picture_as_pdf 2003-12-23

DECRETO 0034

 

SANTA FE, 11 de Diciembre de 2003

VISTO:

Las actuaciones obrantes en expediente 13301-0105897-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), las facultades conferidas por el artículo 62 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4207/03 se dispone en su artículo 1° la emisión de dos anticipos para el Impuesto Inmobiliario, equivalentes cada uno de ellos al 25% (veinticinco por ciento) del impuesto correspondiente al año fiscal 2003, a cuenta del gravamen que se establezca para el año fiscal 2004;

Que el Art. 2° del mismo establece las fechas de vencimientos de las cuotas anticipos 1 y 2 - Año 2004 del Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural;

Que se advierte que se ha cometido un error material en las fechas consignadas,

Que atento a ello, corresponde establecer las fechas correctas de vencimiento;

Que la disposición fiscal aludida faculta al Poder Ejecutivo a aplicar, con relación al Impuesto Inmobiliario, anticipos a cuenta del gravamen que se establezca para cada ejercicio fiscal;

Que no habiéndose determinado el Impuesto Inmobiliario correspondiente al año fiscal 2004, resulta procedente apelar a la autorización conferida por la ley, a fin de determinar el ingreso a cuenta del tributo, mediante el establecimiento de cuotas de anticipos, de modo tal de no afectar el flujo de fondos necesario para el normal funcionamiento de la Provincia y de los Municipios y Comunas;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1. - Déjase sin efecto el Decreto 4207/03.

ARTICULO 2. - Dispónese la emisión de dos anticipos para el Impuesto Inmobiliario, equivalentes cada uno de ellos al 25% (veinticinco por ciento) del Impuesto correspondiente al año fiscal 2003, a cuenta del gravamen que se establezca para el año fiscal 2004.

ARTICULO 3. - Las fechas de vencimientos de los anticipos dispuestos por el artículo anterior, serán las siguientes:

1. IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO Y SUBURBANO

1.1. Cuota Anticipo 1:

1.1.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 16 de febrero de 2004

1.1.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 17 de febrero de 2004

1.1.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 18 de febrero de 2004

1.1.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 19 de febrero de 2004

1.1.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 20 de febrero de 2004

1.2. Cuota Anticipo 2:

1.2.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 17 de mayo de 2004

1.2.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 18 de mayo de 2004

1.2.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 19 de mayo de 2004

1.2.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 20 de mayo de 2004

1.2.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 21 de mayo de 2004

2. IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

2.3. Cuota Anticipo 1:

2.3.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 15 de marzo de 2004

2.3.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 16 de marzo de 2004

2.3.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 17 de marzo de 2004

2.3.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 18 de marzo de 2004

2.3.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 19 de marzo de 2004

2.4. Cuota Anticipo 2:

2.4.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 14 de junio de 2004

2.4.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 15 de junio de 2004

2.4.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 16 de junio de 2004

2.4.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 17 de junio de 2004

2.4.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 18 de junio de 2004

ARTICULO 4. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

_________________________________________