picture_as_pdf 2016-10-24

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RODOLFO LEÓN GAMBERINI


Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Decimosexta Nominación Rosario, dentro autos, “GONZÁLEZ CARLOS JORGE c/ALIVES LAURA NOEMI Y OTROS s/Ejecutivo”, Expte. Nº 696/2013, CUIJ: 21-01622651-0, Martillero Gamberini Rodolfo León (CUIT 20-24902464-4), venderá en pública subasta día 27 Octubre 2016 a las 14:45 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, un Vehículo Dominio: UBX 936, marca Mercedes Benz, Modelo OH 1419/60, Tipo: Ómnibus, Motor Marca: MBA N°: 34248, Chasis: Mercedes Benz Nº 390.013-11-088968. Ano 1991. Con la Base de $ 70.000.- de no haber postores con a Retasa de $ 50.000, y de persistir la falta de postores con la última base de $ 20.000.- El comprador abonará en el acto del remate la totalidad del precio alcanzado con más la comisión del 10% al Martillero en efectivo o cheque certificado.- Los impuestos, tasas y contribuciones atrasadas, gastos de transferencia, IVA si correspondiere serán a cargo del comprador, así como los gastos de retiro y traslado, que deberá ser realizado dentro de las 48 hs. de realizada la subasta.- Para el caso que el precio de venta sea superior a los $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado y/o cheque cancelatorio, conforme con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. No se aceptará la compra en comisión. El vehículo se exhibirá los días 25 y 26 de Octubre de 10a 12hs, en calle Genova 6435 Se hace saber a efectos legales. Secretaría, 13 de Octubre de 2016. - Dra. María Sol Sedita, Secretaria.

$ 180 305260 Oct. 24 oct. 26

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

NOLBERTO ANTONIO QUINTEROS


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, a cargo de la Dra. Analía Irazabal, Secretaría a cargo del Dr. Leandro Carozzo, hace saber que en autos “ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. c/GERLO HÉCTOR ELIO s/Ejecución de Prenda con Registro” (Exp. Nº 1510 año 2014), se ha dispuesto que el Martillero Nolberto Antonio Quinteros (C.U.I. 20-06143742/9), proceda a vender en pública subasta el día 18 de Noviembre del año 2016, a las 10,30 horas, en el Hall de Entradas del Juzgado de 1ra. Inst. de Distrito Nº 16 en lo Civ., Com., y Laboral sito en Córdoba y Belgrano de la ciudad de Firmat, LA PULVERIZADORA que más adelante se describe, con LA BASE de U$S 104.158,77 y/o su conversión en moneda nacional al momento de realizarse la subasta, con más la suma de $ 22.758,50 (correspondiente a la planilla practicada a Fs. 70, 760 vlto. 71; y aprobada a Fs. 7 respectivamente), y/o en caso de no haber ofertas sobre la Base, con la RETASA de Ley pertinente (25 %), y/o en caso de no haber oferta sobre la retasa, y como ÚLTIMA BASE la suma de U$S 30.000; haciéndose saber que para el supuesto eventual de que si el día fijado para la subasta fuere inhábil, el remate se efectuará el día siguiente hábil posterior en el mismo lugar y a la misma hora, subastándose el siguiente Bien Prendado: “1 (Una) Pulverizadora, Marca PLA, Modelo MAP 3000F BD, Chassis PLA N° 0055b, Motor Marca Deutz Nº H718886, Código Del Automotor 42 - 0001817/2006- País De Fabricación Brasil - Dominio BCW - 98”.- Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva sobre maquinaria Agrícola, Vial, Industrial y de Créditos Prendarios de Chañar Ladeado, consta inscripto el dominio de la pulverizadora a subastar a nombre de la co-demandada (CUIL 27-32648276-0); registrando la Pulverizadora Prenda en primer grado de fecha 20/11/12 por la suma de U$S 70.000,00, siendo acreedor la firma “Aceitera General Deheza S.A.”; y Embargo de fecha 26/06/15 por la suma de U$S 70.000 en concepto de capital, con más la suma de U$S 28.000 intereses y costas, orden Juzgado 1ra. Inst. Civ., Com. y Lab. de Melincué, en autos “Aceitera General Deheza S.A. c/Gerlo Héctor Elio s/Ejecución de Prenda con Registro” (Exp. N° 1510/14), no registrándose ningún otro gravamen. Que obra glosado en autos fotocopia del Contrato de Prenda con Registro, original a disposición de los interesados en Secretaría del Juzgado, en el mismo se relaciona la pulverizadora a subastar, además el informe evacuado pro el Registro de Créditos Prendarios de Chañar Ladeado, no aceptándose reclamo alguno después de la subasta por insuficiencia de los mismos. Asimismo se hace saber que debe convenirse con el Martillero actuante y/o la persona que el mismo designe, para realizarse la revisación del bien a subastarse. Téngase presente las condiciones generales de la pulverizadora, las que deberán ser informadas por el Martillero en el acto de subasta. Asimismo hágase saber a los interesados, en los edictos arriba ordenados, y en el acto de subasta que para el caso de que el precio a abonar en dicho acto supere el valor de $ 30.000,00 el pago deberá realizarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en la cuenta judicial, a la orden de este Juzgado y para estos autos, conforme disposición del BCRA (comunicación “A” del 23.11.10) respecto del saldo de precio, si superase los $ 30.000,00 deberá efectuarse por transferencia interbancaria. El y/o los compradores se obligan a realizar la transferencia de la pulverizadora adquirida dentro del término de ley, siendo todos los gastos que se originaren a cargo de los mismos, como así también el pago de multas, sellados, honorarios, y/o cualquier otro impuesto Nacional, Provincial y/o Municipal que gravare dicha pulverizadora, constando en el acta a labrarse. El y/o los compradores abonarán en al acto del remate para la pulverizadora, el 20% del precio de compra para en dinero efectivo o cheque certificado, con más la Comisión de Ley al Martillero (10%), e I.V.A si correspondiere, el saldo lo depositarán judicialmente aprobado el remate; y una vez efectivizado el mismo se procederá a la entrega del Pulverizador subastado al y/o los compradores del mismo. Todo lo dual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Melincué, 14 de Octubre de 2016. - Dr. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 743 305621 Oct. 24 Oct. 26

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