picture_as_pdf 2011-12-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 13223

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1.- Fíjase en la ciudad de Rafaela el asiento del Registro Notarial N° 776, actualmente instalado en la localidad de Bella Italia.

ARTÍCULO 2.- Derógase toda disposición legal que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.

Eduardo Alfredo Di pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 20-12-2011

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado

7558

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