picture_as_pdf 2009-06-23

DECRETO Nº 1100


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

17 JUN 2009

VISTO:

El expediente Nº 00703-0000264-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y,

CONSIDERANDO:

Que la Empresa “TRANSPORTE AUTOMOTOR EL LUCERO S.R.L.”, titular de los Permisos Precarios N° 77, Nº 271 y Nº 278, solicita autorización para implementar un Servicio Público de Transporte de Pasajeros por Automotor – en la modalidad “Servicio Interurbano”, entre las ciudades de Rafaela - Frontera y viceversa, pasando por las localidades de Susana, altura Angélica, Plaza Clucellas, altura Cello, altura Zenón Pereyra y altura Josefina, transitando por las Rutas Nacionales N° 34 y N° 19 y Provincial N° 13 (Acceso a Plaza Clucellas), Provincial N° 32-s (Acceso a Frontera) y Provincial N° 67-s (Acceso a Susana), con régimen de intermedias;

Que la gestión ha sido interpuesta conforme a las disposiciones del Artículo 7º de la Ley Nº 2499, modificado por Ley Nº 9172, cumplimentándose además con las exigencias de los Decretos Nºs. 11755/61 y 2041/81;

Que la modalidad de prestación propuesta corresponde a servicio con tráfico de intermedias, por vías pavimentadas;

Que realizadas las publicaciones de Edictos que establece el Decreto Nº 05325/68 se presenta impugnando la solicitud la Empresa Transporte Automotor Interprovincial S.R.L. (T.A.I.) de jurisdicción nacional, la cual presta servicios desde Rafaela a la ciudad de San Francisco (Córdoba);

Que teniendo en cuenta lo previsto por el Artículo 2 inciso d) del Decreto N° 05325/68 la presentación efectuada por Empresa T.A.I. S.R.L. debe ser considerada sólo como elemento ilustrativo “...sin gozar del derecho consagrado en el inciso b...” (derecho a formular impugnaciones al pedido y a solicitar el traslado de actuaciones);

Que fundamenta su pedido en la necesidad imperiosa de las poblaciones de seguir contando con un servicio de transporte de pasajeros que una estas importantes localidades de la Provincia;

Que de acuerdo a antecedentes en términos a la Legislación aplicable, no existen razones de índole jurídica que impidan encauzar el trámite tendiente a introducir en el mercado una propuesta técnica viable para el usuario;

Que la Administración en ejercicio de las potestades inherentes, puede resolver en orden al resguardo del interés público para una mejor prestación de servicios;

Que de acuerdo a las evaluaciones técnicas efectuadas no existen superposiciones físicas y/o económicas para denegar el servicio solicitado;

Que las áreas técnicas y jurídicas de las Direcciones Generales de Transporte de Pasajeros y Tránsito y de Fiscalización y Servicios Administrativos de la Subsecretaría de Transporte se expiden favorablemente a lo solicitado en autos;

Que la gestión cuenta con dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y se efectúa conforme a las facultades acordadas, siguientes y concordantes de la Ley Nº 2499;

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 11945 del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y mismo número de su reglamentación aprobada por Decreto N° 1005/2006;

Que el mismo se dicta en uso de las facultadas conferidas por la Ley Nº 12004;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º - Otórgase a la Empresa “TRANSPORTE AUTOMOTOR EL LUCERO” S.R.L. con domicilio real en calle Urquiza 855 de la ciudad de Santa Fe y domicilio legal en calle Washington 155 de la ciudad de Rafaela, CUIT Nº 30-70892297-4, el Permiso Precario N° 285, para explotar un Servicio Público de Transporte de Pasajeros por Automotor – en la modalidad “Servicio Interurbano con régimen de intermedias”, entre las ciudades de Rafaela - Frontera y viceversa, pasando por las localidades de Susana, altura Angélica, Plaza Clucellas, altura Cello, altura Zenón Pereyra y altura Josefina, transitando por las Rutas Nacionales N° 34 y N° 19 y Provincial N° 13 (Acceso Plaza Clucellas), Provincial Nº 32-s (Acceso Frontera) y Provincial Nº 67-s (Acceso a Susana).

ARTICULO 2º - Apruébanse para el Permiso Precario N° 285 los horarios establecidos en el Anexo Unico, que se agrega y forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 3º - La permisionaria deberá oportunamente aplicar los Cuadros Tarifarios Vigentes una vez verificados y aprobados por la Subsecretaría de Transporte.

ARTICULO 4º - La autorización otorgada por el presente decreto será notificada a las Autoridades Municipales y Comunales de las localidades de la traza acordada.

ARTICULO 5º - El titular del Permiso Precario deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones del artículo 14 de la Ley N° 10582 (teniendo presente la limitación temporal establecida por la Ley N° 11387) y demás normas legales y reglamentarias que regulan la materia.

ARTICULO 6º - Este Permiso Precario podrá ser revocado en cualquier momento por el Poder Ejecutivo cuando concurran circunstancias especiales que así lo aconsejen y obliguen, sin que la permisionaria tenga derecho a indemnización alguna.

ARTÍCULO 7º - Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

Arq. Antonio Roberto Ciancio

ANEXO UNICO

Empresa “Transporte Automotor EL LUCERO S.R.L.”

Permiso Precario N° 285

Rafaela-Frontera y viceversa


IDA Diario Lunes a Domingos

Sábado y Lunes

Feriados

RAFAELA Sale 07.00 14.30 16.20

SUSANA Pasa 07.20 14.50 16.40

ALT. ANGELICA Pasa 07.45 15.15 17.05

PZA. CLUCELLAS Pasa 08.05 15.30 17.25

ALT. CELLO Pasa 08.25 15.50 17.45

ALT. JOSEFINA Pasa 08.45 16.10 18.05

FRONTERA Llega 08.50 16.15 18.10


VUELTA Domingos a

Viernes Sábado Diario

FRONTERA Sale 09.35 11.35 19.20

ALT. JOSEFINA Pasa 09.45 11.45 19.30

ALT. CELLO Pasa 10.00 12.00 19.40

PZA. CLUCELLAS Pasa 10.15 12.20 19.55

ALT. ANGELICA Pasa 10.35 12.40 20.10

SUSANA Pasa 10.55 13.00 20.35

RAFAELA Llega 11.15 13.20 20.55

Observaciones:

Salida de Rafaela de la hora 07:00: Ingresa a las localidades de Susana y Plaza Clucellas.

Salida de Rafaela de la hora 14:30 y 16:20 : Ingresa sólo a la localidad de Plaza Clucellas.

Salida de Frontera de la hora 09:35 y 11:35 : Ingresa sólo a Plaza Clucellas y Susana.

Salida de Frontera la hora 19:20: Ingresa sólo a Plaza Clucellas.

3282

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