MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
CULTO
COMUNICADO
En las actuaciones tramitadas por
expediente n° 00201-0088996-1 caratulado: “ARFELI
MARCELO GUSTAVO, s/POLICIA SOLICITA DESTITUCION EN GRADO DE CESANTIA”, la
Dirección General de Despacho del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 02° de la norma citada, hace saber lo
siguiente:
“Decreto N°
0199- Santa Fe, 03 de febrero de 2005. VISTO el expediente...., y CONSIDERANDO:
... Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1) - Dejase cesante al señor
GUSTAVO MARCELO ARFELI ( CLASE 1966-M.I. 17.637.634) que revista como Agente en la Policía de
la Provincia, por infracción a lo dispuesto en el art.
15°, Inc. z) del Reglamento del Régimen Policial, de
conformidad a los Art. 26° Inc. a) y Art. 29° del
referido reglamento y Art. 62° del referido Reglamento y art.
62° Inc. a) de la ley del personal Policial Nro. 6769.
Artículo 2) Regístrese, comuníquese y
archívese. Fdo. Ing Jorge
Alberto Obeid, Gobernador de la Provincia de Santa Fe.”
En este mismo acto se le hace conocer
los términos de la Ley 12.071, sobre los derechos recursivos y plazos para
ejercerlos, conforme lo normado por Dto. N° 10.204/58
Art. 42: La Legislatura de la Provincia Sanciona con Fuerza de Ley: “Artículo
1° - En las notificaciones de decretos y resoluciones dictados en los
expedientes o actuaciones administrativas, o en general, de cualquier decisión
dictada por autoridad administrativa que niegue un derecho, imponga
obligaciones o no haga lugar a un recurso de revocatoria interpuesto, se hará
saber el derecho a interponer recursos y el plazo para hacerlo, conforme la
normativa vigente”.
S/C 26400 Set. 23
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COMUNICADO
En las actuaciones tramitadas por
expediente N° 00201- 000088076-4 caratulado: “PEREYRA
MARIA ISABEL, s/POLICIA SOLICITA DESTITUCION EN GRADO DE CESANTIA..” la
Dirección General de Despacho del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 02° de la norma citada, hace saber lo
siguiente:
“DECRETO N°
0201- SANTA FE, 03 de febrero de 2005. VISTO el expediente...., y
CONSIDERANDO:...Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Artículo 1) - Dejase cesante a la
señorita MARIA ISABEL PEREYRA ( Clase 1970- M.I. 21.523.635) que revista como AGENTE en la Policía de la
Provincia, Departamento ROSARIO, de conformidad a lo dispuesto en los art. l5°, Inc. d), Art. 26° Inc. a) y Art. 29° del reglamento del Régimen Disciplinario
Policial y art. 62° Inc. a)
de la ley del personal Policial Nro. 6769.
Artículo 2) Regístrese, comuníquese y
archívese. Fdo. Ing JORGE
ALBERTO OBEID, Gobernador de la Provincia de Santa Fe.”
En este mismo acto se le hace conocer
los términos de la Ley 12.071, sobre los derechos recursivos y plazos para
ejercerlos, conforme lo normado por Dto. N° 10.204/58
Art. 42: La Legislatura de la Provincia Sanciona con Fuerza de Ley: “Artículo
1° - En las notificaciones de decretos y resoluciones dictados en los
expedientes o actuaciones administrativas, o en general, de cualquier decisión
dictada por autoridad administrativa que niegue un derecho, imponga
obligaciones o no haga lugar a un recurso de revocatoria interpuesto, se hará
saber el derecho a interponer recursos y el plazo para hacerlo, conforme la
normativa vigente”.
S/C 26399 Set. 23
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N°
011/05 - GRAL.
Santa Fe, 8 de Setiembre de 2005.
VISTO:
El expediente N°
13301-0131373-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.) y las disposiciones del Decreto N°
2530/04 que estableció el CALENDARIO DE VENCIMIENTOS de los gravámenes
provinciales correspondientes al año fiscal 2005, así como su modificatorio, el
Decreto N° 1110/05; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Decreto N° 1110/05, estableció que el vencimiento para la
presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos, Convenio Multilateral, correspondiente al año 2004 operaría el 18 de
agosto de 2005;
Que dicha fecha de vencimiento es
coincidente con la fijada por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral,
mediante la Resolución General N° 3/2005;
Que, mediante nueva Resolución General
- la N° 6/2005, la citada Comisión Arbitral prorrogó
para el 30 de septiembre de 2005 el vencimiento en cuestión;
Que, en consecuencia, resulta necesario
adecuar, en el ámbito de la Provincia, la correspondiente fecha de vencimiento
a fin de unificar términos;
Que, los artículos 13, 15 y
concordantes del Código Fiscal (t.o. 1997) facultan
al Administrador Provincial a dictar actos como el presente;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Considerar ingresadas en
término las Declaraciones Juradas Anuales - Impuesto sobre los Ingresos Brutos,
Convenio Multilateral, año 2004, que se presenten hasta el 30 de setiembre de
2005 inclusive.-
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
S/C 26401 Set. 23
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