REGISTRADA BAJO EL Nº 12324
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Adhiérase la Provincia de Santa Fe, a la Ley Nacional N° 25.856.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo incluirá en las políticas de promoción productivas
el diseño, desarrollo y elaboración de software.
ARTICULO 3.- Invítase a Municipalidades y Comunas
de la Provincia a adherir a la presente otorgando beneficios promocionales de
su competencia a las actividades descriptas.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 20 de septiembrede 2.004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
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