DECRETO N°
0034
SANTA FE, 11 de Diciembre de 2003
VISTO:
Las actuaciones obrantes en expediente N° 13301-0105897-4
del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.),
las facultades conferidas por el artículo 62 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias); y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 4207/03 se dispone en su
artículo 1° la emisión de dos anticipos para el Impuesto Inmobiliario,
equivalentes cada uno de ellos al 25% (veinticinco por ciento) del impuesto
correspondiente al año fiscal 2003, a cuenta del gravamen que se establezca
para el año fiscal 2004;
Que el Art. 2° del mismo establece las fechas de vencimientos de las cuotas
anticipos 1 y 2 - Año 2004 del Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural;
Que se advierte que se ha cometido un error material en las fechas
consignadas,
Que atento a ello, corresponde establecer las fechas correctas de
vencimiento;
Que la disposición fiscal aludida faculta al Poder Ejecutivo a aplicar, con
relación al Impuesto Inmobiliario, anticipos a cuenta del gravamen que se
establezca para cada ejercicio fiscal;
Que no habiéndose determinado el Impuesto Inmobiliario correspondiente al
año fiscal 2004, resulta procedente apelar a la autorización conferida por la
ley, a fin de determinar el ingreso a cuenta del tributo, mediante el
establecimiento de cuotas de anticipos, de modo tal de no afectar el flujo de
fondos necesario para el normal funcionamiento de la Provincia y de los
Municipios y Comunas;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1. - Déjase sin efecto el Decreto N° 4207/03.
ARTICULO 2. - Dispónese la emisión de dos
anticipos para el Impuesto Inmobiliario, equivalentes cada uno de ellos al 25%
(veinticinco por ciento) del Impuesto correspondiente al año fiscal 2003, a
cuenta del gravamen que se establezca para el año fiscal 2004.
ARTICULO 3. - Las fechas de vencimientos de los anticipos dispuestos por el
artículo anterior, serán las siguientes:
1. IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO Y SUBURBANO
1.1. Cuota Anticipo 1:
1.1.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 16 de febrero de 2004
1.1.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 17 de febrero de 2004
1.1.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 18 de febrero de 2004
1.1.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 19 de febrero de 2004
1.1.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 20 de febrero de 2004
1.2. Cuota Anticipo 2:
1.2.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 17 de mayo de 2004
1.2.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 18 de mayo de 2004
1.2.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 19 de mayo de 2004
1.2.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 20 de mayo de 2004
1.2.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 21 de mayo de 2004
2. IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL
2.3. Cuota Anticipo 1:
2.3.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 15 de marzo de 2004
2.3.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 16 de marzo de 2004
2.3.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 17 de marzo de 2004
2.3.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 18 de marzo de 2004
2.3.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 19 de marzo de 2004
2.4. Cuota Anticipo 2:
2.4.1. Dígito de Control terminado en 0 y 1: 14 de junio de 2004
2.4.2. Dígito de Control terminado en 2 y 3: 15 de junio de 2004
2.4.3. Dígito de Control terminado en 4 y 5: 16 de junio de 2004
2.4.4. Dígito de Control terminado en 6 y 7: 17 de junio de 2004
2.4.5. Dígito de Control terminado en 8 y 9: 18 de junio de 2004
ARTICULO 4. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
C.P.N. Walter Alfredo Agosto
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