INSTITUTO DE
SEGURIDAD PUBLICA
NOTIFICACION
En relación al Expediente letra Nro. 8513/11 I.Se.P., por medio de estos Edictos publicados en el Boletín Oficial, se Notifica al Señor ALVAREZ JAVIER ENRIQUE D.N.I. 24.722.564, de la Resolución Nº 220/11 I.Se.P., emanada de la Dirección del Instituto de Seguridad Pública, por la cual la Sr. Director (I) del Instituto de Seguridad Pública de la Provincia de Santa Fe resuelve: Artículo 1°: Rechazar la solicitud de Reserva de vacante dejada por su extinta esposa al Sr. ALVAREZ JAVIER ENRIQUE D.N.I. 24.722.564, debiéndose informar al mismo que el ingreso a la repartición policial se hace a través del I.Se.P. y por convocatoria pública de acuerdo a la normativa vigente. Artículo 2°: Notifíquese fehacientemente la presente resolución al causante con los recaudos legales exigidos por la 12.071. Artículo 3°: Cumpliméntese, hágase saber y elévese. Artículo 4°.: Hágase saber y cumpliméntese. Dirección I.Se.P., Rosario, 11 de marzo de 2011. Santa Fe I.Se.P.- R.Z.C.N., 31 de octubre de 2011. Lic. SERGIO SANCZUK, Sub Director de Policía.
S/C 152929 Nov. 23 Nov. 25
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En relación al Expediente Nro. 8879/11 I.Se.P., por medio de estos Edictos publicados en el Boletín Oficial, se Notifica al Señor BRUNELLO RAMIRO FACUNDO D.N.I. 36.545.462, de la Resolución Nº 1030/11 I.Se.P., emanada de la Dirección del Instituto de Seguridad Pública, por la cual la Sr. Director (I) del Instituto de Seguridad Pública de la Provincia de Santa Fe resuelve: Artículo 1°: ACEPTAR en lo formal el recurso de revocatoria incoado por los ciudadanos detallados en el Anexo I, siendo éste parte integrante de este acto y rechazarlo en lo sustancial, en virtud de lo expresado en los considerandos. Posteriormente correspondería elevar los presentes expedientes el Ministerio de Seguridad, en virtud del recurso de apelación interpuesto subsidiariamente, para su tratamiento y demás fines. Artículo 2°: Notifíquese fehacientemente la presente a los causantes según la ley de rito y agréguese toda documental que se considere de interés para el presente. Artículo 3°: Hágase saber, cumpliméntese, regístrese y elévese. Dirección I.Se.P., Rosario, 20 de julio de 2011. Santa Fe I.Se.P.- R.Z.C.N., 31 de octubre de 2011. Lic. SERGIO SANCZUK, Sub Director de Policía.
S/C 152928 Nov. 23 Nov. 25
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ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
FELIX RICARDO CLAVERIE
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos y en ejercicio de las facultades otorgadas por el art. 95 último párrafo de la Ley Nro. 11.683 (t.o. en 1998 y sus modifs.) texto según la Ley 25.239, hace saber en autos: FISCO NACIONAL (D.G.I.) c/PILI CARLOS EDUARDO s/Ejecución Fiscal”, Expte. Nro. 58356 (B.D.: 40737/01/2007), radicado ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1, a cargo del Dr. Héctor Alberto Zucchi (Juez), Secretaría “A”, se ha dispuesto que el Martillero Félix Ricardo Claverie (cuit nro: 20/13077561/7) venda en pública subasta el día 7 de Diciembre del 2011 o el día hábil posterior siguiente si el designado fuere inhábil a las 10.30hs. en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en la calle Moreno 1546 de esta ciudad el siguiente inmueble: “Un Lote de Terreno,” con todo lo en él existente, situado en esta ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre de esta provincia, designado con la letra “C” en el plano registrado bajo el N° 2372 año 1953, ubicado en la Cortada Primera Junta, entre las calles Avenida San Martín y Juan B. Alberdi, a los 21,65 m. de la esquina de la referida avenida hacia el Este con 3 m. de frente al Sur por 43,30 m. de fondo en el costado Oeste y 21,65 m. de contrafrente en el costado Norte, siendo su costado Este una línea quebrada que en su primer tramo partiendo del extremo Este del frente hacia el Norte mide 21 m. de cuyo extremo sigue un según tramo hacia el Este de 18,65 m. y desde el extremo de ésta línea sigue hacia el Norte un tramo final de 22,30 m. cerrando un polígono lo que forma una superficie total de 545,795 m2., lindando: al Sur con Cortada Primera Junta; al Este con el lote 5 del plano anterior hoy Sucesión Grassano, al Norte con parte del lote 4 del mismo plano hoy Raúl Estalles y al Este con lote letra “B” del plano de división relacionado de Juan Fleita y en el resto con fondos de los lotes 7 y 8 del plano anterior de Andrés Tachino”.- El dominio figura inscripto en la Matricula Nro. 15-2051; Departamento: San Lorenzo.- Informe del Registro General de Propiedades: Consta el dominio; Hipotecas: No constan; EMBARGOS: Presentación: 407376; Fecha: 23/11/2007; Monto: $2.600; Autos: “Garcilazo Hugo Daniel C/ Pili Carlos Eduardo s/Demanda Laboral” Expte. N° 477/2007, radicado ante el Juzgado de 1ra Inst Laboral Distrito N° 12 San Lorenzo. Presentación: 413.182; Fecha: 28/11/2008; Monto: $33.852,91; El de Autos. Presentación: 306667; Fecha: 26/01/2010; Monto: $27.488,09; Autos: “Banco Macro S.A. c/Pili Carlos s/Ejecutivo” Expte Nº20/2004, radicado ante el Juzgado de Distrito C. C. N° 2 de Rosario. Presentación: 346120; Fecha: 14/06/2011; Monto: $27.488,09; Autos: Banco Macro S.A. c/Pili Carlos s/demanda ejecutiva, Expte. N° 20/2004, radicado ante el Juzgado de Distrito C. C. de la 2da Nominación de San Lorenzo.- Inhibiciones: Tomo: 121 I; Folio: 10227; Número: 388290; Fecha: 11/11/2009; Monto: $150 y U$ 350; Autos: Ferrestock S.R.L. c/Pili, Carlos Eduardo s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 982/2009 radicado ante el Juzgado de Circuito y Faltas Nro. 12 de San Lorenzo. Tomo: 122 I; Folio: 10478; Número: 405773; Fecha: 16/12/2010; Monto: $22.430,9; Autos: “La Segunda Art. S.A. c/Pili, Carlos Eduardo s/Apremio” Expte. Nº 61/2004, radicado ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral Nro 2 de San Lorenzo. Tomo: 121 I; Folio: 3968; Número: 333869; Fecha: 08/05/2009; Monto: $4.343,12; Autos: “Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) c/Pili Carlos Eduardo s/Ejecución Fiscal” Expte. Nº 18263/2003, radicado ante el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario. Tomo: 119 I; Folio: 2566; Número: 326094; Fecha: 27/03/2007; Monto: $35.463; Autos: “Banco Río de La Plata S.A. Contra Pili Carlos E. y Otra Sobre Demanda Ejecutiva” Expte. Nº597/2003, radicado ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de San Lorenzo. Tomo: 120 I; Folio: 11056; Número: 404592; Fecha: 06/11/2008; Monto: $1.899,62; Autos: “Fisco Nacional AFIP-DGI c/Pili Carlos Eduardo s/Ejecución Fiscal” Expte. Nº 36693/2007, radicado ante el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario. Tomo: 123 I; Folio: 5497; Número: 368143; Fecha: 23/08/2011; Monto: $35.463; Autos: “Banco Santander Río S.A. c/Pili, Carlos E. y Otra s/Ejecutivo”, Expte. Nº 597/2003, radicado ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 12 de San Lorenzo.- El mismo sale a la venta en las condiciones de ocupación según Acta de constatación obrante en actuaciones con la Base $ 461.148.- Si por la Base no hubiere postores inmediatamente se ofrecerá con una Retasa del 25% $ 345.861 y si tampoco hubiere oferentes seguidamente y en el mismo acto se reiniciará la venta por la última base de $ 259.396.- De persistir la falta de ofertas la subasta se declarará desierta.- El adquirente deberá abonar en el acto de remate el 10% en concepto de seña y a cuenta de precio más el 3% de comisión de Ley al Martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado, y de realizar la compra en comisión tendrá que indicar dentro del tercer día de realizada la subasta el nombre de su comitente en los términos del Art. 571 del C.P.C.C.N.- El saldo de precio deberá depositarlo judicialmente dentro de los cinco días una vez notificado el auto aprobatorio.- Impuestos, tasas, contribuciones y mejoras adeudadas; gastos, impuestos y honorarios que origine la transferencia e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador.- Copias de títulos obran agregados en actuaciones que se encuentran en las Oficinas del Sr. Agente Fiscal sitas en la calle Santa Fe 849 1er Piso de la ciudad de Rosario a disposición de los interesados, no admitiéndose luego de la subasta reclamos de ninguna naturaleza por falta o insuficiencia en los mismos.- El inmueble será exhibido los días 5 y 6 de Diciembre de 2011 de 11.00 hs a 12.00 hs.- Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar.- Rosario, 17 de Noviembre de 2011.- Firmado: Dr. Carlos M.V. Borgonovo, Agente Fiscal A.F.I.P.
S/C 152940 Nov. 23 Nov. 25
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ENTE REGULADOR DE
SERVICIOS SANITARIOS
RESOLUCIÓN Nº 0646
SANTA FE, 26-10-2011
AUTOS Y VISTOS: estos caratulados “COMISION ESPECIAL PRACTICAS REGULATORIAS – MODIFICACION RESOLUCIÓN Nº 659/07 PARA MEJORAR EL ANALISIS DE LA CALIDAD DEL SERVICIO DE LOS PRESTADORES”. (Expte Nº 16501-0015644-9) y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 659/07 ENRESS se aprobó el Reglamento para Prestadores que prestan el Servicio en el área de prestación municipal y/o comunal, referido al Programa de Mejoras y Desarrollo, Reglamento del Usuario y Régimen Tarifario;
Que el numeral 3.1 del Anexo I.2 del Régimen Transitorio de Aplicación, aprobado por Decreto Nº 1358/07, t. o. Res. 191/07 M.O.S.P.y V. prorrogado por Decreto Nº 2624/09, establece la implementación de un sistema de información regulatoria a los fines del desarrollo de las funciones inherentes a la naturaleza intrínseca del Organismo de Regulación y Control, permitiendo además el análisis de la calidad de las decisiones económico-financieras de la actividad regulada y, la determinación de los costos eficientes en la prestación de los servicios bajo su supervisión;
Que por Resolución Nº 1032/2010 ENRESS se dispuso la creación de la Comisión Especial de Prácticas Regulatorias, dotando al Ente Regulador de una organización funcional especial para cumplir con celeridad y eficacia la nueva actividad técnico administrativa encomendada;
Que, la Comisión Especial de Prácticas Regulatorias, en virtud de la experiencia recogida desde la puesta en vigencia de la Resolución Nº 659/07, ha considerado oportuno y necesario proceder a introducir modificaciones en los formatos y contenidos de la documentación anual requerida a los prestadores;
Que, en tal sentido y, vista la necesidad de avanzar en el análisis del funcionamiento de los servicios abarcados por la presente normativa, se hace necesaria una permanente actualización de la información que permita una correcta evaluación de los mismos;
Que, asimismo, el desarrollo y profundización de nuevos conceptos para dicha evaluación, como lo es la Contabilidad Regulatoria, vuelve imprescindible que regularmente los prestadores remitan información sistematizada respecto a los servicios sanitarios que prestan;
Que, en consecuencia, analizar la calidad del gasto en que éstos incurren, constituye una base fundamental para evaluar tal funcionamiento;
Que las constancias de autos ponen de resalto el aporte interdisciplinario de las distintas áreas del Organismo con incumbencia sobre el particular representadas en la Comisión Especial, arribando a la formulación del proyecto definitivo que obra glosado en autos, dando origen a las actuaciones aquí ventiladas y, ajustando su proceder en concordancia con establecido en el Artículo Cuarto de la Resolución Nº 1032/2010 ENRESS;
Que la Gerencia de Asuntos Legales dictamina que, atendiendo a la naturaleza del acto proyectado corresponde afirmar que el órgano Directorio tiene facultades y competencia para disponer su aprobación a tenor de lo previsto en los artículos 26 inc. j) y 66, inc.b) de la Ley Nº 11.220, mediante resolución que haga mérito de los antecedentes y fundamentos expresados;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20, 26 incs j) y k), 54, 66 inc.b), 69 y 97 de la Ley Nº 11.220
EL DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR DE SERVICIOS SANITARIOS
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el Reglamento para Prestadores del servicio de agua potable y cloacas fuera del Área de Prestación Provincial referido al Programa de Mejoras y Desarrollo, Reglamento del Usuario y Régimen Tarifario y los Anexos I, II A, II B, III, IV y V, que forman parte integrante de la presente
ARTICULO SEGUNDO: Dejar sin efecto la Resolución Nº 659/07 ENRESS y toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente.
ARTICULO TERCERO: Regístrese, dése cumplimiento a lo establecido por Resolución Nº 07/06 TC., publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a los Prestadores. Hecho, archívese.
FDO. MUÑOZ-PINTOS-GIANI
BRACHETTA Y BLAS
REGLAMENTO PARA PRESTADORES QUE PRESTAN EL SERVICIO FUERA DEL AREA DE PRESTACIÓN PROVINCIAL, REFERIDO AL PROGRAMA DE MEJORAS Y DESARROLLO DEL SERVICIO Y RÉGIMEN TARIFARIO
Artículo 1°: Los Planes de Mejoras y Desarrollo del Servicio (PMD), deberán ser acordados entre los prestadores y la autoridad concedente del servicio y luego sometidos a aprobación del ENRESS. Los mismos deberán incluir los programas, metas y objetivos, referentes a los niveles de servicio que el Ente considere apropiados para los Usuarios Reales, en los plazos que determinen las Normas Aplicables. Los planes contendrán especificaciones respecto al modo de alcanzar y mantener los niveles de calidad exigidos normativamente. Estos programas estarán basados en estudio de necesidades del servicio, llevados a cabo por los Prestadores, de acuerdo a los requerimientos fijados en las Normas Aplicables. La tarea de calificar la idoneidad de las presentaciones para alcanzar y mantener los objetivos del servicio, estará cargo del Ente.
La planificación contendrá el diagnóstico del estado de funcionamiento de cada componente del sistema, su antigüedad, confiabilidad, intervenciones y reparaciones efectuadas, fechas de las mismas y la programación anual de mantenimiento a efectuar, con cronograma de ejecución y costos, incluso de reposición de equipos u otros componentes si fuera necesario.
Artículo 2°: El Plan de Mejoras y Desarrollo a presentar al Ente Regulador de Servicios Sanitarios, deberá ser firmado por el Representante del Prestador facultado para ello y por su Responsable Técnico, conforme los formatos e instrucciones que se indican en el presente Reglamento.
Se establece que el formato de presentación de los PMD respetará lo establecido en el Anexo II – A de la presente.
Para servicios que cuenten con un mínimo de 1500 conexiones y/o aquellos prestados en municipios, la presentación deberá complementarse, con información adicional que respete las pautas referenciales establecidas en el Anexo II – B.
Se establece que, en el caso de prestadores que gestionan más de un servicio sanitario, la forma de presentación del PMD para dichos servicios, responderá al servicio con mayor cantidad de conexiones.
Artículo 3º: El Ente Regulador controlará que los prestadores cumplan con los Planes de Mejoras y Desarrollo de acuerdo a las Normas Aplicables.
Artículo 4°: Los Prestadores deberán presentar anualmente al Ente Regulador de Servicios Sanitarios, un informe general sobre el avance del PMD comprometido para el año en curso y el PMD que se propone desarrollar en el año siguiente.
Dicha documentación deberá ser sometida a consideración del Ente antes del último día hábil de cada año.
El Ente ejercerá la regulación Tarifaria, en base al análisis del PMD.
Los PMD deberán estar aprobados mediante Ordenanza, cualquiera sea el tipo de prestador.
En el caso de terceros, de no contarse con la Ordenanza respectiva a la fecha de presentación establecida, se deberá presentar constancia de haber sido presentado el PMD a consideración del Concedente para su aprobación.
Artículo 5°: Para la aprobación de los cuadros y/o regímenes tarifarios o sus modificaciones, el Prestador formulará su estimación tarifaria mediante la presentación de la documentación pertinente, a la autoridad Concedente y, aprobada por éste la propuesta, se solicitará autorización del ENRESS. El nuevo régimen no entrará en vigencia, hasta que no se encuentre aprobado por el Ente.
Artículo 6°: La estimación tarifaria que hagan los Prestadores deberán respetar los lineamientos previstos en el art. 81 de la Ley 11.220
Artículo 7°: La tarifa estimada deberá conformarse teniendo en cuenta la estrecha relación de la prestación del servicio con sus costos, y puede componerse de los siguientes elementos:
a) Un "Cargo Fijo", que tiende a solventar, por lo general, el mantenimiento de las redes distribuidoras.
b) Una "Cuota Fija", determinada en base a la superficie del terreno y del edificio, calidad y antigüedad de la edificación, etc. Puede incluir derecho a una dotación mínima de consumo, sin cargo adicional.
c) Un "Valor del m3 de agua", que se aplica generalmente en los sistemas de
consumo medido, que también puede contemplar valores que se incrementan en función de un rango creciente de consumo, como medida tendiente a penalizar el uso excesivo, o el eventual derroche de agua, en especial donde su obtención y potabilización es costosa, y además el recurso es escaso.
d) Sistemas mixtos, en los que se combina una "Cuota Fija", con el derecho a un consumo mínimo, luego del cual se factura el exceso, ya sea a precio fijo o
creciente, en función de lo antes expresado.
La enunciación precedente no excluye otras combinaciones alternativas, que previo a entrar en vigencia serán evaluados por el Ente Regulador de Servicios Sanitarios.
Artículo 8°: El Régimen Tarifario deberá incluir y propender (art. 83) al consumo medido. Los Prestadores tendrán derecho al cobro del trabajo y actividades que demanden las tareas vinculadas directamente con la instalación del sistema medido.
Artículo 9°: Podrán además incluirse en los mismos los precios para Cargos y Servicios Especiales enunciados en la Ley 11.220 (arts. 85, 86 y 70 inc. q) u otros que a su criterio correspondan, y que serán oportunamente sometidos a consideración del Ente Regulador, previa intervención de la concedente.
Artículo 10°: Los Regímenes Tarifarios y/o sus precios podrán ser modificados por los Prestadores con acuerdo de sus Concedentes, siempre con arreglo a las normativas locales (Art. 84), respetándose además para su entrada en vigencia, la aprobación previa del ENRESS, establecida en el art. 5°.
La modificación propuesta, nunca podrá ser un medio para compensar resultados adversos del Prestador privado, o pérdidas provocadas por su propia ineficiencia (Art. 88). Tampoco una forma de penalizar sus resultados favorables o su eficiencia, ya que rige el principio del riesgo empresario. Se pueden considerar causales de modificación las siguientes:
a) Por variaciones estructurales que permitan una mayor eficiencia del servicio.
b) Por modificaciones en las Normas Aplicables, cuyo cumplimiento implique un costo adicional para el Prestador.
En todos los casos, se entiende que la intervención del Ente Regulador es obligatoria y previa a la entrada en vigencia del nuevo Régimen Tarifario.
Artículo 11°: Las modificaciones tarifarias puestas a consideración del ENRESS, deberán estar acompañadas por un Presupuesto de Ingresos y Egresos (Anexo III), que permita apreciar el estado actual de la situación económica financiera del prestador y otro Presupuesto de Ingresos y Egresos que permita observar cual seria la situación económica financiera una vez aplicado el aumento pretendido. En todos los casos, se deberá demostrar la razonabilidad de la ecuación económica que haga posible una eficiente prestación del servicio, conforme Anexo Nº III.
Además, se deberá presentar una Estructura de Costos, de acuerdo a modelo obrante como Anexo IV.
Este requisito no es exigible a las Municipalidades y Comunas que presten el servicio en forma directa.
Artículo 12°: Se estimará que un Presupuesto es factible, cuando sus Ingresos por facturación u otros conceptos contemplados en la ley 11.220, permitan solventar sus costos, financiar sus obras de mantenimiento o expansión previstas en sus PMD, y cancelar sus obligaciones financieras exigibles, en el período previsto.
Artículo 13°: De no cumplirse esta ecuación, el Prestador y el Concedente deberán de común acuerdo modificarla, ya sea reestructurando el Régimen Tarifario, modificando sus precios, o generando los recursos necesarios para que se produzca el equilibrio.
Artículo 14°: El presupuesto deberá formularse, como mínimo, por períodos anuales coincidentes con el ejercicio económico del Prestador. Asimismo, los Prestadores que confeccionen estados contables anuales certificados por profesionales en ciencias económicas, deberán remitir copia dentro de los veinte días siguientes de su certificación
Artículo 15°: En caso de Prestadores que deban cumplimentar pagos de préstamos BID o a otros Organismos de Crédito, además de informarlos en el Anexo III en el Rubro “Ingresos por Cuenta de Terceros” y “Egresos por Cuenta de Terceros”, deberán explicitar en nota al pie del Anexo el detalle de los montos cobrados a sus usuarios y de los pagos efectuados a sus acreedores, a fin de que el ENRESS tenga la información para poder verificar la procedencia del cobro a los usuarios de la cuota respectiva y la correspondiente amortización del crédito recibido.
Artículo 16°: En todos los casos, los aumentos tarifarios que se pongan a consideración del ENRESS, solo serán evaluados si el Prestador ha dado cumplimiento a la presentación anual establecida por la presente norma, de la totalidad de la documentación exigida.
Artículo 17°: Los Prestadores tendrán la obligación de incorporar en la factura del servicio y exhibir en forma perfectamente visible, en el lugar donde se abonan las facturas, el número de teléfono gratuito del ENRESS, al que los usuarios podrán dirigirse para hacer los reclamos que juzguen procedentes.
ANEXO I
RELEVAMIENTO ANUAL DE INFORMACIÓN DE PRESTADORES
AÑO DEL PRESENTE RELEVAMIENTO: __
NUMERO DE PRESTADOR:
Localidad: Cod. Postal:
Departamento:
Lugar donde se presta el servicio:
Año de inicio del servicio
Agua Potable:
Desagües Cloacales:
I) RELEVAMIENTO INSTITUCIONAL
a) Institución que presta el Servicio:
Denominación/Razón Social:
Responsable Legal/Cargo:
Responsable Técnico:
Dirección:......................... N°:
Código Postal:......... Teléfono:........ Fax:
E – mail:
b) Tipo de Institución:
1) Municipio 2) Comuna 3) Cooperativa 4) Otros
Clase de Municipalidad: _____________
Categoría: ________________________
Número de Componentes del Concejo Municipal o Comisión Comunal: ______
c) Instrumento legal de creación y funcionamiento
Para Municipios o Comunas:
Ordenanza Nro:.................... Año:
Para Cooperativas u otras formas societarias:
Nro. de inscripción en el INAES o Registro Público de Comercio (1)
Nro. de Ordenanza de Concesión de los Servicios:
Fecha de inicio Vto. de Concesión:
(1) y/o la Repartición que en el futuro lo reemplace.
d) Valores Tarifarios
Ordenanza que aprueba último aumento tarifario Nro:......... Año:
II) SERVICIOS QUE PRESTA
Tipo de Servicios: (marcar con una cruz lo que corresponda)
Agua Cloacas Electricidad Gas Teléfonos
Otros: Servicios Fúnebres, Recreación, Turismo, Deportes, etc.
III) PERSONAL (Afectado a los servicios sanitarios en la localidad, exclusivamente)
PERSONAL PERMANENTE CONTRATADO
Profesionales
Técnicos
Administrativos
Obreros
Otros
IV) SERVICIOS EN EXPLOTACION
ABASTECIMIENTO DE AGUA
a) Datos generales del Servicio (Completar)
1 Población estimada
de localidad Habitantes
2 Población Servida Habitantes
3 Porcentaje de cobertura %
4 Nro. de Conexiones en servicio N°
5 Medidores instalados en servicio N°
6 Servicios Sin medidores N°
7 Canillas públicas de emergencia N°
Referencias:1: Indicar la población actual estimada de la localidad.
2: Indicar la población que se estima es servida por el servicio.
3: Porcentaje de población servida respecto a la total.
4: Indicar el número de conexiones activas que se encuentran en servicio (se les factura normalmente). (item 4 = item 5 + item 6)
5: Indicar la cantidad de medidores instalados en las conexiones en servicio.
6: Indicar la cantidad de conexiones activas, sin medidores.
7: Indicar la cantidad de canillas públicas, normalmente utilizada por los usuarios del sistema.
b) Fuente de Captación (marcar con una cruz y completar lo que corresponda)
SUBTERRANEA
1 N° del pozo
2 Está en servicio? Si
No
3 Profund. del pozo (m)
4 Caudal (m3/h)
5 Horas de funcion
6 Bombea a?
7 El pozo, tiene Si
caudalímetro? No
Referencias: 1: Indicar el número identificatorio del pozo de bombeo, no utilizando números de pozos ya desafectados.
2: Indicar si el pozo se encuentra en servicio actualmente.
3: Indicar la profundidad total del pozo, desde el terreno al fondo (m)
4: Indicar el caudal de producción esperado (m3/h).
5: Indicar las horas promedio de funcionamiento diario (h)
6: Indicar a donde bombea el pozo (Ej.: tanque elevado, cisterna, red, planta potabilizadora, etc.)
7: Indicar si el pozo tiene caudalimetro que permita verificar su producción.
SUPERFICIAL
Nombre del Río/Fuente:
Ubicación obra toma:
Cantidad de bombas instaladas en la toma: U
Capacidad de bombeo instalada
en la toma m3/h
MIXTA *
Tildar en caso que la fuente sea de dos o más orígenes, indicando en su apartado correspondiente las características de cada una de ellas.
POR ACUEDUCTO
Designación (nombre u origen del acueducto):
Responsable del acueducto:
Caudales: Máximo (m3/día):
Mínimo (m3/día):
c) Tratamiento de potabilización:
TRATAMIENTO DE AGUA SUPERFICIAL (CONVENCIONAL)
Descripción del Método:
Capacidad de producción máxima horaria:
REMOCIÓN DE ARSÉNICO
Descripción del Método:
Capacidad de producción máxima horaria:
REMOCIÓN DE FLÚOR
Descripción del Método:
Capacidad de producción máxima horaria:
REMOCIÓN DE HIERRO Y MANGANESO
Descripción del Método:
Capacidad de producción máxima horaria:
REMOCIÓN DE OTROS COMPONENTES (Nitratos, salinidad, etc.)
Descripción del Método:
Capacidad de producción máxima horaria:
Desinfección
Descripción del Método:
REALIZA MEZCLA DE AGUA TRATADA Y AGUA CRUDA?
QUE PORCENTAJE DE AGUA CRUDA SE AGREGA
d) Red de Distribución:
Longitud de Red m.
Diámetro variable entre y mm.
Material predominante
Vol. Tanque de distribución m3.
Vol. Total Cisternas de reserva
de agua cruda m3.
Vol. Total Cisternas de
agua potable m3
e) Agua liberada a la red
Valor máximo
mensual m3/mes (1) m3 Mes: Año:
Valor mínimo
mensual m3/mes (2) m3 Mes: Año:
Consumo total del año
que pasó (m3/año) (3) m3
Consumo por habitante (4)
Referencias: 1: Indicar el volumen máximo estimado/medido, del mes de mayor consumo, durante los últimos cinco años.
2: Indicar el volumen mínimo estimado/medido, del mes de menor consumo, durante los últimos cinco años.
3: Estimar/calcular el volumen medio anual consumido.
4: Calcular el consumo diario por cada habitante servido (consumo total del año pasado (m3)/(N° hab. Servidos * 365 días/año)
DESAGÜES CLOACALES
a) Datos generales del Servicio (Completar)
1 Población estimada
de la localidad Habitantes
2 Población Servida Habitantes
3 Porcentaje de cobertura %
4 Nro. de Conexiones
en servicio Conexiones
Lugar de descarga de camiones atmosféricos:
Aprobado por Ordenanza N°:
N° aprox. diario de camiones atmosféricos que descargan:
Descarga de camiones atmosféricos
en planta de tratamiento: SI NO
b) Red de Colectoras (Completar)
Longitud de Red m.
Diámetro variable entre y mm.
Material
c) Estaciones Elevadoras
Estación Elevadora N°
Cantidad total de bombas instaladas
Características bomba H. manométrica
Caudal
Potencia motor KW
Existen bombas de reserva? SI NO
d) Tratamiento de Depuración:
Descripción del método utilizado:
Destino del Efluente
Cuerpo Receptor:
Cuenca Hídrica a la que llega el cuerpo receptor:
V) ATENCION AL USUARIO
Ubicación Sede de Atención al Usuario:
Domicilio: Tel/Fax:
Responsable:
e-mail:
RECLAMOS REGISTRADOS POR AÑO:
AGUA:
1) Falta de presión:
N° de Reclamos durante el último año
2) Escape en calzada:
N° de Reclamos durante último año
3) Escape en vereda:
N° de Reclamos durante último año
4) Mal funcionamiento del medidor:
N° de Reclamos durante último año
OBSERVACIONES:
CLOACA:
1) Obstrucción domiciliaria:
N° de Reclamos durante último año
2) Obstrucción colectora:
N° de Reclamos durante último año
3) Desborde cloacal:
N° de Reclamos durante último año
OBSERVACIONES:
FACTURACIÓN:
1) Desacuerdo con facturación:
N° de Reclamos durante último año
OBSERVACIONES:
2) Cortes de servicios por falta de pago:
Cantidad de intimaciones previa al corte durante el último año
Cantidad de cortes durante el último año
VI) FACTURACION DE LOS SERVICIOS EN EXPLOTACION Y TASA RETRIBUTIVA DE LOS SERVICIOS
PERIODO FACTURACION MONTO FECHA
DEL PERIODO DE LA DE
TASA PAGO
RETRIBUTIVA
ANEXO II – A
PLAN DE MEJORAS Y DESARROLLO
AÑO ………
TIPO DE SERVICIO: (Agua potable o Desagües Cloacales)
OBRAS NUEVAS
DENOMINACIÓN OBRA
FECHA DE TERMINACIÓN
MONTO APROXIMADO DE INVERSIÓN
TAREAS DE MANTENIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE LAS TAREAS
PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
MONTO APROXIMADO DE INVERSIÓN
OTRAS TAREAS
IDENTIFICACIÓN DE LA TAREA
PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
MONTO APROXIMADO DE INVERSIÓN
* El formato de la presentación podrá ser modificado por el ENRESS.
ANEXO II - B
GUÍA PARA LA EXPOSICIÓN DEL PLAN DE MEJORAS Y DESARROLLO
LOCALIDADES CON MAS DE 1.500 CONEXIONES
PRESTADOR:
Cooperativa/Municipalidad/Comuna de……………………………….
La presente es una guía elaborada a los fines de orientar sobre la forma de presentación de los Planes de Mejoras y Desarrollo, para los servicios de agua y/o desagües cloacales, prestados por prestadores no concesionados por la provincia.
A) AGUA POTABLE
I) METAS DEL SERVICIO: Describir sintéticamente las metas del servicio pendientes a cumplir.
Ejemplos:
Producción (m3) – Indicar los déficit de producción de agua (cruda y/o potable) existentes.
Cobertura (%) – Indicar porcentaje de área faltante de cobertura de servicio.
Micromedición (%) – Indicar porcentaje faltante de medición, respecto al total de conexiones en servicio.
Presión en la Red (kg/cm2 o m.c.a.) – Indicar sectores con problemas de baja presión.
Calidad Fisicoquímica y Microbiológica del agua: Indicar deficiencias del servicio respecto a:
Residuo Seco a 180°C mg/l
Arsénico µg/l
Nitratos mg/l
Fluoruros mg/l
Otras: Indicar cualquier otro déficit del servicio a ser subsanado (ej.: macromedición, automatizaciones, reparación/instalación de válvulas, etc.)
II) OBJETIVOS DEL ACTUAL PLAN DE MEJORAS
Ejemplos:
Producción: Indicar la meta a alcanzar en el presente ejercicio, indicando si se logrará satisfacer la demanda pico.
Cobertura: Indicar la meta a alcanzar con el presente plan, indicando el % de cobertura a que se pretende llegar.
Micromedición: Indicar si se pretende aumentar la cobertura de servicio medido y/o reemplazar medidores obsoletos.
Presión de red: Indicar las acciones generales a desarrollar para mejorar este parámetro.
Calidad fisicoquímica y microbiológica del agua: Indicar si se pretende durante el presente período mejorar los aspectos de salinidad y/o arsénico y/o nitratos y/o fluoruros y/o cloración u otros.
Otros: Indicar otras acciones consideradas, tendientes a la mejora del servicio.
III) ACCIONES A DESARROLLAR
Ejemplos:
Producción: Indicar las tareas a ejecutar (perforaciones, aumento de capacidad de potabilización, etc.) a los fines de lograr el objetivo impuesto para el presente ejercicio.
Cobertura: Indicar los tramos de cañerías a construir en el presente ejercicio (ubicación, metros de cañerías, sus diámetros y tipo de material).
Micromedición: Indicar el número de micromedidores que se incorporarán y/o reemplazarán en el presente ejercicio)
Presión de red: Indicar cuantitativamente las acciones que se consideran ejecutar en el ejercicio.
Calidad fisicoquímica y microbiológica del agua: Indicar si se pretende durante el presente período mejorar los aspectos de salinidad y/o arsénico y/o nitratos y/o fluoruros y/o cloración u otros.
Otros: Indicar otras acciones consideradas, tendientes a la mejora del servicio.
IV) CRONOGRAMA
El cronograma expondrá, como mínimo, el desarrollo temporal de las obras durante el año considerado, debiendo, en un diagrama de barras de apertura mensual, exponer, en forma aproximada, las fechas de inicio y terminación de las acciones a desarrollar.
V) PRESUPUESTO
Exponer, discriminando en materiales, mano de obra y equipos, los costos estimados que demandarán cada uno de los ítems que conforman el Plan de Mejoras y Desarrollo.
B) DESAGUES CLOACALES
I) METAS DEL SERVICIO: Describir sintéticamente las metas del servicio pendientes a cumplir.
Ejemplos:
Cobertura (%) – Indicar porcentaje de área faltante de cobertura de servicio.
Calidad físico química y microbiológica del efluente: Indicar la necesidad de corrección de parámetros (Ej.: DBO, DQO y/o microbiológicos)
II) ACCIONES A DESARROLLAR
Ejemplos:
Cobertura: Indicar los tramos de cañerías a construir en el presente ejercicio (ubicación, metros de cañerías, sus diámetros y tipo de material)
Calidad físico química y microbiológica del efluente: Indicar las acciones a desarrollar para el mejoramiento de los aspectos mencionados (Ej.: construcción de nuevos módulos y/o rehabilitación de módulos existentes, exponiendo las características técnicas de los mismos; construcción de cámaras de contacto, etc.)
III) CRONOGRAMA
El cronograma expondrá, como mínimo, el desarrollo temporal de las obras durante el año considerado, debiendo, en un diagrama de barras de apertura mensual, exponer, en forma aproximada, las fechas de inicio y terminación de las acciones a desarrollar.
IV) PRESUPUESTO
Exponer, discriminando en materiales, mano de obra y equipos, los costos estimados que demandarán cada uno de los ítems que conforman el Plan de Mejoras y Desarrollo.
TAREAS A DESARROLLAR según PMD
Ampliación de red
Materiales $ 25.000
Mano de obra $ 10.000
Equipos $ 5.000
Costo total $ 40.000
Reemplazo de medidores
Materiales $ 10.000
Mano de obra $ 3.500
Equipos $ 1.200
Costo total $ 14.700
ANEXO III:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Y EGRESOS
PROYECTADO PARA EL PERÍODO…………
Conceptos Mes 01 Mes 02 Mes 03 Mes 04 Mes 05 Mes 06 Mes 07 Mes 08 Mes 09 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total
Ingresos:
Servicios Ordinarios
Servicios Especiales
Cargos Especiales
Otros Ingresos
Subtotal Ingresos
Ingresos por Cta. De 3eros.:
Préstamo BID – Cuotas Facturadas
I.V.A.
Tasa Retributiva de Servicios Sanitarios
Otros
Subtotal Ingresos por Cta de 3eros.:
Total General Ingresos
Egresos
Costo de Bienes de Uso
Depreciación Bienes de Uso
Total Costo de Bienes de Uso
Gastos Operativos
Conceptos Mes 01 Mes 02 Mes 03 Mes 04 Mes 05 Mes 06 Mes 07 Mes 08 Mes 09 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total
Sueldos y Cargas Sociales
Energía y Combustibles
Mantenimiento y Reparaciones
Insumos Químicos
Trabajos y Servicios de 3ros.
Honorarios y Retribuciones p/Servicios
Otros Insumos
Materiales y Repuestos
Alquileres
Comunicaciones
Diversos
Conceptos Mes 01 Mes 02 Mes 03 Mes 04 Mes 05 Mes 06 Mes 07 Mes 08 Mes 09 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total
Total Gastos Operativos
Gastos de Administración
Suedos y Cargas Sociales
Energía y Combustible
Mantenimiento y Reparaciones Oficinas
Honorarios y Retribuciones p/Servicios
Alquileres
Correspondencia
Impuestos y Tasas
Comunicaciones
Papelería y Utiles de Escritorio
Diversos
Total Gastos de Administración
Otros Gastos
Amortización de Gastos Activados
Comisiones y Gastos Bancarios
Intereses Pagados
Previsiones p/deudores incobrables *
Gastos Generales
Otros
Total Otros Gastos
Egresos por Cuenta de 3ros.
Prestamo BID – Pago cuotas facturadas
I.V.A.
Tasa Retributiva de Servicios Sanitarios
Otros
Total Egresos por Cuenta de 3ros
Egresos por Inversiones
Cumplimiento P.M.D.
Otras
Total Egresos por Inversiones
Total General de Egresos
Saldo Resultante
* Explicitar el porcentaje previsto y las causas o motivos que fundamentan.
ANEXO IV
ESTRUCTURA DE COSTOS
Cooperativa de Agua Potable y ……………
Determinación del costo Mensual del Servicio Estructura de Costos
Conceptos/Rubros Importes
1-Sueldos y Leyes Sociales 0,00
Sueldos Administrativos
Sueldos Maestranza
Plus Vacacional
S.A.C. Proporcional
Leyes Sociales
Sumas no Remunerativas
2- Honorarios 0,00
Contador, Escribanos, Certificaciones, etc.
Analistas de Sistemas, Judiciales y otros
3-Gastos de Oficina y Varios 0,00
Papelería y Útiles de Oficina
Gastos Almacén
Limpieza Edificio
Insumos Computación
Libros Contables y otros
4-Franqueo 0,00
Correo y Repartidores
5- Costo Energía 0,00
Promedio mensual facturas EPE
Otros Servicios (T.E., Gas)
6-Materiales de Potabilización 0,00
litros de cloro mensuales (promedio)
7- Materiales de Mantenimiento
Materiales reparaciones red
Mantenimiento Bombas
Herramientas
Medidores
Varios (Stok)
8-Costo Analisis Calidad de Agua 0,00
Rubros respectivos
9-Participación Comunitaria 0,00
Donaciones a Clubes, Escuelas, etc.
10-Amortización de Bombas 0,00
Rubros respectivo
11-Amortización de Obra 0,00
Rubros respectivo
12-Rodados 0,00
Mantenimiento
Gastos Combustible
13-Gastos Bancarios 0,00
Rubros respectivos
14-Seguros 0,00
De vehículos
De Personal (ART)
15-Impuestos 0,00
Ingresos Brutos
Derecho, Registro e Inspección
16-Morosos 0,00
Morosidad Preventiva
17-Plan de Mejoras y Desarrollo 0,00
Rubros Respectivo
TOTAL COSTO DEL SERVICIO
MENSUAL 0,00
ANEXO V
LISTADO DE DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA:
PRESENTACIÓN ANUAL OBLIGATORIA
La presente Resolución obliga a todos los Prestadores de servicios sanitarios, a efectuar la presentación de una serie de información, con frecuencia anual, la que deberá ser ingresada obligatoriamente a este Ente, antes del último día hábil de cada año.
La falta de presentación dará inicio del procedimiento sancionatorio correspondiente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución 179/99 - Régimen de Aplicación de Sanciones-, por lo que se le recuerda que, de no mediar cumplimiento en término, se harán efectivos los apercibimientos señalados, con nota al Sr. Ministro del ramo.
La documentación que se debe presentar resulta:
COOPERATIVAS
1. Planilla de Actualización de Información (Anexo) correspondiente al año en curso, firmado por el responsable del servicio.
2. Informe sobre el cumplimiento del Plan de Mejoras y Desarrollo comprometido para el año en curso. Justificar las demoras en que se pudiera haber incurrido. Reprogramar tareas no realizadas, de ser necesario, para ser ejecutadas en el año siguiente.
3. Plan de Mejoras y Desarrollo (PMD) para el año entrante, debidamente aprobado por Ordenanza Municipal/Comunal, en original o copia autenticada. El PMD debe ser presentado según formato expuesto como Anexo II-A y II-B, según corresponda.
4. Cuadro de Ingresos y Egresos (Anexo III), proyectado para el año entrante.
5. Último balance aprobado, debidamente certificado por profesional en ciencias económicas, el que deberá ser presentado ni bien se encuentre disponible, en los casos en que no pueda ser presentada con la documentación que se enumera en este Anexo.
6. Copia de facturas emitidas (adjuntar varias (ej. 3), para distintos consumos)
MUNICIPIOS Y COMUNAS
1. Planilla de Actualización de Información (Anexo I) correspondiente al año en curso, firmado por el responsable del servicio.
2. Informe sobre el cumplimiento del Plan de Mejoras y Desarrollo comprometido para el año en curso. Justificar las demoras en que se pudiera haber incurrido. Reprogramar tareas no realizadas, de ser necesario, para ser ejecutadas en el año siguiente.
3. Plan de Mejoras y Desarrollo (PMD) para el año entrante, debidamente aprobado por Ordenanza Municipal/Comunal, en original o copia autenticada. El PMD debe ser presentado según formato expuesto como Anexo II-A y II-B, según corresponda.
4. Copia de facturas emitidas (adjuntar varias (ej. 3), para distintos consumos)
SOLICITUD DE APROBACIÓN DE AUMENTO TARIFARIO AL ENRESS
REQUISITOS
MUNICIPIOS Y COMUNAS
1. Deberán tener aprobado el Régimen Tarifario y el Reglamento del Usuario. En caso contrario, conjuntamente con la documentación referida al aumento tarifario deberá remitirse la documentación faltante, debidamente aprobada por Ordenanza.
2. Ordenanza aprobando el nuevo Cuadro Tarifario. Resulta conveniente aprobar un nuevo Régimen Tarifario, al cual se le ha incluido las tarifas pretendidas.
3. Plan de Mejoras y Desarrollo para el período presente; debidamente aprobado por Ordenanza.
4. Copia de facturas emitidas al presente.
COOPERATIVAS
1. Deben contar con Contrato de Concesión vigente.
2. Deberán tener aprobado el Régimen Tarifario y el Reglamento del Usuario. En caso contrario, conjuntamente con la documentación referida al aumento tarifario deberá remitirse la documentación faltante, debidamente aprobada por Ordenanza.
3. Plan de Mejoras y Desarrollo, para el período presente, debidamente aprobado por Ordenanza.
4. Ordenanza aprobando el nuevo Cuadro Tarifario. Resulta conveniente aprobar un nuevo Régimen Tarifario, al cual se le ha incluido las tarifas pretendidas.
5. Cuadro de Ingresos y Egresos (Anexo III – Resol. 659/07) elaborado, uno con la actual situación tarifario; otro con la situación esperada luego del aumento tarifario.
6. Estructura de costos según modelo.
7. Copia de facturas emitidas al presente (algunos ejemplos variados de consumo).
8. Copia de Estados Contables correspondientes a los dos últimos ejercicios, debidamente certificados por Contador Público e intervenidos por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.
S/C 7405 Nov. 23 Nov. 24
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