MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION Nº 535
Santa Fe, 15 de Setiembre de 2010
VISTO:
El Expediente Nº
00301-0061192-7 que diera lugar a la Resolución N° 346 de fecha 11 de junio del
2010, la cual autoriza un llamado a concurso interno en la Dirección General de
Despacho y Servicio Interministerial; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado
acto administrativo se autorizó el llamado a concurso interno para cubrir
cargos vacantes de la Dirección General de Despacho y Servicio
Interministerial, 3 (tres) cargos de Categoría 04 del Agrupamiento Servicios
Generales y 1 (uno) cargo de Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo;
Que los términos de
la mencionada Resolución en el “Anexo II” Ítem “Orden de Méritos”, no se
adecúan con la normativa dispuesta en el actual “Régimen de Concursos” aprobado
por Decreto N° 1729/09, para el tramo de las categorías a que refiere el
llamado a concurso, por lo que corresponde emitir la modificación de la parte
pertinente;
Que, a tales efectos,
tuvo intervención la Dirección General de la Función Pública;
Que atento a ello
corresponde rectificar parcialmente la citada Resolución;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° -
Rectificar parcialmente en el Anexo II de la Resolución N° 346 de fecha 11 de
junio del 2010, el item “Orden de Méritos” el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“ORDEN DE MERITOS:
El Jurado tendrá un
plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal
para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se
deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se
multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa
establecida previamente. Se sumarán los
puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este
puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se
confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea mayor o igual
a 50 puntos para la cobertura de los cargos a cubrir. En el caso de que ninguno
de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto,
debiendo precederse a convocar a concurso abierto.
Cada etapa tendrá el
siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Evaluación
Antecedentes 30% Evaluación Técnica 50% Entrevista Personal 20% Total
100%
La participación de
los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser
causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La
dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y
facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo
presentar al efecto las constancias pertinentes.”
ARTICULO 2° -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Cr. ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
5182
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