JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
LEANDRO MACAYA
Por orden del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3º Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos: MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN C/OTRO S/APREMIO FISCAL Expte. Nº 16/10, se ha dispuesto que el Martillero Leandro Macaya (MATRICULA 1746-M-171), venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 26 de ABRIL de 2012 a las 10:30 hs. o el día siguiente posterior hábil a la misma hora, en las puertas del Juzgado Comunal de Puerto Gral. San Martín lo siguiente: LOTE: 24 MANZANA: “H” PLANO: 77241/74 DESCRIPCIÓN SEGÚN MAYOR AREA: …. Los siguientes inmuebles situados en “Villa Angelita”, jurisdicción del pueblo Puerto San Martín, más propiamente Puerto General San Martín, Distrito del mismo nombre, antes pertenecientes a la Colonia Jesús María, de este Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, los que según los planos números siete mil ochocientos cincuenta y seis años mil novecientos treinta y uno y setenta y siete mil doscientos cuarenta y uno año mil novecientos setenta y cuatro, se describen así: …. Una fracción de la manzana letra “H” de los referidos planos que abarca los lotes uno al diez y siete inclusive y veinte al treinta y cuatro inclusive, y que mide ciento cincuenta y dos metros noventa centímetros en su costado Norte, sesenta y nueve metros veinte y ocho centímetros en su costado Este; ciento treinta y dos metros setenta y cuatro centímetros en su costado Sud, siendo su costado Oeste una línea quebrada de tres tramos, el primero de los cuales partiendo del extremo Oeste del costado Norte se dirige hacia el Sud y mide treinta y cuatro metros sesenta y cuatro centímetros, de allí sigue el segundo tramo hacia el Este que mide veinte metros diez y seis centímetros y de allí sigue el tercer y último tramo hacia el Sud que mide treinta y cuatro metros sesenta y cuatro centímetros cerrando la figura con una superficie de nueve mil ochocientos noventa y cuatro metros cincuenta decímetros cuadrados, lindando: al Norte, con la calle Buenos Aires; al Sud, con la calle San Juan; al Este, con la calle Comercio y al Oeste según el primer plano en parte con la calle Santiago del Estero y en el resto con fondos del lote número diez y ocho y con el lote número diez y nueve, y según el plano citado en segundo término en parte con la calle Santiago del Estero y en el resto en parte con fondos del lote número diez y ocho y en parte con Santiago Garnero.- Inscripto al Tº 184 Fº 468 Nº 145264 Dto. San Lorenzo. El inmueble saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación DESOCUPADO (terreno baldío) y con la Base de $ 20.000 (Tasación), de no haber postores, seguidamente y en el mismo acto saldrá con una retasa del 25% , o sea $ 15.000.- y en caso de no obtenerse dicho importe, en el mismo acto saldrá a la venta con la base de $ 5.000.- Inf. del Reg. Gral.: libre de Inhibiciones e hipotecas, pero sí el siguiente embargo: por $ 5.177,41.- insc al Tº 120 E Fº 3014 Nº 356644 de fecha 19/07/2011.- de estos autos y juzgado. Hallándose copia de escritura agregada a autos a disposición de los interesados, no se aceptarán reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta. Déjese constancia en los edictos y en el acta de subasta que se confeccione oportunamente que los impuestos, tasas, y contribuciones, IVA y gastos centrales que adeudaren los inmuebles a subastar son a cargo del adquirente o comprador. Así también, previo a la transferencia, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y AFIP. Quien resulte comprador abonará en el mismo acto del remate el 30% de seña con más el 3% de comisión al martillero actuante y/o la comisión mínima que corresponda para tal caso, todo ello en dinero en efectivo y/o cheque certificado. El saldo del precio deberá abonarse dentro de los 5 (cinco) días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General de la Propiedad, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el bien a subastar, a fin de que se tome conocimiento de las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero. Ello sin perjuicio de lo normado en al Art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 (cinco) días antes de la subasta, a los fines de los Art. 494 y 495 CPCC, y permanecerá reservado en Secretaría. Para el caso de que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quien se realiza la compra y su número de documento, y deberá constar en los edictos a publicarse como condición de subasta. En el acta de subasta deberá dejar constancia la Actuaria del penúltimo postor, consignados sus datos personales. Publíquense edictos en el Boletín Oficial, estrados del Tribunal y estrados del Juzgado Comunal de Puerto General San Martín. Hágase saber a quien resulte comprador que deberá recurrir a un escribano Público a los fines de la confección de la escritura que resultare pertinente. Fijase como días de exhibición del inmueble a subastar el 24 y 25 de abril de 2012 de 14 a 16 hs. Todo se hace saber a los efectos legales. Rosario, de Abril de 2012. Dra. Gabriela Cossovich, Secretaría. PUBLICACION SIN CARGO.- Gabriela Cossovich, Secretaría.
S/C 164753 Abr. 23 Abr. 25
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