DECRETO Nº 2791
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 11 SEP 2013
VISTO:
El expediente Nº 00108-0003840-4, del registro del Sistema de Información de Expedientes -Secretaria de Tecnologías para la Gestión, del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado-, mediante el cual se propicia la implementación de un sistema para la expedición de los recibos de haberes de los agentes y funcionarios de la Administración Pública Provincial, dependiente del Poder Ejecutivo, en formato digital; y
CONSIDERANDO:
Que la cantidad de liquidaciones de haberes que se elaboran mensualmente en la Provincia, en formato papel, e incluso de diferentes tipos (mensual, complementaria, guardias, incentivos, etc.), dificulta la distribución de los respectivos recibos;
Que esa situación se ve agravada en el caso de los agentes que prestan servicios en el interior de la Provincia de Santa Fe;
Que la implementación del referido sistema para la expedición de recibos de haberes en formato digital para todos los agentes y funcionarios de la Administración Pública, comportará un ahorro significativo de papel, tinta y energía; así como también contribuirá a una mayor eficiencia y rapidez en cuanto a su accesibilidad por parte de los beneficiarios;
Que este cambio significará un aporte importante para el cuidado del medio ambiente y al desarrollo sostenible, pues no sólo permite reducir la tala de árboles, sino también disminuir la cantidad de residuos y de productos químicos que se utilizan en el proceso productivo del papel;
Que la medida propiciada se enrola dentro de las acciones contempladas en el Programa "Santa Fe Avanza en la Sustentabilidad de los Edificios y Oficinas Públicas", creado por Decreto Nº 1351 de fecha 05 de junio de 2013 (Artículo 2º, Apartado c.2.);
Que además, consecuente con ello, resulta aconsejable descentralizar el sistema vigente, posibilitando que tanto las dependencias donde prestan sus servicios los agentes como los funcionarios, puedan imprimir sus respectivos recibos de haberes;
Que este Poder Ejecutivo Provincial, con el objeto de aportar al consumo y desarrollo sustentable, considera entonces menester sustituir la impresión de recibos de haberes mediante su nueva modalidad de Recibo Digital, optimizando así la eficiencia de la Administración Pública Provincial en relación a la prestación de servicios a sus agentes; sin perjuicio de que, ha pedido del interesado, pueda suministrarse un símil en papel;
Que lo actuado se diligencia en el marco de las atribuciones conferidas por el Art. 72º incisos 1) y 4) de la Constitución de la Provincia;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º: Establécese un sistema de expedición y distribución digital de los recibos de haberes de aquellos agentes y funcionarios de la Administración Pública Provincial, dependiente del Poder Ejecutivo, cuyas liquidaciones fueran confeccionadas por la Provincia.
ARTICULO 2º: Autorízase al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado para que, a través de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, emita las disposiciones operativas necesarias para su respectiva implementación.
ARTICULO 3º: Autorízase a las áreas de personal de cada jurisdicción a emitir recibo de haberes en formato papel a requerimiento del agente interesado.
ARTICULO 4º: Los dos sistemas se utilizarán en paralelo, estableciéndose como último período la impresión masiva de recibos de haberes del mes de octubre, pudiendo ser prorrogado ese lapso por Resolución del señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BONFATTI
Rubén Galassi
10092
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