FE DE ERRATAS
En referencia a la publicación de edicto bajo Nº 339365 efectuada del día 31/10 al 06/11/17, en los autos caratulados “CERRADURAS Y HERRAJES MARIO S.A. S/ SU PROPIA QUIEBRA, Expte. Nº 621/05 , en la parte que dice: ….3º Dispone audiencia para el día 23 de Noviembre de 2017, a las 13:30 hs., DEBE DECIR: ...3º Dispone audiencia para el día 28 de Noviembre de 2017, a las 13:30 hs,
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ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESOLUCION Nº 029/17 GRAL
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 17/11/2017.
V I S T O :
El expediente Nº 13301-0280863-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes y lo dispuesto por la Resolución General Nº 14/2017 – API sobre “Padrón Web Contribuyentes Locales”, y;
CONSIDERANDO:
Que la RG Nº 14/2017 aprobó la aplicación informática denominada “Padrón Web Contribuyentes Locales”, mediante la cual los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y quienes resulten designados para actuar como Agentes de Retención y/o Percepción del citado tributo, como del Impuesto de Sellos, deberán realizar los trámites de inscripción, modificación de datos y cese de actividad, con vigencia a partir del 27 de marzo de 2017;
Que el artículo 8º de la misma resolución dispuso que no serían pasibles de la multa por infracción a los deberes formales prevista en el inciso c) del Artículo 1º de la Resolución General Nº 05/2015 – API., los contribuyentes que actualizasen sus datos hasta el 30 de junio de 2017;
Que la mencionada aplicación informática tiene por objeto la actualización de los datos existentes en la base de datos de la Administración Provincial de Impuestos;
Que, oportunamente, por RG Nº 22/2017- API se dispuso la prórroga para realizar la actualización de los datos por parte de los contribuyentes;
Que por RG Nº 07/2017 y su modificatoria Nº 12/2017 de la Comisión Arbitral se aprobó el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación -NAES- que entrará en vigencia a partir del día 1º de enero de 2018;
Que por RG Nº 28/2017 – API se adopta el NAES para la totalidad del universo de Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de Santa Fe con vigencia a partir del 1º de enero de 2018;
Que en tal sentido, resulta aconsejable extender el plazo dispuesto en el artículo 8º de la Resolución General Nº 14/2017 – API con el objeto de permitir a los contribuyentes y/o responsables establecer la conversión de los códigos de actividades de CUACM en el nuevo nomenclador;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);
Que la Dirección General Técnica y Jurídica de la Administración Provincial de Impuestos ha emitido Dictamen Nº 512/2017 de fs. 10, no advirtiendo objeciones que formular;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE
IMPUESTOS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º - Modifícase el Artículo 8° de la RG. N° 14/2017 - API., el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 8° - Los contribuyentes que actualicen hasta el 28 de Febrero de 2018, la información existente en las bases de datos de la Administración Provincial de Impuestos, a través de las opciones detalladas en el ítem MODIFICACIONES de Padrón Web Contribuyentes Locales, no serán pasibles de la multa por infracción a los deberes formales, contemplada en el inciso c) del artículo 1º de la Resolución General Nº 05/2015.”
ARTÍCULO 2º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese por Newsletter Institucional a través de la Dirección General de Coordinación General y archívese.
C.P.N. LUCIANO MOHAMAD
ADMINISTRADOR PCIAL DE IMPUESTOS
S/C 20935 Nov. 23
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RESOLUCION Nº 028/17 GRAL.
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 17/11/2017
V I S T O
El Expediente Nº 13301-0280852-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes y la Resolución General Nº 02/2000 de esta Administración Provincial de Impuestos y la Resolución General Nº 07/2017, de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77, y su modificatoria Resolución General Nº 12/2017, relacionadas al Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos; y,
CONSIDERANDO:
Que por la RG Nº 02/2000 – API se aprobó el Código Único de Actividades del Convenio Multilateral (CUACM) para la totalidad de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe ya sean locales como del Convenio Multilateral;
Que la mencionada Comisión Arbitral mediante el dictado de la Resolución General Nº 07/2017, y su modificatoria Resolución General Nº 12/2017, ha aprobado el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación”, el cual deberá ser utilizado por todos los contribuyentes de Convenio Multilateral;
Que ante esta situación y con el objeto de mantener los criterios únicos respecto a la identificación del código de actividades, resulta aconsejable adoptar dicho nomenclador para la totalidad del universo de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe;
Que la presente se dicta en uso de las facultades acordadas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);
Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica del Organismo, mediante el Dictamen Nº 513/2017 de fs. 9, no encontrando objeciones que formular;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º - Adoptar para la totalidad del universo de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación”, aprobado por el artículo 1º de la Resolución General Nº 07/2017, y su modificatoria Resolución General Nº 12/2017, de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
ARTÍCULO 2º - Adoptar para la totalidad del universo de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Santa Fe, las tablas de correspondencias aprobadas por los artículos 2º y 3º de la Resolución General Nº 07/2017, y su modificatoria Resolución General Nº 12/2017, de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
ARTÍCULO 3º - La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1º de Enero de 2018, quedando sin efecto a partir de esa fecha la Resolución General Nº 2/2000 – API – y toda otra disposición que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 4º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese, a través de la Dirección General de Coordinación, mediante Newsletter Institucional y por Dirección Secretaría General a los Consejos de Profesionales en Ciencias Económicas y a los Colegios de Graduados en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe. Oportunamente, archívese.
C.P.N. LUCIANO MOHAMAD
ADMINISTRADOR PCIAL DE IMPUESTOS
S/C 20934 Nov. 23
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SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 465
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
16/11/2017
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de uno (01) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “NORTE CONSTRUCCIONES” DE MASSIN ELDA ELISABET CUIT Nº 27-21419771-0.
ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: BC ELECTROMOTAJES S.A. CUIT Nº 30-71436069-4; GRUAS SAN BLAS S.A. CUIT Nº 30-66092045-1; IGARRETA S.A.C.I.
CUIT Nº 33-53876676-9; “DROGUERIA TECNOMED” de NARVAEZ VILLARRUBIA CLAUDIA WILMA CUIT Nº 27-93003935-2; PERCLES S.A. CUIT Nº 30-65912416-1.
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 20931 Nov. 23 Nov. 27
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EMPRESA PROVINCIAL DE
LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS Nº 3897
OBJETO: Contratación utilitario tipo furgón vidriado, antigüedad no mayor a 7 años, puerta lateral de acceso trasero, aire acondicionado y chofer, para el sector almacenes Rosario.
APERTURA DE PROPUESTAS: 07/12/2017 HORA: 9,30
RETIRO DE PLIEGOS: Empresa Provincial de la Energía – Bv. Oroño 1260 – 1º Piso – Rosario
APERTURA DE SOBRES: Salón de Reuniones E.P.E. - Bv. Oroño 1260 – 1º Piso – Rosario
CONSULTAS: Movilidades Rosario – T.E. (0341) 4207752
NOTA: Los pliegos podrán ser adquiridos hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.
S/C 20941 Nov. 23 Nov. 27
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PLASTICOS SUDAMERICANOS
S.A.
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
Se comunica a los señores accionistas de Plásticos Sudamericanos SA que por resolución de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30 de octubre de 2017 se ha resuelto: (i) aumentar el capital social por encima del quíntuplo mediante la capitalización de la suma total existente en la cuenta resultados no asignados a la fecha en que se celebra la asamblea, la que asciende a la suma de pesos seis millones cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos cuarenta y tres con trece centavos ($ 6.466.843,13); (ii) aumentar el capital social mediante aportes en dinero por Pesos Un Millón ($ 1.000.000.-)con más una prima de veinticinco centavos ($ 0,25) por acción; (iii) que a fin de evitar la determinación de fracciones de acciones en razón de los aumentos aludidos, cuando el producto de la operación matemática conforme al porcentaje de tenencia de cada accionista resulte un valor no entero, o cuando del total a capitalizar resulte un valor no entero, se proceda a redondear en una unidad los valores superiores a 51 centavos y se tenga por depreciables los valores de O a 51 centavos; (iv) que a los efectos referidos en (i) y (ii) se emitan siete millones cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos cuarenta y tres (7.466.843) acciones ordinarias de un peso ($ 1.-) valor nominal cada una; y (v) delegar en el Directorio la época, la forma y condiciones de pago de las acciones a emitirse. Asimismo, por resolución del directorio del 3 de noviembre de 2017 se ha resuelto publicar edictos conforme lo previsto en el artículo 194, tercer párrafo, de la Ley General de Sociedades, a fin de invitar a los Sres. accionistas a ejercer el derecho de suscripción preferente dentro de los treinta (30) días siguientes al de la última publicación, mediante comunicación fehaciente dirigida a calle Benito Juárez 2093 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe, quienes deberán integrar el total suscripto de la siguiente manera: el diez por ciento (10%) dentro de los tres primeros meses de la suscripción y/el noventa por ciento (90%) restante dentro de los seis meses siguientes a la suscripción
$ 225 341619 Nov. 23 Nov. 27
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GRUPO UNIÓN S.A.
NOTIFICACIÓN
Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”), Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”), Asociación Mutualista y Solidaria 29 de Noviembre (AMYS), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”), Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”), Asociación Mutual del Personal del PAMI (“AMUPPI”), Asociación Mutual Combatientes en Malvinas de la República Argentina (“AMCMRA”) y Los Amigos Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo y Servicios Sociales Limitada (“Los Amigos”) que se identifican con los números: 291971,291987,291999,292004,292015,292036,292037,292066,292075,292097,292102,292105,292133,292141,292164,292168,292170,292186,292198,292231,292237,292246,292284,292291,292310,292314,292316,292320,292322,292344,292352,292355,292466,292477,292479,292535,292670,292696,292697,292703,292849,292850,292851,292861,292901,292912,292931,292944,292948,292986,292988,292989,292990,292993,292997,293024,293053,293066,293067,293083,293114,293150,293164,293186,293208,293218,293230,293256,293259,293265,293280,293375,293394,293404,293413,293452,293462,293477,293485,293528,293548,293555,293559,293637,293673,293717,293859,293863,293878,293946,293949,293950,293975,293996,294003,294008,294010,294029,294062,294071,294090,294116,294119,294127,294157,294168,294194,294236,294238,294247,294262,294275,294298,294315,294324,294357,294366,294373,294388,294390,294415,294416,294450,294451,294476,294493,294512,294529,294539,294553,294554,294556,294579,294593,294620,294625,294626,294635,294645,294651,294653,294657,294658,294659,294663,294664,294689,294704,294714,294724,294733,294736,294742,294744,294748,294749,294758,294765,294766,294772,294775,294779,294782,294783,294792,294796,294805,294807,294814,294815,294817,294824,294835,294842,294852,294860,294882,294885,294893,294896,294898,294908,294911,294915,294922,294959,294964,294966,294967,294975,294978,294980,294981,294989,294997,295002,295009,295012,295017,295030,295032,295037,295056,295073,295090,295116,295117,295137,295140,295146,295156,295169,295175,295180,295182,295195,295209,295246,295249 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (x) la Propuesta de Prestación de Servidos Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMUPPI el 6 de marzo de 2017, la (xii) Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMYS el 8 de Junio de 2017, (xiii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMCMRA el 6 de marzo de 2017 y (xiv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Los Amigos el 15 de Mayo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.
$ 400 341695 Nov. 23
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PILAY S.A.
COMUNICADO
Se comunica e informa a los efectos legales que pudieran corresponder, que el contrato Nro. 2102 del grupo Nro. PV12 de incorporación al sistema de Esfuerzo Individual y Ayuda Común suscripto en fecha 01/08/2014 entre PILAY S.A. y la Sr/a Tamara Moroni ha sido extraviado por parte de la Sr/a Tamara Moroni, D.N.I. 33.686.608.
$ 45 341708 Nov. 23
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ROMBO CIA. FINANCIERA S.A. Y/O PSA FINANCE ARGENTINA CIA FINANCIERA S.A.
POR
W. FABIAN NARVAEZ
El Martillero W. Fabián Narváez, comunica por un (1) día, que subastará, a través del Portal www.narvaezbid.com.ar y en la modalidad presencial en las oficinas sitas en Avenida del Libertador 15.878, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, el día 13 de Diciembre de 2017, a partir de las 14:00 horas, 6 unidades por cuenta y orden de ROMBO CIA. FINANCIERA S.A. Y/O PSA FINANCE ARGENTINA CIA FINANCIERA S.A (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962), y de conformidad con lo establecido por el Artículo 2229 del Código Civil y Comercial, a saber: HDY056, CITROEN, C4 2.0 I SX, 2008; en el estado que se encuentran y exhiben el 5, 6 y 7 de Diciembre de 10 a 18 horas, Sábado 9 de Diciembre de 9 a 13 horas y el 11 y 12 de Diciembre de 10 a 18 horas en Calle 1º de Mayo Nº 2071, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Puesta en marcha Jueves 7 de Diciembre a las 14 horas en el mismo domicilio; AA089YR, PEUGEOT, 308 FELINE THP, 2016; AA712ZJ, RENAULT, CLIO WORK, 2016; HBS814, CITROEN, XSARA PICASSO 2.0 I 16V, 2008; en el estado que se encuentran y exhiben el 5, 6 y 7 de Diciembre de 10 a 18 horas, Sábado 9 de Diciembre de 9 a 13 horas y el 11 y 12 de Diciembre de 10 a 18 horas, en calle España N°1527, Ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe. Puesta en marcha Martes 12 de Diciembre a las 14 horas en el mismo domicilio; JXI636, CHEVROLET, AGILE 5P 1.4 LT, 2011; HJU177, RENAULT, KANGOO AUTH PLUS 1.5 DA AA CD PK 2P, 2008; en el estado que se encuentran y exhiben el 5, 6 y 7 de Diciembre de 10 a 18 horas, Sábado 9 de Diciembre de 9 a 13 horas y el 11 y 12 de Diciembre de 10 a 18 horas en calle Mitre N°1459, Rosario, Provincia de Santa Fe. Puesta en marcha Lunes 11 de Diciembre a las 14 horas en el mismo domicilio. Condiciones de la Subasta y utilización del portal para cualquier usuario, sea presencial o vía online: Se deberá consultar las mismas en el portal wwww.narvaezbid.com.ar. Para participar del proceso de subasta electrónica y presencial, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal, de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Narvaezbid” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL NARVAEZBID, sin perjuicio de la exposición virtual por esa vía, es de responsabilidad exclusiva de los usuarios cerciorarse del estado y condición en el que se encuentran los bienes, debiendo concurrir al lugar de exhibición. Finalizada la subasta, y exclusivamente para aquellos usuarios que hayan realizado ofertas de manera presencial deberán abonar en efectivo la suma de pesos diez mil ($10.000) en concepto de Seguro de Participación, si la oferta efectuada por el interesado es aceptada, el valor entregado será tomado como a cuenta del pago de la comisión y servicio por gestión administrativa y en caso que la oferta no sea aceptada el valor entregado, será devuelto, en un plazo de hasta 5 días hábiles de confirmado el rechazo de la oferta.- Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e Iva, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial e informe de dominio, están a cargo del comprador. Gestion y costo de visado de la verificación policial en Registro Automotor jurisdicción CABA, a cargo del comprador. El informe de Las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado De Gestión de Infracciones de Tránsito, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.narvaezbid.com.ar, en las condiciones de subasta correspondiente.-La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el acto de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cuál la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 90 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. Transcurridos los 7 días corridos de comunicado el retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a Rombo Cia. Financiera S.A. y/o PSA Finance Argentina Cia Financiera S.A, de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se deberá concurrir con documento de identidad en caso de asistir en forma presencial. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 17 de Noviembre de 2017.-
$ 338 341860 Nov. 23
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