picture_as_pdf 2007-11-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 12779

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

ARTÍCULO 1.- Dónase al Obispado de Reconquista un lote de terreno sobrante en posesión ancestral donde se encuentra edificada la Iglesia Catedral Inmaculada Concepción de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado; propiedad del Superior Gobierno de la Provincia sin antecedentes dominiales, identificado como Lote "A" parte de los solares 29 y 31 de la Manzana comprendida entre las calles Patricio Diéz; Ludueña; Iturraspe y San Martín con una superficie aproximada de 1272,76 m2 de acuerdo croquis realizado por el Agrimensor Nacional Emilio Miguel Adobato.

ARTÍCULO 2.- Las medidas lineales, superficie y linderos del lote mencionado en el artículo anterior están sujetas al Plano de Mensura y Subdivisión, siendo sus linderos: al Norte con un lote perteneciente al Arzobispado de Santa Fe ( Dominio Nº 39551 Folio 268 Tomo 68 Impar ) y al Sur: con un lote de Dominio Fiscal y un lote Dominio Nro.74.393 Folio 1109 Tomo 191 Impar (Asociación Bomberos Voluntarios de Reconquista).

ARTICULO 3.- El donatario tomará a su cargo los gastos que demande la confección del Plano de Mensura y Subdivisión; y la Escrituración translativa del Dominio.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

EDMUNDO CARLOS BARRERA

Presidente

Cámara de Diputados

MARÍA EUGENIA BIELSA

Presidenta

Cámara de Senadores

DIEGO A. GIULIANO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 19-11-2007

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

JORGE ALBERTO OBEID

Gobernador de Santa Fe

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