picture_as_pdf 2014-09-24

REGISTRADA BAJO EL Nº 13425


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Ratifícase la donación con cargo efectuada por la Comuna de Barrancas, departamento San Jerónimo, en los términos y alcances de la Ordenanza N° 236 de fecha 17 de junio de 2013, que forma parte e integra la presente.

ARTÍCULO 2.- Esta autorización conlleva el cargo establecido en el artículo 3 de la Ordenanza N° 236/2013, por lo que los inmuebles donados de propiedad de la Comuna serán destinados exclusivamente a vivienda de los legítimos ocupantes enumerados en el ANEXO 1 de dicha ordenanza y de su grupo familiar, no pudiendo cambiar su uso, transferir ni alquilar por el término de 5 años desde la fecha de su escrituración.

ARTÍCULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación estarán a cargo de los legítimos ocupantes o donatarios enumerados en el ANEXO 1 de la Ordenanza de referencia.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2014

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 16 SEP 2014

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@santafe.gov.ar

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