picture_as_pdf 2010-06-23

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

RESOLUCION Nº 243

 

SANTA FE, 16 Junio 2010

 

VISTO:

El expediente Nº 01601-0072760-6 iniciado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante el cual se promueve llamar a concurso “abierto” para cubrir el cargo vacante de Delegado Coordinador en la Delegación Venado Tuerto; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 10 de noviembre de 2009 se dictó la Resolución N° 426 MTySS, por la cual la Jurisdicción llama a concurso interno para cubrir, entre otros, un cargo Nivel 7, Delegado Coordinador en la Delegación Venado Tuerto de la Dirección Regional Rosario; cargo vacante y perteneciente al agrupamiento administrativo del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial, Decreto Acuerdo Nº 2695/83;

Que el artículo 2° de la mencionada Resolución N° 426/09, textualmente reza: “El concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV, Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II, art. 102° Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar n° 1729/09;

Que por Acta N° 01 de fecha 07 de Diciembre de 2009, los integrantes en pleno del Jurado designado al efecto, han declarado “desierto” el concurso interno para cubrir el cargo de Delegado Coordinador en la Delegación Venado Tuerto de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; toda vez que los postulantes inscriptos no cumplían con los requisitos de admisibilidad previstos en la normativa vigente para participar de concursos internos de la Administración Pública Provincial.

Que atento a los consideraciones precedentes, corresponde convocar a concurso abierto, según régimen vigente normado por el Decreto N° 1729/09, para cubrir el cargo de Delegado Coordinador en la Delegación Venado Tuerto de la Dirección Regional Rosario, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos - contables previos a tales fines, según obra en el Expediente N° 01601-0071145-4 a través del cual se tramitó la Resolución N° 426/09 MTYSS que dispuso el llamado al concurso interno,

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente  Ley Nº 10052 y modificatorias, en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Declarar “desierto” el llamado a concurso interno convocado por Resolución n° 426/09, en un todo de acuerdo, al Acta 01 celebrada por el Jurado en pleno designado al efecto; para cubrir el siguiente cargo: Un cargo categoría 7, Agrupamiento Administrativo, Delegado Coordinador en la Delegación Venado Tuerto de la Dirección Regional Rosario.

ARTICULO 2°: Llamar a concurso “abierto” en los términos del Anexo II art. 102°, Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09, para cubrir un cargo categoría 7, Agrupamiento Administrativo, Delegado Coordinador en la Delegación Venado Tuerto de la Dirección Regional Rosario.

ARTICULO 3°: La descripción del puesto y determinación del nuevo perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo Nº 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.

Dr. CARLOS ANIBAL RODRIGUEZ

Ministro De Trabajo

Y Seguridad Social

 

ANEXO I

 

Jurisdicción: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Cargo a cubrir: Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo - Delegado Coordinador Regional Venado Tuerto.

Dirección: Dirección Regional Rosario - Subdirección de Delegaciones e Inspectorías Zona Sur.

Lugar de prestación de servicios: Local de la Delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sita en calle Mitre N° 766 de la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.

Cantidad de puestos a cubrir: Uno (1).

Horario de trabajo: Según reglamentación vigente.

MISIONES DEL PUESTO:

Controlar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en el ámbito de la competencia de la Delegación, ordenando inspecciones, interviniendo en reclamos individuales y conflictos colectivos. Asumir el control de la Delegación ordenando y supervisando las tareas del personal dependiente. Cumplimentar las órdenes emanadas de la superioridad

DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:

1- Ejercer la inspección y vigilancia para dar cumplimiento a las leyes y reglamentaciones vigentes en materia laboral, higiene y seguridad en el trabajo en el ámbito de su competencia y siniestros laborales.

2- Intervenir en reclamaciones individuales y los conflictos colectivos del trabajo, de oficio o a pedido de la interesada.

3- Instruir sumarios a los infractores a las normas del trabajo, elaborando las resoluciones emergentes elevándolas a consideración de la superioridad.

4- Organizar el despacho diario interno y externo de actuaciones, llevando un registro actualizado de documentación, de sumarios instruidos, actas realizadas, reclamos, conflictos e inspecciones, los que deben estar a disposición de la superioridad.

5- Someter a consideración de la Dirección Provincial los problemas conflictivos que requieran dictámenes legales.

6- Aprobar los recaudos legales.

REQUISITOS:

1. Título de Abogado.

2. Experiencia de 5 años en el ejercicio de la profesión.

3. Experiencia mínima de 1 año en posiciones con responsabilidades de conducción en organizaciones públicas o privadas, en áreas vinculadas a las relaciones laborales.

4. Cursos de especialización o actualización que se vinculen a los siguientes campos:

Negociación, mediación, arbitraje.

Homologaciones, notificaciones.

Resolución de conflictos.

Fiscalización del trabajo.

Organización del trabajo.

Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Derecho laboral en general.

5. Condiciones Generales y Competencias:

Liderazgo para el cambio

Pensamiento estratégico, habilidad analítica

Marcada capacidad de trabajo y de gestión

Profunda responsabilidad y compromiso

Integridad, honestidad y ética

Iniciativa, creatividad e innovación

Orientación al trabajo por resultados

Capacidad para la resolución de problemas.

 

ANEXO II

 

COMPOSICION DEL JURADO

 

El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: Ministro de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe o quien este designe, que no deberá poseer un rango inferior al de Subsecretario

1) Subsecretario Legal y Técnico del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Dr. Ricardo BRUNET.

2) Director Provincial de la Dirección Regional Rosario, Dr. Aldo M. FABUCCI.

3) Subdirector de la Dirección Regional Rosario, Sr. Claudio ROMERO.

4) Sub Director General de Asuntos Jurídicos, Dr. Eduardo JOLIVET.

5) UPCN, Mónica PAYA.

6) UPCN, Hugo RODRIGUEZ.

7) UPCN, Roberto FRANCUCCI.

8) ATE, Mónica GHIGLIA.

Suplentes:

1) Subsecretaría de Coordinación para el Trabajo Decente, Lic. María Teresa SAFA.

2) Directora Provincial de Empleo y Formación Profesional, Sra. Ana CASTRO.

3) Director General de Control de Gestión y RR; II., Sr. Andrés CABRERA.

4) Director General de Asuntos Gremiales a/c., Sr. Juan MARTINEZ.

5) UPCN, Enrique MELNIK.

6) UPCN, Adriana MARTINEZ.

7) UPCN, Pedro AIZEMBERG.

8) ATE, Carlos MELONI.

PROCEDIMIENTO PE INSCRIPCION:

Fecha: Desde el día 22 de Junio del 2010, hasta el día 12 de Julio del 2010, en el horario de 8 a 12 hs.

Lugar de presentación de la documentación: En la Delegación Venado Tuerto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sita en calle Mitre N° 766 de dicha ciudad.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados del 22 al 28 de Junio inclusive en el mismo horario y el lugar mencionado, en el horario de 8,30 hs. a 12,30 hs.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO ABIERTO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, midiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

 

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO ABIERTO

 

“En los Concursos abiertos cada una de estas etapas será eliminatoria de la siguiente” (art. 89° in fine. Decreto n° 1729/09).

 

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: 21/JUL/2010.

Lugar: Ministerio de Trabajo y S.S., Rivadavia 3049 ciudad de Santa Fe.

Hora: 9 hs.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente manera:

 

Para Concursos Abiertos

 

                                 1.1 Educación Formal                                              30

50          1.Estudios y                                    1.2.1. Cursos

             Capacitación 1.2. Capacitación          1.2.2. Jornadas, Seminarios,                                  específica          Congresos         20

 

                                                                    2.1.1. Característica

                                 2.1. Desempeño            2.1.2. Ámbito

                                 laboral                          2.1.3. Tiempo                      45

50          2. Antecedentes                              

             laborales                                                                                                                     2.2. Docencia e investigación                  5

 

Los participantes de Concursos abiertos sólo pasarán a la etapa siguiente, si hubieren obtenido un mínimo de sesenta (60) puntos en esta instancia.

 

Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: 28/JUL/2010.

Lugar: Dirección Regional Rosario, calle Ovidio Lagos n° 599, ROSARIO.

Hora: 15 hs.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Los participantes de Concursos abiertos sólo pasarán a la etapa siguiente, si hubieren obtenido un mínimo de setenta (70) puntos en esta instancia.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: 05/AGO/2010.

Lugar: Dirección Regional Rosario, calle Ovidio Lagos n° 599, ROSARIO.

Hora: 15hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto especifico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

Los participantes de Concursos abiertos sólo pasarán a la etapa siguiente, si hubieren obtenido un mínimo de setenta (70) puntos en esta instancia.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: 12/AGO/2010.

Lugar: Dirección Regional Rosario, calle Ovidio Lagos n° 599, ROSARIO.

Hora: 15 hs.

Se calificará de 0 a 100 pinitos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación  de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito de los Concursos abiertos se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a sesenta y cinco (65) puntos, para los concursos de todas las categorías.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

 

Evaluación Antecedentes         30%

Evaluación Técnicas                40%

Evaluación Personalidad           20%

Entrevista Persona                   10%

Total                                     100%

 

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas.

S/C             4711                Jun. 23

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SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION

 

RESOLUCION N° 0050

 

Santa Fe, 16 de Junio de 2010.

VISTO:

El Expediente N° 11121-0000438-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Titulo IV - Excepciones - Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a tres (3) licencias de Ms Windows última versión en español, está relacionada con la adquisición de tres (3) computadoras personales que se tramitan por expediente N° 11121-0000439-2, destinadas específicamente como puestos de trabajo del Sistema Presupuestario de Administración Financiera (SIPAF);

Que el SIPAF es un sistema informático ya existente y en uso, que al momento de la promulgación de la Ley 12360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS Windows para su ejecución;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido...”, que es el caso en el que se encuentra el SIPAF;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración;

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe, en carácter de excepción, a adquirir y utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

Artículo 1° Autorizar a la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe la compra e instalación del software propietario de conformidad al siguiente detalle:

• MS Windows última versión en español, tres (3) Licencias.

Artículo 2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C             4710                Jun. 23

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

NOTIFICACION

 

Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a la firma LUIS BERNARDO JAIMOVICH Y GUILLERMO PABLO WHPEI - UTE, y/o EMPRESA CONSTRUCTORA S.G.A., y/o LUIS BERNARDO JAIMOVICH, DNI. 14.109.932, con domicilio en calle Dorrego 233 P. 12 y/o GUILLERMO PABLO WHPEI DNI. Nº 18.093.795, con domicilio en calle Montevideo Nº 2142 Piso 2°, todos de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997. la Resolución N° 075/10 ind., dictada en autos caratulados: Expediente N° 13302-0485639-4- “EMPRESA CONST. SGA S.A.”.

Santa Fe, 9 de Marzo  de 2010.

VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:

ARTICULO 1° Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 1972-5/08 de Administración Regional Rosario, por MARCELA LILIANA CARRIZZO, DNI. 20.408.861.

ARTICULO 2° Requerir a la firma LUIS BERNARDO JAIMOVICH Y GUILLERMO PABLO WHPEI - UTE y/o EMPRESA CONSTRUCTORA S.G.A; y/o LUIS BERNARDO JAIMOVICH, DNI. 14.109.932, con domicilio en calle Dorrego 233 P. 12 y/o GUILLERMO PABLO WHPEI, DNI. Nº 18.093.795, con domicilio en calle Montevideo Nº 2142 Piso 2°, responsables solidarios de conformidad a lo establecido en los artículos 19 y 20 del Código Fiscal (t.o. 1997 y modificatorias) el pago de la determinación oportunamente realizada por Resolución Nº 1972-5/08 de la Administración Regional Rosario, y/o los reajustes impositivos en concepto de; Impuesto sobre los ingresos Brutos por los anticipos: 04 a 08 y 11/02; 01 a 04 -06-08 y 09/03: 01-02-06 y 11/04; 02-03 y 08/05: 01-02-05-06-08-09-11 y 12/06 y 01 a 04/07. la suma de: $ 9.822.89 (pesos nueve mil ochocientos veintidós con 89/100), Intereses: art. 43 del Código Fiscal Vigente: la suma de $ 5.207,75 (pesos cinco mil doscientos siete con 75/100). los que se deberán recalcular hasta la fecha del efectivo pago; multas por omisión Artículo 45 del Código Fiscal Res. Gral. 04/98 modificatorias, la suma de $ 982,26 (pesos novecientos ochenta y dos con 26/100) y en concepto de Multa por incumplimiento a los deberes formales Art. 44 del Código Fiscal Res. 06/93: modificatorias la suma de $ 750 (pesos setecientos cincuenta), y en concepto de los Aportes Sociales Ley 5110 por los períodos mensuales: 05/03: 01/04: 03 a 12/05: 01 a 12/06 y 01 a 04/07, la suma de $ 20.895,08 (pesos veinte mil ochocientos noventa y cinco con 08/100) Intereses: art. 43 del Código Fiscal vigente: la suma de $ 8.312,82 (pesos ocho mil trescientos doce con 82/100), los que deberán recalcularse hasta la fecha del efectivo pago y multas por omisión Artículo 45 del Código Fiscal Res. Gral. 04/98 modificatorias, la suma de $ 12.874,36 (pesos doce mil ochocientos setenta y cuatro con 36/100), requiriéndose la suma total de $ 58.845,16 (pesos cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cinco con 16/100).

ARTICULO 3° De acuerdo a las facultades conferidas por el art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario Subdirección de Fiscalización Externa Nº 2, sito en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas Judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Además se hace saber, que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12.071, le asiste el derecho a la recurrente de interponer formal recurso de apelación en los términos del art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ARTICULO 4° Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento notificación en el domicilio fiscal de la firma y legal constituido y demás efectos.

C.P.N JOSE DANIEL RAFFIN

Administrador Provincial

Administración Pcial. de Impuestos

S/C             103700 Jun. 23 Jun. 29

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