picture_as_pdf 2015-11-23

VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

DARIO JAVIER CARELLI


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado del 1ra. Inst. de DISTRITO en lo Civil, Comercial y Laboral 1era. Nominación D.J. Nº 13 de Vera Sta. Fe en los autos "PIGHIN, Carlos Alberto c/Otros s/Apremio" expte. 979 año 2009, se ordenó que el martillero público Dario Javier Carelli (CUIT 20-14889759-0). Para la realización de la subasta, el bien embargado en autos, señalase el día 27 de Noviembre de 2.015 a las 11:00 hs. por ante el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Calchaquí o al siguiente hábil si aquel resultare feriado y a la misma hora. Se subastará la 1/6 avas parte que le corresponde a la demandada. El bien saldrá a la venta con la base proporcional del avalúo fiscal, que asciende a la suma de pesos: Un mil Setecientos Cinco con Sesenta y Siete Centavos ($ 1.705,67), si no hubiere ofertas por la base se ofrecerá en segunda subasta con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes, saldrá en tercera subasta sin base y al mejor postor (Art. 496 del CPCCSF).- La parte indivisa del inmueble, propiedad de la demandada, el mismo se encuentra Ocupado, sito en la Manzana N° 87 Parcela 2 - (Hoy Mza. 149 Parcela 2) con frente al norte por calle Urquiza Nº 345 (entre las calle Sarmiento y Sargento Cabral) superficie 500 mt.2 aprox. Inscripto ante la A.P.I. bajo la P.I. N° 02-05-00-006652/0000-8. Y en el Registro General de la Propiedad ante los el T° 173 F° 1218 N° 107958; (Ubaldo Rafael More, 1/6 parte; Elvio Nilo More, 1/6; Edith Edelmira More, 1/6 parte; Valeria del Valle More, l/6 parte; Walter Héctor More, 1/6 parte y Jaquelina Inés del Valle Ortíz 1/6 parte) - sección Dpto. Vera, correspondiente a Valeria del Valle More 1/6, es la parte proporcional que posee la demandada, lo que hace que la subasta sea el 16,66% del inmueble.- Informa que la demandada es titular registral, posee parte indivisa, no registra inhibiciones ni hipotecas, si Un Embargo el de autos, que da motivo a esta Subasta, el mismo que se informa sobre el dominio mencionado, de fecha 22-05-09 aforo 048281 Monto $ 2.600,00 - Observaciones del Dominio: Nuda Propiedad. Parte Indivisa, Condicionado por certificado de donación N° 23430 del 16/03/09. Descripción del inmueble: Doña Erminda Lucía Cisterna de More Dona Gratuitamente a favor de sus hijos Ubaldo Rafael More, Elvio Nilo More, Edith Edelmira More; Valeria del Valle More, y Walter Héctor More y de su sobrina Jaquelina Inés del Valle Ortiz La Nuda Propiedad de una fracción de terreno con todo lo en ella, plantado, clavado, edificado y adherido al suelo, situado en la manzana número Ochenta y siete de la ciudad de Calchaquí, departamento Vera, Provincia de Santa Fe, y que consta de Diez Metros de frente al Norte por Cincuenta Metros de fondo, encerrando una superficie de Quinientos Metros Cuadrados. Está ubicada a los cincuenta metros a contar de extremo este de la manzana a que pertenece hacia el Oeste, y linda: al Norte con calle pública; al Sud y Oeste con más terreno de la misma manzana propiedad de Arturo Rabossi y en parte con propiedad del Sr. Néstor T. Bertrán.- De la constatación:.. Donde paso a Constatar: Se observan dos casas frente calle Urquiza (lado Norte), una es más nueva y la otra es más nueva de las denominadas casas FONAVI, me manifiesta la atendiente que la casa tipo FONAVI es de su esposo y de ella y está construida por el plan FONAVI y tiene constituida hipoteca. La casa sobre l cual se efectúa la constatación, se encuentra sobre un terreno con frente Norte (calle Urquiza), la misma tiene unos 8 metros de frente, existe para su acceso un pasillo de unos 2 mts. de ancho a la cual se accede a su interior, la construcción es de material tradicional, la casa en general demuestra signos de deterioro. Posee dos habitaciones, una de 7x6 aprox. y la restante de 4x3 mts., las mismas dan al frente de la vivienda, tiene piso de portland, carece de cielorraso y sus paredes están revocadas, sin pintura. Posee una cocina comedor de unos 5x4 mts. la misma tiene piso cerámico, posee un ante baño y un baño de unos 4x3 mts., piso portland. Siguiendo en su parte interior existe un galpón abierto con techo de chapa y un departamento que posee una habitación de unos 3x3 mts., una cocina comedor de unos 3x3 mts. y un baño instalado de unos 2x3 mts., piso portland, con revoque interior, con cielorraso, puertas de chapa. En el fondo del predio se observa una parte de terreno utilizado como quinta y un gallinero, dejándose constancia que el terreno sobre el cual está asentada la vivienda tiene unos 50 mts. de fondo (dirección Norte-Sur). En este aclara la atendiente que la propiedad es de ella y sus hermanos de apellido More y de Jaquelina Ortiz, que el mismo fue recibido por donación de sus padres, con reserva de usufructo de los mismos, mientras ellos vivan. Aclara que ella tiene una parte de la propiedad que allí viven sus padres, lo hacen como dueños.- Catastro: Informa que la partida inmobiliaria Nº 02-05-00-006652/0000-8, es correcta y la superficie es de 500 m2.- Además la demandada posee la siguiente proporción: Valeria del Valle More 1/6 parte.- De la A.P.I. Informa que la P.I. Nº 02-05-00-006652/0000-8, y registra una deuda al 05/11/2.015, el importe de $ 717,76.- La Municipalidad de Calchaquí: informa que el inmueble adeuda la suma de $ 4.070,29 en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbano y Concepto de Cloacas la suma de $ 8.135.04 al 05/11/2015.- Condiciones de venta: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del Martillero del 3% con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan (I.V.A.; Impuesto a la transferencia de bienes, etc.). El saldo de precio se abonará una vez ejecutoriado el auto aprobatorio de la subasta e intimado formalmente a su pago, dentro del término de treinta días. Si no se depositará el saldo en el plazo acordado, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras o servicios que gravan al inmueble a partir de la fecha del remate. Si él adjudicado compra en comisión, deberá, denunciar su comitente para su constancia en el acto de la subasta y este último deberá aceptar la compra formalmente en el término de cinco días de la fecha del remate, bajo apercibimiento de tener el comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente, que deberá conformarse con los títulos y demás constancias de autos y que luego del remate no será admisible reclamación alguna por insuficiencia de ellos (art. 494 inc. 3° del CPCCSF). Asimismo que el inmueble esta en condominio indiviso entre seis condóminos, con reserva de usufructo de terceros que se encuentran ocupando el inmueble y que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio. Previo a inscribirse se actualizará el informe al Registro General a los efectos del Art. 506 del CPCCSF si correspondiere. Publíquese edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y puertas del Juzgado. Las constancias de publicación se acreditará por Secretaría dos días antes de la fecha prevista para la subasta. Autorizase la publicidad solicitada con cargo de oportuna rendición de cuentas. Practique el acreedor liquidación de crédito y gastos, bajo apercibimientos de tener por válida la última liquidación aprobada a los fines del art. 495 del CPCCSF. Notifíquese por cédula en el domicilio real de los demandados.- Fdo. Dra. Margarita Savant – Secretaría Dra. Jorgelina Yedro- Juez.- Más informe en Secretaría del Juzgado y/o al Martillero de autos al T.E. 03483-421245 - Cel. 03483-15402041.- Vera, 13 de Noviembre 2.015.- Jimena Ismail, secretaria.

$ 1090 278312 Nov. 23 Nov. 25

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