picture_as_pdf 2018-04-24

RAFAELA

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JUZGADO DE PRIMERA

INSTANCIA en lo Civil y Comercial


REMATE POR

DARIO JAVIER CARELLI


Por disposición Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en autos: ALEMANDI, GRACIELA RITA c/ OTRO s/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA” – Expte. Nº 281 Año 2013, se ha ordenado que el martillero público DARIO JAVIER CARELLI, CUIT N°. 20-14889759-0 venda en subasta pública, por el martillero designado, el día 04 de mayo de 2018 a las 10 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si aquel resultare inhábil, la que se realizará en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Saguier, el inmueble que más abajo se describe. El bien saldrá a la venta con la base de la deuda hipotecaria de $ 6.152.767,89 y se adjudicará al mejor postor; en caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente con la retasa del 25%; y de no existir nuevamente postores, se ofrecerá sin base y al mejor postor. Descripción del bien: Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, formada por las concesiones números doscientos sesenta y siete y doscientos sesenta y nueve y parte Este de las números doscientos sesenta y ocho y doscientos setenta de la Colonia Saguier de este Departamento Castellanos que de acuerdo al plano levantado por el nombrado Agrimensor Señor Faraudello, en Abril del corriente año, mide: novecientos setenta y seis metros cincuenta centímetros en el costado Norte, puntos C.D., mil treinta y nueve metros veinte centímetros en el del Este, puntos B.C., novecientos setenta y cuatro metros veinte y cinco centímetros en el Sud; puntos A.B, y mil cincuenta y un metros ochenta centímetros en el del Oeste, puntos A.D, o sea una Superficie libre de caminos de Ciento una hectáreas, noventa y siete áreas, treinta y ocho centiáreas, setenta decímetros cuadrados, y linda: al Norte con las concesiones doscientos setenta y uno y doscientos setenta y dos de don Juan Güetier, al Este con las concesiones ciento noventa y seis y ciento noventa y ocho del Pueblo Saguier, al Sud, con las concesiones doscientos sesenta y cinco y doscientos sesenta y seis de la viuda de Beltramino; y al Oeste con el resto de las concesiones doscientos sesenta y ocho y doscientos setenta de que es parte, adjudicada a don Antonio Beltramone, camino en medio en los tres primeros rumbos. De los informes de autos surge que en el Api por partida N°. 08-29-00-066809/0000-4 al 09.01.2018 adeuda períodos 2017/04/05 y 06 por $ 6.838,30; Apremio Pendiente N°. 061388626-36 por $ 28.844,44; Apremio Pendiente N°. 61388625-37 por $ 22.363,05 y convenio de pago caduco 4811669-9 con saldo de $ 13.501,43, lo que hace un total de $ 71.547,22 al 31.01.2018. La Comuna de Saguier informa que por la partida indicada adeuda al 15.02.2018 períodos hasta 1/2018 inclusive por $ 109.941,85.- SCIT informa que se encuentra dentro de la zona contributiva de la Ley 2406 TO, tramo Angélica-Rafaela, no adeudando importe en alguno en concepto de contribución de mejoras al 10.11.2017.- El Registro General de la Propiedad informa que el inmueble se encuentra inscripto a nombre del demandado con deducción de la vendido y lo donado, al N° 27919, F°2190, Tomo 183 I, Sección Propiedades, del Departamento Castellanos, no se registran inhibiciones, que el mismo registra las siguientes hipotecas: 1) En 1er. Grado de U$S 80.000.- inscripta al Fº. 1156, Tº, 63, Nº. 72744, del 24/08/2000 a favor de Alemandi Graciela Rita; y 2) de U$S 150.000.- en 2do. Grado inscripta al F°. 209, T°. 95, N°. 54326 el 08.06.09 base de esta ejecución; y registra los siguientes embargos: N°. 113827 del 07.11.2006 de $ 30.515,10 Expte. 1424/2006 Fisco Nacional Afip Dgi c/Otro s/Ejecución Fiscal Juzg. Federal de 1ra. Inst. Nº. 2 Ejecuciones Fiscales Sta.Fe ; 2) N°. 103605 del 12.09.2008 de $ 9.657,10 Expte. 278/2008 Fisco Nacional Afip Dgi c/Otro s/Ejecución Fiscal Juzg. Federal de 1ra. Inst. Nº. 1 Sta.Fe y 3) N°. 134285 del 04/10/2016 de $ 74.408,22 Expte. N°. 506/2016 API c/Otro s/Ejec. Fiscal Juzg. 4ta. Nom. Rafaela. De la constatación judicial surge lo siguiente: En el predio habitan las siguientes personas: Jorge Alberto Valdez, DNI. Nº. 20.668.574, quien manifiesta que cumple tareas de puestero; Nélida Isabel Arebalo, DNI. Nº. 26.900.253, Jorge Ezequiel Valdez, DNI. Nº. 41.932.865, JAVIER ADRIAN VALDEZ, DNI. Nº. 45.343.147 y FABIAN ALBERTO VALDEZ, DNI. Nº. 50.757.007. El predio cuenta con las siguientes mejoras: a) Una casa habitación de tres dormitorios, dos baños, comedor, living, cocina y lavadero. La misma tiene una superficie aproximada de 90 mts.; b) Otra casa habitación de dos dormitorios, comedor, cocina un baño y lavadero, con una superficie aproximada de 65 m2, se encuentra sin aberturas; c) Un galpón construido en ladrillo tradicional de una medida aproximada de 10x15 mts., paredes revocadas y techo de cinc; d) Un galpón de lajas de una medida aproximada de 6 mts. x 4 mts., con techo de cinc; e) Un galpón construido en ladrillo tradicional sin revocar, con una medida aproximada de 15x6 mts., se encuentra dividido con una pared interna, con techo de cinc; f) Instalación para tambo con tinglado de 35x12 mts. aproximadamente con lajas en los cuatro costados que no llegan al techo; g) dos molinos a viento con sus respectivos bebederos; h) El predio rural posee alambrados perimetrales en sus costados de 6 hilos. Condiciones de venta: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del martillero 3%, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo de precio se abonará a la primera oportunidad de: A- al aprobarse la subasta, o B- a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En el caso de que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente: a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplique el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Se hace saber a los compradores que se deberán conformar con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras, y servicios de aguas del inmueble a partir de la fecha del remate. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le podrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10.160). Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de estos Tribunales. Se deja también constancia que se desconoce el CUIT del demandado. Más informes en Secretaría del Juzgado o al martillero en Gaboto N°. 392 de Rafaela, TEL 03492-15564525. Firmado: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria)…”. Rafaela, 20 de abril de 2018.- DR. MAURO GARCIA – ABOGADO PROSECRETARIO.

$ 1299 354426 Abr. 24 Abr. 26

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