REGISTRADA BAJO EL Nº 12627
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase
el Convenio Marco celebrado el 13 de noviembre de 2003, entre el Superior
Gobierno de la Provincia, representado por el entonces Titular del Ministerio
de Educación, Don Julio César Zapata y la Empresa Swift
Armour S.A.A., representada
por el Lic. Carlos Alberto Fernández Sousa, inscripto
en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
-Decreto N° 1767/84 - Dirección de Técnica
Legislativa, el 17 de noviembre de 2003, bajo el N°
1845, al F° 124, T° IV,
aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N°
583/06, cuya copia en dos (2) fojas forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE
SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2727
SANTA FE, 18 OCT 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.627 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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