picture_as_pdf 2011-08-23

DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACION DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos Nº 16102-0025180-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1219 de fecha 07/03/08 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto N° 10.204/58, a los infractores Gustavo D. Candussi, con último domicilio conocido en Calle 47 Carlos Grigual 2164 de la localidad de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba y Rews S.A., con ultimo domicilio conocido en Libertad 1811 – B. Gral. Paz Norte, de la ciudad de Córdoba, de lo establecido en la Resolución Nº 2131 dictada el 30 de Diciembre de 2009 por el Ing. Jorge Alberto Placenzotti, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve.- “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 1219 de fecha 07/03/08, conforme legislación vigente. ARTICULO 2°.- Intimar al Sr. Jesús Néstor Vaca, en carácter de conductor, con domicilio en Ruta A 74, Km. 19 de la localidad de Colonia Tirolesa, Provincia de Córdoba, al transportista Sr. Gustavo D. Candussi, con domicilio en Calle 47 Carlos Grigual 2164, de la localidad de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba y al cargador “REWS S.A.”‘, con domicilio en libertad 1811 – B. Gral. Paz Norte, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, para que abonen en el plazo -perentorio- e-improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 13.273,42 (Pesos Trece Mil Doscientos Setenta y Tres con 42/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión marca Mercedes Benz, Modelo L 1633, Dominio Chasis RLC. 358, Dominio Acoplado BNX 859, Sr. Jesús Néstor Vaca, con domicilio en Ruta A 74, Km. 19 de la localidad de Colonia Tirolesa, Provincia de Córdoba, el transportista Sr. Gustavo D. Candussi, con domicilio en Calle 47 Carlos Grigual 2164, de la localidad de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba y al cargador “Rews S.A.”, con domicilio en Libertad 1811 - B. Gral. Paz Norte, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, tendiente al cobro de la suma de $ 13.273,42 (Pesos Trece Mil Doscientos Setenta y Tres con 43/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 6931 Ag. 23 Ag. 24

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NOTIFICACION DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16101-0097719-4 y su agregado por cuerda floja Expte. Nº 16101-0097849-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1339 de fecha 25/09/08 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, el infractor Sr. Jorge Roberto Acosta D.N.I. 26.884.043, con último domicilio conocido en Zona Rural de la localidad de Luis Palacios, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 058 dictada el 20 de Enero de 2009 por el Tec. Juan Manuel Rafael De Córdoba, Sub-Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad, por ausencia del Sr. Administrador General, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelvo: … “ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Infracción N° 1339 de fecha 25/09/08, conforme lo dispone la normativa -agente- ARTICULO 2º: Rechazar el reclamo incoado por el Sr. Jorge Roberto Acosta (D.N.I. 6.060.101), contra el Acta referida, por los motivos expresados ut-supra. ARTICULO 3º.- Intimar al Sr. Jorge Roberto Acosta (D.N.I. 26.884.043), en carácter de conductor, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Luis Palacios, Provincia de Santa Fe, al transportista Sr. Jorge Roberto Acosta (D.N.I. 6.060.101), con domicilio en calle Zelaya Nº 2499, de la ciudad de Rosario; Provincia de Santa Fe y al cargador “Areneras Vignaduzzi”, con domicilio en Alameda s/Nº de la localidad de Puerto Gaboto, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 5.712,43 (Pesos cinco mil setecientos doce con 42/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Gutiérrez Nº 851 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Ford, Modelo Cargo 1722, Dominio Chasis FPQ 813, con Semiremolque FYC 771, Sr. Jorge Roberto Acosta (D.N.I. 26.884.043), con domicilio en Zona Rural de la localidad de Luis Palacios, Provincia de Santa Fe, el transportista, Sr. Jorge Roberto Acosta (D.N.I. 6.060.101), con domicilio en calle Zelaya nº 2499, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y el cargador Areneras Vignaduzzi, con domicilio en Alameda s/nº de la localidad de Puerto Gaboto, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 5.712,42 (Pesos cinco mil setecientos doce con 42/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Debido al traslado de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto el nuevo domicilio es el sito en Bv. Muttis Nº 880. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 6930 Ag. 23 Ag. 24

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


PEDIDO DE COTIZACION


Objeto: Alquiler de un inmueble para oficinas comerciales, administrativas y de operación, el cual debe reunir como mínimo, las siguientes características:

Ubicación: En la ciudad de Santo Tome, en un radio comprendido por las calles, al Este (Gómez Cuello}, al Oeste (25 de Mayo), al Sur (Avda. 7 de Marzo), y al Norte Sarmiento.

Descripción: Terreno de aproximadamente 1000 m2 con un ingreso independiente para pick up y camiones de mediano porte. Un sector para estacionamiento y/o patio de aproximadamente 500 m2. Un sector cubierto para depósito de materiales de aproximadamente 200 m2. Una superficie para oficinas comerciales y administrativas de aproximadamente 250 m2 con ingreso propio y grupo sanitario para damas y caballeros. Todo en buen estado de conservación y mantenimiento.

Las propuestas deberán ser entregadas en calle 1ra. Junta 2558. 1er. Piso, of. 7. (3000) Santa Fe, en el horario de 7,30 hs. a 13 hs., de Lunes a Viernes, hasta el día 02 de Septiembre del corriente año.

Consulta e Informes: Empresa Provincial de la Energía, Primera Junta 2558 - Piso 1- Of. 7 Tel: (0342) 4505856 - 4505842 - Santa Fe

S/C 6929 Ag. 23 Ag. 25

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C.U.D.A.I.O.


ORDEN Nº 178/2011


Santa Fe, 19/07/2011

VISTO:

El expediente Nº 00512-0001838-6 y agregado Nº 00512-0001976-5 mediante el cual se gestiona la habilitación del Dr. Pablo Victor Doino, para realizar prácticas de implantes de tejidos del sistema musculo esquelético y osteoarticular en el Hospital Italiano Garibaldi de la ciudad de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que por Orden Nº 126/2011 de fecha 10/05/2011 de este CUDAIO, fue habilitado el Hospital Italiano Garibaldi de la ciudad de Rosario y su equipo de profesionales.

Que realizada la evaluación correspondiente por parte de esta Dirección Provincial del CUDAIO, en ejercicio de las funciones de contralor previstas en los artículos 3º y 9º de la Ley Nacional Nº 24193, surge que el Dr. Pablo Victor Doino cumplimentó los requisitos exigidos por la citada Ley Nacional, su Decreto Reglamentario Nº 512/96, y las pertinentes resoluciones del INCUCAI,

Por ello,

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL

DEL C.U.D.A.I.O.

ORDENA:

Artículo 1º.- Habilitase e incorporase al equipo del Hospital Italiano Garibaldi de la ciudad de Rosario, en carácter de integrante, al Dr. Pablo Victor Doino- DNI: 18.480.139-M.P. 12306- Especialidad: Ortopedia y Traumatología.

Artículo 2º.- La habilitación otorgada en el artículo anterior, tendrá vigencia mientras dure la concedida por Orden Nº 126/2011.

Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. HECTOR G. ECHAVARRIA

SubDirección Pcial, CUDAIO

S/C 6935 Ag. 23 Ag. 24

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ORDEN Nº 214/2011


Santa Fe, 09 de Agosto 2011

VISTO:

El expediente Nº 00512-0002021-1 por medio del cual se solicita rehabilitación del Sanatorio Julio Corzo de la ciudad de Rosario para realizar implantes oseos; y

CONSIDERANDO:

QUE por el presente trámite, el Dr. Américo Daminato a cargo de la Dirección Médica del Sanatorio Julio Corzo.- solicita la habilitación de diversos profesionales como así también de la institución para realizar prácticas de implantes óseos.

QUE dichos profesionales han acreditado contar ante este organismo con la documentación pertinente de acuerdo a las normativas en vigencia para poder efectuar implantes óseos. Resolución INCUCAI Nº 326/03 y modificatorias

Que realizado el relevamiento y evaluación correspondientes por parte de esta Dirección Provincial del CUDAIO de donde surge que dicho establecimiento cumplimentó los requisitos exigidos por la Ley Nacional de Trasplantes 24.193 y su Decreto Reglamentario Nº 512/96.

Por ello;

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL

DEL C.U.D.A.I.O.

ORDENA:

Artículo 1º.- Habilitase al Sanatorio Julio Corzo, con domicilio en calle San Juan 3034 de la ciudad de Rosario, cuya Dirección Médica es ejercida por el Dr. Américo Daminato– DNI 11.126.745-M.P.8756 – para realizar prácticas de implantes óseos.

Artículo 2º.- Habilitase a los profesionales que a continuación se detallan, para efectuar implantes óseos en el Sanatorio Julio Corzo.

Dr. Nieto, Julio Cesar –DNI: 6.070.508- Especialidad: Ortop. Y Traumatología – M.P:5233

Dr. Barrenechea Ignacio Joaquín – DNI: 22595124 – Especialidad: Neurocirugía. MP: 13141

Dr. Escobedo Paz Elias Alejandro – DNI: 20179359 – Especialidad: Ortopedia y Traumatología – MP: 16837.

Artículo 3º.- Las habilitaciones otorgadas tendrán vigencia por un período de dos años.

Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. HECTOR G. ECHAVARRIA

SubDirección Pcial, CUDAIO

S/C 6936 Ag.23 Ag. 24

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