picture_as_pdf 2003-09-24

DECRETO 2842

 

SANTA FE, 12 Setiembre 2003

VISTO el expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes 00201-0085510-4 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), relacionado con la solicitud de modificación del Reglamento de Uniformes y Equipos Policiales (Decreto 2359/92), a los efectos de la creación de un distintivo policial, para ser utilizado en la Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el proyecto implica ampliar el Capítulo IV: (Colores y Emblemas de Escalafones y Servicios de Destinos, Distintivos y Escudos de Unidad, en la Sección IV: Distintivos Especiales), en el artículo 4008, introduciéndose el inciso 23;

Que dicho inciso establecería el Distintivo Unidad Especial de Asuntos Internos, que será otorgado por la Jefatura de la Unidad Especial de Asuntos Internos al personal superior de la Policía designado o ratificado en funciones de mando en dicha Unidad por la Jefatura de Policía de la Provincia y al personal destinado a la misma Unidad cuando haya obtenido la capacitación especial requerida y cumpla servicios satisfactoriamente por un tiempo mínimo de un año sin interrupciones;

Que a fojas 3 de autos obra el diseño gráfico del distintivo, donde se establecen los detalles de confección del mismo;

Que analizado lo actuado se observa, que no existen objeciones legales que formular;

Que en consecuencia, y atento a los dictámenes Nros. 0085/03 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto y 000562/03 de Fiscalía de Estado, corresponde hacer lugar a las modificaciones propuestas al artículo 4008, del Decreto 2359/92;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1) - Modificase el Capítulo IV: Colores y Emblemas de Escalafones y Servicios, de Destinos, Distintivos y Escudos de Unidad, en la Sección IV: Distintivos Especiales, Artículo 4008 del Decreto 2359/92 y modificatorios - Reglamento de Uniformes y Equipos Policiales, y a los efectos de la creación de un distintivo policial para ser utilizado en la Unidad Especial de Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Santa Fe, incorpórase el siguiente inciso:

23) Distintivo Unidad Especial de Asuntos Internos: Será otorgado por la Jefatura de la Unidad Especial de Asuntos Internos en los siguientes casos:

Al personal superior de la Policía de la Provincia que por sus antecedentes y capacitación fuera designado o ratificado en funciones de mando en dicha Unidad por la Jefatura de Policía de la Provincia.

Al personal destinado en la Unidad Especial de Asuntos Internos que no ejerza funciones de mando, cuando haya obtenido la capacitación especial requerida, cumpliendo satisfactoriamente sus servicios en dicha Unidad por el tiempo mínimo de un año, sin interrupciones y mientras desempeñe sus funciones especificas.

Detalles de confección y uso:

a. USO EN UNIFORME POLICIAL.

Blasón circular metálico y esmaltado de 28 mm. de diámetro, que lleva un borde exterior de 2,5 mm. de ancho, en color gris, con la inscripción “UNIDAD ESPECIAL DE ASUNTOS INTERNOS PROVINCIA DE SANTA FE” en letras de color dorado, dispuestas en forma circular. En su interior, el fondo de tres campos verticales con los colores de la Bandera de la Provincia de Santa Fe y sobre ella, en el centro, la figura de un libro abierto que lleva estampadas la silueta de un gallo en color gris y la sigla “A I” en color azul policial con bordes dorados; por encima de ellos una balanza de dos platillos de 20 mm. de alto, color gris, coronada por el Escudo Provincial y en su pie la inscripción en número romano “MCMXCVIII”.

Se usará en el costado izquierdo, prendido por broches de presión o atornillado, centrado y por encima de la tapa del bolsillo pectoral de la chaquetilla, en los uniformes de gala, social y diario; a la misma altura, en la comisa de mangas cortas cuando se autorice como prenda de uso externo por razones climáticas, en actos o servicios públicos.

b. USO EN PRENDAS DE CIVIL.

Blasón circular de 17 mm. de diámetro, con las mismas especificaciones y en forma proporcional al distintivo de uso en uniforme policial.

Cuando se autorice el uso de prendas de civil para la prestación del servicio, se llevará prendido con broche o pin americano, en la solapa izquierda del saco o a la misma altura en prenda equivalente de uso femenino.

ARTICULO 2) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

REUTEMANN

Dr. Carlos Alberto Carranza

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