AGENCIA PROVINCIAL DE
SEGURIDAD VIAL
RESOLUCIÓN Nº 0740
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
16 NOV 2012
VISTO:
el Expediente Nº 00701-0059008-4 del Sistema de Expedientes de la Provincia, por el cual se tramitó la descentralización administrativa en el otorgamiento de la Licencia de Conducir Provincial Profesional (Clase D2) para el Transporte de Pasajeros en el ámbito provincial;
CONSIDERANDO:
que mediante Resolución Nº 0816/12 de la Subsecretaria de Transporte de la Provincia de Santa Fe, dictada en fecha 17 de Octubre de 2005, se llevó adelante la descentralización en el otorgamiento de la Licencia de Conducir Provincial Profesional Clase D2 para el transporte interurbano de pasajeros;
que para dicha descentralización se establecieron cinco (5) Municipalidades como Centros encargados de gestionar los trámites inherentes al otorgamiento de ésta licencia, a saber: Reconquista, Rafaela, Santa Fe, Rosario y Firmat;
que asimismo la Subsecretaria de Transporte suscribió convenios con los municipios designados, a los fines de materializar la descentralización supra mencionada, los cuales fueron aprobados por Decreto Provincial Nº 1768/09, del 22 de Septiembre de 2009;
que en el marco de dicha implementación en fecha 09 de Noviembre de 2005 se suscribió una acta acuerdo con las autoridades de los citados Municipios y la Subsecretaria de Transporte de la Provincia, en su carácter de autoridad de aplicación, mediante la cual se acordó establecer un costo uniforme para la Licencia de Conducir Provincial Profesional;
que los costos establecidos fueron sumas fijas, en su caso cien pesos ($100) para los trámites de altas y renovaciones y treinta pesos ($30) para los trámites de reválidas, no previéndose ningún mecanismo de actualización a valores actuales;
que en virtud del transcurso del tiempo sin que se hayan modificado las sumas fijadas, alguno de los Municipios solicitaron la revisión de los precios establecidos;
que visto el aumento de los costos implicados en el otorgamiento de la Licencia de Conducir (insumos, materiales, horas hombre, etc.) se torna necesario establecer un criterio objetivo de determinación del valor que permita adecuar los importes fijos establecidos ;
que a los fines de una adecuada actualización se propone utilizar la Unidad Fija UF- como parámetro; la Unidad Fija (UF), equivale al precio de venta al público de un litro de nafta especial en el Automóvil Club Argentino y se utiliza para los distintos sistemas vinculados a la seguridad vial (multas por infracciones, revisión técnica vehicular, etc);
que en virtud de lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 13.133, Artículo 7, inc. 4, es una de las funciones de la Agencia Provincial de Seguridad Vial: “entender como autoridad de aplicación en el diseño, gestión y control del sistema uniforme de habilitación de conductores particulares y profesionales en el ámbito provincial, estableciendo las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia de Conducir, acorde a la normativa provincial y en consonancia con las disposiciones nacionales vigentes; habilitar, auditar y supervisar el funcionamiento de centros de otorgamiento situados en las localidades adheridas al sistema provincial de Licencias de Conducir.”
que han intervenido las áreas técnicas preopinantes y la Coordinación Técnica Jurídica de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, no encontrando objeciones que formular a la emisión de la presente norma que se propicia;
que en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE LA
AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Establecer la UF como parámetro para determinar el precio uniforme de la Licencia de Conducir Provincial Profesional para el transporte interurbano de pasajeros, la que equivale al precio de venta al público de un (1) litro de nafta especial en las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino.
ARTICULO 2º: Fijar a partir del primer día hábil del mes de enero de 2013 como precio uniforme para el trámite de alta y renovación de Licencia de Conducir Provincial Profesional D2 para el transporte interurbano de pasajeros, la cantidad de 30 UF para la que tiene establecida un vigencia de cinco (5) años, 24 UF, para la de cuatro (4) años de vigencia, 18 UF para la de tres (3) años de vigencia, 12 UF para la de dos (2) años de vigencia y para los trámites de reválida y renovación anual la cantidad equivalente a 9 UF.-
ARTICULO 3º: El valor de la Unidad Fija (UF) será actualizado y publicado por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, del uno (1) al diez (10) de cada mes.
ARTICULO 4º: Notificar a los Muncipios de Reconquista, Rafaela, Santa Fe, Rosario y Firmat.-
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
C.P.N. MARIANO CUVERTINO
Subsecretario
Agencia Provincial de Seguridad Vial
Ministerio de Seguridad
S/C. 9516 Nov. 23 Nov. 27
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SUBSECRETARIA DE LA NIÑEZ,
ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Notificación
La Delegada de la Región I, Nodo Reconquista, de la Subsecretaría de la Niñéz, Adolescencia y Familia de Santa Fe, T. S. Mariana A. Meza, conforme a lo dispuesto en los artículos 61 de la Ley 12.967, 20 inc. e) y 28 del Decreto Ley 10.204/58, notifica y hace saber a GOMEZ MARIA SOLEDAD, DNI Nº34.176.536, que en el Expte. Nº01503-0001471-0, tramitado por ante este organismo respecto de sus hijos, se ha dictado la disposición administrativa Nº0049 de fecha 31 de octubre de 2012, cuya parte resolutiva se transcribe: “LA DELEGADA DELA DELEGACION DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA RECONQUISTA, PROVINCIA DE SANTA FE, DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Prorrogar la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada mediante Disposición Administrativa ME-RE N°0031/2012, de fecha 03 de julio de 2012, conforme a las normativas legales establecidas en la ley provincial 12.967 y sus modificatorias, respecto de los niños BENITEZ, TIAGO NAEL, argentino, DNI Nº 47.039.366, nacido el 02 de Febrero de 2006, de 6 años de edad, BENITEZ, DANIEL ALEJANDRO, argentino, DNI 48.064994, nacido el 09 de Junio de 2008, de 4 años de edad, BENITEZ, TIZIANO NICOLAS, DNI 50.449.307, argentino, nacido el 10 de mayo de 2010, de 2 años de edad, hijos de Benítez Jorge Daniel, DNI Nº 17.361.269, argentino, de 46 años de edad, y de Gómez María Soledad, DNI 34.176.536, argentina, de 22 años de edad, ambos domiciliados en la localidad de Margarita, departamento Vera , provincia de Santa Fe; ARTÍCULO Nº 2: Prorrogar la Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, disponiendo que los niños Tiago, Daniel y Tiziano Benítez permanezca bajo el cuidado y contención de la familia solidaria compuesta por los Sres. Juan Ramón Cuesta, DNI Nº 13.649.762 y la señora Ana María Rodríguez, DNI Nº 14.309.117, domiciliados en Urquiza al 1768 de la localidad de Margarita; garantizando el efectivo goce y ejercicio de sus derechos;ARTICULO Nº 3: El plazo de noventa (90) días comenzará a computarse una vez que quede firme la prórroga dispuesta, teniéndose en cuenta a dichos efectos lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 12.967, artículo 62 Decreto Nº 619/2010 y Decreto Ley 10.204/58; ARTICULO Nº 4: Aprobar el Nuevo Plan de Acción trazado para el abordaje de la problemática durante el plazo que dure la Prórroga de la Medida Excepcional, el que podrá ser modificado en caso de variar las circunstancias de hecho que motivaron la adopción de la presente medida, en cuyo caso las modificaciones serán comunicadas a los representantes legales y/o responsables del niño, niña o adolescente y al tribunal interviniente en el control de legalidad; ARTICULO Nº 5: El Equipo Interdisciplinario de la Delegación de Niñez, Adolescencia y Familia de la ciudad de Vera efectuará el procedimiento destinado a la Notificación la Medida de Protección Excepcional y Solicitud del Control de Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente, conforme lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley 12.967 y su Decreto Reglamentario;ARTICULO Nº 6: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y oportunamente archívese.-FDO.: Mariana Meza, Delegada a cargo de la Delegación de Niñéz, Adolescencia y Familia de la Región I, Nodo Reconquista, provincia de Santa Fe.
S/C. 9517 Nov. 23 Nov.28
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