picture_as_pdf 2016-05-24

MINISTERIO DE SALUD


DIRECCIÓN GENERAL DE

AUDITORÍA MÉDICA


ORDEN Nº 48


Santa Fe, 12 MAY 2016

VISTO:

El expediente nº 00501-0110412-7 Tomo I y II relacionado con el legajo 133-00378-2-22-10-10269 de renovación de la habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria Nº 10.169, su reglamentación del establecimiento de salud con internación “CLINICA DE SALUD MENTAL DR. ROMUALDO BRAMARDO I” de la localidad de La Gallareta, Departamento Vera, de la provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado renovó la Habilitó para funcionar por Orden nº 07 el 21 de Enero de 2.011, bajo denominación e identificación de “Clínica de Salud Mental Dr. Romualdo Bramardo I” – foja 201 a 204;

Que conforme al Artículo 9 de Lay 9.847 la institución dio inicio al tramite de renovación de la habilitación y posteriormente solicitan cambio de la figura prestacional, sin haber dado cumplimiento con los requisitos mínimos exigidos por ley;

Que los Socios Gerentes de la firma “Clínica de Salud Mental Dr. Romualdo Bramardo SRL” Irma M. Humoller y Silvia B. Vera, solicitan la baja de dicho establecimiento – foja 306;

Que ha regularizado el pago de las tasa de los años 2.013 al 2.015 ($ 524,63) y año 2.016 ($ 141,03) – fojas 307 y 308;

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Clínica de Salud Mental Dr. Romualdo Bramardo I”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección

General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

O R D E N A:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “CLINICA DE SALUD MENTAL DR. ROMUALDO BRAMARDO I” ubicado en calle Roca s/n de la localidad de La Gallareta, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, en razón de haber sido solicitado por los Socios Gerentes de la sociedad titular “Clínica de Salud Mental Dr. Romualdo Bramardo SRL”.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 17220 May. 24 May. 26

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ORDEN Nº 49


Santa Fe, 13 de Mayo de 2.016

VISTO:

El expediente nº 00501-0137662-1 Tomo I y II relacionado con el legajo 042-24008-7-17-14-10851 de renovación de la habilitación para funcionar conforme Ley N° 9.847, modificatoria Nº 10.169, su reglamentación del establecimiento de salud con internación “CLÍNICA MÉDICA CRECIENDO” de la localidad de Firmat, Departamento General López, de la provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado obtuvo la habilitación para funcionar por Orden n° 111 el 04 de Noviembre de 2.014, bajo denominación e identificación de “Clínica Médica Creciendo” -foja 181 y 182;

Que conforme lo manifestado por las Auditoras Lic. Marta G. Rocco y TCN Nilda Acosta, según Auditoria en Terreno realizada en fecha 03 de Mayo de 2.016, se constató que la Clínica sito en calle General Paz Nº 5.450 de la localidad de Firmat, se encontraba cerrada, fojas 230 y 231;

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Clínica Médica Creciendo”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoria Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoria Médica

ORDENA:

1. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “CLÍNICA MEDICA CRECIENDO” ubicado en calle Carlos Casado Nº 1.243 de la localidad de Firmat, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, en razón de haber cerrado según lo informado por las Auditoras Lic. Marta G. Rocco y TCN Nilda Acosta, según Auditoria en Terreno realizada al establecimiento.

2. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3. Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 17221 May. 24 May. 26

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