DECRETO N°
3192
SANTA FE; 6 de Octubre de 2003.
VISTO:
El Expediente N° 00401-8007957-V del registro del
Ministerio de Educación, mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza
Privada, solicita la aprobación con carácter definitivo del Plan de Estudios de
la Carrera de “Diseñador Gráfico” que se aplica en el Instituto Superior
Particular Autorizado N° 4048 de la ciudad de
Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue aprobado con carácter experimental por Disposición N° 0040/91 y sus modificatorias Nros.
0157/97 y 0083/02, todas del Servicio Provincial precitado, en orden al
Artículo 9° - inciso e) de la Ley N° 6427 y del
Artículo 1° - Capítulo I - Título 1° - Punto 8° del Decreto N°
2880/69 y comenzó a aplicarse en el referido instituto a partir del período
lectivo 1991;
Que debe señalarse que se trata de una carrera de cuatro años de duración,
cuya estructura curricular contempla una carga horaria de 1322 horas reloj la
cual forma Diseñadores Gráficos habilitados, técnica y humanamente, como
comunicadores creativos de mensajes visuales, convencidos del valor del
esfuerzo y del perfeccionamiento y la actualización como formas permanentes de
crecimiento profesional;
Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente creada por
Decreto N° 5799/91, aconsejando mediante Dictamen N° 022/03, la competencia para el ejercicio de la docencia
y las incumbencias profesionales consensuadas con el Colegio Profesional de
Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe - Distrito I -
Ley N° 10.946, que corresponde asignarle al título
respectivo;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
aportados por los organismos intervinientes, estima
procedente resolver al respecto, en uso de las atribuciones conferidas por el
Artículo 72° Inciso 5° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1. - Apruébase el Plan de Estudios de la
Carrera de “Diseñador Gráfico” , aprobado con carácter
experimental por Disposición N° 0040/91 y sus
modificatorias Nros. 0157/97 y 0083/02 todas del
Servicio Provincial de Enseñanza Privada del Ministerio de Educación, que como
Anexo en dieciseis (16) fojas forma parte del
presente decreto y dase por autorizada su aplicación
a partir del ciclo lectivo 1991 en el Instituto Superior Particular Autorizado N° 4048 de la ciudad de Rosario, dependiente del Servicio
Provincial aludido.
ARTICULO 2. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
C.P.N. Daniel Germano
NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados
en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.
_________________________________________