picture_as_pdf 2013-04-23

MINISTERIO DE ECONOMIA


RESOLUCION Nº 163


Santa Fe, 15 de abril de 2013

VISTO:

El expediente N° 00322-0010744-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir un cargo vacante del Agrupamiento Administrativo dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que en la citada Dirección General existen funciones que resulta imperioso cubrir, en razón de que el cargo de Jefe de División Registro se encuentra vacante y corresponde al tramo superior;

Que a los efectos de la cobertura definitiva del cargo mencionado, el mismo se encuentra alcanzado por las disposiciones del artículo 61° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83;

Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento de los perfiles previstos para el puesto, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Llamar a concurso interno para cubrir un cargo vacante dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, que a continuación se detalla:

- Jefe de División Registro, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo.

ARTICULO 2° - La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 3° - Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA

Ministro de Economía


ANEXO I


PERFIL DE PUESTO


Cargo a cubrir: Jefe de División Registro, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo.

Sector: Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia - Subdirección de Proyectos y Asesoramiento - Coordinación General de Recursos Humanos - Departamento Registro y Documentación.

Lugar de prestación de servicios: Avda. Arturo Illia Nº 1151- 1° Piso - ciudad de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Estudiar y proponer medios técnicos apropiados para la conservación, rápida actualización y uso de la documentación en custodia.

Coordinar y planificar su labor con las distintas dependencias específicas en el ámbito de la Administración Pública Provincial en sus tres Poderes, con apoyo de la Sectorial de Informática.

Mantener el archivo de la documental en soporte papel.

Atender los requerimientos de la Superioridad en los temas encomendados.

Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado.

-Ley N° 12.817 - Ley de Ministerios.

Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Capítulo II - Subsistema de Recursos Humanos y Función Pública).

Del Personal:

Ley Nº 8.525 y modificatorios - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

. Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

- Decreto - Acuerdo N° 1919/89 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

- Del trámite y la gestión:

. Decreto-Acuerdo N° 10204/58 y modificatorios - Reglamentación de actuaciones administrativas.

- Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:

. Decretos N°s 3249/81 y 4023/86.

Ley N° 5516, Decretos N°s 1951/92, 0281/83, Resolución Nº 672/09 (pautas de descarte y conservación de diversa documental).

. Conocimientos y manejo del Sistema de Administración de Recursos Humanos - SARH.

Requisitos, estudios y/o experiencia:

Estudios primarios.

Características personales:

Marcada capacidad de trabajo y de gestión.

Iniciativa, creatividad e innovación.

Trato amable y respetuoso, discreción y seriedad.


ANEXO II


COMPOSICION DEL JURADO


El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: El señor Subsecretario de Administración y de Coordinación Económica Territorial, C.P. Emiliano Ignacio Arzuaga.

Titulares:

. El señor Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública, Dr. Guillermo Esteban Coulter.

. La señora Subdirectora General de Recursos Humanos de la Provincia, Dra. Angela María Ripoll.

. La señora Jefe de Departamento Programación, Coordinación e Informática de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, Susana Baigorria.

La señora Directora General de Administración, C.P.N. Ivanna Lilian Arce de Fassino.

El señor Rodolfo Andrés Pereyra en representación de UPCN.

El señor Germán Ramello, representación de UPCN.

El señor Darío Adolfo Costa, en representación de UPCN.

El señor Adrián Rosso, en representación de A.T.E.

Suplentes:

. El señor Director Provincial de Recursos Humanos y Función Pública, Dr. Juan Pablo Gutiérrez.

. El señor Coordinador General en el Area de Departamento Programación, Coordinación e Informática de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, Leonardo Severo Mario Castro.

El señor Jefe de Departamento Secretaría de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, Hugo René Fontanini.

La señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. Ana María Giandoménico.

. La señora Liliana Noemí Crocci, en representación de UPCN.

. La señora Mirta Guadalupe Morales, en representación de UPCN.

El señor Ana Cristina Coronel, en representación de UPCN.

. La señora Mónica Ghiglia, en representación de A.T.E.

Lugar y Fecha de Presentación de la Documentación

Coordinación General de Personal de la Dirección General de Administración, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental de la ciudad de Santa Fe, (Puerta N° 616)

. Desde el día 13/05/13 hasta el 24/05/13 en el horario de 8 hs. a 12 hs.


Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir del 06/05/13 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92° del Decreto N° 1729/09.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del 28/05/13, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía N° 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para ambos cargos.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.

Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: A partir del 10/06/13, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: A confirmar por el jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos, para todos los cargos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 103° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.

Etapa VI: Entrevista Personal:

Fecha: A partir del 28/06/13, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía N° 1151 - 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para ambos cargos.

Se calificará de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 105° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Categoría 4:

Evaluación Antecedentes: 30 %

Evaluación Técnica: 50 %

Entrevista Personal 20 %

TOTAL: 100 %

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

S/C 9104 Abr. 23

__________________________________________


FISCO NACIONAL

A.F.I.P. - D.G.I.)


REMATE POR

FABRINA MIRETTO RAMA


Se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL (A.F.I.P- DGI) c/OTRO s/Ejecución Fiscal” (Expte. Nº 57907/2011), en trámite por ante el Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Rosario a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, secretaría del Dr. Luis Alejandro Chede, la Martillera Pública Fabrina Miretto Rama C.U.I.T.: 27-26921558-0 Matrícula 1715-M-166; Matrícula Federal Nº 372; Rematará en subasta pública el día Jueves 16 de Mayo de 2013, a las 10:30 hs. En el Colegio de Martilleros de la ciudad de Venado Tuerto, cito en calle Mitre Nº 915; el siguiente bien: 100% Automotor Marca: Toyota; Modelo: TFR54HDAL/1999, Tipo: Pick-Up; Año: 1999, Chasis N° JAATFR54HX7127345, Motor Nº 637092; Dominio: CWI-081. De titularidad Registral de Demarchi Hermanos S.R.L. Si el día designado para la subasta resultare inhábil, se llevará a cabo al día siguiente hábil a la misma hora, condiciones y lugar establecidos. El bien saldrá a la venta conforme su estado con una Base de $ 30.000, comenzándose las pujas desde este monto, de no haber ofertas por dicha base o superiores a la misma, se declarará desierta la subasta.- Según consta en el Informe de Dominio expedido por el Registro General de la Propiedad Automotor Nº 2 de la ciudad de Venado Tuerto el bien objeto de ejecución registra los siguientes gravámenes: 1°) Embargo de fecha 08/08/2012, por un Monto de $ 163.469,12, en autos: Fisco Nac. AFIP-DGI c/Demarchi Hermanos S.R.L. s/E. Fiscal (Expte. Nº 57907/2011) Juzg. Fed. Nº 2 Rosario. 2) Embargo de fecha 25/10/2012 por un Monto de $ 58.688,18 en autos: Fisco Nac. AFIP-DGI c/Demarchi Hermanos S.R.L. s/E. Fiscal (Expte. Nº 45633/2009) Juzgado Federal Nº 2 Rosario. La Comuna con asiento en Localidad de Sancti Spiritu, informa que en concepto de Patentes no se registra deuda como así tampoco infracciones de tránsito. De la Verificación Automotor efectuada no surgen anomalías. Del mandamiento de secuestro surge que la unidad se encuentra Funcionando en Buen Estado de Conservación. El que resulte comprador abonará en el acto de remate el 100% del precio de compra, con más el 10% de comisión de Ley a la Martillera actuante, todo en dinero efectivo y/ o cheque certificado. El bien mueble será entregado a su comprador al momento del saldo del precio en el mismo acto de subasta. El comprador toma a su cargo las deudas que por patentes, multas y/o infracciones de tránsito pudieran pesar sobre el bien, como así también de corresponder cambio de radicación y transferencia. Se hace saber que conforme lo dispone el Art. 598 inc. 7° del C.P.C.C.N. no se procederá a la compra en comisión. Hágase saber a los acreedores existentes, oficiándose a los Juzgados pertinentes de la subasta a realizarse. La exhibición del bien se efectuara los dos días hábiles previos a la subasta. En cumplimiento de la Resolución General de la A.F.I.P. se deja constancia que el número de C.U.I.T. de la parte ejecutada es 30-70906374-6. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Fdo. Dr. Eduardo Giunta- Agente Fiscal (AFIP-DGI) Se deja constancia que el presente Edicto se encuentra Excento de Pago. 11 de Abril de 2013.-

S/C 196016 Abr. 23 Abr. 24

__________________________________________


AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0021


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 09 ABR 2013

VISTO:

el Expediente Nº 00101-0197465-0 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de San Lorenzo suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL;

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 2065/09 se aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial efectuado por funcionarios autorizados al efecto;

Que en este marco, la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en uso de sus facultades, suscribió en fecha 18 de diciembre de 2009 con la Municipalidad de SAN LORENZO y con Gendarmería Nacional, el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 3902, al Folio Nº 253, Tomo VII;

Que en dicho convenio la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL autorizó a la Municipalidad de SAN LORENZO a fiscalizar y juzgar conductas, y ejecutar sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas sobre rutas nacionales y provinciales que atraviesan su jurisdicción municipal, y que fueran comprobadas por efectivos de Gendarmería Nacional y/o por agentes provinciales y/o municipales;

Que conforme constancias obrantes en el expediente supra mencionado, la Municipalidad de SAN LORENZO ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, encontrándose autorizada para realizar las funciones antes descriptas conforme Resolución de Habilitación Nº 0010/11 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL;

Que por Resolución Nº 0028/11 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se dispuso extender la competencia territorial de la Municipalidad de SAN LORENZO para el juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquellos que se encuentren fuera de su distrito;

Que por Resolución Nº 0181/12 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se habilitó a la Municipalidad de CORONDA para realizar tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial;

Que a los fines de adecuar las competencias territoriales de la Municipalidad de SAN LORENZO y de la Municipalidad de CORONDA, se torna necesario detraer de la primera, espacios de competencia territorial prorrogada y reconocerla a la jurisdicción que corresponde;

Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontraron objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, el artículo 145 de la Ley Nº 13.169 y concordantes;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 0028/11 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL de fecha 02 de marzo de 2011 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Municipalidad de SAN LORENZO a realizar tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en los siguientes tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquellos que se encuentren fuera de su distrito, a saber:

RN 11: Desde el distrito de San Lorenzo (incluido) hasta el distrito Monje (incluido). Desde 326,23 hasta 383,48. (Tramo de 57,25 km).

RP AP 01: Desde 18,47 hasta 51,07. (Tramo de 32,60 km).

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

MARIANO CUVERTINO

Subsecretario

Agencia Provincial de Seguridad Vial

S/C. 9105 Ab. 23 Ab. 24

__________________________________________


RESOLUCIÓN Nº 0022


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 09 ABR 2013

VISTO:

el Expediente Nº 00201-0151273-0 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de SANTA FE suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL.

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 2065/09 se aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial efectuado por funcionarios autorizados al efecto;

Que en este marco, la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en uso de sus facultades, suscribió en fecha 13 de Junio de 2012 con la Municipalidad de SANTA FE el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 4984, al Folio Nº 196, Tomo IX;

Que en dicho convenio la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL autorizó a la Municipalidad de SANTA FE a fiscalizar y juzgar conductas, y ejecutar sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas sobre rutas nacionales y provinciales que atraviesan su jurisdicción municipal, y que fueran comprobadas por agentes provinciales y/o municipales;

Que a partir de dicho esquema de intervención territorial acotada, y habida cuenta la escasa cantidad de Juzgados Administrativos de Faltas asentados en los Municipios y Comunas de la Provincia en condiciones de ser habilitados en el marco de lo previsto en la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, resulta lógico suponer que no podrá brindarse servicio de juzgamiento a innumerables causas contravencionales surgidas de operativos de control realizados en distintos tramos críticos de rutas nacionales y provinciales de la Provincia, ajenos al territorio del distrito autorizado;

Que previendo tal situación, la Ley Provincial Nº 13.169 dispone en su artículo 145º que: “Hasta tanto el Poder Ejecutivo pueda implementar la puesta en funcionamiento de la Justicia Administrativa de Faltas de Tránsito Provincial, la Provincia concertará convenios para facultar a los Municipios y Comunas a los fines de que los Juzgados de Faltas Municipales o Comunales entiendan en el juzgamiento de las infracciones labradas en rutas y caminos provinciales y nacionales que atraviesan el territorio. La intervención de estos juzgados locales podrá extenderse a las infracciones ocurridas fuera de la jurisdicción a la cual pertenecen”;

Que asimismo la Ley Nº 13.133, artículo 8º, prescribe: “La Agencia Provincial de Seguridad Vial como autoridad de aplicación de la presente ley y de las políticas provinciales vinculadas a la seguridad vial, coordinará con las autoridades nacionales, provinciales, municipales y comunales las medidas tendientes a su efectivo cumplimiento. A tal efecto, queda facultada a suscribir convenios de complementación y coordinación con estas autoridades y con otras instituciones y organizaciones no gubernamentales”;

Que dentro del marco normativo mencionado y en ejercicio de las potestades conferidas a esta AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, corresponde extender a la Municipalidad de SANTA FE la competencia territorial para el juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquéllos que se encuentren fuera de su distrito;

Que conforme constancias obrantes en el expediente supra mencionado, la Municipalidad de SANTA FE ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, encontrándose autorizado para realizar las funciones antes descriptas. (Resolución de Habilitación Nº 0750/12);

Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontraron objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, el artículo 145º de la Ley Nº 13.169 y concordantes;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Municipalidad de SANTA FE a realizar tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en los siguientes tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquéllos que se encuentren fuera de su distrito, a saber:

RN 11: Desde el km 440,70 hasta el km 460,65 (Empalme con RN 19). (Tramo de 19,95 km).

RN 19: Desde el km 0,00 hasta el km 3. (Tramo de 3 km).

RP AP01: Desde el km 143,4 hasta el km 156. (Tramo de 13 km).

ARTICULO 2º: La intervención de la Municipalidad en el juzgamiento y ejecución sobre dichos tramos será exclusiva, salvo especificación en contrario. La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de extender o reducir mediante resoluciones generales o particulares los tramos de rutas otorgados en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

MARIANO CUVERTINO

Subsecretario

Agencia Provincial de Seguridad Vial

S/C. 9106 Ab. 23 Ab. 24

__________________________________________


COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en T.3 Agrupada 7 planta baja Bº Pucará, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 23 DE ABRIL DE 2013, a las siguientes personas:

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD LAGUNA PAIVA

1 Sr./a: CRISTINA SILVERIA ROSTIROLLA DE MUSURUANA, Matrícula Individual L.C. Nº 1.530.735, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVELLANEDA 3272 ,de la ciudad de: LAGUNA PAIVA, identificado como: Lote - Manzana K 0732 Plano Nº - Unidad U3-00-04 Planta 00 Parcela 00-04 Plano 105.671/1984: Partida Inmobiliaria Nº 10-05-00-1354710004-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 99 Par Fº 197 Nº 10130/1985 seccion PH Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0056668-8, Iniciador :GOROSITO OSCAR RAMON.

2 Sr./a: ADAN EDUARDO ALBARRACIN, Matrícula Individual L.E. 6.086.886, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MORENO 1771 ,de la ciudad de: LAGUNA PAIVA, identificado como: Lote 22 Manzana 35 Plano Nº 5173: Partida Inmobiliaria Nº 10-05-00-1365800003-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 460 Impar Fº 5298 Nº 53433/1985 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0004328-0, Iniciador :QUIROGA ROBERTO MARCELINO.

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTA FE

3 Sr./a: FRANCISCA FRANCH SANZ; FRANCISCO RAMO FRANCH; LUIS RAMO FRANCH;, Matrícula Individual 93.395.379; L.E. 8.106.390; DNI 93.395.329, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUJUY 4076 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 33 Manzana 1140 Plano Nº 120.581.1992: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-01-0986520129-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 603 Impar Fº 793 bis Nº 16475/1998; Tomo 603 Par 790 Nº 16478/1998; Tomo 603 Par Fº 782 Nº 16476/1998 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0057722-6, Iniciador :PONCE HUGO CARLOS.

4 Sr./a: AZIZ LICHA; EDUARDO RAMON CAMPAGNA; LUIS PATTI, Matrícula Individual DNI 11.723.472; L.E. 4.799.893; L.E. 3.168.542, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DIEZ DE ANDINO Y AGUADO ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 17, Manzana 9945 E, Plano Nº 100897: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133830/0280 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 372 Impar Fº 1143 Nº 35959/60/61/1979 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0023456-1, Iniciador :MOYANO PETRONA.

5 Sr./a: AZIZ LICHA; EDUARDO RAMON CAMPAGNA; LUIS PATTI, Matrícula Individual DNI 11.723.472; L.E. 4.799.893; L.E. 3.168.542, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EUROPA 9929 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 13 Manzana 9946 E Plano Nº100897/1983: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133830/0192-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 372 Impar Fº 1143 Nº 35959/60/61 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro

General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0023437-6, Iniciador :MOLINA IRINEO.

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTO TOME

6 Sr./a: FRANCISCA JUANA COSIMI; DANIEL IGNACIO COSIMI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MONTEAGUDO 4732 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 13 Manzana 9 Plano Nº Dup. 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/0338 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 465 Par Fº 6600 Nº 83960/1985 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0052111-3, Iniciador :ACEVEDO DELIA RAMONA.

7 Sr./a: AGUSTIN ROSALES, Matrícula Individual L.E. 5.950.410, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: J.J.PASO2032 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 14, Manzana G, Plano Nº 20990/1956: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-1432160489-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 567 Par Fº 3453 Nº 64668/1994 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0054661-7, Iniciador :RODRIGUEZ MARIA LEONOR.

8 Sr./a: JORGE DANIEL FOLTA, Matrícula Individual DNI 6.239.179, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 9 DE JULIO 3154 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 16 Manzana 2131 Plano Nº 76811/1975: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-1432170131-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 392 Impar Fº 5344 Nº 102769/1980 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0059662-3, Iniciador :BENAVIDEZ CECILIO JUAN.

9 Sr./a: MIGUEL ANGEL RIZZA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 4 DE ENERO 1868 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 2 Manzana 1834 (Municipal) Plano Nº 44440: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-1428040002-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 466 Impar Fº 7110 Nº 88295/1985 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0055857-5, Iniciador :MOLINA JUAN BAUTISTA.

S/C. 9113 Ab. 23

__________________________________________