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DECRETO Nº 2440

SANTA FE, 17 OCT 2007

V I S T O:

El Expediente N° 00701-0068122-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Extensión e Investigaciones Agropecuarias del Ministerio de la Producción, solicita la creación de la Comisión Provincial, conforme a la Resolución Nº 246 del 14 de junio de 2007 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que a partir de la vigencia de la resolución se crea el Plan Ganadero Provincial, con el objeto principal de mejorar la competitividad del negocio de la carne desde el sector primario de la producción hasta el consumidor final;

Que el mencionado plan prevé en su organización a nivel provincial la designación de un organismo no inferior a Dirección para ejercer las funciones asignadas en la Resolución Nº 246 del 14 de junio de 2007 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación;

Que resulta necesario designar los representantes que conformaran la Comisión Provincial a los fines indicados en la mencionada norma;

Que la gestión cuenta con dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la jurisdicción recurrente;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTICULO 1° - Créase en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, con los deberes, funciones e integrantes que surgen de la Resolución Nº 246 del 14 de junio de 2007 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación que forma parte integrante del presente decreto, la Comisión Provincial.

ARTICULO 2° - La Comisión Provincial estará integrada por:

- Dos (2) agentes de la Dirección General de Extensión e Investigaciones Agropecuarias en representación del Gobierno Provincial;

- Dos (2) representantes del I.N.T.A. -Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria-;

- Dos (2) representantes de SENASA -Servicio Nacional de Sanidad Animal-;

- Dos (2) representantes de CARSFE -Confederación de Asociaciones Rurales de Santa Fe-.

ARTICULO 3° - La presidencia de la Comisión Provincial será ejercida por el Director General Extensión e Investigaciones Agropecuarias del Ministerio de la Producción en representación del Gobierno Provincial.

ARTICULO 4° - Los miembros que conforman la Comisión Provincial tendrán voto simple para la resolución de los temas que se consideren en el orden del día, las decisiones se adoptarán por mayoría y en caso de empate el presidente de la Comisión Provincial tendrá doble voto.

ARTICULO 5° - Delégase en el Ministro de la Producción la facultad para incorporar con posterioridad a nuevos integrantes de la Comisión Provincial.

ARTICULO 6° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Roberto Armando Ceretto

NOTA: La Resolución Nº 246 puede ser consultada en la Dirección General de Despacho y Decretos del Ministerio Coordinador.

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