picture_as_pdf 2017-06-23

JUZGADO FEDERAL


El Juez Federal a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, Dr. Aurelio Antonio, Cuello Murua (Entre Ríos 730 de Rosario), Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, de conformidad con la ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente Nº FRO 35137/2016 el Sr. LAMOTHE ALAIN, nacido el 07/04/1982 en Jacmel, Sud Este, Haití D.N.I. Nº 94.839,572 domiciliado en calle Tucumán 1487, 6 “c”, Rosario, Provincia de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 8 de Mayo de 2017. Dra. Mercedes Andrada, secretaria.

$ 45 324039 Jun. 23

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El Juez Federal a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, Dr. Aurelio Antonio, Cuello Murua (Entre Ríos 730 de Rosario), Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, de conformidad con la ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente Nº FRO 24635/2016 el Sr. LUQUE RETAMOZO PERCY ANTONIO, nacido el 21/05/1969 en Arequipa, Perú D.N.I. Nº 93.923,003 domiciliado en calle Forest 7850, Rosario, Provincia de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 27 de Marzo de 2017. Dra. Mercedes Andrada, secretaria.

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TRIBUNAL COLEGIADO


El Tribunal Colegiado de Familia de la Séptima Nominación de la ciudad de Rosario; a cargo de la Dra. Andrea Brunetti, Juez; Secretaría de la Dra. Carolina Pangia, dentro de los autos caratulados: MÁRQUEZ AGUSTÍN SANTINO c/MAQUEZ FABIO JAVIER s/CAMBIO DE APELLIDO; Expte. Nº 1776/16, hace saber que se ha peticionado el cambio de apellido del menor Agustín Santino Márquez, titular del DNI Nº 50.121.326, pudiendo los interesados formular oposición dentro de 15 días hábiles desde la última publicación en el diario oficial. Fdo. Dra. Andrea Brunetti, Juez; Secretaría del Dra. Carolina Pangia. A los 29 días del mes de Mayo del 2017. Fdo.- Dra. Brunetti, Andrea Juez; Secretaría de la Dra. Pangia Carolina. 29 de Mayo de 2017.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, Dra. María Andrea Mondelli, Secretaría Subrogante a cargo de la Dra. Araceli N. Stefanelli, en los autos caratulados “MÉNDEZ SA s/QUIEBRA - Expte. N° 1764/1987 - CUIJ 21-00731778-3, se hace saber que el síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución de fondos conforme lo prescripto por el art. 218 L.C., se ha puesto de manifiesto en la Oficina por el término de ley; y se han regulado los honorarios de los profesionales intervinientes en la suma de Pesos Noventa y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Tres c/30/100 ($94.293,30) distribuidos de la siguiente manera: Pesos Doce Mil Doscientos Cincuenta y Ocho c/12/100 ($ 12.258,12) al CPN Carlos Alberto Almaraz (Síndico) y su patrocinante Dr. Heriberto W. Zacchino; Pesos Cuarenta y Nueve Mil Treinta y Dos c/52/100 ($ 49.032,52) al CPN Aldo Alfredo Maydana (Síndico) y sus patrocinantes Dra. Brígida Farias, Dr. Carlos Alberto Farías y Dra. Gisela Ramallo; y Pesos Treinta y Tres Mil Dos c/65/10 ($33.002,65.-) al Dr. Gerardo Cansino Arme, Dr. Mario Alberto Casanova y Dr. José María Cristiá (apoderados de la fallida). Hágase saber al síndico que deberá confeccionar a los fines del pago un listado con nombre y documento de identidad de cada acreedor y si es profesional, número de CUIT, requisito necesario para la entidad bancaria a los fines del cobro, con cuatro ejemplares. Hágase saber a los acreedores, que se dará estricto y efectivo cumplimento a lo dispuesto por el art. 224 LCQ, en cuanto ordena la caducidad de pleno derecho, al año contado desde la fecha de la aprobación del proyecto de distribución, del derecho de los acreedores a percibir de los dividendos concúrsales, destinándose los importes no cobrados al patrimonio estatal, para el fomento de la educación común. Rosario, 12 de Junio de 2017. Araceli N. Stefanelli, secretaria subrogante.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación a cargo del Dr. Néstor Osvaldo García, en autos caratulados: FORASTIERI, ADELA DE LOS MILAGROS s/NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR - 21-02872067-7 se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 18 de Mayo de 2017: Atento a lo manifestado y con las probanzas de los autos conexos a la vista, revóquese el decreto de fecha 24/4/2017 y su lugar se provee: Líbrense las cédulas acompañadas, a la solicitado al punto 2) cítese por edictos al heredero VÍCTOR JORGE FLORES. Déjese sin efecto la fecha de audiencia designada a fs. 22 y en su lugar fíjese nueva fecha de audiencia a los mismos fines y bajo los mismos apercibimientos para el día 6 de Julio de 2017 a las 8.00 horas. Notifíquese. Firmado Néstor Osvaldo García (Juez) María Belén Baclini (Secretaria). Secretaría, 16 de Junio de 2017.

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimoprimera Nominación de Rosario, Dra. Delia Giles, en los autos caratulados: TARJETA NARANJA S.A. c/SCISTRI MARIANA ALEJANDRA s/PREPARA VÍA EJECUTIVA; CUIJ 21-02843491-7 se hace saber a la Sra. Scistri Mariana Alejandra que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 01 de Junio de 2017: A los mismos fines y apercibimientos que la anterior, señálese nueva fecha de audiencia de Reconocimiento de Firma y Contenido de Documental para el día 3 de Julio de 2017 a las 9:00 horas. Notifíquese haciéndose saber al notificador que de no ser hallada la parte demandada en el domicilio denunciado deberá requerir a quien lo atienda o vecinos, si es que la misma vive allí, y solo en caso afirmativo proceda a efectuar la notificación. Firmado Dra. Delia Giles (Jueza) Dr. Sergio A. González (secretario). Secretaría, 16 de Junio de 2017. María Belén Baclini, secretaria En Suplencia.-

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El Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar en los autos: SAURA ALICIA FRANCISCO c/VERCLE SA s/Usucapión; Expte. N° 484/15 hace saber que con fecha 26/02/16 se ha iniciado demanda de prescripción adquisitiva del inmueble sito en B° Cachamai de Villa Gobernador Gálvez, Depto Rosario, Santa Fe, lote 5 Manzana 07 Sección 06, citando a la demandada VERCLE S.A., a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Aldana Viele, Prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de el Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Carlos E. Cadierno, Secretaría Dra. María Eugenia Sapei en autos caratulados: Morelli Donato c/Oppici y O. y Otros s/Escrituración; (Expte. 204/1998), se dispone notificar a los herederos y/o legatarios de los Sres. PEDRO OPPICI, MARÍA ADELAIDA MORONI DE LOZARDY y MARÍA LUISA CORNIERO DE BIGNONE, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley.”. Fdo.: Dr. Carlos E. Cadierno -Juez- y Dra. María Eugenia Sapei -Secretaría. Rosario, 16 de Junio de 2017.

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación, Tribunales de Rosario, dentro de los autos caratulados: MÉNDEZ HNOS. S.R.L. s/propia quiebra - Reconstrucción” Expte. Nº 220/15, CUIJ 21-01166759-4, hace saber que en fecha 07 de Junio de 2017 se ha dispuesto: Rosario, 7 de Junio de 2017. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. A la regulación de honorarios, autos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dra. Erica E. Ferrarlo (S) Secretaria. Dra. Silvia A. Cicuto Juez. En fecha 9 de Junio de 2017, según Resolución N° 1665/17 se ha dispuesto: Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios del Dr. Federico M. Tjor en la suma de $ 48.495, y de la CP Patricia M. Palmieri en la suma de $ 113.155, haciéndose saber que el interés moratorio a aplicar se calculará conforme la tasa pasiva promedio mensual sumada que publica el B.C.R.A. Insértese, dése copia y hágase saber. Firmado: Dra. Erica E. Ferrarlo (S) Secretaria. Dra. Silvia A. Cicuto. Juez. Rosario, 14 de Junio de 2017. Araceli N. Stefanelli, secretaria subrogante. En Suplencia.

S/C 326815 Jun. 23 Jun. 26

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, Secretaría a cargo de la Dra. Marianela Godoy, en autos caratulados: SRT c/VIVEROS, ROLANDO s/Ejecutivo, Expte. N° 65/2016 CUU 21-02852843-1, se ha ordenado notificar al Sr. Rolando Viveros D.N.I. N° 22.119.456 lo siguiente: N° 463. Rosario, 15/03/2017. Y Vistos:… Y Considerando: … Por todo lo expuesto, Resuelvo: Revocar por contrario imperio el auto Nro. 3063 de fecha 15/12/16; y en su lugar se provee: Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado a fs. 9/11. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa, a la que se le dará el trámite dispuesto por el Art. 507 del CPCC. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Cumpliméntese con el decreto de fs. 8 en cuanto a la reposición del sellado de demanda fallante. Al pedido de inhibición general de bienes, cumplimente con el Art. 290 del CPCC. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Klebcar (Jueza) Dra. Godoy (Secretaria). N° 559. Rosario, 23/03/2017. Y Vistos: … Y Considerando: … Resuelvo: 1) revocar parcialmente el decreto de fs. 8 en la parte que reza … acompañe … sellado de demanda correspondiente; y el Auto N° 463 obrante a fs. 20 en la parte que reza Cumpliméntese con el decreto de fs. 8 en cuanto a la reposición del sellado de demanda faltarte; quedando subsistente en todo lo demás. 2) Aclarar el Auto N° 463 obrante a fs. 20 en el sentido que donde dice Art. 507, debió decir Art. 452. Téngase presente el recurso de reposición en subsidio. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Klebcar (Jueza); Dra. Godoy (Secretaria). N° 762. Rosario, 17 de Abril de 2017. Y Vistos: … Y Considerando: … Resuelvo: Trabar embargo sobre el inmueble inscripto al Tº 941, Fº 327, S/N Depto Rosario, siempre que estuviere a nombre del Sr. Viveros Rolando, hasta cubrir la suma de $52000 por todo concepto. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Klebcar (Jueza) Dra. Godoy (Secretaria). Aldana Viele, Prosecretaria.

$ 52,50 326884 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de Rosario, a cargo Vacante, Secretaria de la Dra. VERÓNICA A. ACCINELLI, se ha ordenado notificar a los herederos de Juan José Torres, argentino, apellido, materno Landete, casado en primeras nupcias con la Sra. Paulina Bartola. Platini, la declaración de rebeldía, decretada en los autos caratulados: MUÑOZ ERMELINDA c/PÉREZ PAULINA JOSEFA y Ot. s/Usucapión; (Expte. Nro. 502/2014). A continuación se transcribe la providencia que así lo ordenan: Rosario, 25 de Abril de 2017. Agréguese la constancia de publicación de Edictos acompañada. Informado verbalmente el actuario que los herederos de Juan José Torres no han comparecido a estar a derecho decláreselos rebeldes. Notifíquese por Edictos. Fdo. Dra. Marisa Mónica Malvestiti, Juez, (En Suplencia), Dra. Verónica A. Acinelli (Secretaria).

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MORI JUAN ALBERTO s/Apremio” (Expte. 218/17) Se ha ordenado lo siguiente: N° 723 “Arroyo Seco 03 de Mayo de 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “Municipalidad de Arroyo Seco c/Mori Juan Alberto s/Apremio” (expte. 218/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y/en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe, y se le devuelve, dejando copia en autos.3.- Aceptar el domicilio ad-litem constituido.- 4. Imprimirá este proceso el trámite previsto, en la ley 5066 de esta, provincia.- 5. Atento a que los títulos acompañados aparejan ejecución, ordenar el embargo peticionado sobre remuneraciones e indemnizaciones del demandado, en tanto sean sustentadas en el contrato de trabajo o su extinción y en las condiciones y proporciones de ley (Decreto 484/87, cuyos artículos 1,2 y 3 deberán transcribirse en el correspondiente oficio), no haciendo lugar a la medida sobre indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales (L.24.557, art. 11,1), por la suma de $ 18.389,97 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.194,98.- estimados provisoriamente en concepto de intereses y costas del proceso. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.71y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC) Habida cuenta de que la medida solicitada lo es respecto de los haberes del demandado -y que se efectiviza directamente a través de su empleador-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio real denunciado por el actor de la demanda.- 6. -Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria.-).”En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. MORÍ JUAN ALBERTO y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente, autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio: LDJ-565.- Arroyo Seco, 12 de Junio de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 326745 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MAZZIOTTA CLAUDIO A. s/APREMIO” (Expte. 288/17) se ha ordenado lo siguiente: N° 907. “Arroyo Seco 19 de Mayo 2017- VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MAZZIOTTA CLAUDIO A. s/APREMIO” (expte. 288/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y, se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido.- 4. imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen, en la cuenta corriente bancaria de la que sea titular MAZZIOTTA CLAUDIO, en el Banco de la Nación Argentina en cualquiera de sus sucursales, por la suma de pesos $ 15.477,09 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.738,54 estimados provisoriamente por intereses y costas, librándose el despacho pertinente. Ordenar que, a los fines de evitar una eventual multiplicidad de la medida, en el oficio de embargo 3 librarse deberá dejarse expresa constancia de que una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecten que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts 452 y 460 CPC).- 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley; 8. A la propuesta de martillero; téngase presente para su oportunidad.- 9. Al oficio de apertura de cuenta judicial solicitado, oportunamente. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria.-).”En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. MAZZIOTTA CLAUDIO A. y/o contra quien resulte titular, registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única sobre Vehículos al rodado Dominio: OAK-361. Arroyo Seco, 08/06/2017. Arroyo Seco, 12/06/2017. Mariana Cattani, secretaria.-

S/C 326746 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PINESCHI OSVALDO s/APREMIO” (Expte. 281/17) se ha ordenado lo siguiente: N° 913. “Arroyo Seco 19 de Mayo 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “Municipalidad De Arroyo Seco c/Pineschi Osvaldo s/Apremio” (expte. 281/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizarla participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar él domicilio ad litem constituido.- 4. Imprimir a este proceso él trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado sobre remuneraciones e indemnizaciones del demandado, en tanto sean sustentadas en el contrato de trabajo su extinción y en las condiciones y proporciones de ley (Decreto 484/87, cuyos artículos 1,2 y 3 deberán transcribirse en el correspondiente oficio), no haciendo lugar a la medida sobre indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales (L.24.557, art. 11,1), por la suma de $ 17.383,98- en -concepto de capital, con más la suma de $8.691,99.- estimados provisoriamente en concepto de intereses y costas del proceso. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación-armónica art.7 y 11, L5066 y arts: 452 y 460, CPC) Habida cuenta de que la medida solicitada es respecto de los haberes del demandado -y que se efectiviza directamente a través de su empleador, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio, real denunciado por el actor de la demanda.- 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.- 9. Al oficio de apertura de cuenta judicial solicitado, oportunamente- - Notifíquese por cédula- insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria), En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Pineschi Osvaldo y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante-y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o, consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. .261 del “Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado: Dominio: LCN-731.- Arroyo Seco, 12 de Junio de 2017. Mariano Cattani, secretaria.

S/C 326748 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SCIAPICHETTI NATALIA s/APREMIO” (Expte. 279/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 914. “Arroyo Seco 19 de MAY 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “Municipalidad de Arroyo Seco c/Sciapichetti Natalia s/Apremio” (expte. 279/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido.- 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.518,28 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.259,14 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién, podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente -el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066).- 6 Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7 Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad,- 9. Al oficio de apertura de cuenta judicial solicitado, oportunamente. – Notifíquese, por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria.-).”En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Sciapichetti Natalia y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio: LKV-056.- Arroyo-Seco, 12/06/2017. Mariana Cattani, secretaria.

S/C 326749 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VAGNONI SEBASTIÁN A. s/APREMIO” (Expte. 289/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 909. “Arroyo Seco 19 de Mayo 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VAGNONI SEBASTIÁN A. s/APREMIO” (expte. 289/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia,-darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido.- 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen, en la cuenta corriente bancaria de la que sea titular VAGNONI SEBASTIÁN A., en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en cualquiera de sus sucursales, por la suma de pesos $ 16.981,36 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.490,68 estimados provisoriamente por intereses y costas, librándose el despacho pertinente. Ordenar que, a los fines de evitar una eventual multiplicidad de la medida, en el oficio de embargo a librarse deberá dejarse expresa constancia de que una vez cubierto el montó sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecten que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066; arts 4S2 y 460 CPC).- 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley,- 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.- 9. Al oficio de apertura de cuenta judicial solicitado, oportunamente. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria.-).”En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo tos apercibimientos de ley, al Sr. Vagnoni Sebastián A. y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio; LKO-998. Arroyo Seco, 12 de Junio de 2017. Mariana Cattani, secretaria.

S/C 326750 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSVIP S.A. s/APREMIO” (Expte. 234/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 804. “Arroyo Seco 10 de Mayo 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSVIP S.A. s/Apremio” (expte. 234/171.- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido.- 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen, en la cuenta corriente bancaria de la que sea titular Transvip S.A., en el Banco Santander Río S.A. en cualquiera de sus sucursales, por la suma de pesos $ 57.209,65 en concepto de capital, con más la suma de $ 28.604,82 estimados provisoriamente por intereses y costas, librándose el despacho pertinente. Ordenar que, a los fines de evitar una eventual multiplicidad de la medida, en el oficio de embargo a librarse deberá dejarse expresa constancia de que una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecten que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts 452 y 460 CPC).-6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana, Cattani (Secretaria).”En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Transvip S.A. y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acopiados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia decanta Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio; LAL-277.- Arroyo Seco, 12 de Junio de 2017. Mariana Cattani, secretaria.

S/C 326751 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GAUDIO JUAN PABLO s/APREMIO” (Expte. 280/17) se ha ordenado lo siguiente: N° 911. “Arroyo Seco 19 de Mayo 2017. VISTA, la demanda incoada en estos autos caratulados “Municipalidad de Arroyo Seco c/Gaudio Juan Pablo s/Apremio” (expte. 280/17).- RESUELVO: 1. Admitiría y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido.- 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $15.367,48 en concepto de capital, con más la suma de $7.683,74 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza, directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066);.-6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajó apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere;- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.- 9. A la apertura de cuenta Judicial solicitado, oportunamente. - Notifíquese por cédula- Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Gaudio Juan Pablo y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acopiados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio: OEH-441.- Arroyo Seco, 12 de Junio de 2017.- Mariana Cattani, secretaria.

S/C 326752 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia.-de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROBLEDO MARÍA BELÉN s/APREMIO” (Expte. 312/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 948. “Arroyo Seco, 23 de Mayo 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos, caratulados: “Municipalidad de Arroyo Seco c/Robledo María Belén s/Apremio” (expte. 312/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar e) domicilio ad-litem constituido.- 4. -Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega ordenar el embargo peticionado por la suma de $23.215,35 en concepto, de capital, con más la suma de $11.607,67 estimados provisoriamente- por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066);.- 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley.;- 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.-9. A la apertura de cuenta judicial: oportunamente. - Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se día de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Robledo María Belén y/o contra quien resulte titular registral y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venía de automotores, remolques o acopiados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio: KZX-968 Arroyo Seco, 12/06/2017. Mariana Cattani, secretaria.

S/C 326753 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SCACCIA LUJAN BEATRIZ s/APREMIO” (Expte. 314/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 951. “Arroyo Seco 23 de Mayo 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados “Municipalidad de Arroyo Seco c/Scaccia Lujan Beatriz s/Apremio” (expte. 314/17).- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar, la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido.- 4. imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia.- 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega ordenar el embargo peticionado por la suma de $17.383,05 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.691,52 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado.- Lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27. L5066).- 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley;- 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.- 9. A la apertura de cuenta judicial: oportunamente. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al, Sr. Scaccia Lujan Beatriz y/o contra quién resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio: NWE-132.- Arroyo Seco, 12 de Junio de 2017. Mariana Cattani, secretaria.

S/C 326756 Jun. 23 Jun. 27

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de EMERENCIANA ERA (DNI 1.100.732), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 16 de Junio de 2017. Fernanda I. Virgolini, prosecretaria subrogante.

$ 45 326832 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ROBERTO NESTOR HERRERA (DNI 10.067.022), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 16 de Junio de 2017. Fernanda I. Virgolini, prosecretaria subrogante.

$ 45 326831 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley N° 11.278, se hace saber que en los autos caratulados LOCASCIO, MIGUEL s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02882482-0, cita y emplaza a herederos y/o legatarios de Miguel Locascio, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 16 de Junio de 2017. Lorena González, secretaria.

$ 45 326844 Jun. 23 Jul. 7

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley N° 11.278, se hace saber que en los autos caratulados GIRAUDO, CARLOS ALFREDO s/Sucesorio; CUIJ 21-02878572-8, cita y emplaza a herederos y/o legatarios de Carlos Alfredo Giraudo, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 16 de Junio de 2017. Lorena González, secretaria.

$ 45 326843 Jun. 23 Jul. 7

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil, y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, María A. Mondelli; Secretaría Subrogante de la Dra. Araceli N. Stefanelli, dentro de los caratulados CASTAGNO ALGARDO MARCELO s/Sucesión; (Expte. 21-02878409-8), se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de don ALGARDO MARCELO CASTAGNO, DNI 6.573.392, por treinta días para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. 13 de Junio de 2017. Araceli N. Stefanelli, secretaria subrogante.

$ 45 326780 Jun. 23

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARÍA NATIVIDAD ARAUJO (DNI 3.962.403) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 16 de Junio de 2017. María Belén Baclini, secretaria.

$ 45 326840 Jun. 22 Jul. 6

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de TERESA FELICIA ROMANELLO (DNI 1.098.153), para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (Art. 2340 del Código Civil y Comercial). Secretaria, 16 de Junio de 2017. María Belén Baclini, secretaria. En suplencia.

$ 45 326837 Jun. 23

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de BEATRIZ EIBAR (DNI 72.885.121), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 16 de Junio de 2017. Fernanda I. Virgolini, prosecretaria subrogante.

$ 45 326836 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de HUGO ALFREDO PIOLI (DNI 12.804.184), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 16 de Junio de 2017. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria Suplente.

$ 45 326835 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de HECTOR HUGO PIOLI (DNI 2.257.877), y de PAULA LOZANI (DNI 1.506.312), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 16 de Junio de 2017. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria Suplente.

$ 45 326834 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de EDITH MERCEDES BIANCHI (DNI 2.623.550), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 16 de Junio de 2017. Fernanda I. Virgolini, prosecretaria subrogante.

$ 45 326833 Jun. 23 Jul. 6

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Civil y Comercial de la 1ª nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados RAMIREZ LUIS c/MEDINA MERCEDES s/desalojo intrusos, Expte. 166/15, llama a los herederos de Mercedes Carmen Medina conforme lo dispuesto por el Art. 597 CPCC para que comparezcan a estar a derecho dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense edictos citatorios por tres días y en la forma proscripta por el Art. 67 del CPCC. Rosario, 30 de Mayo de 2017. Dra. Kabichian (Secretaria).

$ 45 326817 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Andrea Mondelli cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Luizetto Antonio Angel DNI LE 6.051.176 y de Moyano María del Carmen DNI 4.492.235 por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: LUIZETTO ANTONIO ANGEL Y OTROS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02880694-6. Aldana Viele, Prosecretaria.

$ 45 326893 Jun. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 14 de Rosario, dentro de los autos VIJARRA VILMA ROSA s/Sucesorio; CUIJ 21-02858284-3, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Vilma Rosa Vijarra, DNI 2.081.713, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 14 de Junio de 2017, Dra. M. Jimena Bazán (Prosecretaria).

$ 45 326819 Jun. 23 Jun. 29

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos MELCHOR ALFREDO DAVIS s/Sucesorio; CUIJ 21-02879456-5, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Alfredo David Melchor DNI 6.057.059, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 14 de Junio de 2017. Dra. M. Jimena Bazán (Prosecretaria).

$ 45 326818 Jun. 23 Jun. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de MARINOZZI, ALDO ANGEL - DNI Nº 16.445.911, para que en el término de 30 días, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C.C.C.N.). (Expte. CUIJ 21-02869030-1). Rosario, 15 de Junio de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

$ 45 326779 Jun. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de QUATTROCIOCCHI, EDGARDO MARIO, DNI Nº 17.744.126 - para que en el término de 30 días, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C.C.C.N.), (Expte. CUIJ 21-02879381-9. Rosario, 16 de Junio de 2017. Dr. Alejandro Dañino, Prosecretario.

$ 45 326799 Jun. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos CARDOZO ZULMA GRACIELA s/Declaratoria de Herederos, CUIJ 21-02876128-4, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Zulma Graciela Cardozo DNI 4.100.957, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 14 de Junio de 2017, Dra. M. Jimena Bazán (Prosecretaria).

$ 45 326821 Jun. 23 Jun. 29

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Jaime Angélica Graciela DNI 14.206.032, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: JAIME ANGELICA GRACIELA s/Declaratoria de Herederos; Exp. 230/17. Aldana Viele, Prosecretaria.

$ 45 326891 Jun. 23

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Ferrero Nover Omar DNI 6.042.859, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: FERRERO NOVER OMAR s/Declaratoria de Herederos; Exp. 244/17. Aldana Viele, prosecretaria.

$ 45 326892 Jun. 23

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Pérez Ricardo Gustavo DNI 23.038.788, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: PEREZ RICARDO GUSTAVO s/Sucesorio; Exp. 511/17. Aldana Viele, prosecretaria.

$ 45 326895 Jun. 23

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Siciliani Mario Cesar DNI 6.028.887, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: SICILIANI MARIO CESAR s/Declaratoria de Herederos; Exp. 1126/16. Aldana Viele, prosecretaria.

$ 45 326894 Jun. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los caratulados: PEREZ, PEDRO HORACIO s/Sucesorio; 21-02872392-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Pedro Horacio Pérez, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 13/06/2017. Eliana Monteporzi, Prosecretaria.

$ 45 326811 Jun. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los caratulados: FAVILLA, RAMON RODOLFO y Otros s/Declaratoria de Herederos; - 21-02879045-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Ramón Rodolfo Favilla y doña Nélida Vilma Veli, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 14/06/2017. Eliana G. Monteporzi, Prosecretaria.

$ 45 326812 Jun. 23

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Casilda, Dr. Gerardo A M Marzi, Secretaría del autorizante, en autos “BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. c/RUBICINI VANESA s/Prepara Vía Ejecutiva” (Expte. Nro. 75/2014) cítese al Sr. Diego Nicolás López Zelaya Zeballos a la audiencia fijada para el día 30 de junio de 2017, a las 10,00 horas a los fines de reconocimiento de documental y de firma, bajo apercibimiento de ley.- Fdo: Dra. Sandra González - Secretaria subrogante.- Casilda, 06 de Junio de 2017. Sandra S. González, Secretaria Subrogante.

$ 33 326849 Jun. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 7 de la Segunda Nominación de la ciudad de Casilda, Secretaría del Autorizante, en los autos caratulados: “PETTINARI MARTA RITA s/Juicio Sucesorio” Expte. Nº 277/2017 se cita, llama y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de Marta Rita Pettinari para que comparezcan a hacerlos valer en el término de treinta días y bajo los apercibimientos de ley. Casilda, 05 de Junio de 2017. Sandra González, Secretaria Subrogante.

$ 45 326858 Jun. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 7 de la Segunda Nominación de la ciudad de Casilda, Secretaría del Autorizante, en los autos caratulados: “PICO LEONOR JOSEFA s/JUICIO SUCESORIO” Expte N° 276/2017 se cita, llama y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de LEONOR JOSEFA PICO para que comparezcan a hacerlos valer en el término de treinta días y bajo los apercibimientos de ley. Casilda, 05 de Junio de 2017. Sandra González, Secretaria Subrogante.

$ 45 326859 Jun. 23

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/AGÜERO DAMIÁN s/EJECUTIVO” (Expte. Nº 527/13), ha resuelto: Y: “Cañada de Gómez, 08 de febrero de 2017.- 1) Agréguese la cédula de notificación en dos copias acompañadas con el comprobante de envío del Correo Argentina, como solicita notifíquese al demandado por edictos que se publicarán conforme lo normado por el Art. 67 del CPCC.- Expte. N° 527/13. Fdo. Dr. Navarro, secretario.

$ 33 326829 Jun. 23 Jun. 27

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez en lo Penal del Sistema de Conclusión de Causas del Distrito Judicial Nº 12 de la ciudad de San Lorenzo, Dr. Juan José Tutau, Secretaría a cargo de la Dra. Ana Lucía Soler, se ha dispuesto hacer saber lo siguiente: “T° 65; F° 114; N° 105 San Lorenzo, 22 de mayo de 2017 AUTOS Y VISTOS: La presente Causa Nº 1/2017 Caratulada: “Actuaciones s/destrucción de documental reservada (ambas secretarías)“, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia, de Conclusión de Causas del Distrito Judicial Nº 12 de esta ciudad.- Y CONSIDERANDO: Que en virtud de la próxima finalización del sistema conclusional (10 de agosto de 2017) y ante la necesidad de proceder a dar destino a la documental que se encuentra reservada en ambas secretarías del Juzgado (de Instrucción y Correccional) se hace necesario adoptar medidas conducentes a un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible a fin de optimizar la prestación del servicio. Que teniendo en cuenta, que la documental mencionada pertenece a causas que ya han sido archivadas e incluso en algunos casos destruidas, estimo que corresponde proceder a la destrucción de la documental correspondiente a causas que hayan sido debidamente archivadas hasta diciembre de 2006 inclusive, como así también las causas que fueron remitidas al archivo en virtud de haberse dictado sobreseimiento del/los imputado/s y/o la prescripción de la acción penal, siendo estas las siguientes: 603/2006; 652/2006; 789/2006; 991/2006; 1286/2006; 1288/2006; 1548/2006; 1690/2006; 193/2007; 203/2007; 619/2007; 1433/2007; 1623/2007; 463/2008; 1798/2008; 1799/2008; 1903/2008; 559/2009; 619/2009; 1022/2009; 1172/2009; 1161/2009; 1342/2009; 1561/2009; 1599/2009; 1900/2009; 1919/2009; 2217/2009; 2293/2009; 248/2012; 1660/2012; 2032/2012; 2611/2012; 2692/2012; 174/2008; 3S3/2008; 469/2008; 683/2008; 813/2008; 1374/2008; 1550/2008; 1674/2008; 1799/2008; 1871/2008; 2172/2008; 424/2010; 479/2010; 815/2010; 1064/2010; 1300/2010; 1461/2010; 1551/2010; 1816/2010; 2144/2010; 104/2011; 179/2011; 1455/2011; 2247/2011; 2675/2011; 2689/2011; 530/2013; 547/2013.- Que conforme a ello, se dispone hacer saber mediante publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Diario “La Capital”, que será destruida toda documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva dentro de expedientes, que no hayan registrado movimientos hasta la fecha inclusive, se encuentren o no informáticamente registrados, salvo aquellos cuyo reintegro sea peticionado en Secretaría hasta el 28 de Juicio cts. 2017 a las 12 hs., a lo que se hará lugar bajo pertinente recibo, quedando establecido que a partir de esa fecha no se hace lugar a reclamo alguno y se procederá con la destrucción apuntada. Atento a las consideraciones vertidas y los antecedentes expuesto: RESUELVE: l-Ordenar la destrucción de la documentación y todo otro sobro que se encuentre reservado en secretaría dentro de las causas que hayan sido debidamente archivadas y/o destruidas hasta diciembre de 2006 inclusive así como también la causas que fueron remitidas al archivo en virtud de haberse dictado el sobreseimiento del/los imputado/s y/o la prescripción de la acción Renal.- 2- Publicar edictos en el Diario “BOLETÍN OFICIAL” en tres oportunidades durante veinte días y dos avisos en el Diario “Síntesis” haciendo saberlo dispuesto en la presente y que quienes deseen recuperar la documentación y cualquier sobre de las causas iniciadas con posterioridad al año 1999, podrán hacerlo hasta el día 28 de Julio de 2017 a las 12.00hs.y que a partir de dicho día y hora no se admitirá reclamo alguno. 3-Remitir copia de la presente a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Penal y a la Excma. Corte Suprema de Justicia, como así también al Colegio de Abogados de la V Circunscripción de la ciudad de Rosario, Delegación del Colegio de Abogados Departamento San Lorenzo, a la Caja Forense de la 2° Circunscripción de la ciudad de Rosario, Delegación de la Caja Forense Departamento San Lorenzo, Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la 2° Circunscripción de Rosario y Estrados de estos tribunales de San Lorenzo a fin de su publicación para información de sus asociados. 4- Requerir a la Excma. Corte Suprema de Justicia las partidas dinerarias necesarias a los fines de las publicaciones referidas. Insértese, agréguese copia, y hágase saber.- El presente se publicará sin cargo. Fdo. Dra. Ana Lucía Soler, Secretaria; Dr. Juan José Tutau Juez.

S/C 325944 Jun. 23 Jul. 3

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante doña Eva Rita Lisey y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados LISEY, EVA RITA s/Declaratoria de Herederos, Expte. Nº 112/17. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Pablo A. Devadder, Prosecretario.

$ 45 326699 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza á los herederos, acreedores, legatarios de los causantes Don ATILIO TOZZI y Doña CRESCENCIA RODRÍGUEZ y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro dé los autos caratulados TOZZI, ATILIO Y RODRÍGUEZ CRESCENCIA YOLANDA s/DECLARATORIA HEREDEROS. Expte. Nº 902/16. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Pablo A. Devadder, Prosecretario.

$ 45 326701 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante don EDUARDO FERNANDO DROVETTA y a todo el que tenga algún interés legitimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados DROVETTA. EDUARDO s/Declaratoria de Herederos, Expte. Nº 108/17. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326705 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante Doña MÓNICA LILIANA BRESSA y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados BRESSA, MÓNICA LILIANA s/Sucesión. Expte. Nº 66/17. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326707 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de los causantes doña MARÍA MAGDALENA AQUINO y Don AQUILES FURGENCIO EREÑU y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados AQUINO, MARÍA y EREÑU, AQUILES s/Declaratoria de Herederos, Expte. Nº 864/15. Lo que se publica y/sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326716 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante doña OLGA SILVIA DOLORES BIANCO y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados BIANCO, OLGA SILVIA DOLORES s/Dria, Herederos Sucesión Expte. Nº 539/16. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Secretaría de la Dra. Luz María Gamst.

$ 45 326719 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Don OSCAR LUIS OLMOS y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados OLMOS, OSCAR LUIS s/Declaratoria de Herederos - Sucesión; Expte. Nº 958/16. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Secretaría de la Dra. Luz María Gamst.

$ 45 326721 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante doña CONCEPCIÓN BLANDO y a todo e) que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados BLANDO, CONCEPCIÓN s/Declaratoria de Herederos - Sucesión. Expte. Nº 790/16. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Secretaría de la Dra. Luz María Gamst.

$ 45 326722 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don ELIO ANTONIO VIETTO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días y bajo los apercibimientos de ley. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 326724 Jun. 23 Jul. 6

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de don PURRINI EMILIO OMAR, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimiento de Ley. San Lorenzo, 12 de Diciembre de 2016. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 326725 Jun. 23 Jul. 6

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de don PICCINELLI, MARIO ADOLFO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimiento de Ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Dra. Luz María Gamst, secretaria.

$ 45 326723 Jun. 23 Jul. 6

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de don CARLOS ALBERTO CASTAÑO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimiento de Ley. San Lorenzo, 9 de Setiembre de 2014. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326726 Jun. 23 Jul. 6

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de ALDERETE JUAN DOMINGO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimiento de Ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326718 Jun. 23 Jul. 6

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de ALBIL LUIS ELGIDIO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimiento de Ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326696 Jun. 23 Jul. 6

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y legatarios de PEREYRA MARTA ELENA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimiento de Ley. San Lorenzo, 9 de Junio de 2017. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 326692 Jun. 23 Jul. 6

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nro. 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, a cargo de la Dra. Analía Mónica Irrazábal Juez Subrogante, Dr. Leandro Carozzo Secretario Subrogante, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Alejandro Marcelo Dipardo, titular de D.N.I. Nro. 22.207.702, para que dentro del término de treinta días a contar desde la fecha de la presente publicación, comparezcan ante éste Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: DIPARDO, ALEJANDRO MARCELO s/Sucesión - Declaratoria de Herederos; (Expte. Nro. 428/2.017). Fdo: Dra. Analía M. Irrazábal Juez Subrogante; Dr. Leandro Carozzo, Secretario Subrogante. Melincué, 13 de Junio de 2017.

$ 45 326695 Jun. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 8 de Melincué, a cargo de la Dra. Analía Irrazábal, (Juez), Dr. Leandro Carozzo (Secretario). Se cita y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Marchisio Inés María, DNI 4.876.102, hija de Emilio B. Marchisio y de María J. Luciani; para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. Autos: MARCHISIO, INÉS MARÍA s/Sucesión Testamentaria; (Expte. N° 529/2017). Melincué, 12 de Junio de 2017. Fdo. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 45 326738 Jun. 23 Jul. 6

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de Venado Tuerto, el Secretario que suscribe notifica a BONARDO EDMUNDO VICENTE en su carácter de accionado en los autos: ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/BONARDO EDMUNDO VICENTE s/Ejecución Fiscal; Expte. Nº 1429/14, que en dichos autos se ha dictado el auto del tenor siguiente: N° 1262. Venado Tuerto, 14 de Septiembre de 2015. Y Vistos: … Y Considerando: … Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra BONARDO EDMUNDO VICENTE, hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos Trece Mil Quinientos Setenta y uno con 88/100 ($ 13.571,88), con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial Nº 1560/91, Art. 130 del Código Fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Vicente Militello (Juez); Dra. Lidia E. Barroso (Secretaria). Publíquese sin cargo por cinco (5) días (art. 132 del Código Fiscal). Venado Tuerto, 20 de Abril de 2017. Lidia F. Barroso, secretaria.

S/C 326678 Jun. 23 Jun. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la Ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, Juez, y Secretaria de la Dr. Walter Bournot, se hace saber que en los autos NUEVO BANCO DE SANTA FE c/OJEA MARCELO DAMIÁN s/Demanda Ejecutiva; Expte. N° 93/15 en trámite por ante este mismo Juzgado, se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 7 de Junio de 2017. Proveyendo cargo 5840/17: Agréguese el edicto acompañado previa certificación del Actuario. Cítese de remate a la parte demandada declarada rebelde, en la oficina, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. (Expte. N° 93/15). Fdo. Dr. Federico Bertram, Juez, Dr. Walter Bournot, Secretaria. Publicación 5 días en Estrados del Tribunal y B.O. s/Cargo. 15 de Junio de 2017.

$ 45 326854 Jun. 23 Jun. 29

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, Distrito Judicial No 3, de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría de la autorizante, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios doña CALLEGARI, TRINIDAD MARÍA, L.C. N° 901.230, para que hagan valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Autos: CALLEGARI, TRINIDAD MARÍA s/Sucesión Testamentaria; (Expte. Nº 732, año 2016). Venado Tuerto, 14 de Junio de 2017. Andrea G. Chaparro, secretaria.

$ 45 326876 Jun. 23 Jun. 29

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación de la Ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña ANIMENDI, Edita Beatriz, DNI N° 5.434.414 para que dentro del término de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de ley, en los autos ANIMENDI, EDITA BEATRIZ s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 242/2017) publicándose a sus efectos por un día en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, 15 de Junio de 2017. Dra. Andrea G. Chaparro, secretaria.

$ 45 326880 Jun. 23 Jun. 29

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