picture_as_pdf 2004-09-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 12324

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Adhiérase la Provincia de Santa Fe, a la Ley Nacional 25.856.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo incluirá en las políticas de promoción productivas el diseño, desarrollo y elaboración de software.

ARTICULO 3.- Invítase a Municipalidades y Comunas de la Provincia a adherir a la presente otorgando beneficios promocionales de su competencia a las actividades descriptas.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

 

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 20 de septiembrede 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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