picture_as_pdf 2010-08-24

SUBSECRETARIA DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

 

RESOLUCION Nº 0016

 

Santa Fe, 17 de Agosto de 2010

VISTO:

Las facultades encomendadas a la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, mediante Decreto Provincial N° 1698/2008, en virtud del cual este organismo resulta competente en la aplicación de la normativa de tránsito aplicable en el territorio provincial, en especial la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/98, artículos 23 y 59, vigentes en nuestra jurisdicción provincia] mediante la adhesión formulada por Ley Provincial N° 11.583; y en particular, lo dispuesto en el Art. 21, párrafo segundo, de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449, en tanto dispone  “Cuando la infraestructura no pueda adaptarse a las necesidades de la circulación, ésta deberá desenvolver en las condiciones de seguridad preventiva que imponen las circunstancia actuales...” y,

CONSIDERANDO:

que es pertinente que esta AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL tome conocimiento de los permisos de tránsito - dimensiones excedidas, que expida la Dirección Provincial de Vialidad respecto de los traslados que involucren desplazamientos en rutas dentro del territorio de la Provincia de Santa Fe;

que sin perjuicio de las competencia propias de la Dirección Provincial de Vialidad con relación a la afectación de la estructura vial, esta Agencia Provincial de Seguridad Vial es la encargada de velar por las medidas de seguridad que deberán observarse a fin de llevar adelante maniobras de traslado de manera eficiente y sin riesgos para los usuarios de la vía,

Por Ello:

LA SUBSECRETARIA DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE

 SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase el procedimiento para solicitar el uso especial de la vía pública, que como ANEXO forma parte de la presente resolución, en los supuestos especiales de maniobras de transporte de carga sobredimensionados, extra pesados y/o afines, de manera eficiente y sin riesgos para los usuarios de la vía;

Artículo 2.- El presente Anexo tiene por objeto establecer cual es la información que se deberá brindar y la documentación que se debe presentar ante la Agencia Provincial de Seguridad Vial para solicitar la correspondiente autorización para este uso especial de la vía pública.

Artículo 3: Regístrese, publíquese y archívese.

HEBE CECILIA MARCOGLIESE

Subsecretaria

Agencia Provincial de Seguridad Vial

 

ANEXO

 

1.- SOLICITUD

a) El interesado deberá presentar ante la Agencia Provincial de Seguridad Vial una solicitud en la que indicará:

- Características de la carga a transportar, medidas, peso y posible influencia en el medio ambiente.

- Características y dimensiones de/l los vehículos a utilizarse para el transporte;

- Copia certificada del permiso de tránsito - dimensiones excedidas- expedido por la Dirección Provincial de Vialidad;

- Copia certificada de la documentación general de/l los vehículo transporte y de los vehículos que en su caso lo escolten (cédula verde del vehículo tractor y del acoplado, ruta o constancia de inscripción en el Registro de Transporte de Cargas Provincial, seguro obligatorio y de la carga);

- Trayectoria precisa a recorrerse en la Provincia de Santa Fe;

- Velocidad a emplearse en el recorrido;

- Indicación del día y los horarios diurnos en los que se propone realizar el trayecto;

- Indicación de la señalización especial a utilizarse.

2.- EVALUACION

Recibida la solicitud, la Agencia Provincial de Seguridad Vial evaluará los detalles del traslado contenidos en la nota, la necesidad de escolta policial y/o vehículos de apoyo de la empresa transportista, a fin de organizar los sobre pasos y los cruces de caminos, y de advertir el riesgo a los usuarios de la vía y efectuando las maniobras de señalización adecuadas.

3.- RESOLUCION

Cumplimentados todos los requisitos, la Agencia Provincial de Seguridad Vial dictará la correspondiente resolución autorizando el uso especial de la vía pública para los supuestos especiales mencionados.

S/C             5026               Ago. 24

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

 

INFORMA SOBRE ENTREVISTAS

ORALES Y PUBLICAS

 

El Presidente del Consejo de la Magistratura informa que se llevarán cabo las Entrevistas Orales y Públicas en el concurso para cubrir la vacante de Juez de Primera Instancia de Distrito de Familia de Reconquista a los siguientes postulantes: Dra. Sinchez, Ileana Judit; Dr. Berzano, Ireneo Luis y Dra. Agustini, Leticia María del Cármen.

La misma se celebrará el día 10 de Setiembre de 2010 a partir de las 12:00 hs. en la sede del Colegio de Abogados de la Cuarta Circunscripción Judicial sito en calle San Martín 1186 - Reconquista.

Participación Ciudadana: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art. 8° del Decreto 1121/08. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la Magistratura - Amenábar 2689 - 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533 o en forma digital en el sitio web: www.santafe.gov.ar ( Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (  Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales. Quienes hagan llegar sus preguntas deberán acreditar su domicilio en la provincia con la presentación del documento de identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.

Plazo de recepción: hasta el día Martes 07 de Septiembre de 2010 a las 13 hs.

Cuerpo Colegiado Entrevistador: Dr. Roberto Joaquín Vicente, Presidente del Consejo de la Magistratura, Dra. Adriana Taller en representación de la Facultad de Derecho (U.N.R.) y Dra. Patricia De Petre en representación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (U.N.L.).

S/C             5024   Ago. 24 Ago. 26

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CUDAIO

 

ORDEN Nº 098/2010

 

Santa Fe, 11 de Agosto 2010

VISTO:

El expediente Nº 00512-0001409-2, relacionado con el pedido de habilitación de la Clínica de Nefrología y Urología, y profesional para efectuar implantes de tejidos del sistema músculo esquelético y osteoarticular; y

CONSIDERANDO:

Que realizado el relevamiento y evaluación correspondientes por parte de esta Dirección Provincial del CUDAIO de donde surge que dicho establecimiento cumplimentó los requisitos exigidos por la Ley Nacional de Trasplantes 24.193 y su Decreto Reglamentario Nº 512/96;

Que el Dr. Agustín José Guala ha acreditado contar ante este organismo con la documentación pertinente de acuerdo a las normativas en vigencia - Resolución INCUCAI Nº 326/03-, y todos los requisitos para poder efectuar implantes de tejidos del sistema músculo esquelético y osteoarticular.

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL

DEL C.U.D.A.I.O

ORDENA:

Artículo 1°.- Habilítase a la Clínica de Nefrología y Urología, sito en calle Av. Freyre 3074 de la ciudad de Santa Fe, cuya Dirección Médica está a cargo del Dr. José Hugo H. Paladini.-M.P.2066-, para efectuar implantes de tejidos del sistema músculo esquelético y osteoarticular.

Artículo 2°.- Habilítase para efectuar implantes de tejidos del sistema músculo esquelético y osteoarticular en el establecimiento habilitado en el artículo anterior, al Dr. Agustín José Guala - D.N.I. 25.081.371- M.P. 5267- Especialidad: Ortopedia y Traumatología.

Artículo 3°.- Las habilitaciones otorgadas en los artículos precedentes, tendrán validez por un período de dos (2) años.

Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Dra. MARIA TERESA FERREYRA

Dirección Provincial CUDAIO

 

ORDEN Nº 099/2010

 

Santa Fe, 11 de Agosto de 2010.

VISTO:

El expediente Nº 00512-0001405-8, en donde se gestiona la rehabilitación del Instituto de Oftalmología Centro de Cirugía Ocular de la ciudad de Rosario, y su equipo médico para realizar Trasplantes de Córneas y Escleras - Adultos y Pediátricos-; y

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento asistencial y el cuerpo de profesionales será rehabilitado por el término de 2 años según lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 24.193 de aplicación en el ámbito de la Provincia, conforme a lo establecido por la Ley Provincial Nº 11.264,

Que realizado el relevamiento y evaluación correspondiente por parte de esta Dirección Provincial del CUDAIO, en ejercicio de las funciones de contralor previstas en los artículos 3° y 9° de la Ley Nacional N° 24193, de donde emerge que dicho establecimiento cumplimentó todos los requisitos exigidos por la citada Ley Nacional y su Decreto Reglamentario N° 512/96,

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL

DEL C.U.D.A.I.O.

ORDENA:

Artículo 1º.- Rehabilítase al Instituto de Oftalmología Centro de Cirugía Ocular, con domicilio en Balcarce 1085 de la ciudad de Rosario, cuya Dirección Médica es ejercida por el Dr. Carlos Gallo, DNI: 6.033.303 MP: 3068-Oftalmólogo-, para realizar Trasplantes de Córneas y esclera - Adultos y Pediátricos.

Artículo 2°.- Rehabilítase al equipo de profesionales que a continuación se detalla, pertenecientes al establecimiento médico referido en el artículo 1° - de la presente orden-, para realizar Trasplantes de Córneas y Escleras, a saber:

Jefe de Equipo: Dr. Carlos Alberto Gallo - DNI: 6.033.303 -MP 3068 -Oftalmólogo.

Subjefe de Equipo: Dr. Miguel Ignacio González del Cerro - DNI: 12.404.344 -MP 8832- Oftalmólogo.

Integrantes:

Dr. Raúl Emilio Nasi DNI: 10.705.272- MP

7180-Anestesiólogo.

Dr. Luis M. Gallo DNI: 16.076.644-MP 10310- Oftalmólogo.

Dr. Gallo, Jorge Ignacio DNI. 18.421.210-MP 11118 - Oftalmólogo.

Artículo 3°.- Adhiérese a los Subprogramas de Garantía de Calidad en el marco del Programa Federal de Procuración de Organos y Tejidos, como profesional responsable, el Dr. Carlos Gallo - M.P. 3068.

Artículo 4°.- Las renovaciones a la que se refieren los artículos 1° y 2°, tendrán validez por un período de dos (2) años.

Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Dra. MARIA TERESA FERREYRA

Dirección Provincial CUDAIO

S/C             5020   Ago. 24 Ago. 25

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