DECRETO N°
2842
SANTA FE, 12 Setiembre 2003
VISTO el expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes N° 00201-0085510-4 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
CULTO), relacionado con la solicitud de modificación del Reglamento de
Uniformes y Equipos Policiales (Decreto N° 2359/92),
a los efectos de la creación de un distintivo policial, para ser utilizado en
la Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Santa
Fe; y
CONSIDERANDO:
Que el proyecto implica ampliar el Capítulo IV: (Colores y Emblemas de
Escalafones y Servicios de Destinos, Distintivos y Escudos de Unidad, en la
Sección IV: Distintivos Especiales), en el artículo 4008, introduciéndose el
inciso 23;
Que dicho inciso establecería el Distintivo Unidad Especial de Asuntos
Internos, que será otorgado por la Jefatura de la Unidad Especial de Asuntos
Internos al personal superior de la Policía designado o ratificado en funciones
de mando en dicha Unidad por la Jefatura de Policía de la Provincia y al
personal destinado a la misma Unidad cuando haya obtenido la capacitación
especial requerida y cumpla servicios satisfactoriamente por un tiempo mínimo
de un año sin interrupciones;
Que a fojas 3 de autos obra el diseño gráfico del distintivo, donde se
establecen los detalles de confección del mismo;
Que analizado lo actuado se observa, que no existen objeciones legales que
formular;
Que en consecuencia, y atento a los dictámenes Nros.
0085/03 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto y 000562/03 de Fiscalía de Estado, corresponde hacer
lugar a las modificaciones propuestas al artículo 4008, del Decreto N° 2359/92;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1) - Modificase el Capítulo IV: Colores y Emblemas de Escalafones
y Servicios, de Destinos, Distintivos y Escudos de Unidad, en la Sección IV:
Distintivos Especiales, Artículo 4008 del Decreto N°
2359/92 y modificatorios - Reglamento de Uniformes y Equipos Policiales, y a
los efectos de la creación de un distintivo policial para ser utilizado en la
Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Santa Fe, incorpórase el siguiente inciso:
23) Distintivo Unidad Especial de Asuntos Internos: Será otorgado por la
Jefatura de la Unidad Especial de Asuntos Internos en los siguientes casos:
Al personal superior de la Policía de la Provincia que por sus antecedentes
y capacitación fuera designado o ratificado en funciones de mando en dicha
Unidad por la Jefatura de Policía de la Provincia.
Al personal destinado en la Unidad Especial de Asuntos Internos que no
ejerza funciones de mando, cuando haya obtenido la capacitación especial
requerida, cumpliendo satisfactoriamente sus servicios en dicha Unidad por el
tiempo mínimo de un año, sin interrupciones y mientras desempeñe sus funciones
especificas.
Detalles de confección y uso:
a. USO EN UNIFORME POLICIAL.
Blasón circular metálico y esmaltado de 28 mm. de diámetro, que lleva un borde exterior de 2,5 mm. de ancho, en color gris, con
la inscripción “UNIDAD ESPECIAL DE ASUNTOS INTERNOS PROVINCIA DE SANTA FE” en
letras de color dorado, dispuestas en forma circular. En su interior, el fondo
de tres campos verticales con los colores de la Bandera de la Provincia de Santa
Fe y sobre ella, en el centro, la figura de un libro abierto que lleva
estampadas la silueta de un gallo en color gris y la sigla “A I” en color azul
policial con bordes dorados; por encima de ellos una balanza de dos platillos
de 20 mm. de alto, color gris,
coronada por el Escudo Provincial y en su pie la inscripción en número romano
“MCMXCVIII”.
Se usará en el costado izquierdo, prendido por broches de presión o
atornillado, centrado y por encima de la tapa del bolsillo pectoral de la
chaquetilla, en los uniformes de gala, social y diario; a la misma altura, en
la comisa de mangas cortas cuando se autorice como prenda de uso externo por
razones climáticas, en actos o servicios públicos.
b. USO EN PRENDAS DE CIVIL.
Blasón circular de 17 mm. de
diámetro, con las mismas especificaciones y en forma proporcional al distintivo
de uso en uniforme policial.
Cuando se autorice el uso de prendas de civil para la prestación del
servicio, se llevará prendido con broche o pin
americano, en la solapa izquierda del saco o a la misma altura en prenda
equivalente de uso femenino.
ARTICULO 2) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
Dr. Carlos Alberto Carranza
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