picture_as_pdf 2008-12-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 12940

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1.- Apruébase el convenio celebrado en fecha 10 de agosto de 2005, entre la ex-Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones y otros Comportamientos de Alto Riesgo, organismo que dependía de la ex Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria y la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, sobre subsidio institucional a la Provincia destinado a solventar parcialmente los gastos que surjan del Programa Integral de Prevención Comunitaria.

El mencionado convenio que fue registrado bajo el N° 2886, en fecha 30 de agosto de 2006, al Folio 45, Tomo VI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto N° 1509 de fecha 26 de julio de 2007, forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 16 de diciembre de 2008

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Antonio Juan Bonfatti

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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