25

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

HECTOR DANIEL GOMEZ

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 25 de la localidad de San Genaro, Dpto. San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Dr. Rodolfo J. Baldani (Juez) y del Dr. Miguel Cilla (Secretario), en autos caratulados: "ZUCCALI ALDO DANIEL FRANCISCO y Otro c/Otros s/Sumario Hoy Apremio" Expte. 206 F° 18 año 2002, se ha ordenando que el Martillero Público Héctor Daniel, Gómez, Mat. 137, CUIT 20-06263989-1, proceda a la venta en pública subasta el día 29 de Febrero de 2008 a las 10 horas, o el día hábil subsiguiente a la misma hora si aquel resultare feriado y/o inhábil en las puertas del Juzgado Comunal de la localidad de San Fabián, Pcia. de Santa Fe y/o lugar que correspondiere, para que tenga lugar la subasta del bien inmueble embargado en el litigio, a saber: 1) Un lote de terreno de su propiedad, con todo lo en él existente que le pertenezca, ubicado en el Pueblo San Fabián, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, que es parte de la fracción designada con el número veinticuatro - bis en el plano confeccionado por el Agrimensor Don Juan T. Louhau en abril de mil novecientos treinta y siete, cuyo lote que por este acto se vende y que el señalado con el número "1" Uno en el plano de mensura y subdivisión practicado en octubre de mil novecientos setenta y tres por el Ingeniero Geógrafo Don Alberto Bulgubure, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el N° 69.887, forma esquina y mide: treinta metros de frente al Norte, por donde linda con calle Santa Fe; igual contrafrente al Sud, lindando con el lote número dos del mismo plano, propiedad de José Norberto Cesarini; veinte metros de frente al Oeste, por donde linda con calle pública sin nombre, y veinte metros de contrafrente y fondo en su costado Este, por donde linda con parte del lote número tres, también del citado plano, hoy propiedad de Don Juan Carlos Fiorino. Encierra una superficie total de seiscientos metros cuadrados, todo según el expresado plano. Inscripto al Tomo: 140 Impar; Folio: 1105; N° 29625; Depto: San Jerónimo. Dicho bien saldrá a la venta con la base del avaluó fiscal que correspondiere $ 11.569,18, en caso de no haber postores se retasará en un 25% y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor, todo ello en el mismo día, lugar y hora señalado. El Registro de la Propiedad de Santa Fe informa al 17/12/07 que los demandado son los titulares registrales del inmueble a subastar, y registra: Embargo: De fecha 03/09/02, aforo 068345 Monto U$S 10.177,50 autos: Zuccali Aldo Daniel Francisco y Otro c/Otros s/Med Aseg. de Bienes, Expte. 45/02, Juzgado de 1ª. Inst. de Circuito N° 25 de San Genaro. Se amplia la medida 68345/02 hasta cubrir la suma de $ 7.879,81 s/Of 80424 del 17/09/03. Según oficio 87236 del 29/08/07 se reinscribe el embargo. De la constatación judicial realizada en fecha 17/09/07 surge una vivienda tipo casa habitación, construida en mampostería, con revoque en sus paredes, techo de zinc con cielorraso de madera, de unos 90 metros cubiertos aproximadamente y se compone de cocina, comedor, tres dormitorios, baño instalado y pasillo de salida al patio, los pisos son de cerámicos en dos dormitorios y el baño y el resto de cemento alisado, las aberturas son metálicas y su estado general de conservación es bueno. Cuenta con servicio de luz eléctrica y las calles que lo circundan son de tierra. El inmueble se encuentra habitado por los co-demandados como propietarios. La A.P.I. informa al 29/08/07 una deuda de $ 237,45. La Comuna de San Fabián informa al 11/09/07 una deuda de $ 1.813 por Tasa General de Inmuebles y la suma de $ 2.966 por servicio de agua potable. El comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% del precio de venta en dinero en efectivo en concepto de seña, I.V.A. si correspondiera y el 3% de comisión del martillero en dinero en efectivo. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días posteriores a la aprobación de la subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, delegación San Jenaro Norte a nombre de estos autos y a la orden del Tribunal, bajo apercibimiento de ley aplicable en caso de incumplimiento. El comprador deberá constituir domicilio en jurisdicción del Juzgado de Circuito N° 25 de San Genaro, como así también indicar el DNI, estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad prevista por el art. 37 de la ley de rito provincial. En caso de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se trataré de una persona jurídica deberá acompañarse estatuto y poder para comprar. Para el supuesto que el adquirente planteara la nulidad de la subasta, deberá el saldo del precio a la resulta de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El Martillero deberá en el término de cinco días posteriores a la subasta presentar planilla de liquidación de ingresos y egresos producto de la subasta bajo apercibimientos de ley. Asimismo deberá acreditar la efectiva publicación de edictos con una antelación de 48 hs., de la fecha de la subasta bajo apercibimientos de ley. Practíquese liquidación para el caso conforme al artículo 495 de la ley de forma provincial, si correspondiere. Respétese el artículo 494 de la ley de forma provincial. El comprador en subasta se hará cargo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare el inmueble objeto de la subasta, como así también de los gastos de transferencia y tributos fiscales que gravaren la venta si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el art. 505 párrafo 3° de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme al artículo 31 de la ley de rito provincial y artículo 34 de la Ley Provincial 6767. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de la ciudad de Santa Fe y en la mesa de entradas del Juzgado Comunal de la localidad de San Fabián y/o lugar que correspondiere, por el término, formalidades y apercibimientos de ley. Más informes en Secretaría del Juzgado de Circuito N° 25 de San Genaro o al Martillero Héctor Daniel Gómez, al (03401) 493221. San Genaro, 14 de Febrero de 2008. Miguel Cilla, secretario.

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