picture_as_pdf 2009-06-24

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION


RESOLUCION Nº 0043


SANTA FE, 18 de Junio de 2009.

VISTO:

Lo establecido por la Ley Provincial N° 12491 de Firma Digital y su Decreto Reglamentario N° 1573/08;

CONSIDERANDO:

Que se promueve el uso de empleo de firma digital en todas las dependencias del Sector Público Provincial;

Que por Decreto N° 1573/08 se aprueba la reglamentación de la Ley 12.491 y se crea la Infraestructura de Firma Digital del Gobierno de la Provincia de Santa Fe (IFD-SF);

Que el artículo 3° del Decreto N° 1573/08 establece que el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, a través de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión actuará como autoridad de aplicación de la normativa, de la cual dependerá la Infraestructura de Firma Digital del Gobierno de la Provincia de Santa Fe;

Que el punto 2 del anexo del Decreto N° 1573/08 establece que la Autoridad de aplicación deberá coordinar las actividades relativas a la utilización de firma digital en la Provincia de Santa Fe;

Que en tal sentido y en virtud de la magnitud de tareas que se desarrollan desde la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, resulta menester delegar la coordinación de las actividades de firma digital en una de las direcciones dependientes de la Secretaría, en particular la Dirección Provincial de Gobierno Digital;

POR ELLO,

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Las actividades correspondientes a la IFD-SF, de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 1573/08, serán coordinadas por la Dirección Provincial de Gobierno Digital, dependiente de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión.

ARTICULO 2°: La Dirección Provincial de Gobierno Digital deberá mantener informado al Secretario de Tecnologías para la Gestión sobre las actividades desarrolladas y la planificación elaborada.

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

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DIRECCION PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

SUMINISTROS


DISPOSICION Nº 117


Santa Fe, 17 de Junio de 2009

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitado la inscripción de cuatro firmas y la renovación de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Acuerdo Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 065/05, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que la Subdirección General de Gestión y la Coordinación de Asuntos Legales de esta Dirección Provincial, han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55;

POR ELLO,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1.- Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 065/05, a las siguientes firmas: (2.586) AXXA PHARMA S.A.; (2.587) DISTRIBUIDORA SAN MARTIN S.R.L.; (2.588) EQUIPOS INTEGRALES S.A.; (2.589) “RASA INDUMENTARIA PROTECTIVA” de SANUCCI RICARDO ANDRES.

2. Renovar la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de 18 meses a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, a las siguientes firmas. (104) IGARRETA S.A.C.I.; (568) JOSE y PEDRO CELOTTI S.A.C.I.F. e I.; (574) SPRING MEDICA S.R.L., (744) SENSIMAT S.R.L. a (930) NATION S.A; (1.027) SEYER SERVICIOS E INSUMOSO de CABELLO GUSTAVO ALBERTO y AGOSTINO DANIEL RUBEN S.H.; (1.170) BUNKER S.A; (1.247) MASTER CLEAN S.R.L.; (1.741) COMUNICAR S.C.; (1.775) GEST MED S.A.; (1.781) SOCIEDAD INTERNACIONAL DE REPRESENTACIONES S.A.; (1.828) GRUPO MG S.R.L.; (1.929) INFOLOGY S.R.L.; (1.958) FIDEICOMISO ENTRE OFEK S.A., OSVALDO BESNOSOFF Y OTROS; (2002) COOK MASTER S.R.L.; (2.073) “PUNTO DE IMPACTO” S.H. de IGLESIAS, DIEGO ARNALDO y MENDEZ ADRIAN MARIANO; (2.106) “TOTARO REPRESENTACIONES” de TOTARO DEBORA LUCRECIA (2.288) UNIDEM S.A.; (2.389) CIRUGIA ARGENTINA S.A.;

3. Otorgar a las firmas proveedoras la certificación que las acredite como tales su inscripción bajo los números y validez mencionados precedentemente.

4. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO ARZUAGA

Director Provincial de

Contrataciones y Suminstros

S/C 3276 Jun. 24 Jun. 25

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SECRETARIA DE JUSTICIA


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGISTROS


DISPOSICIÓN N° 0015


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 19 de junio de 2009

VISTO las Leyes N° 12.243 y 12.502 del Régimen Legal para el Desarmado de Automotores y sus Decretos Reglamentarios y el expediente N° 02001-0003666-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, por el que se gestiona la apertura de la inscripción en el Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarrerías y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados y;

CONSIDERANDO :

Que la mencionada Ley crea, en el ámbito de este organismo, el Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarrerías y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados, en el que deberán inscribirse para poder desempeñar esas actividades todas las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal, accesoria u ocasional sea desarmar automotores dados de bajo y/o comercializar las partes producto de su actividad.

Que, por su parte, el Decreto N° 2490, determina los recaudos mínimos que estas personas deberán acreditar al momento de solicitar su inscripción en el mencionado Registro.

Que, por otro lado, la Ley 12.243, ley que ha sido reglamentada por medio de los Decretos 0723/07 y 2490/08, establece que el registro Provincial de Desarmaderos de Automotores estará a cargo de la Dirección Provincial de Registros, la cual tendrá a su cargo las tareas de control y fiscalización del cumplimiento de las disposiciones establecidas por la Ley Nacional N° 25.761, sus modificatorias y reglamentación, por la Ley provincial N° 12.243 y sus modificatorias y reglamentación.

Que en el Anexo Único del decreto mencionado, se establecen las “Misiones y Funciones” de la Dirección Provincial de Registros, en la cual se destacan, entre otras, las de entender en la organización y control del Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarrerías y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados y la de fiscalizar el cumplimiento de la Ley Nacional N° 25.761, su reglamentación y modificatorias.

Que por Resolución 004/09 del Secretario de Justicia, resuelve que la inscripción en el Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarrerías y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados – RE.DE.- entrará en vigencia en la oportunidad que así lo establezca esta Dirección.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 2°, 4° y 6° y por los artículos 2° y 3° del Decreto Provincial N° 2490.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE REGISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjese el día 22 de Junio de 2009 como fecha para la apertura de la inscripción en el Registro Provincial de Desarmaderos de Automotores, Chatarrerías y Comercios de Compraventa de Repuestos Usados – RE.DE.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. Santiago Lemos

Director Provincial de Registros

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (D.G.I.)


REMATE POR

FELIX RICARDO CLAVERIE


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos y en ejercicio de las facultades otorgadas por el art. 95 último párrafo de la Ley Nro. 11.683 (to. en 1998 y sus modifs.) texto según la Ley 25.239, hace saber en autos: FISCO NACIONAL (D.G.I.) c/ABELRIK EMILIA MARIA s/Ejecución Fiscal, Expte. N°49.431 (B.D.:40729/05), radicado ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N°1, Secretaría Dra. Adriana Netri (en suplencia), se ha dispuesto que el Martillero Félix Ricardo Claverie (cuit nro: 20/13077561/7) venda en pública subasta el día 2 de Julio de 2009, o el día hábil posterior siguiente si el designado fuere inhábil, a las 11 hs. en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en la calle Moreno 1546 de esta ciudad el siguiente inmueble: “Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en la localidad de Rosario, Departamento del mismo nombre, designado como lote “Cinco-B” en el plano 87.983/1976, ubicado en calle Ayacucho N° 5425, entre las calles H. de la Quintana y Av. Nta. Sra. del Rosario, a los 69,97ms. de H. de la Quintana al Norte, esta compuesto: al Norte por una línea quebrada de tres tramos: el 1° parte del extremo Norte del contrafrente Este y hacia el Oeste 6,45 ms.-. desde este punto y hacia el Norte, el 2° tramo: 1,15ms. y desde este punto hacia el Oeste, parte el 3° tramo: 16,28ms. lindando con el lote “Cinco-A” del mismo plano. Al Sur de 22,73ms. y linda con Alberto Consolati. Al Este de 8,85ms., linda con el lote “Cinco-A” del mismo plano. Al Oeste de 10 ms. y linda con calle Ayacucho. Encierra una superficie total de 219,88m2.- Inscripto el dominio al Tomo:722; Folio:112, N°396163; Dpto. Rosario.- Informe del Registro General de Propiedades: Consta el dominio; Hipotecas: Tomo: 456 A; Folio: 326; Número: 396164; Fecha: 18/11/97; Monto: u$ 84.000 ; Acreedor: Banco Mayo; Embargos: Tomo: 113 E; Folio: 9350; Número: 409316; Fecha: 24/11/2004, Monto., $130.000; Autos: Zampettini Carlos M c/Jauam Nélida y Otros s/Embargo Preventivo; juzgado de Circuito Nom. 2ª Rosario; Tomo: 116 E; Folio: 3501; Número: 353911; Fecha: 22/06/2007; Monto: $1591,86 Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte. 33277/07 Juzgado Federal N°2 de Rosario,- Tomo: 115 E; Folio: 3181; Número: 339278; Fecha: 11/05/2006; Monto: $17.878,05; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte. 43563 Juzgado Federal N° 1 de Rosario, Tomo. 114 E; Folio: 8740; Número: 395176; Fecha: 4/11/2005; Monto: $27.000; Autos: Leiva, Beatriz de los Milagros c/Grupo Comercial del Mercosur y otros s/Ordinario; Expte. 80/2001 Juzgado Circuito Nom 2 de Santa Fe; Tomo: 115 E.- Folio: 2824; Número: 335842; Fecha: 2/05/2006; Monto: $ 3777,94; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte. 38474 Juzgado Federal N°1 de Rosario; Tomo: 115 E; Folio: 2825; Número: 335843; Fecha: 2/05/2006; Monto: $1333,54; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte: 21643 Juzgado Federal N°2 de Rosario; Tomo: 115 E; Folio: 2826; Número: 335852; Fecha: 2/05/2006, Monto: $ 31.145, el de Autos.- Inhibiciones.- Tomo 118 I, Folio 3497, Número: 333340; Fecha: 24/04/2006; Monto: $ 6640,35; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte. 21643 Juzgado Federal N°2 de Rosario, Tomo 121 I, Folio 3233; Número: 327561; Fecha: 16/04/2009; Monto: $ 12871,71; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte: 28203 Juzgado Federal N°2 de Rosario; Tomo: 116 I; Folio: 7103; Número: 367026; Fecha: 22/07/2004; Monto: $ 13966,83; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte. 43563 Juzgado Federal N°1 de Rosario; Tomo: 118 I; Folio: 4440; Número: 310209; Fecha: 07/02/2006; Monto: $ 15000; Autos: Abdala de Leiva, Beatriz de Los Milagros c/Batija, Susana y otros s/Medida de Aseguramiento de Bienes; Expte. 19/2006 Juzgado Distrito 2da. Nominación de Santa Fe; Tomo 118 I; Folio 3498, Número. 333341; Fecha: 24/4/2006; Monto $ 18.832,12; Autos: Fisco Nacional (DGI) c/Abelrik Emilia María s/Ejecución Fiscal; Expte: 38474/2002 Juzgado Federal N° 1 de Rosario. El mismo sale a la venta en las condiciones de ocupación según Acta de constatación obrante en actuaciones con la Base $ 371.277. Si por la Base no hubiere postores inmediatamente se ofrecerá con una Retasa del 25% de la Base o sea $ 278.457 y si tampoco hubiere oferentes por la Retasa la subasta se reiniciará con una última Base: $ 208.843.- De no haber postores por este último valor la Subasta se declarará desierta. El adquirente deberá abonar en el acto de remate el 10% en concepto de seña y a cuenta de precio más el 3% de comisión de Ley al Martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado, y de realizar la compra en comisión tendrá, que indicar dentro del tercer día de realizada la subasta el nombre de su comitente en los términos del Art. 571 del CPCCN. El saldo de precio deberá depositarlo judicialmente dentro de los cinco días una vez notificado el auto aprobatorio.- Impuestos, tasas, contribuciones y mejoras adeudadas; gastos, impuestos y honorarios que origine la transferencia e IVA si correspondiere serán a cargo del comprador .- Copias de títulos obran agregadas en las actuaciones que se encuentran en la Secretaría del Juzgado, Interviniente a disposición de los interesados, no admitiéndose luego de la subasta reclamos de ninguna naturaleza por falta o insuficiencia en los mismos.- El inmueble será exhibido los días 30 de junio y 1 de Julio de 11.00 a 12.00 horas. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar.- Rosario, 18 de Junio de 2009.- Firmado: Dr. Carlos D. Raigal, Agente Fiscal A.F.I.P.

S/C 71953 Jun. 24 Jun. 26

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