picture_as_pdf 2010-12-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 13147

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

ARTICULO 1.- La Provincia de Santa Fe adhiere a la Ley Nacional N° 26509 "Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios".

ARTICULO 2.- Será autoridad de Aplicación del régimen previsto en la Ley Nacional N° 26509, el Ministerio de la Producción de la provincia de Santa Fe.

ARTICULO 3.- Todas las normas operativas de la citada Ley Nacional N° 26509 serán de aplicación inmediata en el ámbito de la provincia de Santa Fe.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ. .

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente Cámara de Diputados

GRISELDA TESSIO

Presidenta Cámara de Senadores

LISANDRO RUDY ENRICO

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo Cámara de Senadores

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 15 DIC 2009

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

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