REGISTRADA BAJO EL Nº 12779
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1.- Dónase al Obispado de Reconquista un lote de terreno sobrante en posesión ancestral donde se encuentra edificada la Iglesia Catedral Inmaculada Concepción de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado; propiedad del Superior Gobierno de la Provincia sin antecedentes dominiales, identificado como Lote "A" parte de los solares 29 y 31 de la Manzana comprendida entre las calles Patricio Diéz; Ludueña; Iturraspe y San Martín con una superficie aproximada de 1272,76 m2 de acuerdo croquis realizado por el Agrimensor Nacional Emilio Miguel Adobato.
ARTÍCULO 2.- Las medidas lineales, superficie y linderos del lote mencionado en el artículo anterior están sujetas al Plano de Mensura y Subdivisión, siendo sus linderos: al Norte con un lote perteneciente al Arzobispado de Santa Fe ( Dominio Nº 39551 Folio 268 Tomo 68 Impar ) y al Sur: con un lote de Dominio Fiscal y un lote Dominio Nro.74.393 Folio 1109 Tomo 191 Impar (Asociación Bomberos Voluntarios de Reconquista).
ARTICULO 3.- El donatario tomará a su cargo los gastos que demande la confección del Plano de Mensura y Subdivisión; y la Escrituración translativa del Dominio.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
EDMUNDO CARLOS BARRERA
Presidente
Cámara de Diputados
MARÍA EUGENIA BIELSA
Presidenta
Cámara de Senadores
DIEGO A. GIULIANO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 19-11-2007
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
JORGE ALBERTO OBEID
Gobernador de Santa Fe
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