SIEMPRE LIBRE S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio, a ordenado la siguiente publicación respecto de la modificación del Contrato Social por Designación de Gerente y Cambio de Domicilio de “SIEMPRE LIBRE S.R.L.”, a saber:
1) Antecedentes sociales: Los socios son: Zanuzzi Marcelo Carlos de nacionalidad argentina, nacido el 21/03/1969, de profesión comerciante, de estado civil casado, con domicilio en calle Candelaria 2141 de la ciudad de Funes, con D.N.I. N° 20.812.199 y Zallio Daniel Hugo de nacionalidad argentina, nacido el 09/04/1964, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Mont Cenis 4431 de la ciudad de Rosario Pcia. de Santa Fe, con D.N.I. N° 16.777.947, únicos socios de Siempre Libre SRL, constituida conforme contrato inscripto en Registro Público de Comercio de Rosario, el 28 de Abril de 2006, en contratos al T° 157 F° 8122 N° 627 y modificaciones. La sociedad tiene una duración hasta el 27 de Abril de 2016.
2) Designación de Gerente: renuncia el Señor Daniel Hugo Zallio, al cargo que ocupaba, previa aprobación de su gestión hasta la fecha. Los socios se notifican de la renuncia y resuelven: 1) Aceptar la renuncia del Señor Zallio Daniel Hugo a la fecha. 2) Aprobar la gestión de la gerencia hasta la fecha. 3) Designar en este acto como único gerente al Señor Marcelo Carlos Zanuzzi, quien acepta de conformidad, en este acto.
3) Modificación de la cláusula sexta del contrato social sobre Administración, Dirección y Representación: La Administración Dirección y Representación: estará a cargo del Socio el Señor Marcelo Carlos Zanuzzi, argentino, nacido el 21 de Marzo de 1969, de profesión comerciante, de estado civil casado con la Señora Alejandra Raquel Paduan, con domicilio en calle Candelaria 2141 de la ciudad de Funes, con DNI 20.812.199, quien acepta en este acto. 4) Modificación de la cláusula segunda del contrato social sobre el domicilio legal. La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Pasaje los Perales 591 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.
5) Fecha del Instrumento: 13 de Agosto de 2009.
$ 28 79724 Set. 23
__________________________________________
DOHNSA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por acta de Asamblea General Ordinaria del 29/05/09, se resolvió: Fijar en 2 el número de Directores Titulares y en 2 el número de Directores Suplentes, designándose a Roberto Félix Dócola y Salvador Ricardo Dócola como Directores Titulares y a Pedro Dócola y Mirta Gladis Dócola como Directores Suplentes. Por acta de Directorio del 01/06/09 los directores electos resolvieron distribuir los cargos del Directorio de la siguiente forma: Presidente, Roberto Félix Dócola (DNI 6.171.289, argentino, empresario); Vicepresidente, Salvador Ricardo Dócola (DNI 6.162.824, argentino, empresario); Directores Suplentes, Pedro Dócola (DNI 2.203.702, argentino, empresario) y Mirta Gladis Dócola (DNI 14.438.849, argentina, empresaria). Todos los Directores designados constituyen domicilio en la calle Neuquén 667 (Ex Neuquén 867) de la localidad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe.
$ 17 79742 Set. 23
__________________________________________
EUGENIO MONTENEGRO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de en lo Civil y Comercial de Distrito a cargo del Registro Público de Comercio, se ha dispuesto ordenar la publicación por el término de ley de lo siguiente: 1) Cesión de Cuotas: Que los Sres. Roberto Maidana, L.E. n° 6.042.712, argentino, nacido el 26/07/1941, de profesión industrial, casado en 1° nupcias con Ester Mandolino, con domicilio en calle Batlle y Ordóñez 2026 de Rosario y Juan Daniel Rodríguez, L.E. n° 4.969.023, argentino, nacido el 22/06/44, de profesión industrial, casado en 1° nupcias con Delia Irma Bestier, con domicilio en calle Lamadrid 619 de Rosario, han cedido la totalidad de las cuotas sociales que tenían en “EUGENIO MONTENEGRO SRL” contrato social otorgado en fecha 31/05/95 e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario al T° 146 F° 7878 N° 812 y modificaciones, a la Sra. Claudia Marisa Weihmuller, DNI 17.145.415, argentina, nacida el 16/03/65, casada en 1° nupcias con José Antonio Marchetto, con domicilio en calle Talavera de la Reina 471, Villa Allende, Pcia. de Córdoba. 2) Designación Gerente: Que se ha designado gerente de “EUGENIO MONTENEGRO SRL”, al Señor José Antonio Marchetto, DNI 16.151.424, con domicilio en calle Pca. s/n Villa Ani-Mi, Depto Colón, Pcia. de Córdoba.
$ 27 79823 Set. 23
__________________________________________
TARDINI Y CIA S.R.L.
CESION DE CUOTAS
A los efectos de su publicación en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe se publica por el término de ley: Victoria María del Carmen Matilussi de Tardini, cede y transfiere por este acto veintidós mil once (22011) cuotas de capital de pesos uno (1) cada una, que representan un capital de pesos veintidós mil once ($ 22.011) y le pertenecen de la sociedad” Tardini y Cia.” S.R.L. Al señor Néstor Fernando Tardini. La presente cesión de cuota la efectúa la socia señora Victoria María del Carmen Matilussi de Tardini en carácter de donación, no percibiendo por lo tanto importe alguno de la misma, quedando en consecuencia transferida a favor de la cesionaria los derechos y acciones emergente de la propiedad de las cuotas. El socio señor Fernando Luis Tardini cede y transfiere por este acto veintidós mil novecientas ochenta y nueve (22989) cuotas de capital de pesos uno (1) cada una, que representan un capital de pesos veintidós mil novecientos ochenta y nueve ($ 22.989) que tiene y le pertenecen de la sociedad “Tardini y Cía. “S.R.L. Al señor Néstor Fernando Tardini y cuarenta y cinco mil (45.000) cuotas de capital de pesos uno (1) cada una, que representan un capital de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000) que tiene y le pertenecen de la sociedad” TARDINI Y CIA” S.R.L. Al señor Sergio Daniel Tardini. La presente cesión de cuota la efectúa el socio señor Fernando Luis Tardini en carácter de donación, no percibiendo por lo tanto importe alguno por la misma, quedando en consecuencia transferida a favor de la cesionaria los derechos y acciones emergente de la propiedad de las cuotas. Como consecuencia de lo expresado el artículo cuarto queda redactado de la siguiente manera: Artículo Cuarto: el capital social se fija en la suma de pesos cien mil ($ 100.000) dividido en cien mil (100.00) cuotas de pesos uno (1) cada una. El señor Néstor Fernando Tardini, cincuenta mil (50000) cuotas de pesos uno (1) cada una o sea un capital de pesos cincuenta mil ($ 50.000) y el señor Sergio Daniel Tardini, cincuenta mil (50.000) cuotas de pesos uno (1) cada una o sea un capital de pesos cincuenta mil ($ 50.000). El capital se halla totalmente suscripto e integrado.
$ 45 79715 Set. 23
__________________________________________
OLEOCER S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por instrumento de fecha 5 de agosto de 2009, El Sr. Alfredo Edgardo Muñoz, DNI N° 16.852.442, nacido el 16 de julio de 1964, casado en 1° nupcias con Sandra Marcela Valente, con domicilio en calle Laprida 5725 de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante, cede, transfiere y da en propiedad al Sr. Norberto Angel Dellarossa, argentino, DNI N° 8.625.386, nacido el 22 de septiembre de 1951, soltero, con domicilio en calle L.N. Alem 695 de la localidad de Camilo Aldao, de profesión Comerciante la cantidad de ciento dos (102) cuotas de capital de cien pesos ($ 100) cada una o sea la suma de Diez Mil Doscientos Pesos ($ 10.200) que son la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le pertenecen de la firma “OLEOCER S.R.L.”, cuotas estas que el cedente ha suscrito e integrado en su totalidad a la fecha de la presente cesión. Todo lo cual el cesionario acepta de conformidad, recibiendo en propiedad las precitadas cuotas cedidas.
El Sr. José Luis Lugo, DNI N° 16.249.580, nacido el 14 de enero de 1964, casado en 1° nupcias con Diana Angélica Sosa, con domicilio en calle Pueyrredón 3821 P.A. de la ciudad de Rosario, de profesión Abogado, cede, transfiere y da en propiedad al Sr. Miguel Angel Tardella, argentino, DNI N° 6.551.341, nacido el 21 de diciembre de 1942, casado en 1° nupcias con Mabel María Alessandroni, con domicilio en calle Italia 885 de la localidad de Camilo Aldao, de profesión Comerciante la cantidad de noventa y ocho (98) cuotas de capital de cien pesos ($ 100) cada una o sea la suma de Nueve Mil Ochocientos Pesos ($ 9.800) que son la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le pertenecen de la firma “OLEOCER S.R.L.”, cuotas estas que el cedente ha suscrito e integrado en su totalidad a la fecha de la presente cesión.
Los señores Norberto Angel Dellarossa, argentino, DNI N° 8.625.386, nacido el 22 de septiembre de 1951, soltero, con domicilio en calle L.N. Alem 695 de la localidad de Camilo Aldao, de profesión Comerciante y Miguel Angel Tardella, argentino, DNI N° 6.551.341, nacido el 21 de diciembre de 1942, casado en 1° nupcias con Mabel María Alessandroni, con domicilio en calle Italia 885 de la localidad de Camilo Aldao, de profesión Comerciante, únicos socios de “OLEOCER SRL”, aceptan la renuncia al cargo de Gerente al Sr. José Luis Lugo y se nombra en su reemplazo al socio Sr. Norberto Angel Dellarossa como nuevo Gerente, quien actuara de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula Sexta del Contrato Social.
$ 48 79756 Set. 23
__________________________________________
NO-TILL S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
En cumplimiento del Art. 60 Ley 19.550 y conforme lo aprobado en la Asamblea General Ordinaria n° 19 de fecha 30/04/09, se procedió a la elección de los miembros del actual Directorio por tres Ejercicios, designándose como Presidente: Gustavo Jorge Oscar Cerana, Directora Titular: Miriam Norma Loza y Directora Suplente: Romina Sturla.
Además y conforme las disposiciones del Art. 256 de la Ley de Sociedades Comerciales, sus miembros constituyeron domicilio especial en calle Pte. Roca n° 1507, 9º Piso Depto. “A” de la ciudad de Rosario.
$ 15 79758 Set. 23
__________________________________________
ACEITES y EXPELLER BIGAND S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Noemí Silvina Cenciarelli, argentina, mayor de edad, DNI Nº 17.361.678, casada, domiciliada en Libertad 293 Bigand, Santa Fe, Socia Gerente de la Sociedad mencionada Up-Supra, cuyo contrato fue inscripto bajo T° 160 F° 11377 N° 837, de fecha 22 de Mayo de 2009. Conviene ampliar el objeto social, incorporando la actividad Explotación Agropecuaria Como consecuencia de lo convenido la cláusula 4° quedará redactada de la siguiente manera: Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto extracción, fabricación y comercialización de aceites y expeller de oleaginosas y/o cereales y explotación agropecuaria. A Tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
Fecha del instrumento 11 de Mayo de 2009.
$ 15 79804 Set. 23
__________________________________________
LA PINTA S.A.
ESTATUTO
De conformidad a lo previsto por el art. 10 de la Ley 19550 se hace saber que el Señor Saieva José Clemente, DNI. N° 11.125.124, nacido el 1° de Enero de 1954, divorciado de Roxana Silvia Glikstein según resolución n° 481 del Juzgado Colegiado de Familia de 4° Nominación, de fecha 6 de agosto de 2004, expediente 1490/04, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en Jujuy N° 1941 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe y la Señora Saieva Vilma Beatriz, D.N.I. N° 12.804.370, nacida el 5 de Enero de 1957, soltera, argentina, de profesión comerciante, domiciliada en Balcarce N° 30 bis Piso 1 “B” de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, todos mayores de edad y hábiles para contratar, han constituido una S.A. según acta constitutiva de fecha 17/04/09, bajo la denominación de LA PINTA S.A., aprobada por la Insp. General de Personas Jurídicas de la Prov. de Santa Fe mediante Resolución N° 669 con fecha 03/08/09. Asimismo se hace saber: Domicilio: Mitre N° 2026 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe. Objeto social: La sociedad tiene por objeto: a) Venta de pinturas y solventes. b) Venta de artículos de ferretería. c) Venta de elementos de seguridad y ropa de trabajo. d) Aplicación de pinturas y aislaciones. Los señores accionistas manifiestan que cuentan con los fondos necesarios para ampliar el Capital Social, en la medida que lo requieran el desarrollo de las actividades detalladas. Plazo de Duración: 99 años, contados a partir de su inscripción ante el Registro Público de Comercio. Capital Social: Pesos Cien mil ($ 100.000), representado por 10.000 acciones, ordinarias, nominativas no endosables de Pesos $ 10 cada una, con derecho a un voto por acción. Organo de Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco miembros, quienes durarán en sus funciones dos ejercicios, siendo reelegibles, no obstante permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren. Asimismo la Asamblea procederá a designar al Presidente y en su caso el de Vicepresidente cuando el Directorio sea plural o más de uno. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio. En caso de ausencia o impedimento del mismo, sea en forma temporaria o definitiva, situación esta que no es necesario probar hacia terceros, el Vicepresidente actuará ejercitando la misma representación. Primer Directorio: Se estableció en un miembro, habiendo sido designado como único Director-Presidente al Sr. Saieva José Clemente, DNI. N° 11.125.124 y como Director Suplente a la Sra. Saieva Vilma Beatriz, D.N.I. N° 12.804.370, ambos por el término de dos ejercicios. Fiscalización: Mientras la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 299 de la ley 19.550, prescindirá de la sindicatura. En tal caso los socios poseen el derecho de controlar que confiere el art.55 de la ley 19.550. Cuando por aumento de capital social resultare excedido el monto indicado, la asamblea que así lo resolviere debe designar un síndico titular y un síndico suplente por el término de un ejercicio, sin que sea necesaria reforma estatutaria. Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
$ 58 79762 Set. 23
__________________________________________
CARMANO S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Sr. Inspector de la Inspección General de Personas Jurídicas de la ciudad de Santa Fe, se hace saber lo siguiente:
Socios: Marcos Luis Nota, argentino, nacido el: 04/06/71, D.N.I. N° 21.870.282, Agropecuario, casado, domiciliado en Gral. López 555, de San Guillermo, prov. de Santa Fe y Carlos Daniel Nota, argentino, nacido el 20/09/62, D.N.I. N° 16.054.059, Agropecuario, casado, domiciliado en Avda. 9 de Julio Nº 465, de San Guillermo, prov. de Santa Fe.
Fecha de constitución: 30 de Junio de 2.009.
Denominación: “CARMANO S.A. continuadora de “NOTA Carlos Daniel y NOTA Marcos Luis”, por regularización de Sociedad de hecho.
Domicilio: Gral. López 555, de San Guillermo, Dpto. San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe.
Duración: 50 años.
Capital: $ 260.000 (pesos: Doscientos sesenta mil).
Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros dentro o fuera del país, de las siguientes actividades a) Agropecuaria: Mediante la explotación directa por si o por terceros en establecimientos rurales, agrícolas, ganaderos, o mixtos, la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas y/o forrajes; compra, venta y acopio de cereales y oleaginosas, para la venta como tales y/o la reserva para uso como insumo de otras actividades conexas. B) Ganadería: Cría, inverne, engorde, explotación de tambo y/o compra-venta de leche fluida y/o hacienda de las especies bovina y/o porcina y/o equina; c) Servicios: Mediante la explotación de servicios agropecuarios en forma de explotación directa por si o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, propiedad de los socios o de terceras personas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, o por el Estatuto Social. La sociedad no tendrá por objeto realizar cualquiera de las actividades previstas por el art. 99 Ley 19.550.
Administración y Representación: a cargo de un Directorio compuesto por uno a tres miembros y durarán en sus funciones tres ejercicios. Presidente: Marcos Luis Nota, D.N.I. N° 21.870.282 y Director Suplente: Carlos Daniel Nota, D.N.I. Nº 16.054.059.
Cierre del Ejercicio: 31 de Diciembre cada año. Lo que publica a los efectos de Ley. Rafaela, 17 de septiembre de 2009.
$ 15 79778 Set. 23
__________________________________________
NO-TILL S.A.
CAMBIO DE DOMICILIO
Se hace saber que en la reunión del Directorio celebrada el 20/12/1996, se resolvió trasladar el domicilio de la sede social a la nueva dirección de calle Pte. Roca n° 1507, 9° Piso Depto. “A” Rosario. Dicha acta fue protocolizada por escritura N° 265 de fecha 07/09/09, pasada ante el Escribano Dr. Eduardo E. J. Lamarque y Reg. N° 50 a su cargo.
$ 15 79759 Set. 23
__________________________________________
AGROSTRADELLA S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación: Edtih Teresa Stradella, nacida el 22 de noviembre de 1.936, soltera, argentina, productora agropecuaria, domicilio Avda. Belgrano 171 de la localidad de Colonia Aldao, Santa Fe L.E. 1.382.968. Daniel Alberto Stradella, nacido el 18 de febrero de 1.962, casado, argentino, productor agropecuario, domicilio calle Bargellini 25 de la localidad de Suardi, Santa Fe D.N.I. 14.968.378. Graciela Guadalupe Stradella, nacida el 15 de setiembre de 1.969, soltera, argentina, productora agropecuaria, domicilio calle Rivadavia s/n de Colonia Aldao, Santa Fe D.N.I. 29.992.228.
Fecha del Instrumento Constitutivo: 12 de agosto de 2009.
Razón Social: “AGROSTRADELLA S.R.L.”
Domicilio: Avda. Belgrano 171 Colonia Aldao, Santa Fe.
Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto, realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros bajo cualquier forma de asociación prevista en la Ley 19.550, ya sea en el país y/o en el extranjero, las siguientes actividades: Producción de cereales y oleaginosas. Comercialización de granos y/o semillas o subproductos directamente y/o por cuenta de terceros, en comisión y/o consignación. Cría, invernada y comercialización de ganado bovino. Producción de leche de ganado bovino. Prestación de servicios agropecuarios de servicios agropecuarios que incluye la labranza de tierra, siembra de cereales y oleaginosas, cuidados culturales, servicios de cosecha mecánica de granos, forrajes, enfardado, enrollado, envasado, silo pack, clasificación y secado de granos y todo otro servicio relacionado con las explotaciones agropecuarias. La sociedad podrá realizar las operaciones que constituyen el objeto social tanto en el mercado interno como en el externo, adquiriendo amplias facultades para importar y exportar insumos y bienes terminados. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos y contratos que no sean prohibidos por las leyes o este documento.
Plazo de duración: 20 años.
Capital Social: $ 100.000. (Pesos: Cien mil)
Organo de administración: La dirección administración y representación de la Sociedad que por este acto se constituye, así como el uso de la firma social estará a cargo de cualquiera de los socios en forma conjunta de dos de ellos quienes revestirán el carácter de socios gerentes. Durará en el cargo por el plazo de duración de la sociedad y tendrá todas las facultades para poder actuar libre y ampliamente en todos los negocios sociales relacionado con su objeto. No podrá comprometer a la sociedad en fianzas o garantía a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto societario.
Fecha de cierre del Ejercicio: 31 de diciembre
Motivo de la publicación: Inscripción en el Registro Público de Comercio de Rafaela.
Rafaela, 15 de setiembre de 2009. Adriana P. Constantín de Abele, secretaria.
$ 43 79811 Set. 23
__________________________________________
INDUSTRIA TERMOPLASTICA
CADE S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
1) Fecha de la Resolución de la Sociedad que Aprobó la Designación de Directores: 27 de Abril de 2009.
2) Composición de los Organos de Administración y Fiscalización: Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de seis miembros, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, con suplentes designados en igual o menor número y por el mismo plazo. Se designa cuatro directores titulares y dos suplentes. Presidente: Sr. Walter Antonio De Grande. Vicepresidente: Sr. Adilio Osvaldo Capomasi, 1° Director Titular: Sr. Néstor Martín De Grande. 2° Director Titular: Sr. Franco David Capomasi. 1° Director Suplente: Osvaldo Adilio Capomasi. 2° Director Suplente: Liboria Estela Cosentino. La fiscalización estará a cargo de todos los socios (se prescinde de la sindicatura).
3) Organización de la Representación Legal: la representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.”
$ 15 79687 Set. 23
__________________________________________
LA CASA DEL PANADERO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Fecha de modificación del Contrato: 19 de agosto de 2009.
2) Prórroga de la duración de la sociedad: 5 años a partir de su vencimiento o sea desde el 29 de agosto de 2009.
3) Nombramiento de gerente: Administración a cargo del socio gerente Alicia Carmen Rizzi, DNI 11.448.969.
4) Aumento de capital: a cincuenta mil pesos ($ 50.000).
5) Cambio de domicilio: se establece en Laprida 1824 4° Piso de Rosario.
$ 15 79814 Set. 23
__________________________________________
FERRETERIA INDUSTRIAL
LOPEZ FORCINITI S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Ferretería Industrial López Forciniti S.A., por Asamblea Unánime ha elegido directorio y síndicos para un mandato de dos ejercicios desde el 10 de Enero de 2008 hasta el 31 de Diciembre de 2009, quedando conformado de la siguiente manera: Presidente: Sr. Armando Forciniti; Vicepresidente: Sr. Darío Forciniti; Vocal: Sr. Leonardo Forciniti; Síndico titular: Sr. CPN Jorge Omar Derndich y Síndico suplente: Sr. CPN Héctor Felipe Stechina.
$ 15 79689 Set. 23
__________________________________________
SILCLACAMP S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por resolución de Asamblea General Ordinaria de fecha 30 de julio de 2004 se ha designado nuevo directorio con mandato hasta la Asamblea que considere los estados contables del ejercicio que cierra el 31 de marzo de 2007, con la siguiente integración: Presidente: Hugo Antonio Botta, DNI. 12.282.322; Vicepresidente: Mabel María Bessone, DNI. 7.588.875; Directora Suplente: Adriana Elina Romero, DNI. 10.722.702.
$ 15 79768 Set. 23
__________________________________________
SILCLACAMP S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por resolución de Asamblea General Ordinaria de fecha 25 de julio de 2007 se ha designado nuevo directorio con mandato hasta la Asamblea que considere los estados contables del ejercicio que cierra el 31 de marzo de 2010, con la siguiente integración: Presidente: Hugo Antonio Botta, DNI. 12.282.322; Vicepresidente: Adriana Elina Romero, DNI. 10.722.702; Director Suplente: Alvaro Ignacio Botta, DNI. 29.623.408.
$ 15 79765 Set. 23
__________________________________________
GARCIA Y OLIVERO
SOC. DE HECHO
COMO GARCIA Y OLIVERO
S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Rectificación de los datos de socios: Alberto José Olivero, nacido el 27 de mayo de 1955, argentino, empresario, casado en 1° nupcias con Rosa Ana Bertello, domiciliado en 14 de Diciembre N° 1955, de Armstrong, DNI. N° 11.603.235.
$ 15 79773 Set. 23
__________________________________________
REMOLQUES OMBU S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Fecha de la Resolución Social: Asamblea General Ordinaria del 21/05/09 Acta N° 16. Directorio: Presidente: Orlando Luis Castellani; Vocales Suplente: Marta Carolina Filomena Rotelli.
$ 15 79772 Set. 23
__________________________________________
INDUSTRIAS ERCA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Fecha de la Resolución Social: Asamblea General Ordinaria del 29/04/09 Acta N° 16. Directorio: Presidente Juan Carlos Silvi; Vice-Presidente: Rogelio Antonio Magnoni; Director Titular: Ricardo Lisandron; Vocales Suplentes: Ernesto Lisandron; Guillermo Isla.
$ 15 79770 Set. 23
__________________________________________
GRUPO GIGA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que GRUPO GIGA S.A., mediante Acta de Asamblea de fecha 6 de septiembre de 2007, ha designado la composición de su Directorio según se detalla: Presidente: Federico César Gigli, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 14.510.543 y Director Suplente: Juan Manuel Gascón, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 26.710.179, ambos constituyendo domicilio en Magallanes 1774 de Rosario, a los efectos del art. 256 (último párrafo) LS.
$ 15 79791 Set. 23
__________________________________________
PUERTO LINDA VISTA S.A.
MODIFICAION DE ESTATUTO
El señor presidente de Puerto Linda Vista S.A. hace saber a los socios que en la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria realizada el día 20 de noviembre de 2008, ratificada por asambleas general Ordinaria y Extraordinaria de fecha 7 de Septiembre de 2009 se resolvió: 1) Aumentar el capital en la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000) elevándolo a la suma total de trescientos mil ($ 300.000). 2) Elevar el valor de las acciones a la suma de pesos cien ($ 100) c/u, modificando a tales efectos el estatuto. 3) Reemplazar los títulos que pudieran haberse emitido, quedando los antiguos a partir de la fecha sin ningún valor, por nuevos títulos a emitirse de acuerdo a la composición accionaria que quede a partir de conocerse quienes suscribirán las nuevas acciones. 4) Invitar a los socios que no lo han hecho, a ejercer su derecho de suscripción preferente, en los términos del art. 194 de la ley de sociedades por el término de treinta días desde la última publicación.
Rosario, 10 de Septiembre de 2009.
$ 15 79809 Set. 23
__________________________________________
SERVIPACK S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la publicación del estatuto de la sociedad “SERVI PACK S.A.” y designación de autoridades.
1-Accionistas: Juan Pedro Nicasio Rojas, argentino, nacido el 23 de Febrero de 1929, de apellido materno Rojas, casado en 1° nupcias con Basilia Amalia Castro, de profesión comerciante, LE Nº 3.455.955, con domicilio en calle Simonetta Nº 161 y Demarco Cristian Alberto, argentino, nacido el 29 de junio de 1985, de apellido materno Barrera, soltero, de profesión comerciante, DNI Nº 31.780.611, con domicilio en calle Simonetta Nº 161, ambos de la ciudad de Rafaela.
2 Fecha de Constitución: 14 de noviembre de 2008.
3 Denominación: SERVIPACK S.A.
4 Domicilio Legal: Simonetta n° 161, Rafaela Santa Fe
5 Duración: 50 (cincuenta) años
6 Objeto: la sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociadas a terceros en el país o en el extranjero la prestación de servicios de limpieza para la industria, el agro, el comercio y para cualquier otra actividad, como a cualquier entidad y/o asociación civil, deportiva o social. A tales fines, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para celebrar toda clase de operaciones, actos y contratos que considere necesarios y que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
7 Capital Social: $ 50.000 (pesos cincuenta mil) representados por 5.000 (cinco mil) acciones de $ 10 (pesos diez) cada una.
8 Dirección, Administración y Representación: Director Titular: Mario Alberto Demarco; Director Suplente: Juan Pedro Nicasio Rojas. 9 Fiscalización: se prescinde de Sindicatura.
10 Ejercicio Social: 31 de Julio de cada año.
Rafaela, 14 de Setiembre de 2009. Adriana P. Constantín de Abele, secretaria.
$ 15 79779 Set. 23
__________________________________________
LOGISTICA MERCO-SUR S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. Nº 824 f° 323 año 2009, “LOGISTICA MERCO-SUR S.A. s/Designación de Directorio”, por Acta de Asamblea General Ordinaria N° 1, de fecha 20 de Agosto de 2009, se resuelve por unanimidad designar el nuevo directorio de la sociedad, conformado de la siguiente manera: Presidente: Cornejo Oscar David, CUIT: 20-16048309-2 Director Suplente: Diez Guillermo Tomás, CUIT: 20-14131856-0.
Lo que se publica a sus efectos y por término de ley.
Santa Fe, 10 de setiembre de 2009. Viviana E. Marín, secretaria a/c.
$ 15 79719 Set. 23
__________________________________________
PASIONES ARGENTINAS S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, ordénese la publicación por el término de un día del siguiente aviso referido a la constitución de PASIONES ARGENTINAS S.R.L.
1) Datos de los fundadores: Sergio Alejandro Marocco, argentino, comerciante, nacido el 4 de diciembre de 1962, DNI. 16.280.710, con domicilio en calle Buenos Aires 1160 de la ciudad de Granadero Baigorria, Pcia. de Santa Fe, casado en 1° nupcias con Carla Andrea Graff, Aníbal Nicolás Fantini, argentino, comerciante, nacido el 18 de enero de 1981, DNI. 28.557.406, con domicilio en calle Libertad 390 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Pcia. de Santa Fe, soltero y José Alberto Fantini, argentino, comerciante, nacido el 14 de octubre de 1955, DNI. 12.381.780, con domicilio en calle Corrientes 916 1º Piso de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, divorciado s/Sentencia N° 601 del 15/10/01 del Tribunal Colegiado de Familia de la 5° Nominación de Rosario.
2) Fecha del instrumento constitutivo: 5 de agosto de 2009.
3) Denominación social: PASIONES ARGENTINAS S.R.L.
4) Domicilio: La Sede Social se establece en calle Eva Perón 5585 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el exterior, a la realización de las siguientes actividades: Fabricación, Venta por mayor y menor, importación y exportación de Indumentaria Textil y Actividades comerciales e industriales anexas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto.
6) Plazo de duración: 10 (Diez) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000), divididas en setecientas cincuenta (750) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Sergio Alejandro Marocco suscribe trescientas (300) cuotas de capital de $ 100 cada una que representan la suma de pesos treinta mil ($ 30.000), Aníbal Nicolás Fantini suscribe doscientas veinticinco (225) cuotas de capital de $ 100 cada una que representan la suma de pesos veintidós mil quinientos ($ 22.500) y José Alberto Fantini suscribe doscientas veinticinco (225) cuotas de capital de $ 100 cada una que representan la suma de pesos veintidós mil quinientos ($ 22.500).
8) Organo de administración, dirección y fiscalización: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistintamente y alternativamente cualesquiera de ellos. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
9) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
10) Gerencia: se resuelve por unanimidad designar como gerente a Sergio Alejandro Marocco, quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima del contrato social.
$ 68 79718 Set. 23
__________________________________________
RADIO TAXI 380 MIL S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Fecha de la Resolución en que la sociedad aprobó las modificaciones del Contrato: 11 de Septiembre del 2009.
2) Aumentar el Capital Social en $ 30.000 (Pesos Treinta mil), el que es suscripto en igual proporción a las tenencias que tenían antes del presente aumento. El mismo se integra en efectivo.
3) Prorrogar del contrato social por el plazo de 10 (Diez) años.
Quedando las cláusulas Tercera y Quinta redactadas de la siguiente manera:
Tercera. Duración: El termino de duración se fija en 22 (Veintidós) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Quinta. Capital: El Capital social se fija en la suma de Cuarenta y Dos Mil pesos ($ 42.000), dividido en Cuarenta y dos mil cuotas de un Peso ($ 1) cada una, que los socios suscriben en éste acto de la siguiente manera: El Socio Ariel Francisco Coirazza, suscribe Siete mil cuotas de Capital ó sea Siete Mil Pesos. El Socio Walter Roberto Camacho, suscribe Siete mil cuotas de Capital ó sea Siete Mil Pesos. El Socio Juan Manuel Lirusso, suscribe Siete mil cuotas de Capital ó sea Siete Mil Pesos. El Socio Héctor Sebastián Romero, suscribe Siete mil cuotas de Capital ó sea Siete Mil Pesos. La Socia Señora Silvia Graciela De Luca, suscribe Siete mil cuotas de Capital ó sea Siete Mil Pesos. La Socia Vanesa Gisela Giacobbe Laurito, suscribe Tres Mil Quinientas cuotas de Capital ó sea Tres Mil Quinientos Pesos. El Socio Sebastián Ariel Giacobbe Laurito, suscribe Tres Mil Quinientas cuotas de Capital ó sea Tres Mil Quinientos Pesos. Se integra con $ 12.000, del Capital anterior y $ 30.000, en este acto en efectivo.
$ 29 79798 Set. 23
__________________________________________
TERRA-COTA
CONSTRUCCIONES S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
1)- Silvia Marta Turturici, argentina, DNI. N° 12.523.834, estado civil casada con don Oscar Raúl Gioiosa, nacida el 18/11/1956, con domicilio en calle Cerrito N° 1758, de Rosario, Pcia. de Santa Fe, empresaria; Marcela Mónica Suárez, argentina, DNI N° 16.536.666, estado civil casada con don Gerardo Dalmiro Lucci, nacida el 10/09/1963, con domicilio en calle Avda. Fuerza Aérea N° 2350 de Funes, Pcia. de Santa Fe, de profesión abogada; y Diana Raquel Cases, argentina, DNI N° 25.293.259, estado civil casada con don Claudio Gustavo Reato, nacida el 27/08/1976, con domicilio en calle De La Salle N° 5451, de Rosario, Pcia. de Santa Fe;
2) 20/11/08;
3) “TERRA-COTA CONSTRUCCIONES S.A.”;
4) Domicilio Legal, Sede Social: De La Salle N° 5451 de Rosario, Pcia. de Santa Fe;
5) Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a: a) la elaboración de proyectos de obras de ingeniería y arquitectura; b) la construcción de inmuebles y la realización de todo tipo de obras de ingeniería civil, mecánica, electromecánica, de telecomunicaciones y de arquitectura; c) la comercialización de materias primas, materiales y/o repuestos relacionados con el objeto de la sociedad; d) la compra-venta y/o el arrendamiento de inmuebles urbanos y rurales necesarios para lograr su objeto y no destinados a la actividad inmobiliaria. Para el desarrollo del objeto social podrá realizar contrataciones con terceros, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
6) 10 años;
7) $ 210.000,
8)- Administración: A cargo del Señor Claudio Gustavo Reato, argentino, DNI N° 23.049.554, estado civil casado con doña Diana Raquel Cases, nacido el 8 de febrero de 1973, con domicilio en calle De La Salle N° 5451 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, arquitecto, quien actuará con el cargo de Director Titular; y la señora Silvia Marta Turturici, argentina, DNI 12.523.834, estado civil casada con don Oscar Raúl Gioiosa, nacida el 18 de noviembre de 1956, con domicilio en calle Cerrito N° 1758 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, quien actuará con el cargo de Directora Suplente; los cargos durarán tres (3) ejercicios; Fiscalización: A cargo del C.P. Alberto Rubén Haller, quien actuará como Síndico Titular, y la C.P. Eliana Botta, quien actuará con el cargo de Síndico Suplente, la duración del cargo es de un (1) ejercicio;
9) La Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La representación legal de la sociedad corresponde al. presidente del Directorio; o al vicepresidente, en forma conjunta con otro Director;
10) 31/12 de cada año.
$ 53 79815 Set. 23
__________________________________________
TRANSPORTE DON JORGE
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1° Socios: Jorge Luis Schoenfeld, 55 años, casado en 1° nupcias con Graciela Antonia Herrmann, argentino, comerciante, Lavalle 2950, Zavalla (Sta. Fe), D.N.I. 11.099.216, Gabriel Roberto Schoenfeld, 27 años, soltero, argentino, comerciante, Lavalle 2950, Zavalla (Sta. Fe), D.N.I. 28.906.313 y Jorge David Schoenfeld, 20 años, soltero, argentino, comerciante, Lavalle 2951, Zavalla, D.N.I. 33.931.446.
2° Fecha de instrumento constitutivo: 15 de setiembre de dos mil nueve.
3° Fecha de instrumento de prórroga: 15 de setiembre de 2009.
4° Denominación: TRANSPORTE DON JORGE S.R.L.
5° Domicilio: Lavalle 2950, Zavalla (Santa Fe).
6° Objeto: el transporte de cargas generales; la distribución mediante fletes de productos alimenticios.
7° Duración: 10 (diez) años a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio.
8° Incremento del Capital: se incrementa el Capital a la suma de $ 60.000 (pesos sesenta mil).
9° Incorporación de socio: se incorpora como socio al Señor Jorge David Schoenfeld, D.N.I. 33.931.446, de nacionalidad argentino, profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en Lavalle 2951 de la localidad de Zavalla (Pcia. Sta. Fe).
10° Administración: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no; desígnase a cada uno de los socios, Jorge Luis Schoenfeld, Gabriel Roberto Schoenfeld y Jorge David Schoenfeld, “Socios Gerentes”. Fiscalización de la sociedad: estará a cargo de todos los socios, en este mismo párrafo nombrados.
11° Representación legal: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos.
12° Fecha de cierre del ejercicio: 30 de setiembre de cada año.
Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL.
$ 20 79820 Set. 23
__________________________________________
CC CONSULTORES S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, Pcia. de Santa Fe, se ordena la publicación del siguiente edicto, referido a la constitución de SRL “CC Consultores S.R.L.”.
Integrantes: María Silvia Coronel, argentina, nacida el 24 de enero de 1960, DNI 13.752.533, de profesión contadora pública, de estado civil divorciada, con domicilio en calle Cerrito 1792 de la ciudad de Rosario y José Cumbo Nacheli, argentino, nacido el 3 de setiembre de 1947, LE 6.073.241, de profesión contador público, con domicilio en calle Moreno 2499 de la ciudad de Rosario, hábiles para contratar.
Constitución: por instrumento privado de fecha 7 de setiembre de 2009.
Denominación: CC CONSULTORES S.R.L.
Domicilio: 9 de Julio 1981 1° C Rosario.
Duración: 5 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios en actividades inmobiliarias, administración de propiedades inmuebles, de proyectos inmobiliarios, atención técnica, informes, estudios de mercados, realizados y suministrados por profesionales con título habilitante, si correspondiera, asesoramiento contable, administrativo y financiero, excepto la intermediación inmobiliaria, y siempre relacionadas con el objeto inmobiliario previsto. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto.
Capital: El capital social se fija en la suma de $ 30.000 (pesos treinta mil) dividido y representado por 30 (treinta) cuotas de $ 1000 (pesos mil) cada una. Le corresponde a María Silvia Coronel 21 (veintiún) cuotas por un total de $ 21.000 (pesos veintiún mil) y a José Cumbo Nacheli, 9 (nueve) cuotas por un total de $ 9.000 (pesos nueve mil), que los socios suscriben e integran en un 25% (veinticinco por ciento) en efectivo en este acto y el saldo, es decir la suma de $ 22.500 (pesos veintidós mil quinientos) también en dinero efectivo dentro de los 24 (veinticuatro) meses de la fecha, en las respectivas proporciones mencionadas, es decir que la Sra. María Silvia Coronel integrará la suma de $ 15.750 (pesos quince mil setecientos cincuenta) y el Sr. José Cumbo Nacheli la suma de $ 6.750 (pesos seis mil setecientos cincuenta) .
Administración, dirección y Representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de dos gerentes que podrán ser socios o no, designándose como tales en este acto a la Sra. María Silvia Coronel y al Sr. José Cumbo Nacheli. La designación y remoción de los gerentes será resuelta por la asamblea de socios con el voto favorable de la mayoría absoluta de votos computados según el capital. El uso de la firma social para todos los actos y contratos inherentes al objeto social estará a cargo de los gerentes en forma individual e indistinta, quienes obligarán a la sociedad con su firma particular con el aditamento de “socio” o “socio gerente”, precedida de la denominación social CC Consultores S.R.L., su abreviatura o la sigla indicativa del tipo social, que estampará en sello o de su puño y letra.
A los fines del cumplimiento del objeto social la sociedad podrá actuar como fiduciaria de fideicomiso no financiero y con las limitaciones del artículo 5° de la ley 24441. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones estarán facultados para realizar todos los actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, sin limitación alguna, incluso los previstos en los artículos 782 y 1881 del Código Civil, y los actos del artículo 9 del decreto Ley 5965/63, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de agosto de cada año.
Fiscalización: a cargo de todos los socios.
Fallecimiento o incapacidad de algún socio. La sociedad no se disuelve por muerte o incapacidad de los socios. En caso de fallecimiento, incapacidad o cualquier otro acaecimiento en la persona del socio que importe su desvinculación de la sociedad, los herederos o sucesores podrán optar por: a) continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido o declarado incapaz, debiendo en tal caso unificar su representación en una única persona, socia o no; b) retirarse de la sociedad, percibiendo el valor proporcional de las cuotas del socio fallecido o declarado incapaz y las demás acreencias que hubiere, de acuerdo al balance que se practicará al efecto a la fecha del fallecimiento o declaración de la incapacidad conforme a valores reales. Tal balance deberá ser confeccionado dentro de los sesenta días de comunicado a la sociedad el fallecimiento o declaración de incapacidad, por los gerentes con citación de los herederos de los sucesores o sus representantes, debiendo éstos unificar su representación. El haber que resulte, incluido capital, reservas, utilidades no distribuidas y demás acreencias, les será abonado en cuatro cuotas trimestrales, iguales y consecutivas con un interés sobre saldos igual a la tasa del Banco Central para operaciones de descuento de documentos en general, a contar del día en que los herederos o sucesores comunican el fallecimiento o declaración de incapacidad a la sociedad y consocios. La opción deberán ejercerla dentro del término de 30 días del fallecimiento o declaración de incapacidad; transcurrido dicho término sin hacerlo se presume que continúan en la sociedad. Este término se suspende en caso que la sociedad no cumpliera con la obligación de confección del balance especial indicado en el punto b).
La incorporación de los herederos del socio fallecido quedará supeditada a la aprobación del o los socios supérstites, los que decidirán por unanimidad. La decisión que rechace la incorporación dará derecho a los herederos a exigir el haber del causante conforme lo preceptuado en el párrafo anterior.
Cesión de cuotas. La cesión de cuotas entre los socios es libre. Para la cesión de cuotas a terceros extraños se seguirá el procedimiento del art. 152 de la ley 19550/72. Existe para los socios y/o para la sociedad derecho de preferencia con prioridad inexcusable para adquirir las cuotas del socio saliente, todo conforme al siguiente procedimiento: 1) El socio cedente deberá comunicar a la gerencia y a sus consocios el nombre y apellido del cesionario, como así también el precio convenido, las condiciones de la cesión y la forma de pago. 2) La sociedad y los socios deberán decidir y optar dentro de los treinta días de operada la comunicación a la gerencia, debiendo dejarse constancia en el libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el registro Público de Comercio. Vencido el plazo se tendrá por acordada la conformidad y por no ejercitada la preferencia.
$ 88 79802 Set. 23
__________________________________________
MAGIVA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se ha ordenado la siguiente publicación:
1) Socios: Hugo Ricardo Ivaldi, DNI 11.889.470, argentino, nacido el 8 de Febrero de 1956, de estado civil casado en 1° nupcias con María Rosa Luján Tinnirello, DNI 13.060.348, domiciliado en calle San Lorenzo 1037 de la ciudad de Granadero Baigorria, comerciante y Daniel Oscar Magagnini, D.N.I. N° 12.199.381, de nacionalidad argentino, nacido el 14 de Setiembre de 1958, de profesión comerciante, de estado civil casado en 1° nupcias con Marta Graciela Lencina DNI 27.140.025, con domicilio real en calle Misiones 2535 de la ciudad de Granadero Baigorria.
2) Cambio de Objeto social: el mismo queda redactado de la sgte. manera: “Ya sea por cuenta propia, por cuenta de terceros o asociados a terceros, dedicarse a la comercialización mayorista, a la importación y/o exportación, almacenaje, depósito, transporte y distribución de: a) lubricantes de origen mineral y sintéticos y otros productos químicos para el automotor y b) accesorios para el automotor.”
3 ) Fecha del instrumento: 9 de Setiembre de 2009.
4) Incremento del Capital Social a la suma de $ 100.000, dividido en 1000 cuotas de $ 100, cada una.
5) Reactivar la empresa por el término de 10 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente reactivación.
Rosario, setiembre de 2009. Expte 3024/09. Hugo Orlando Vigna, secretario.
$ 15 79806 Set. 23
__________________________________________
EGUZKI S.A. CONSTITUYENDOSE AZKEN S.A. ZEZEN S.A.
IDIAZABAL S.A. y AGUR S.A.
ESCISION
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, según Resolución de fecha 8 de Setiembre de 2009, se ordena la publicación de Edictos en el BOLETIN OFICIAL:
En la localidad de San Gregorio, zona rural, Dep. de Gral. López, Prov. De Santa Fe, a los 29 días del mes de Agosto de 2008, se reúnen en Asamblea General Extraordinaria los accionistas de EGUZKI S.A., debidamente convocados por el Directorio, en forma directa y personal. Asume la Presidencia el Sr. Presidente del Directorio Alberto Aseguinolaza, quien declara abierto el acto siendo las 18 horas. Manifiesta que de acuerdo al Registro de Acciones y Asistencia a Asambleas, se hallan presentes cuatro (4) accionistas que totalizan el 100% del Capital Social, por lo tanto la presente Asamblea debe ser considerada unánime y en condiciones de sesionar. De inmediato, el Sr. Presidente pone a consideración la documentación relativa a la presente asamblea, la que al ser considerada se aprueba por unanimidad. El Sr. Presidente pone a consideración el temario preparado como orden del día, el que se transcribe:
l. Designación de dos accionistas para que junto con el presidente, redacten, aprueben y firmen el Acta de la Asamblea.
2. consideración de la Escisión de la sociedad EGUZKI S.A., que sin disolverse destina parte de su patrimonio para constituir AZKEN S.A.. ZEZEN S.A., IDIAZABAL S.A. Y AGUR S.A.
3. Consideración del balance especial de escisión cerrado el 31 de Mayo de 2008.
4. Consideración de la relación de cambio.
5. Consideración del estatuto de “AZKEN S.A.”. Fijar Domicilio Social.
6. Emisión, suscripción e integración del Capital Social de “AZKEN S.A.” .
7. Consideración de la composición del Directorio de AZKEN S.A.
Designación de sus miembros.
8. Consideración del estatuto de “ZEZEN S.A.”. Fijar Domicilio Social.
9. Emisión, suscripción e integración del Capital Social de “ZEZEN S.A. “
10. Consideración de la composición del Directorio de “ZEZEN S.A.”. Designación de sus miembros.
11.Consideración del estatuto de “IDIAZABAL S.A.”. Fijar Domicilio Social.
12. Emisión, suscripción e integración del Capital Social de “IDIAZABAL S.A.”
13. Consideración de la composición del Directorio de “IDIAZABAL S.A.”. Designación de sus miembros.
14. Consideración del estatuto de “AGUR S.A.”. Fijar Domicilio Social.
15. Emisión, suscripción e integración del Capital Social de “AGUR S.A. “
16. Consideración de la composición del Directorio de “AGUR S.A.”. Designación de sus miembros.
17. Designación de quiénes tendrán a su cargo las gestiones por ante la Autoridad de Control y el Registro Público de Comercio.
De inmediato se pasa a tratar el primer punto del orden del día, que dice:
1. Designación de dos accionistas para que junto con el presidente, redacten, aprueben y firmen el Acta de la Asamblea. Por unanimidad se aprueba que dada la característica de esta Asamblea que todos los presentes procedan a redactar, aprobar y firmar el acta de la asamblea. Pasado a tratar el segundo punto del orden del día, que dice:
2. Consideración de la Escisión de la sociedad EGUZKI S.A., que sin disolverse destina parte de su patrimonio para constituir AZKEN S.A. ZEZEN S.A. IDIAZABAL S.A. y AGUR S.A.
El Sr. Presidente manifiesta que esta Asamblea es la culminación de una serie de tramitaciones y acuerdos a fin de lograr la completa coordinación e independencia de ciertas actividades que desarrolla la sociedad.
Hace notar que la Sociedad Eguzki S.A., está originalmente inscripta en Estatutos en Venado Tuerto, el 21 de septiembre de 2001, al T° I F° 106/107 N° 082, con una duración de 99 años desde su inscripción, y con un Capital Social de $ 30.000 representado por 30.000 acciones de valor nominal $ 1 (Pesos Uno) cada una de clase A de 1 (un) voto cada una, debidamente inscripta en AFIP bajo el CUIT 30-70762707-3. Agrega que se han cumplido con todas las obligaciones exigidas por las normativas legales vigentes; entre ellas con lo dispuesto por el art. 88 y siguientes de la Ley de Sociedades Comerciales y en las Resoluciones de la AFIP-DGI y que a tal efecto se han cumplido con todas las exigencias normativas, en especial la confección del Balance Especial que ha sido preparado para esta escisión, que obra en poder de los accionistas y que es tenido en cuenta a fin de adoptar esta escisión. Pone de relieve además que los proyectos de Estatutos de AZKEN S.A. ZEZEN S.A. IDIAZABAL S.A. y AGUR S.A. ya han sido puestos a disposición de los presentes con la anticipación necesaria.
Concluida la exposición se pone a consideración lo manifestado por el Sr. Presidente, resultando aprobado por Unanimidad. Acto seguido se pone a consideración el punto tercero del orden del día:
3. Consideración del balance especial de escisión cerrado el 31 de Mayo de 2008. En este sentido el Sr. Presidente informa que conforme a dicho Balance el estado del Patrimonio de la Sociedad EGUZKI S.A., al 31/05/08 presenta el siguiente cuadro:
Activos Corrientes $ 1.529.359,62
Activos No Corrientes $ 260.583,03
Total Activo $ 1.789.942,65
Pasivos Corrientes $ 438.377,89
Pasivos No Corrientes $ 500
Total Pasivo $ 438.877,89
Patrimonio Neto $ 1.351.064,76
Capital Social $ 30.000
Ajuste Capital $ 330.732,84
Aportes Irrevocables $ 246.241,17
Reserva Legal $ 23.655,68
Res. No asignados $ 720.435,07
PN Más Pasivo $ 1.789.942,65
El Sr. Presidente manifiesta que en la Escisión se transferirán como Activo a las nuevas sociedades AZKEN S.A.. ZEZEN S.A.. IDIAZABAL S.A. y AGUR S.A., todo el dinero en efectivo al 31 de Mayo de 2008, parte de las disponibilidades bancarias y la totalidad de los bienes inmuebles con sus alambrados que posee la sociedad EGUZKI S.A., asignando los lotes de la siguiente manera:
Lote “H” dominio T° 552 F° 200 N° 336945 según escritura del 27/04/07 Dpto. Gral. López a AZKEN S.A. Lote “A” dominio T° 552 F° 194 N° 336942 según escritura del 27/04/07 Dpto. Gral. López a ZEZEN S.A. Lote “B” dominio T° 552 F° 198 N° 336944 según escritura del 27/04/07 Dpto. Gral. López a IDIAZABAL S.A.
Lote “E” dominio T° 552 F° 196 N° 336943 según escritura del 27/04/07 Dpto. Gral. López a AGUR S.A. Manifiesta que como Patrimonio Neto, se destina parte de la cuenta Resultados No Asignados, que se distribuye para constituir el Capital Social de cada una de las sociedades Escisionarias en $ 70.000. Por lo tanto la cifra definitiva transferida de la cuenta Resultados No Asignados, es de $ 280.000 (doscientos Ochenta mil pesos).
Teniendo en cuenta la relación de Capital que tiene cada accionista, cuyo porcentaje se detalla en el cuadro siguiente:
Alberto Aseguinolaza posee $ 7.500 de capital es decir 25% Luis Aseguinolaza posee $ 7.500 de capital es decir 25% Eduardo Aseguinolaza posee $ 7.500 de capital es decir 25% María Josefa Aseguinolaza posee $ 7.500 de capital es decir 25% Capital Social $ 30.000 100%. Le corresponde a cada accionista, del monto que se establece a distribuir: Al Sr. Alberto Aseguinolaza, el 25% de $ 280.000, es decir la suma de $ 70.000 de los cuales $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AZKEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de ZEZEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de IDIAZABAL S.A. y $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AGUR S.A. Al Sr. Luis Aseguinolaza, el 25% de $ 280.000, es decir la suma de $ 70.000 de los cuales $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AZKEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de ZEZEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de IDIAZABAL S.A. y $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AGUR S.A. Al Sr. Eduardo Aseguinolaza, el 25% de $ 280.000, es decir la suma de $ 70.000 de los cuales $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AZKEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de ZEZEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de IDIAZABAL S.A. y $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AGUR S.A. A la Sra. María Josefa Aseguinolaza, el 25% de $ 280.000, es decir la suma de $ 70.000 de los cuales $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AZKEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de ZEZEN S.A., $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de IDIAZABAL S.A. y $ 17.500 se aplicarán como Capital Social de AGUR S.A. Conforme a lo aprobado los Estados Patrimoniales de AZKEN S.A.. ZEZEN S.A.. IDIAZABAL S.A. y AGUR S.A. quedan así conformados:
AZKEN S.A.
ACTIVOS CORRIENTES $ 29.775,40
ACTIVOS NO CORRIENTES $ 40.224,60
TOTAL ACTIVO $ 70.000
PATRIMONIO NETO $ 70.000
CAPITAL SOCIAL $ 70.000
ZEZEN S.A.
ACTIVOS CORRIENTES $ 33.030,61
ACTIVOS NO CORRIENTES $ 36.969,39
TOTAL ACTIVO $ 70.000
PATRIMONIO NETO $ 70.000
CAPITAL SOCIAL $ 70.000
IDIAZABAL S.A.
ACTIVOS CORRIENTES $ 35.575,65
ACTIVOS NO CORRIENTES $ 34.424,35
TOTAL ACTIVO $ 70.000
PATRIMONIO NETO $ 70.000
CAPITAL SOCIAL $ 70.000
AGUR S.A.
ACTIVOS CORRIENTES $ 30.485,19
ACTIVOS NO CORRIENTES $ 39.514,81
TOTAL ACTIVO $ 70.000
PATRIMONIO NETO $ 70.000
CAPITAL SOCIAL $ 70.000
Por consiguiente el Estado Patrimonial post-escisión de EGUZKI S.A. queda así conformado:
ACTIVOS CORRIENTES $ 1.400.492,77
ACTIVOS NO CORRIENTES $ 109.449,88
TOTAL ACTIVO $ 1.509.942,65
PASIVOS CORRIENTES $ 438.377,89
PASIVOS NO CORRIENTES $ 500
TOTAL PASIVO $ 438.877,89
PATRIMONIO NETO $ 1.071.064,76
CAPITAL SOCIAL $ 30.000
AJUSTE CAPITAL $ 330.732,84
APORTES IRREVOCABLES $ 246.241,17
RESERVA LEGAL $ 23.655,68
RES. NO ASIGNADOS $ 440.435,07
PN MAS PASIVO $ 1.509.942,65
Luego de un intercambio de opiniones puesto a consideración lo expuesto por el Sr. Presidente, resulta aprobado por unanimidad. De inmediato se pone a consideración el punto cuarto del orden del día:
4. Consideración de la relación de cambio. El Sr. Presidente manifiesta que conforme a lo expuesto en el punto anterior han quedado determinados los capitales de las nuevas sociedades y la relación de cambio de la siguiente manera:
SOCIEDADES ESCISIONARIAS
IDIAZABAL
SOCIO ZEZEN S.A. AZKEN S.A. S.A. AGUR S.A. TOTAL
EDUARDO ASEGUINOLAZA $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 70.000
ALBERTO ASEGUINOLAZA $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 70.000
LUIS ASEGUINOLAZA $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 70.000
MARIA JOSEFA ASEGUINOLAZA $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 17.500 $ 70.000
TOTAL $ 70.000 $ 70.000 $ 70.000 $ 70.000
5. Consideración del Estatuto de AZKEN S.A.
El Sr. Presidente manifiesta que habiéndose puesto a disposición de los accionistas de la sociedad escindente el Proyecto de estatuto de AZKEN S.A., solicita no dar lectura al mismo y pasarse a su consideración. Al considerársele resulta aprobado por unanimidad por lo que se transcribe íntegramente:
ESTATUTO SOCIAL DE AZKEN S.A.
TITULO I
Denominación, Domicilio, Plazo y Objeto:
1°: La sociedad se denomina “AZKEN S.A.” y tiene su domicilio legal en la Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe, pudiendo el directorio establecer sucursales y representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero.
2°: su duración es de 50 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
3°: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada con éstos, a las siguientes actividades: I) Referidas al Agro: La Producción, Elaboración, Comercialización, Importación y Exportación de Productos Agropecuarios. II) Inmobiliarias: la compraventa, arrendamiento y permuta de bienes inmuebles rurales, con excepción de toda intermediación en compraventa de inmuebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas en los artículos 1881 y concordantes del Código Civil y artículo 9 Libro II Título X del Código de Comercio, como así también todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este estatuto autorizan.
TITULO II: CAPITAL
4°: El Capital Social asciende a la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil) representado por 700 (Setecientas) acciones de $ 100 (cien pesos) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19.550.
5°: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias.
6°: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto.
7°: Los títulos representativos de acciones y los artículos 211 y 212 de la ley 19.550. Se podrán emitir títulos representativos de más de una acción.
8°: En caso de mora en la integración del Capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el art. 193 de la Ley 19.550.
TITULO III: Administración y Representación:
9°: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por socios o no socios designados por la asamblea y en el número de titulares que fije la misma, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco Titulares. Los Directores durarán en sus funciones tres ejercicios, pudiendo ser reelectos. La misma asamblea designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un Vice-Presidente, que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento temporario o definitivo; asimismo deberá designar Directores Suplentes en igual o menor número que los Directores Titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes teniendo el Presidente o quien lo reemplace estatutariamente voto decisorio en caso de empate. El directorio se reunirá como mínimo una vez cada tres meses. La asamblea fija la remuneración del Directorio.
10°: En tanto la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el art. 299 de la ley 19.550, prescindirá de la sindicatura conforme lo autoriza el Art. 284 de la ley de sociedades comerciales t.o. 1984, ejerciendo los socios el derecho de contralor, pudiendo examinar los libros y papeles sociales y recabar del directorio los informes que estimen pertinentes. Cuando por aumento del Capital Social resulte excedido el límite que fija el inciso 2° del art. 299, la Asamblea que así lo resolviera deberá designar Síndico titular y Suplente por un ejercicio sin que sea necesaria la reforma del estatuto.
11°: Los directores prestarán como garantía la suma de $ 7.000 (pesos Siete Mil) cada uno de ellos, en dinero en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad o moneda extranjera, al momento de asumir sus funciones, que será depositada en la caja de la sociedad o en cuenta bancaria habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, una vez finalizada la gestión y aprobada por la Asamblea de Accionistas.
12°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Art. 1.881 del Código Civil y Art. 9 del decreto/ley 5.965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del Objeto Social, entre ellos, operar con toda clase de Instituciones de Crédito, oficiales o privadas, existentes o a crearse en el futuro; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La única limitación existente corresponde al otorgamiento de garantías o fianzas a terceros que nada tengan que ver con la sociedad. La Representación Legal y el uso de la firma social corresponden al Presidente del Directorio o a quien lo reemplace estatutariamente. El Directorio por resolución del mismo podrá designar gerentes y/o apoderados generales o especiales, miembros del Directorio o no, a quienes se les conferirá poder para firmar individual o conjuntamente. Los gerentes y demás apoderados de la Sociedad que se designan tendrán las funciones y atribuciones que se determinen en los respectivos poderes, los cuales subsistirán no obstante las sucesivas renovaciones del Directorio, hasta tanto no sean revocados y la revocación inscripta en el Registro Público de comercio de Rosario.
TITULO IV: Asambleas:
13°: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria en la forma establecida para la primera por el art. 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera.
14°: Rigen el quórum y las mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de Asamblea, convocatorias y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.
15°: El ejercicio Social cierra el 31 de Mayo de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio social, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de contralor. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% a alcanzar el 20% del Capital Suscripto para el fondo de Reserva Legal; b) a remuneración del Directorio y Síndico, en caso de haber sido designado; c) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de Previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.
16°: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el o los liquidadores designados por la Asamblea bajo la vigilancia del Síndico, si hubiera sido designado, conforme a los artículos 101 y siguientes de la ley 19.550. Cancelado el Pasivo y reembolsado el Capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas de acuerdo a la participación de cada uno sobre el Capital Social y con las preferencias indicadas en el artículo anterior. De inmediato se pone a consideración el punto 6 del orden del día.
6 Emisión, Suscripción e Integración del Capital Social De AZKEN S.A.
El señor Presidente informa que de acuerdo al Estado Patrimonial aprobado anteriormente, el capital social fijado en la suma de $ 70.000 (setenta mil pesos) se resolvió que se efectuará por capitalización de la cuenta Resultados No Asignados que se transfiriera a AZKEN S.A. De acuerdo al punto 4 la suscripción del capital social queda conforme al siguiente cuadro:
Nombre y Apellido Cantidad Valor total total Clase Cantidad de
de unitario suscripto integrado votos
acciones
Acción Total
Eduardo 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Luis 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Alberto 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
María Josefa 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Los números de inscripción en Afip de cada uno de los accionistas son: Eduardo Aseguinolaza C.U.I.T. 20-14888564-9. Luis Aseguinolaza C.U.I.T.I. 20-12804654-3. Alberto Aseguinolaza C.U.I.T.20-06062682-1
María Josefa Aseguinolaza C.U.I.T. 23-13965972-4
Fijación Del Domicilio Social: De Conformidad con el art. 1) La sociedad AZKEN S.A. se fija domicilio social en calle Sarmiento N° 408 de la localidad de San Gregorio, Depto Gral. López, Prov. de Santa Fe.
Consideración de la Composición del Directorio De AZKEN S.A.: Designación de sus miembros. De conformidad con el art. 9° de los estatutos aprobados el Directorio de AZKEN S.A. se conformará entre uno (1) y cinco (5) titulares con una duración en sus mandatos de tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar igualo menor número de suplentes. Por Unanimidad se resuelve que el Directorio quede conformado por un (1) Director Titular y se designe a un (1) Suplente.
Al procederse a su elección quedan designados: Director Titular: Eduardo Aseguinolaza, como Presidente. Director Suplente: Luis Aseguinolaza. Los datos de identidad de los electos son respectivamente: Eduardo Aseguinolaza: argentino, nacido el 04/05/1962; empresario, divorciado de 1° nupcias de Viviana Andrea Costamagna (Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial Expte. 1553 Res. N° 650 de fecha 28/12/98, Art. 215, con domicilio en Zona rural de San Gregorio, con DNI 14.888.564 (C.U.I.T. 20-14888564-9). Luis Aseguinolaza: argentino, nacido el 3 de Marzo de 1957, Casado en 1° nupcias con María Anunciada Silvia Muggeri, Ingeniero Electrónico, con Domicilio en Díaz de la Peña 3976 de la ciudad de Córdoba, con D.N.I. 12.804.654 (CUIT 2012804654-3). Se fija además el domicilio especial de los señores directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 256 in fine de la ley 19.550, en la misma sede social: Sarmiento N° 408 Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe.
Estatuto Social DE ZEZEN S.A.
TITULO I
Denominación Domicilio. Plazo y Objeto:
1°: La sociedad se denomina “ZEZEN S.A.” y tiene su domicilio legal en la Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe, pudiendo el directorio establecer sucursales y representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero.
2°: su duración es de 50 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
3°: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada con éstos, a las siguientes actividades: III) Referidas al Agro: La Producción, Elaboración, Comercialización, Importación y Exportación de Productos Agropecuarios. IV) Inmobiliarias: la compraventa, arrendamiento y permuta de bienes inmuebles rurales, con excepción de toda intermediación en compraventa de inmuebles.
Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas en los artículos 1881 y concordantes del Código Civil y art. 9 Libro II Título X del Código de Comercio, como así también todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este estatuto autorizan.
TITULO II: CAPITAL
4°: El Capital Social asciende a la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil) representado por 700 (Setecientas) acciones de $ 100 (cien pesos) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19.550.
5°: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias.
6°: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto.
7°: Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales contendrán las menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la ley 19.550. Se podrán emitir títulos representativos de más de una acción.
8°: En caso de mora en la integración del Capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el art. 193 de la Ley 19.550.
TITULO III: Administración y Representación:
9°: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por socios o no socios designados por la asamblea y en el número de titulares que fije la misma, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco Titulares. Los Directores durarán en sus funciones tres ejercicios, pudiendo ser reelectos. La misma asamblea designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un Vice-Presidente, que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento temporario o definitivo; asimismo deberá designar Directores Suplentes en igual o menor número que los Directores Titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes teniendo el Presidente o quien lo reemplace estatutariamente voto decisorio en caso de empate. El directorio se reunirá como mínimo una vez cada tres meses. La asamblea fija la remuneración del Directorio.
10°: En tanto la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el art. 299 de la ley 19.550, prescindirá de la sindicatura conforme lo autoriza el Art. 284 de la ley de sociedades comerciales t.o. 1984, ejerciendo los socios el derecho de contralor, pudiendo examinar los libros y papeles sociales y recabar del directorio los informes que estimen pertinentes. Cuando por aumento del Capital Social resulte excedido el límite que fija el inciso 2° del art. 299, la Asamblea que así lo resolviera deberá designar Síndico Titular y Suplente por un ejercicio sin que sea necesaria la reforma del estatuto.
11°: Los directores prestarán como garantía la suma de $ 7.000 (pesos Siete Mil) cada uno de ellos, en dinero en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad o moneda extranjera, al momento de asumir sus funciones, que será depositada en la caja de la sociedad o en cuenta bancaria habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, una vez finalizada la gestión y aprobada por la Asamblea de Accionistas.
12°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Art. 1.881 del Código Civil y Art. 9 del decreto/ley 5.965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del Objeto Social, entre ellos, operar con toda clase de Instituciones de Crédito, oficiales o privadas, existentes o a crearse en el futuro; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o extra judiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La única limitación existente corresponde al otorgamiento de garantías o fianzas a terceros que nada tengan que ver con la sociedad. La Representación Legal y el uso de la firma social corresponden al Presidente del Directorio o a quien lo reemplace estatutariamente. El Directorio por resolución del mismo podrá designar gerentes y/o apoderados generales o especiales, miembros del Directorio o no, a quienes se les conferirá poder para firmar individual o conjuntamente. Los gerentes y demás apoderados de la Sociedad que se designan tendrán las funciones y atribuciones que se determinen en los respectivos poderes, los cuales subsistirán no obstante las sucesivas renovaciones del Directorio, hasta tanto no sean revocados y la revocación inscripta en el Registro Público de comercio de Rosario.
TITULO IV: Asambleas
13°: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria en la forma establecida para la primera por el art. 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera.
14°: Rigen el quórum y las mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de Asamblea, convocatorias y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.
15°: El ejercicio Social cierra el 31 de Mayo de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio social, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de contralor. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% a alcanzar el 20% del Capital Suscripto para el fondo de Reserva Legal; b) a remuneración del Directorio y Síndico, en caso de haber sido designado; e) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de Previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.
16°: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el o los liquidadores designados por la Asamblea bajo la vigilancia del Síndico, si hubiera sido designado, conforme a los artículos 101 y siguientes de la ley 19.550. Cancelado el Pasivo y reembolsado el Capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas de acuerdo a la participación de cada uno sobre el Capital Social y con las preferencias indicadas en el artículo anterior. De inmediato se pone a consideración el punto 9 del orden del día.
9 Emisión Suscripción e Integración del Capital Social de ZEZEN S.A.
El señor Presidente informa que de acuerdo al Estado Patrimonial aprobado anteriormente, el capital social fijado en la suma de $ 70.000 (setenta mil pesos) se resolvió que se efectuara por capitalización de la cuenta Resultados No Asignados que se transfiriera a ZEZEN S.A. De acuerdo al punto 4 la suscripción del capital social queda conforme al siguiente cuadro:
Nombre y Apellido Cantidad Valor total total Clase Cantidad de votos
de unitario suscripto integrado
acciones Acción Total
Eduardo 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Luis 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Alberto 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
María Josefa 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Los números de inscripción en Afip de cada uno de los accionistas son: Eduardo Aseguinolaza C.U.I.T. 20-14888564-9 Luis Aseguinolaza C.U.I.T. 20-12804654-3 Alberto Aseguinolaza C.U.I.T. 20-06062682-1 María Josefa Aseguinolaza C.U.I.T. 23-13965972-4
Fijación del Domicilio Social: De Conformidad con el art. 1) La sociedad ZEZEN S.A. se fija domicilio social en calle Sarmiento N° 408 de la localidad de San Gregorio, Depto Gral. López, Prov. De Santa Fe.
Consideración de la Composición del Directorio De ZEZEN S.A. Designación de sus miembros. De conformidad con el artículo 9° de los estatutos aprobados el Directorio de ZEZEN S.A. se conformará entre uno (1) y cinco (5) titulares con una duración en sus mandatos de tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar igualo menor número de suplentes. Por Unanimidad se resuelve que el Directorio quede conformado por un (1) Director Titular y se designe a un (1) Suplente.
Al procederse a su elección quedan designados: Director Titular: Alberto Aseguinolaza, como Presidente. Director Suplente: María Josefa Aseguinolaza
Los datos de identidad de los electos son respectivamente: Alberto Aseguinolaza: argentino, nacido el 17/12/1945; ingeniero agrónomo, casado en 1° nupcias con Norma Beatriz Gómez, con domicilio en calle Belgrano N° 925 de San Gregorio, con L.E. 6.062.682 (C.U.I.T. 20-06062682-1). María Josefa Aseguinolaza, argentina, nacida el 25 de Junio de 1960, divorciada en 1° nupcias con Carlos Antonio Bertolino (Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial, Expte N° 331/91, sentencia N° 248 de fecha 15/04/92), con domicilio en Zona Rural S/N de la localidad de San Gregorio, con DNI 13.965.972 (CUIT 23-13965972-4). Se fija además el domicilio especial de los señores directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el art. 256 in fine de la ley 19.550, en la misma sede social: Sarmiento N° 408 Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe.
Estatuto Social de IDIAZABAL S.A.
Título I Denominación, Domicilio. Plazo y Objeto:
1°: La Sociedad se denomina “IDIAZABAL S.A.” Y tiene su domicilio legal en la Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe, pudiendo el directorio establecer sucursales y representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero.
2°: Su duración es de 50 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
3°: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada con éstos, a las siguientes actividades: V) Referidas al Agro: La Producción, Elaboración, Comercialización, Importación y Exportación de Productos Agropecuarios. VI) Inmobiliarias: la compraventa, arrendamiento y permuta de, bienes inmuebles rurales, con excepción de toda intermediación en compraventa de inmuebles.
Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas en los artículos 1881 y concordantes del Código Civil y art. 9 Libro II Título X del Código de Comercio, como así también todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este estatuto autorizan.
TITULO II: CAPITAL
4°: El Capital Social asciende a la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil) representado por 700 (Setecientas) acciones de $ 100 (cien pesos) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19.550.
5°: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias.
6°: Cada acción ordinaria sus cripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto.
7°: Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales contendrán las menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la ley 19.550. Se podrán emitir títulos representativos de más de una acción.
8°: En caso de mora en la integración del Capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el art. 193 de la Ley 19.550.
TITULO III: Administración y Representación:
9°: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por socios o no socios designados por la asamblea y en el número de titulares que fije la misma, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco Titulares. Los Directores durarán en sus funciones tres ejercicios, pudiendo ser reelectos. La misma asamblea designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un Vice-Presidente, que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento temporario o definitivo; asimismo deberá designar Directores Suplentes en igual o menor número que los Directores Titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. El directorio funciona con la presencia de los votos presentes teniendo el Presidente o quien lo reemplace estatutariamente voto decisorio en caso de empate. El directorio se reunirá como mínimo una vez cada tres meses. La asamblea fija la remuneración del Directorio.
10°: En tanto la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el art. 299 de la ley 19.550, prescindirá de la sindicatura conforme lo autoriza el Art. 284 de la ley de sociedades comerciales t.o. 1984, ejerciendo los socios el derecho de contralor, pudiendo examinar los libros y papeles sociales y recabar del directorio los informes que estimen pertinentes. Cuando por aumento del Capital Social resulte excedido el límite que fija el inciso 2° del art. 299, la Asamblea que así lo resolviera deberá designar Síndico titular y Suplente por un ejercicio sin que sea necesaria la reforma del estatuto.
11°: Los directores prestarán como garantía la suma de $ 7.000 (pesos Siete Mil) cada uno de ellos, en dinero en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad o moneda extranjera, al momento de asumir sus funciones, que será depositada en la caja de la sociedad o en cuenta bancaria habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, una vez finalizada la gestión y aprobada por la Asamblea de Accionistas.
12°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Art. 1.881 del Código Civil y Art. 9 del decreto/ley 5.965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del Objeto Social, entre ellos, operar con toda clase de Instituciones de Crédito, oficiales o privadas, existentes o a crearse en el futuro; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La única limitación existente corresponde al otorgamiento de garantías o fianzas a terceros que nada tengan que ver con la sociedad.
La Representación Legal y el uso de la firma social corresponden al Presidente del Directorio o a quien lo reemplace estatutariamente. El Directorio por resolución del mismo podrá designar gerentes y/o apoderados generales o especiales, miembros del Directorio o no, a quienes se les conferirá poder para firmar individual o conjuntamente. Los gerentes y demás apoderados de la Sociedad que se designan tendrán las funciones y atribuciones que se determinen en los respectivos poderes, los cuales subsistirán no obstante las sucesivas renovaciones del Directorio, hasta tanto no sean revocados y la revocación inscripta en el Registro Público de comercio de Rosario.
TITULO IV ASAMBLEAS:
13°: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria en la forma establecida para la Primera por el art. 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera.
14°: Rigen el quórum y las mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de Asamblea, convocatorias y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.
15°: El ejercicio Social cierra el 31 de Mayo de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio social, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de contralor. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% a alcanzar el 20% del Capital Suscripto para el fondo de Reserva Legal; b) a remuneración del Directorio y Síndico, en caso de haber sido designado; c) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de Previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.
16°: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el o los liquidadores designados por la Asamblea bajo la vigilancia del Síndico, si hubiera sido designado, conforme a los artículos 101 y siguientes de la ley 19.550. Cancelado el Pasivo y reembolsado el Capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas de acuerdo a la participación de cada uno sobre el Capital Social y con las preferencias indicadas en el artículo anterior. De inmediato se pone a consideración el punto 12 del orden del día.
12 Emisión, Suscripción e Integración del Capital Social de IDIAZABAL S.A.
El señor Presidente informa que de acuerdo al Estado Patrimonial aprobado anteriormente, el capital social fijado en la suma de $ 70.000 (setenta mil pesos) se resolvió que se efectuara por capitalización de la cuenta Resultados No Asignados que se transfiriera a IDIAZABAL S.A.
De acuerdo al punto 4 la suscripción del capital social queda conforme al siguiente cuadro:
Nombre y Apellido Cantidad Valor total total Clase Cantidad de votos
de unitario suscripto integrado
acciones Acción Total
Eduardo 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Luis 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Alberto 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
María Josefa 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Los números de inscripción en Afip de cada uno de los accionistas son: Eduardo Aseguinolaza C.U.I.T.20-14888564-9. Luis Aseguinolaza C.U.I.T.20-12804654-3, Alberto Aseguinolaza C.U.I.T. 20-06062682-1, María Josefa Aseguinolaza C.U.I.T. 23-13965972-4
Fijación del Domicilio Social.
De Conformidad con el art. 1) La sociedad IDIAZABAL S.A. se fija domicilio social en calle Sarmiento N° 408 de la localidad de San Gregorio, Depto Gral. López, Prov. De Santa Fe.
Consideración de la Composición del Directorio De IDIAZABAL S.A. Designación de sus miembros. De conformidad con el art. 9° de los estatutos aprobados el Directorio de IDIAZABAL S.A. se conformará entre uno (1) y cinco (5) titulares con una duración en sus mandatos de tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar igualo menor número de suplentes. Por Unanimidad se resuelve que el Directorio quede conformado por un (1) Director Titular y se designe a un (1) Suplente.
Al procederse a su elección quedan designados: Director Titular: María Josefa Aseguinolaza, como Presidente. Director Suplente: Alberto Aseguinolaza. Los datos de identidad de los electos son respectivamente: María Josefa Aseguinolaza, argentina, nacida el 25 de Junio de 1960, divorciada en 1° nupcias con Carlos Antonio Bertolino
(Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial, Expte N° 331/91, sentencia N° 248 de fecha 15/04/92), con domicilio en Zona Rural S/N de la localidad de San Gregorio, con DNI 13.965.972 (CUIT 23-13965972-4).
Alberto Aseguinolaza: argentino, nacido el 17/12/1945; ingeniero agrónomo, casado en 1°° nupcias con Norma Beatriz Gómez, con domicilio en calle Belgrano N° 925 de San Gregorio, con L.E. 6.062.682 (C.U.I.T. 20-06062682-1). Se fija además el domicilio especial de los señores directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el art. 256 in fine de la ley 19.550, en la misma sede social:
Sarmiento N° 408, Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe.
Estatuto Social de AGUR S.A.
TITULO I Denominación, Domicilio. Plazo y Objeto:
1°: La sociedad se denomina “AGUR S.A..” Y tiene su domicilio legal en la Localidad de San Gregorio, Pcia. de Santa Fe, pudiendo el directorio establecer sucursales y representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero.
2°: su duración es de 50 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
3°: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada con éstos, a las siguientes actividades: VII) Referidas al Agro: La Producción, Elaboración, Comercialización, Importación y Exportación de Productos Agropecuarios y sus insumos. VIII) Inmobiliarias: la compraventa, arrendamiento y permuta de bienes inmuebles rurales, con excepción de toda intermediación en compraventa de inmuebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas en los artículos 1881 y concordantes del Código Civil y art. 9 Libro II Título X del Código de Comercio, como así también todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este estatuto autorizan.
TITULO II: CAPITAL
4°: El Capital Social asciende a la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil) representado por 700 (Setecientas) acciones de $ 100 (cien pesos) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19.550.
5°: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias.
6°: Cada acción ordinaria sus cripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto.
7°: Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales contendrán las menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la ley 19.550. Se podrán emitir títulos representativos de más de una acción.
8°: En caso de mora en la integración del Capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el art. 193 de la Ley 19.550.
TITULO III: Administración y Representación
9°: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por socios o no socios designados por la asamblea y en el número de titulares que fije la misma, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco Titulares. Los Directores durarán en sus funciones tres ejercicios, pudiendo ser reelectos. La misma asamblea designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un Vice-Presidente, que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento temporario o definitivo; asimismo deberá designar Directores Suplentes en igual o menor número que los Directores Titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes teniendo el Presidente o quien lo reemplace estatutariamente voto decisorio en caso de empate. El directorio se reunirá como mínimo una vez cada tres meses. La asamblea fija la remuneración del Directorio.
10°: En tanto la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el art. 299 de la ley 19.550, prescindirá de la sindicatura conforme lo autoriza el Art. 284 de la ley de sociedades comerciales t.o. 1984, ejerciendo los socios el derecho de contralor, pudiendo examinar los libros y papeles sociales y recabar del directorio los informes que estiman pertinentes. Cuando por aumento del Capital Social resulte excedido el límite que fija el inciso 2° del art. 299, la Asamblea que así lo resolviera deberá designar Síndico titular y Suplente por un ejercicio sin que sea necesaria la reforma del estatuto.
11°: Los directores prestarán como garantía la suma de $ 7.000 (Pesos Siete Mil) cada uno de ellos, en dinero en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad o moneda extranjera, al momento de asumir sus funciones, que será depositada en la caja de la sociedad o en cuenta bancaria habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, una vez finalizada la gestión y aprobada por la Asamblea de Accionistas.
12°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Art. 1.881 del Código Civil y Art. 9 del decreto/ley 5.965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del Objeto Social, entre ellos, operar con toda clase de Instituciones de Crédito, oficiales o privadas, existentes o a crearse en el futuro; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La única limitación existente corresponde al otorgamiento de garantías o fianzas a terceros que nada tengan que ver con la sociedad. La Representación Legal y el uso de la firma social corresponden al Presidente del Directorio o a quien lo reemplace estatutariamente. El Directorio por resolución del mismo podrá designar gerentes y/o apoderados generales o especiales, miembros del Directorio o no, a quienes se les conferirá poder para firmar individual o conjuntamente. Los gerentes y demás apoderados de la Sociedad que se designan tendrán las funciones y atribuciones que se determinen en los respectivos poderes, los cuales subsistirán no obstante las sucesivas renovaciones del Directorio, hasta tanto no sean revocados y la revocación inscripta en el Registro Público de comercio de Rosario.
TITULO IV ASAMBLEAS
13°: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria en la forma establecida para la primera por el art. 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera.
14°: Rigen el quórum y las mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de Asamblea, convocatorias y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.
15°: El ejercicio Social cierra el 31 de octubre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio social, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de contralor. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) 5% a alcanzar el 20% del Capital Suscripto para el fondo de Reserva Legal; b) a remuneración del Directorio y Síndico, en caso de haber sido designado; c) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de Previsión, o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.
16°: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el o los liquidadores designados por la Asamblea bajo la vigilancia del Síndico, si hubiera sido designado, conforme a los artículos 101 y siguientes de la ley 19.550. Cancelado el Pasivo y reembolsado el Capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas de acuerdo a la participación de cada uno sobre el Capital Social y con las preferencias indiccadas en el artículo anterior De inmediato se pone a consideración el punto 15 del orden del día.
15 Emisión Suscripción e Integración del Capital Social De AGUR S.A.
El señor Presidente informa que de acuerdo al Estado Patrimonial aprobado anteriormente, el capital social fijado en la suma de $ 70.000 (setenta mil pesos) se resolvió que se efectuara por capitalización de la cuenta Resultados No Asignados que se transfiriera a AGUR S.A.
De acuerdo al punto 4 la suscripción del capital social queda conforme al siguiente cuadro:
Nombre y Apellido Cantidad Valor total total Clase Cantidad de votos
de unitario suscripto integrado
acciones Acción Total
Eduardo 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Luis 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Alberto 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
María Josefa 175 $ 100 $ 17.500 $ 17.500 Ordinarias 5 875
Aseguinolaza
Los números de inscripción en Afip de cada uno de los accionistas son: Eduardo Aseguinolaza C.U.I.T. 20-14888564-9, Luis Aseguinolaza C.U.I.T. 20-12804654-3, Alberto Aseguinolaza C.U.I.T. 20-06062682-1, María Josefa Aseguinolaza C.U.I.T. 23-13965972-4
Fijación Del Domicilio Social:
De Conformidad con el art. 1) La sociedad AGUR S.A. se fija domicilio social en calle Sarmiento N° 408 de la localidad de San Gregorio, Depto Gral. López, Prov. De Santa Fe.
Consideración de la Composición del Directorio De AGUR S.A. Designación de sus miembros. De conformidad con el art. 9° de los estatutos aprobados el Directorio de AGUR S.A. se conformará entre uno (1) y cinco (5) titulares con una duración en sus mandatos de tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar igualo menor número de suplentes. Por Unanimidad se resuelve que el Directorio quede conformado por un (1) Director Titular y se designe a un (1) Suplente.
Al procederse a su elección quedan designados: Director Titular: Luis Aseguinolaza, como Presidente. Director Suplente: Eduardo Aseguinolaza
Los datos de identidad de los electos son respectivamente: Los datos de identidad de los electos son respectivamente: Luis Aseguinolaza: argentino, nacido el 3 de Marzo de 1957, Casado en 1° nupcias con María Anunciada Silvia Muggeri, Ingeniero Electrónico, con Domicilio en Díaz de la Peña 3976 de la ciudad de Córdoba, con D.N.I. 12.804.654 (CUIT 2012804654-3). Eduardo Aseguinolaza: argentino, nacido el 04/05/1962; empresario, divorciado de 1° nupcias de Viviana Andrea Costamagna (Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial Expte. 1553 Res. N° 650 de fecha 28/12/98, Art. 215, con domicilio en Zona rural de San Gregorio, con DNI 14.888.564 (C.U.I.T.20-14888564-9). Se fija además el domicilio especial de los señores directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el art. 256 in fine de la ley 19.550, en la misma sede social: Sarmiento N° 408, Localidad de San Gregorio, Provincia de Santa Fe.
Autorización para Gestión de Trámites:
Se resuelve por unanimidad autorizar al C.P. Ernesto Santiago Kopp, DNI. N° 26.152.211 para que realice todas las gestiones necesarias para obtener la conformidad de la autoridad de control e inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario, con amplias facultades para entregar o retirar documentación, aceptar o proponer modificaciones a la presente e inclusive delegar en terceros todos o parte de estos poderes.
No habiendo más puntos que tratar, se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación, firmando todos los asistentes al pie en el lugar y fecha al comienzo indicados, en Doce ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
San Gregorio, 17 de Setiembre de 2009
$ 990 79796 Set. 23
__________________________________________
MARCO POLO S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial 1° Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio se hace saber que: en los autos caratulados: Marco Polo S.R.L. s/Constitución de Sociedad, Expte. N° 837, Fº 323, Año 2009, en fecha 3 de setiembre de 2009, los señores Martina María Noel Monti Vaschetto de apellido materno Vaschetto nacida el 13 de julio de 1986, argentina, comerciante, soltera, domiciliada en Juan del Campillo 1336 de esta ciudad, D.N.I. 32.370.981 y el señor Antonio Gabriel Bertolino, de apellido materno Morano, nacido el 18 de mayo de 1971, argentino, ingeniero, casado con Lucia Persoglia, domiciliado en Chacabuco 1868 Piso 3° Departamento “A” de esta ciudad, DNI
22.168.076, CUIT 20-22168076-7; han resuelto constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuyos datos son los siguientes: Denominación: Marco Polo S.R.L., Domicilio: San Luis 3018 de la ciudad de Santa Fe, Duración: 10 años desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, Objeto: La explotación de bares, restaurantes, confiterías, salón de fiestas, discotecas, catering y servicios de gastronomía en general en el mercado local y del exterior; podrá dedicarse también a la atención de mandatos, representaciones y/o comisiones afines o no a dicho objeto. Capital Social: $ 60.000 (sesenta mil pesos) y se divide en cuotas de $ 10 (diez pesos) cada una; distribuidas entre los socios en la siguiente forma: Martina María Monti 4.200 (cuatro mil doscientas) cuotas que representan $ 42.000 (cuarenta y dos mil pesos) y Antonio Gabriel Bertolino 1.800 (mil ochocientas) cuotas que representan $ 18.000 (dieciocho mil pesos). Administración: Estará a cargo del socio Antonio G. Bertolino con el carácter de gerente. El uso de la firma social estará a cargo del gerente designado. Balances: El día 31 (treinta y uno) de agosto. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Santa Fe, 15 de setiembre de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.
$ 15 79743 Set. 23
__________________________________________