JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1, en lo Laboral, de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados URBASER ARGENTINA S.A. y Otros c/OBREGON, MÁXIMA GENOVEVA y Otros s/Consignación, Expte. 21-04767322-1, se cita por edicto a los posibles herederos de Alberto Oscar Ríos, DNI 16.818.147, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. 14 de Marzo de 2018. Aníbal M. López, Secretario.
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Tribunal Colegiado
Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaria, sito en calle 9 de Julio N° 2482 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "S.D.N.A.F. (BENITEZ M.Y. Y OTROS) S/ CONTROL DE LEGALIDAD" (Expte. N° 1155- Año 2014) se notifica por edictos al Sr. Héctor Gustavo Pittari, D.N.I N° 26.152.600, que se ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 07 de Septiembre de 2015.- Téngase presente. Por promovida FORMAL NOTIFICACIÓN DE ADOPCIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL Y CONTROL DE LEGALIDAD (art. 65 ley 12.967) adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe respecto de los menores MARIANELA YOANA PITTARI, JAIR EXEQUIEL TORRES, MARTINA ALEJANDRA NARDULLI Y KIARA YANET ROZZATTI. Agréguese la documental acompañada. Córrase vista a la Defensora General. Punto f): Téngase presentes las autorizaciones concedidas. Hágase saber ala Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe que deberá presentar informes mensuales respecto de la evolución de la situación de la menos involucrada en los presentes autos, poniendo en conocimiento de este tribunal las circunstancias que a sus efectos estimen pertinentes. Dispónese, asimismo, que dicho organismo tendrá a su cargo el diligenciamiento, notificación y realización de todos los actos impulsorios y procedimentales en la presentes causa. Hágase saber que se dispone la inaplicabilidad, en su caso, del impulso oficioso previsto en el Art. 709 del C.C.C.N., en razón de la imposibilidad material de recursos para efectivizarlo y hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en el art. 65 de la Ley 12967 reformada por la Ley 13237. Notifíquese. Fdo: Dra Patricia N. Ebenegger (SECRETARIA) - Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ).".- OTRO DECRETO: "En la ciudad de Santa Fe, a los 27 días del mes de febrero del año dos mil quince, siendo día y hora de audiencia en los autos caratulados "S.D.N.A.F. ( BENITEZ M.Y., BENITEZ, M.A., BENITEZ, K.Y. Y TORRES, J.E.) S/ CONTROL DE LEGALIDAD" (Expte. N° 1155- Año 2014), tramitados por ante este Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaría, se procede a realizar el sorteo de un abogado de la lista de oficio en presencia de la Sra. Jueza a Cargo, Dra. Mariana Herz, conforme a los decretado en fecha 03 de febrero de 2015 a fs. 337 de autos, Procediendo a abrir el acto y con la lista de nombramiento de oficio a la vista se procede a asignar un número del 1 al 19 de los allí consignados, resultando desinsaculada la bolilla N° 9, correspondiente al Dr. Aníbal Héctor Gutman ( D.N.I N° 14.764.448) con domicilio legal en calle Balcarce 1769 de ka ciudad de Santa Fe. Por lo tanto designese abogado para la presente causa al nombrado. Previa notificación a la Defensoría General, cíteselo a aceptar el cargo con formalidades de ley, en día y hora de audiencia, dentro de los tres días de notificado, bajo apercibimientos legales. En este estado y no siendo para más se da por terminado el acto, firmando S.S., todo por ante mí que certifico. Fdo.: Dra. María Eugenia Rossetti (SECRETARIA) - Dra. Mariana Herz (JUEZA).".- OTRO DECRETO: "Santa Fe, 25 de Febrero de 2015.- Téngase presente. Agréguese los oficios sin diligencia acompañados. Estese a la audiencia fijada a fs. 337. Notifíquese. Fdo.: Dra Patricia N. Ebenegger (SECRETARIA) - Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ) ".- OTRO DECRETO: "Santa Fe, 03 de Febrero de 2015.- Téngase presente y como lo solicita, fíjese nueva fecha de audiencia para el día 27 de febrero de 2015 a las 11,30 horas a los mismos fines y efectos dispuestos a fs. 333 y 335. Notifíquese. Fdo.: Dra Patricia N. Ebenegger (SECRETARIA) - Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ) ".- OTRO DECRETO: "Santa Fe, 11 de Septiembre de 2014.- Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada solicitud de CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (art. 65 ley 12.967) adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe respecto de los menores MARIANELA YOANA BENITEZ, JAIR EXEQUIEL TORRES, MARTINA ALEJANDRA BENITEZ Y KIARA YANET BENITEZ. Advirtiendo en este estado que el Control de Legalidad de la Medida de Protección Excepcional adoptada por la Subsecretaría se encuentra vencida previamente, en el plazo de cinco días, informe la situación actual de los niños, si se ha dispuesto una prórroga o el cese de la medida, y en su caso, acompañe la Disposición correspondiente. Hágase saber a la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe que deberá presentar informes mensuales respecto de la evolución dela situación de los menores involucrados en los presentes autos, poniendo en conocimiento de este tribunal las circunstancias que a sus efectos estimen pertinentes. Dispónese, asimismo, que dicho organismo tendrá a su cargo el diligenciamiento, notificación y realización de todos los actos impulsorios y procedimentales en la presente causa. Notifíquese por Secretaría. Notifiquen los empleados: Filosi, Ferronato y/ Diburzi. Notifíquese. Fdo.: Dra Patricia N. Ebenegger (SECRETARIA) - Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ) ".-OTRO DECRETO: "Santa Fe, 03 de Octubre de 2014.- Agréguese el informe acompañado. Por promovida FORMAL NOTIFICAION DE ADOPCION DE RESOLUCION DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL ( art. 65 lety12.967) adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe respecto de los menores MARIANELA YOANA BENITEZ, JAIR EXEQUIEL TORRES, MARTINA ALEJANDRA BENITEZ y KIARA YANET BENITEZ. Agréguese la documental acompañada. Córrase vista a la Defensora General. Notifíquese. Fdo.: Dra Patricia N. Ebenegger (SECRETARIA) - Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ) ".- OTRO DECRETO: "Santa Fe, 12 de Noviembre de 2012.- Téngase por contestada la vista corrida. Conforme lo dictaminado por la Sra. Defensora General interviniente, para que tenga lugar el sorteo de un abogado de la lista de oficio, a los fines de que represente los derechos e intereses de los menores MARIANELA YOANA BENITEZ, JAIR EXEQUIEL TORRES, MARTINA ALEJANDRA BENITEZ y KIARA YANET BENITEZ fíjese audiencia para el día 2 de Diciembre de 2014, a las 12 horas. Notifíquese. Fdo.: Dra Patricia Ebenegger (SECRETARIA) - Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ) ".-
S/C 21788 Mar. 23 Mar. 27
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Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaria, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "S.D.N.A.F. (BENITEZ M.Y. Y OTROS) S/ CONTROL DE LEGALIDAD" (Expte. N° 1155- Año 2014) se notifica por edictos al Sr. Jose Esteban Nardulli , D.N.I N° 22.066.706 , que se ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 11 de Septiembre de 2017. AUTOS Y VISTOS:(...) CONSIDERANDO: (...) RESUELVO: 1) TENER POR EFECTUADO EL CONTROL DE LEGALIDAD DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL adoptadapor Disposición N° 000077 del 07 de mayo de 2014 (fs. 183/189) y de la ADOPCIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL adoptada por Disposición N° 000009 (fs. 343/352), del 03 de febrero de 2015. 2) Designar a los Sres. MARIA ALEJANDRA BENITEZ, D.N.I. N° 16.863.610 y OSCAR RAUL GARCIA D.N.I. N° 6.239.226, tutores, de conformidad con lo dispuesto en el art. 104, 107 y cc. del C.C.C., de su nieta llamada MARIANELA YOANA PITTARI, D.N.I. N° 45.410.758, debiendo comparecer en cualquier día y hora de audiencia ante este Tribunal a los fines de la aceptación y discernimiento del mismo. 3) Designar a los Sres. ELVIRA TERESA AGUIRRE, D.N.I. N° 12.147.787 y AUDON ARIAS, D.N.I. N° 13.929.505, tutores, de conformidad con lo dispuesto en el art. 104, 107 y cc. del C.C.C., del niño JAIR EXEQUIEL TORRES, D.N.I. N° 46.968.855, debiendo comparecer en cualquier día y hora de audiencia ante este Tribunal a los fines de la aceptación y discernimiento del mismo.4) Declarar en situación de adoptabilidad a MARTINA ALEJANDRA NARDULLI, D.N.I. N° 47.839.363, nacida el 19 de mayo de 2007 y KIARA YANET ROZZATTI, D.N.I. N° 51.190.388, nacida el 29 de abril de 2011. 5) Atento lo resuelto en el punto 3), ofíciese al RUAGA a los efectos de que en el término de 5 días remitan los legajos de tres aspirantes inscriptos en dicho Registro, con sus datos de contacto, que se encuentren en condiciones de adoptar a las niñas MARTINA ALEJANDRA NARDULLI y KIARA YANET ROZZATTI. 6) Notifíquese la presente a los progenitores. 7) Notifíquese a la Sra. Defensora General y al abogado de los niños a los fines que estime menester. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese.Fdo.: Dra. Patricia Ebenegger (SECRETARIA) Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ) OTRO DECRETO: Santa Fe, 16 de Febrero de 2018. AUTOS Y VISTOS: (...) CONSIDERANDO (...) RESUELVO : RESUELVO: I) Ampliar el punto 2) del Resuelve de la Resolución Nº 1719, Folio 144/145, Tomo N° 20, de fecha 11 de septiembre de 2017, y en consecuencia disponer la privación de la responsabilidad parental de los Sres. Alejandra Marcela Benitez y Héctor Gustavo Pittari en relación a la adolescente Marianela Yoana Pittari. II) Ampliar el punto 3) del Resuelve de la Resolución Nº 1719, Folio 144/145, Tomo N° 20, de fecha 11 de septiembre de 2017, y en consecuencia disponer la privación de la responsabilidad parental de los Sres. Alejandra Marcela Benitez y Jorge José Torres respecto de Jair Exequiel Torres. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese, ofíciese. Dra. Patricia Ebenegger (SECRETARIA) Dr. Alejandro Azvalinsky (JUEZ)".
S/C 21787 Mar. 23 Mar. 27
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, en autos caratulados ZEBALLOS CARLOS PABLO TOMAS s/Declaratoria de Herederos, Cuij Nº 21-01993362-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Zeballos, Carlos Pablo Tomas, Documento Tipo: DNI M 6.305.577 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y en sede judicial. Santa Fe, 06 de Marzo de 2018. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria.
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos GARELLO, EMANUEL NORBERTO s/Quiebra, CUIJ 21-01987773-3.-se ha dispuesto: Santa Fe, 15 de Marzo de 2018… Resuelvo: l)Declarar la quiebra de Emanuel Norberto Garello argentino, mayor de edad, soltero D.N.I. 30.091.889 apellido materno pedrini, con domicilio real en Av. Aristóbulo del Valle 8341 y legal en calle 4 de enero 1753, oficina PB, ambos de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a. que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces.- 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 04 de abril de 2018 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 25 de abril de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 11 de mayo de 2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 11 de junio de 2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 7 de agosto de 2018 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 – 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). 16 de Marzo de 2018.
S/C 351202 Mar. 23 Abr. 3
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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: TOMARELLI, CECILIA AGUSTINA s/Quiebra (CUIJ 21-01993730-2), en fecha 09/03/18 se ha procedido a la declaración de quiebra de Cecilia Agustina Tomarelli, D.N.I. Nº 28.415.436, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Aguado Nº 2037, y con domicilio ad litem constituido en calle Dr. Zavalla N° 2388, Piso 3, Dpto. B, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare .en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 02/07/18 inclusive. Secretaría, 09 de Marzo de 2018. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 351177 Mar. 23 Abr. 3
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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos BAUDINO, NATALIA MARIANELA BELÉN s/Quiebra (expte. Nº 21-01993456-7), en fecha 13/03/2018 se ha procedido a la declaración de quiebra de Natalia Marianela Belén Baudino, D.N.I. Nº 33.728.720, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle 17 entre 6 y 8 s/n de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe y con domicilio ad litem constituido en calle Castelli Nº 1625, dpto. 1 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 22 de mayo de 2018. Secretaría, 13 de Marzo de 2018. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 351174 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados ROMÁN, MIGUEL ÁNGEL s/Solicitud propia quiebra (Expte. Nº 21-01994160-1 Año 2018) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: 1) Declarar la quiebra del Sr. Román, Miguel Ángel D.N.I. N°: 11.815.159 argentino, mayor de edad, empleado, apellido materno Villanueva con domicilio real en Pasaje Larguía 8567 y domicilio ad litem constituido en calle 1° Junta 2507 Piso 4°, Of. 13, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro 48 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales, 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 27 de Abril de 2018. Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, de 2018.
S/C 351194 Mar. 23 Abr. 3
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Por así estar dispuesto en los autos FLER, WILFREDO FABIO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-01991494-9) la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Viviana Marín, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 12 de Marzo de 2018.- Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Wilfredo Fabio Fler, apellido materno Abalos, argentino, D.N.I. Nº 17.556.004, CUIL N° 20-17556004-2, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Antón Martín 2714 de la localidad de Rincón y legal en calle Francia 3352 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 14/03/2018 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librara el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse • los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. –Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 04/05/2018, como. fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 18/05/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 18/06/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 14/08/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 14 de Marzo de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Síndica la C.P.N. María Lucía calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
S/C 351129 Mar. 23 Abr. 3
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Por así estar dispuesto en los autos “ALISANDRO, PEDRO DANIEL s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-01988640-6) la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Viviana Marín, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 12 de Marzo de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Pedro Daniel Alisandro, apellido materno Basabilbaso, argentino, D.N.I. Nº 32.871.510, CUIL Nº 20-32871510-5, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Misiones 6811 y legal en calle 3 de Febrero 2950, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos .a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 14/03/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y ‘depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 04/05/2018, como fecha hasta la cual los acreedores deberán A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 18/05/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 18/06/2018 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 14/08/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. “89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 14 de Marzo de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Sindico el C.P.N. Marcelo Carlos Rebechi con domicilio en calle Saavedra 2015 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 351131 Mar. 23 Abr. 3
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Por así estar dispuesto en los autos “VERÓN, SERGIO ADRIÁN s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-01991699-2)“ la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Viviana Marín, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 12 de Marzo de 2018. Autos Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Sergio Adrián Verón, apellido materno Bonettti, argentino, D.N.I. N° 40.645.907, CUIL N° 20-1440645907-2, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle calle Juan Díaz de Solís 4625 y legal en calle Obispo Gelabert 2574 Of. 1, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Sindico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 14/03/2018 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 04/05/2018, como fecha, hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 18/05/2018 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 18/06/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 14/08/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 14 de Marzo de 2018 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. Susana Nieves del Milagros Martín con domicilio en calle Uruguay 3150 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 351134 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: “GONZÁLEZ, NOELIA IVANA s/Solicitud propia quiebra” (Expíe. Nº 21-01993672-1 Año 2018) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: 1) Declarar la quiebra de la Srta. González, Noelia Ivana, D.N.I. N°: 37.037.102, argentina, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Chaco Nº 6555 y domicilio ad litem constituido en calle 3 de Febrero N° 2950, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro 48 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionadas con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 3 de Mayo de 2018. Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 2018. Dr. Tosolini, Secretario.
S/C 351193 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la Jueza de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 19 de marzo de 2018: AUCE, DANIELA VIVIANA sobre Solicitud propia quiebra” (Expte. Nº 21-01994179-2)... 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Daniela Viviana Auce, DNI 29.628.982 argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada en calle Río Negro 1820 de la localidad de Monte Vera y con domicilio ad litem constituido en calle Manzana 6, Vivienda 17, Barrio El Pozo, de la ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 21 de marzo de 2018 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 07 de mayo de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 18 de junio de 2018 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 30 de julio de 2018 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene el deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio”. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 19 de marzo de 2018. Dr. Hrycuk, Secretario.
S/C 351146 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación Santa Fe en los autos caratulados “QUAGLIARO, SONIA B y Otros c/SÁNCHEZ, NARCISO ARTURO s/Prescripción Adquisitiva” (CUIJ: 21-00024281-8) se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, SANTA FE, 29 de septiembre de 2017. Autos y vistos... Considerando:... Resuelvo: 1°) Hacer lugar a la demanda de usucapión respecto del inmueble deslindado en el escrito de demanda, cuyas medidas y linderos constan en el plano de mensura, declarando en consecuencia la posesión y consiguiente adquisición del dominio por parte de los actores, Sres. Sonia Beatriz Quagliaro, Angel Mario Quagliaro, Diego Adrián Quagliaro, Roberto Carlos Quagliaro, Sandra Mary Quagliaro y Andrea Verónica Quagliaro. 2°) Fijar en consecuencia el día 01/01/2009 como fecha en la cual se produjo la adquisición del derecho real por parte del Sr. Juan Carlos Quagliaro, y sus herederos en la continuidad de la posesión del inmueble. 3°) Oportunamente, inscríbase el inmueble en el Registro General, previo cumplimiento de los recaudos legales respectivos, pago de honorarios y depósito de los aportes correspondientes a las Cajas Profesionales, siempre que las constancias regístrales y catastrales así lo permitan, a nombre 3°) Publíquense los edictos por el plazo de ley en el BOLETÍN OFICIAL los que se exhibirán en el hall de Planta baja de estos Tribunales y diario El Litoral de esta ciudad. 4°) Las costas se imponen de conformidad al considerando IX. 5°) Diferir la regulación de honorarios hasta que las partes practiquen liquidación en los términos del art. 8 de la Ley 6767. Hágase saber, insértese y archívese. Notifíquese. Dra. Viviana E. Marín, Juez - Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario”. Secretaría, Santa Fe, 5 de marzo de 2018. Dr. Maurutto, Secretario.
$ 38 351188 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación, se hace saber que en los autos: “SACCO, MARISA MONICA s/Solicitud propia quiebra” Expte No 21-01990866-3 se ha dispuesto: Santa Fe, 21/12/2017. ...RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Marisa Mónica Sacco, DNI 21.994.961, mayor de edad, empleada, apellido materno CASALS, domiciliado realmente en calle 3 de Febrero 4580 de la ciudad de Santo Tomé y con domicilio ad litem constituido en calle Fray Cayetano Rodríguez 3881 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. ...4°) Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquel para que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5°) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. ...10°) Fijar el día 21/03/2018 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Sindico. 11°) Fijar el 09/05/2018 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 22/06/2018 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el informe general.... 13°) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522...” Fdo. Dr. Jorge A. Gómez, Secretario; Dr. Lucio A. Palacios, Juez. Se hace conocer que ha sido designado Sindica la CPN Jaquelin Baruffato que atenderá en calle Tucumán 3443 (Santa Fe) de lunes a viernes de 16.00 a 20.30hs. Dr. Salzman, Prosecretario.
S/C 351195 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “CERVANTES, GASTÓN DIÑO s/solicitud propia quiebra” (CUIJ 21-01994299-3) se ha declarado la quiebra de Gastón Diño Cervantes, DNI 26.716.810, argentino, mayor de edad, empleado de la firma Sanitek S.H. de Iglesias Rubén y Viviani Oscar, domiciliado realmente en calle Saavedra 8500 Manzana 5 Casa 10 y legalmente en calle 4 de Enero 1753 Oficina PB, ambos de la ciudad de Santa Fe, en fecha 16 de Marzo de 2018. Se dispuso el día 04.04.2018 como fecha en la que se realizará el sorteo del síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 02.05.2018. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no puede ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522 y punto 7 de la resolución de quiebra, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Lucio Palacios (Juez) Dr. Jorge A. Gómez (Secretario). Santa Fe, 16 de Marzo de 2018. Dr. Gómez, Secretario.
S/C 351201 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Señor Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ra Nom. Santa Fe, en los autos: “LUCIANO GHILARDI S.R.L. c/NEDELCOVICH, CARLA VANESA s/Juicio Ejecutivo, CUIJ 21-01984354-5” se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto “Santa Fe, 03 de Mayo de 2017.Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada demanda ejecutiva contra Carla Vanesa Nedelcovich, a quien se cita y emplaza para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezca a estar a derecho. Practíquese por Secretaría la liquidación de sellados correspondiente. A lo demás, aclare que tipo de cautelar solicita. Notifiquen: Adduci, Lovera, Borsotti, Sacco, Rodríguez o Elia. Notifíquese. Fdo.: Dr. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario); Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza).
$ 33 351187 Mar. 23 Mar. 27
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Un Décima Nominación de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ana Rosa Alvarez. Secretaría a cargo de Dr. Walter Hrycuk, en autos: “LEGAJO: ESNEYDE MIGUEL ANGEL c/ALVAREZ DE AGOSTA y Otros s/Prescripción Adquisitiva” - CUIJ N° 21-04889687-9/1, se ha dispuesto el siguiente proveído: “Santa Fe, 07 de marzo de 2018. Agréguense las cédulas diligenciadas acompañadas. A los fines de ordenar el presente proceso y en especial, atento lo resuelto por la Sala Civil Primera (fs. 534/538) que ha declarado nulo todo lo actuado con posterioridad a la publicación por edictos del primer decreto (fs. 228, al pedido de traslado de la demanda, oportunamente. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a los herederos del demandado. Notifíquese por edictos. Asimismo, declárase rebelde a la coheredera Silvia Gladys Acosta. Notifíquese por Cédula. Notifíquese. Fdo. Dra. Alvarez, Jueza. Dr. Hrycuk, Secretario.
$ 33 351239 Mar. 23 Mar. 27
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nro. 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza de la Primera Circunscripción Judicial, en los autos caratulados: SCHUCK TERESA AMELIA s/Declaratoria de herederos -Expte. 534 Año 2017- se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Teresa Amelia Schuck -DNI 3.783.874, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Secretaria a cargo de la Dra. Claudia Brown y Jueza - Dra. Julia Collad. El presente deberá publicarse por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y lugar designado por la Corte Suprema de Justicia. Esperanza, 6 de Marzo de 2018. Dra. Fascendini, Prosecretaria.
$ 45 351247 Mar. 23
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral, Distrito 17 de la ciudad de Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de doña Leticia Azucena Koziol, D.N.I. Nº 18.617.397, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “KOZIOL, LETICIA AZUCENA s/Sucesorio”, Expte. 627 - Año 2017, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A publicarse 5 veces en diez días. Villa Ocampo, 6 de Marzo de 2018. Dra. Caglia, Secretario.
$ 45 351196 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral, Distrito 17 de la ciudad de Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de don Domingo Antonio Brandolin, D.N.I. Nº 07.878.316, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “BRANDOLIN, DOMINGO ANTONIO s/Sucesorio”, Expte. 977 - Año 2017, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A publicarse 5 veces en diez días. Villa Ocampo, 6 de Marzo de 2018. Dra. Caglia, Secretario.
$ 45 351192 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral, Distrito 17 de la ciudad de Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de don Gabriel Luis Snaider, D.N.I. Nº 07.635.841, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “SNAIDER, GABRIEL LUIS s/Sucesorio”, Expte. 952 - Año 2017, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A publicarse 5 veces en diez días. Villa Ocampo, 6 de Marzo de 2018. Dr. Caglia, Secretario.
$ 45 351197 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o a todos quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia del causante don Carlos Alberto Rolón, D.N.I. M6.307.515, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: ROLON, CARLOS ALBERTO s/Sucesorio, Expte. Nº 1062/2017. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (art. 592 y 67 Ley 11287 CPC). San Justo, 2 de Marzo de 2018. Dra. Gioda, Secretaria.
$ 45 351209 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la Señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Segunda de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Lucia Ema Ambordt – DNI 0.751.135, fallecida el 27/08/2016, en Santa Fe, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos caratulados “AMBORDT, LUCIA EMA s/Sucesorio, CUIJ. 21-01991562-7, dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Marzo, 19 de Marzo de 2018. Dra. Silvestrini, Secretario.
$ 45 351109 Mar. 23
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 9na. Nom. de Santa Fe, se cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de ASENSION MANUEL MARIO, D.N.I. 6.289.056, para que comparezcan a hacerlos valer, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 16 de Marzo de 2018. Dr. Leizza, Prosecretario.
$ 45 351144 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en autos: “MUESATI, JULIO VICTOR s/Sucesorio” - CUIJ 21-01992708-0, se cita y emplaza a quiénes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Julio Víctor Muesati -D.N.I 6.243.027- bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 9 de Marzo de 2018. Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria). Dra. Romagnoli, Prosecretaria.
$ 45 351181 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “PIRAGINO VICTOR RAMON SALVADOR s/Sucesorio” CUIJ Nro. 21-01990669-5, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes del causante Piragino Víctor Ramón Salvador, L.E. Nº 6.263.444, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno para que los hagan valer por el término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 23 de Febrero de 2018.
$ 45 351184 Mar. 23
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Por disposición del Señor Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la OCTAVA Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: “MARZAL, ALBERTO JOSÉ s/Sucesorio” (21-01990030-1), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor Alberto José Marzal (L.E. Nº 6.264.945), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Planta Baja de Tribunales Santa Fe. Santa Fe, 22 de Febrero de 2018. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 351087 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: “PERESON, HORACIO LUDOVICO y Otros s/Sucesorio” (21-01026274-4), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Señores Horacio Ludovico Pereson (D.N.I. N° 5.602.107) y Elba Yolanda Ayala (D.N.I. N° 2.936.633), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y hall de Planta Baja de Tribunales Santa Fe. Santa Fe, Febrero de 2018. Dra. Leizza, Prosecretario.
$ 45 351083 Mar. 23 Abr. 3
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Nº 10 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaria unica, de la ciudad de San Cristóbal, Dra. Graciela Viviana Gutscher, en autos “NORIGA ISABEL DABIA s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 114 – año 2017, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todas aquellas que se creyeren con derecho sobre los bienes relictos de doña Noriga Isabel Fabia, DNI Nº 20.852.051, para que comparezcan por ante este Juzgado para hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. A tales efectos se publica en el BOLETÍN OFICIAL y puertas del Juzgado. San Cristóbal, 22 de Febrero de 2018. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.
$ 45 351233 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher Secretaría Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes dejados por la causante Sra. Faustina Rosa Arce, DNI Nº 1.911.975 por su fallecimiento, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos: Expte N° 469 año 2017 ARCE, FAUSTINA ROSAS/Declaratoria de herederos. San Cristóbal, 14 de Marzo de 2018. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.
$ 45 351230 Mar. 23 Abr. 3
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, comercial y Laboral, Secretaria Única de la ciudad e San Cristóbal en autos caratulados “GATTI, OSCAR HUGO s/Declaratoria de herederos”, (Expte. Nº 10/2018) cita y emplaza a los Herederos, Acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante don Oscar Hugo Gatti, DNI N° 11.219.120, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días de su publicación. Lo que publica en el BOLETÍN OFICIAL y puertas del Juzgado. San Cristobal, 14 de Marzo de 2018. Dr. Ricardo Ruiz Díaz, Secretario. Dra. Graciela Gutscher, Juez.
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: Expte. 1069 Año 2017 BUSTAMANTE, HUGO ALBERTO s/Sucesorio, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de Hugo Alberto Bustamante, DNI: 10.372.725, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio iniciado por Dra. Lucía Culasso. Publicaciones por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y conforme artículo 67 C.P.C.C.. Rafaela, de marzo de 2018. Fdo. Dra. Ana Laura Mendoza (Jueza) - Dra. Carolina Castellano (Secretaria). Dra. Olivera, Prosecretaria.
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil, y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Horacio Alberto Grande, DNI 7.649.085, para que en el término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley en los autos: “Expte. Nº 993 - Año 2017 -GRANDE, HORACIO ALBERTO s/Sucesorio”, iniciado con el patrocinio de las Dras. María Adela Salari y Julieta Muhn. Firmado: Dr. Hail(Juez), Dra. Carinelli (Secretaria) - Abogada -Secretaria. Rafaela, de 2.018. Dra. García, Prosecretario.
$ 45 351125 Mar. 23
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista (SF) en Autos: “FRATTINI MARÍA DEL ROSARIO c/OLIVA MAROVIO s/Ord. Prescripción Adquistiva”, Expte. Nº 415/2014, se notifica a los herederos y/o sucesores de Marovio Oliva, de que en virtud a que no han comparecido a estar a derecho a pesar de ser debidamente notificados le fueron impuestos los apercibimientos de ley declarándoselos rebelde en el presente proceso. Se trascribe la medida que así lo ordena: Reconquista, 19 de febrero de 2018. Agréguese oficio y edictos acompañados. A lo solicitado en el punto 2, oportunamente. Atento constancias de autos y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a la parte demandada. Notifíquese. Fdo. Dr. José María Zarza -Juez- Dr. Juan Manuel Astesino -Secretario- Otro Decreto: Reconquista, 05 de marzo de 2018. Como lo solicita, publíquense edictos de ley a los fines de la notificación del proveído de fecha 19 de febrero de 2018. Notifíquese. Fdo. Dr. José María Zarza -Juez- Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.
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