REGISTRADA BAJO EL Nº 13223
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Fíjase
en la ciudad de Rafaela el asiento del Registro Notarial N° 776, actualmente
instalado en la localidad de Bella Italia.
ARTÍCULO 2.- Derógase
toda disposición legal que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 3.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DIAS
DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Eduardo Alfredo Di
pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario
Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 20-12-2011
De conformidad a lo
prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y
publíquese en el Boletín Oficial.
Rubén D. Galassi
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado
7558
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