picture_as_pdf 2006-10-24

REGISTRADA BAJO EL Nº 12627

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco celebrado el 13 de noviembre de 2003, entre el Superior Gobierno de la Provincia, representado por el entonces Titular del Ministerio de Educación, Don Julio César Zapata y la Empresa Swift Armour S.A.A., representada por el Lic. Carlos Alberto Fernández Sousa, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa, el 17 de noviembre de 2003, bajo el 1845, al 124, IV, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial 583/06, cuya copia en dos (2) fojas forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2727

 

SANTA FE, 18 OCT 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.627 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Adriana E. Cantero de Llanes

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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