picture_as_pdf 2010-09-23

MINISTERIO DE ECONOMIA

 

RESOLUCION Nº  535

 

Santa Fe, 15 de Setiembre de 2010

VISTO:

El Expediente Nº 00301-0061192-7 que diera lugar a la Resolución N° 346 de fecha 11 de junio del 2010, la cual autoriza un llamado a concurso interno en la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto administrativo se autorizó el llamado a concurso interno para cubrir cargos vacantes de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial, 3 (tres) cargos de Categoría 04 del Agrupamiento Servicios Generales y 1 (uno) cargo de Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo;

Que los términos de la mencionada Resolución en el “Anexo II” Ítem “Orden de Méritos”, no se adecúan con la normativa dispuesta en el actual “Régimen de Concursos” aprobado por Decreto N° 1729/09, para el tramo de las categorías a que refiere el llamado a concurso, por lo que corresponde emitir la modificación de la parte pertinente;

Que, a tales efectos, tuvo intervención la Dirección General de la Función Pública;

Que atento a ello corresponde rectificar parcialmente la citada Resolución;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Rectificar parcialmente en el Anexo II de la Resolución N° 346 de fecha 11 de junio del 2010, el item “Orden de Méritos” el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ORDEN DE MERITOS:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente.  Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea mayor o igual a 50 puntos para la cobertura de los cargos a cubrir. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30%                                  Evaluación Técnica 50%                    Entrevista Personal 20%                        Total 100%

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.”

ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Cr. ANGEL JOSE SCIARA

Ministro de Economía

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