picture_as_pdf 2003-10-24

DECRETO 3192

 

SANTA FE; 6 de Octubre de 2003.

VISTO:

El Expediente 00401-8007957-V del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada, solicita la aprobación con carácter definitivo del Plan de Estudios de la Carrera de “Diseñador Gráfico” que se aplica en el Instituto Superior Particular Autorizado 4048 de la ciudad de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que el mismo fue aprobado con carácter experimental por Disposición 0040/91 y sus modificatorias Nros. 0157/97 y 0083/02, todas del Servicio Provincial precitado, en orden al Artículo 9° - inciso e) de la Ley 6427 y del Artículo 1° - Capítulo I - Título 1° - Punto 8° del Decreto 2880/69 y comenzó a aplicarse en el referido instituto a partir del período lectivo 1991;

Que debe señalarse que se trata de una carrera de cuatro años de duración, cuya estructura curricular contempla una carga horaria de 1322 horas reloj la cual forma Diseñadores Gráficos habilitados, técnica y humanamente, como comunicadores creativos de mensajes visuales, convencidos del valor del esfuerzo y del perfeccionamiento y la actualización como formas permanentes de crecimiento profesional;

Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente creada por Decreto 5799/91, aconsejando mediante Dictamen 022/03, la competencia para el ejercicio de la docencia y las incumbencias profesionales consensuadas con el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe - Distrito I - Ley 10.946, que corresponde asignarle al título respectivo;

Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes aportados por los organismos intervinientes, estima procedente resolver al respecto, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 72° Inciso 5° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1. - Apruébase el Plan de Estudios de la Carrera de “Diseñador Gráfico” , aprobado con carácter experimental por Disposición 0040/91 y sus modificatorias Nros. 0157/97 y 0083/02 todas del Servicio Provincial de Enseñanza Privada del Ministerio de Educación, que como Anexo en dieciseis (16) fojas forma parte del presente decreto y dase por autorizada su aplicación a partir del ciclo lectivo 1991 en el Instituto Superior Particular Autorizado 4048 de la ciudad de Rosario, dependiente del Servicio Provincial aludido.

ARTICULO 2. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

REUTEMANN

C.P.N. Daniel Germano

NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.

_________________________________________