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MINISTERIO PUBLICO

DE LA ACUSACION


RESOLUCIÓN N° 00075/17


Santa Fe, 20 de marzo de 2017

VISTO:

El Expediente N° FG 000106/2017 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Inteligencia Criminal -Zona Sur- del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.

Que, el Art. 16° inc. 12) de la Ley 13.013, modificada por el Art. 5° de la Ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.

Que, la Ley 13.459 regula la competencia, estructura y funcionamiento del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación.

Que, el referido organismo depende orgánica, financiera y funcionalmente del Fiscal General, constituyendo un cuerpo especializado de investigación criminal cuyas funciones están orientadas a la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de elementos útiles para aquella.

Que, el Organismo de Investigaciones ejercerá su actuación a tenor de lo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe (Ley 12.734) y en la Ley 13.013.

Que, la estructura del organismo fue aprobada mediante Resolución Nº 198 de fecha 17 de agosto de 2016.

Que, dicho organismo está integrado, entre otros, por Jefaturas de Departamentos de Inteligencia Criminal, dependiente de la Subdirección Provincial de Investigaciones Criminales.

Que, la Ley 13.459 ha creado cargos presupuestarios de Jefe de Departamento, que serán elegidos de acuerdo a lo establecido en el régimen de concursos de funcionarios del MPA, garantizándose transparencia, publicidad, excelencia y celeridad. Que, actualmente dichos cargos se encuentran vacantes.

Que, las resoluciones N° 3/12 y su Anexo I, 210/14 y 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución 3/12, en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13.013 y en los Arts. 11, 20 y concordantes de la Ley 13.459.

POR ELLO:

E L F I S C A L G E N E R A L

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento de Inteligencia Criminal -Zona Sur- del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación, categoría presupuestaria de Jefe de Departamento, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15, cuyas misiones y funciones -responsabilidades primarias- se citan en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser ciudadano argentino y mayor de edad.

2. Poseer título universitario de abogado, o licenciado en ciencias políticas, o psicólogo, o sociólogo, o licenciado en administración, o afines en ciencias sociales.

3. No encontrarse comprendido en el régimen de incompatibilidades e inhabilidades previsto en el artículo 9° de la Ley 13.459.

4. Acreditar sólidos conocimientos y experiencia en el campo de la investigación criminal, el sistema de justicia penal y criminología.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante. La oposición consistirá en la presentación de un proyecto escrito de plan de trabajo o funcionamiento para el cargo que se postula cuyas características se indican en el Anexo III de la presente y que es parte de la misma, y en la exposición y defensa oral del plan de trabajo para la potencial gestión. En la entrevista se abordarán, entre otros, los siguientes tópicos: el proyecto de Plan de Trabajo presentado, conocimiento de las Leyes N° 13.459, 13.013, 13.014 y 12.734, el Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017 del Ministerio Público de la Acusación y el Documento Base de Política de Persecución Penal Democrática.

ARTÍCULO 4°: Intégrese el Órgano de Selección del presente concurso por: Miembros titulares: Dr. Víctor Gustavo Moloeznik, D.N.I. Nº 23.928.376; Dr. Gustavo Javier González. D.N.I. N° 23.017.682 y Dr. Marcelo Ignacio Hidalgo D.N.I. N° 18.779.030.

Miembros suplentes: Dr. Fabián Álvarez, D.N.I. N° 16.550.102; Dr. Augusto Oscar Montero, D.N.I. N° 24.613.984 y Dr. Mario Martín Barletta, D.N.I. N° 27.793.221.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1° de Mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, del 20 al 28 de abril de 2017, ambas fechas inclusive, en el horario de 8:30 a 12 horas, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de selección - Cargo JEFE DE DEPARTAMENTO INTELIGENCIA CRIMINAL -ZONA SUR- DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN”, Expte. Nº 000106/2017 e indique: 1) Apellido y nombre y 2) Tipo y número de documento nacional de identidad.

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente y Curriculum Vitae. En ambos casos se presentará una (1) copia impresa y una (1) copia en formato ODF (LibreOffice), en soporte CD.

2) Una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

3) Una (1) copia del título de grado exigido.

4) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

5) Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebra, Certificado policial de conducta y Certificado de vecindad.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial, no reintegrándose las mismas a los concursantes, a la finalización del concurso.

El día de la inscripción, deberá presentarse el Plan de trabajo establecido en el artículo 3 de la presente.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 18 de mayo de 2017 como fecha de la entrevista y la prueba de oposición, prevista en el artículo 3 de la presente, a partir de las 10 hs, en la Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Rosario, sita en calle Córdoba 2020 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, o la que el Órgano de Selección determine en función de la cantidad de inscriptos.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1 de mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar) durante cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la inscripción.-

ARTÍCULO 9°: Todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El modo de notificación referido será suficiente y válido.

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Ver Anexos I, II y III en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación: www.mpa.santafe.gov.ar

S/C 19157 Mar. 23

__________________________________________


RESOLUCIÓN N° 00078/17


Santa Fe, 20 de marzo de 2017

VISTO:

El Expediente N° FG 000109/2017 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Laboratorio Químico -Zona Norte- del Organismo de Investigaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.

Que el Art. 16° inc. 12) de la Ley 13.013, modificada por el Art. 5° de la Ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.

Que, la Ley 13.459 regula la competencia, estructura y funcionamiento del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación.

Que, el referido organismo depende orgánica, financiera y funcionalmente del Fiscal General, constituyendo un cuerpo especializado de investigación criminal cuyas funciones están orientadas a la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de elementos útiles para aquella.

Que, el Organismo de Investigaciones ejercerá su actuación a tenor de lo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe (Ley 12.734) y en la Ley 13.013.

Que, la estructura del organismo fue aprobada mediante Resolución Nº 198 de fecha 17 de agosto de 2016.

Que, dicho organismo está integrado, entre otros, por Jefaturas de Departamentos de Laboratorio Químico, dependiente de la Subdirección Provincial de Ciencias Forenses.

Que, la Ley 13.459 ha creado cargos presupuestarios de Jefes de Departamento, que serán elegidos de acuerdo a lo establecido en el régimen de concursos de funcionarios del MPA, garantizándose transparencia, publicidad, excelencia y celeridad. Que actualmente dichos cargos se encuentran vacantes.

Que, las resoluciones N° 3/12 y su Anexo I, 210/14 y 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución 3/12, en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13.013 y en los Arts. 11, 20 y concordantes de la Ley 13.459.

POR ELLO:

E L F I S C A L G E N E R A L

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento de Laboratorio Químico -Zona Norte- del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación, categoría presupuestaria de Jefe de Departamento, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 de este Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones –responsabilidades primarias- se citan en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser ciudadano argentino y mayor de edad.

2. Poseer título universitario de bioquímico, o biólogo, o licenciado en química, o biotecnólogo o afines en ciencias químicas.

3. No encontrarse comprendido en el régimen de incompatibilidades e inhabilidades previsto en el artículo 9° de la Ley 13.459.

4. Acreditar sólidos conocimientos y experiencia en el campo de la dirección de laboratorios de bioquímica, particularmente aquellos relacionados con las ciencias forenses y con principal énfasis en la vinculación con el sistema de justicia penal y la criminalística.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante. La oposición consistirá en la presentación de un proyecto escrito de plan de trabajo o funcionamiento para el cargo que se postula cuyas características se indican en el Anexo III de la presente y que es parte de la misma, y en la exposición y defensa oral del plan de trabajo para la potencial gestión. En la entrevista se abordarán, entre otros, los siguientes tópicos: el proyecto de Plan de Trabajo presentado, conocimiento de las Leyes N° 13.459, 13.013, 13.014 y 12.734, el Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017 del Ministerio Público de la Acusación y el Documento Base de Política de Persecución Penal Democrática.

ARTÍCULO 4°: Intégrese el Órgano de Selección del presente concurso por: Miembros titulares: Dr. Gustavo Javier González D.N.I. N° 23.017.682; Dr. Víctor Gustavo Moloeznik, D.N.I. N° 23.928.376 y Dr. Marcelo Ignacio Hidalgo, D.N.I. N° 18.779.030.

Miembros suplentes: Dr. Fabián Álvarez, D.N.I. N° 16.550.102; Dr. Augusto Oscar Montero, D.N.I. N° 24.613.984 y Dr. Mario Martín Barletta, D.N.I. N° 27.793.221.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación sita en calle 1° de Mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, del 20 al 28 de abril de 2017, ambas fechas inclusive, en el horario de 8:30 a 12 horas, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de selección - Cargo JEFE DE DEPARTAMENTO LABORATORIO QUÍMICO -ZONA NORTE- DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN”, Expte. Nº 000109/2017 e indique: 1) Apellido y nombre y 2) Tipo y número de documento nacional de identidad.

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente y Curriculum Vitae. En ambos casos se presentará una (1) copia impresa y una (1) copia en formato ODF (LibreOffice), en soporte CD.

2) Una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

3) Una (1) copia del título de grado exigido.

4) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

5) Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebra, Certificado policial de conducta y Certificado de vecindad.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial, no reintegrándose las mismas a los concursantes, a la finalización del concurso.

El día de la inscripción, deberá presentarse el Plan de trabajo establecido en el artículo 3 de la presente.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 22 de mayo de 2017 como fecha de la entrevista y de la prueba de oposición prevista en el artículo 3 de la presente, a partir de las 9 hs, en la Sede de la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1ro. de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, o en la que el Órgano de Selección determine en función de la cantidad de inscriptos.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 del Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación, deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1 de mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar) durante cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la inscripción..-

ARTÍCULO 9°: Todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El modo de notificación referido será suficiente y válido.

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Ver Anexos I, II y III en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación: www.mpa.santafe.gov.ar

S/C 19160 Mar. 23

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RESOLUCIÓN N° 00076/17


Santa Fe, 20 de marzo de 2017

VISTO:

El Expediente N° FG 000107/2017 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Inteligencia Criminal -Zona Norte- del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.

Que, el Art. 16° inc. 12) de la Ley 13.013, modificada por el Art. 5° de la Ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.

Que, la Ley 13.459 regula la competencia, estructura y funcionamiento del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación.

Que, el referido organismo depende orgánica, financiera y funcionalmente del Fiscal General, constituyendo un cuerpo especializado de investigación criminal cuyas funciones están orientadas a la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de elementos útiles para aquella.

Que, el Organismo de Investigaciones ejercerá su actuación a tenor de lo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe (Ley 12.734) y en la Ley 13.013.

Que, la estructura del organismo fue aprobada mediante Resolución Nº 198 de fecha 17 de agosto de 2016.

Que, dicho organismo está integrado, entre otros, por Jefaturas de Departamentos de Inteligencia Criminal, dependiente de la Subdirección Provincial de Investigaciones Criminales.

Que, la Ley 13.459 ha creado cargos presupuestarios de Jefe de Departamento, que serán elegidos de acuerdo a lo establecido en el régimen de concursos de funcionarios del MPA, garantizándose transparencia, publicidad, excelencia y celeridad. Que, actualmente dichos cargos se encuentran vacantes.

Que, las resoluciones N° 3/12 y su Anexo I, 210/14 y 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución 3/12, en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13.013 y en los Arts. 11, 20 y concordantes de la Ley 13.459.

POR ELLO:

E L F I S C A L G E N E R A L

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento de Inteligencia Criminal -Zona Norte- del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación, categoría presupuestaria de Jefe de Departamento, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15, cuyas misiones y funciones -responsabilidades primarias- se citan en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser ciudadano argentino y mayor de edad.

2. Poseer título universitario de abogado, o licenciado en ciencias políticas, o psicólogo, o sociólogo, o licenciado en administración, o afines en ciencias sociales.

3. No encontrarse comprendido en el régimen de incompatibilidades e inhabilidades previsto en el artículo 9° de la Ley 13.459.

4. Acreditar sólidos conocimientos y experiencia en el campo de la investigación criminal, el sistema de justicia penal y criminología.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante. La oposición consistirá en la presentación de un proyecto escrito de plan de trabajo o funcionamiento para el cargo que se postula cuyas características se indican en el Anexo III de la presente y que es parte de la misma, y en la exposición y defensa oral del plan de trabajo para la potencial gestión. En la entrevista se abordarán, entre otros, los siguientes tópicos: el proyecto de Plan de Trabajo presentado, conocimiento de las Leyes N° 13.459, 13.013, 13.014 y 12.734, el Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017 del Ministerio Público de la Acusación y el Documento Base de Política de Persecución Penal Democrática.

ARTÍCULO 4°: Intégrese el Órgano de Selección del presente concurso por: Miembros titulares: Dr. Víctor Gustavo Moloeznik, D.N.I. Nº 23.928.376; Dr. Gustavo Javier González. D.N.I. N° 23.017.682 y Dr. Marcelo Ignacio Hidalgo D.N.I. N° 18.779.030.

Miembros suplentes: Dr. Fabián Álvarez, D.N.I. N° 16.550.102; Dr. Augusto Oscar Montero, D.N.I. N° 24.613.984 y Dr. Mario Martín Barletta, D.N.I. N° 27.793.221.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1° de Mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, del 20 al 28 de abril de 2017, ambas fechas inclusive, en el horario de 8:30 a 12 horas, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de selección - Cargo JEFE DE DEPARTAMENTO INTELIGENCIA CRIMINAL ZONA NORTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN”, Expte. Nº 000107/2017 e indique: 1) Apellido y nombre y 2) Tipo y número de documento nacional de identidad.

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente y Curriculum Vitae. En ambos casos se presentará una (1) copia impresa y una (1) copia en formato ODF (LibreOffice), en soporte CD.

2) Una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

3) Una (1) copia del título de grado exigido.

4) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

5) Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebra, Certificado policial de conducta y Certificado de vecindad.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).


Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial, no reintegrándose las mismas a los concursantes, a la finalización del concurso.

El día de la inscripción, deberá presentarse el Plan de trabajo establecido en el artículo 3 de la presente.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 22 de mayo de 2017 como fecha de la entrevista y la prueba de oposición, prevista en el artículo 3 de la presente, a partir de las 10 hs, en la sede de la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, o la que el Órgano de Selección determine en función de la cantidad de inscriptos.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1 de mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar) durante cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la inscripción.-

ARTÍCULO 9°: Todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El modo de notificación referido será suficiente y válido.

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Ver Anexos I, II y III en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación: www.mpa.santafe.gov.ar

S/C 19158 Mar. 23

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RESOLUCIÓN N° 00077/17


Santa Fe, 20 de marzo de 2017

VISTO:

El Expediente N° FG 000108/2017 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Laboratorio Químico -Zona Sur- del Organismo de Investigaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.

Que el Art. 16° inc. 12) de la Ley 13.013, modificada por el Art. 5° de la Ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.

Que, la Ley 13.459 regula la competencia, estructura y funcionamiento del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación.

Que, el referido organismo depende orgánica, financiera y funcionalmente del Fiscal General, constituyendo un cuerpo especializado de investigación criminal cuyas funciones están orientadas a la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de elementos útiles para aquella.

Que, el Organismo de Investigaciones ejercerá su actuación a tenor de lo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe (Ley 12.734) y en la Ley 13.013.

Que, la estructura del organismo fue aprobada mediante Resolución Nº 198 de fecha 17 de agosto de 2016.

Que, dicho organismo está integrado, entre otros, por Jefaturas de Departamentos de Laboratorio Químico, dependiente de la Subdirección Provincial de Ciencias Forenses.

Que, la Ley 13.459 ha creado cargos presupuestarios de Jefes de Departamento, que serán elegidos de acuerdo a lo establecido en el régimen de concursos de funcionarios del MPA, garantizándose transparencia, publicidad, excelencia y celeridad. Que actualmente dichos cargos se encuentran vacantes.

Que, las resoluciones N° 3/12 y su Anexo I, 210/14 y 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución 3/12, en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13.013 y en los Arts. 11, 20 y concordantes de la Ley 13.459.

POR ELLO:

E L F I S C A L G E N E R A L

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Departamento de Laboratorio Químico -Zona Sur- del Organismo de Investigaciones que integra el Ministerio Público de la Acusación, categoría presupuestaria de Jefe de Departamento, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 de este Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones -responsabilidades primarias- se citan en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser ciudadano argentino y mayor de edad.

2. Poseer título universitario de bioquímico, o biólogo, o licenciado en química, o biotecnólogo o afines en ciencias químicas.

3. No encontrarse comprendido en el régimen de incompatibilidades e inhabilidades previsto en el artículo 9° de la Ley 13.459.

4. Acreditar sólidos conocimientos y experiencia en el campo de la dirección de laboratorios de bioquímica, particularmente aquellos relacionados con las ciencias forenses y con principal énfasis en la vinculación con el sistema de justicia penal y la criminalística.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante. La oposición consistirá en la presentación de un proyecto escrito de plan de trabajo o funcionamiento para el cargo que se postula cuyas características se indican en el Anexo III de la presente y que es parte de la misma, y en la exposición y defensa oral del plan de trabajo para la potencial gestión. En la entrevista se abordarán, entre otros, los siguientes tópicos: el proyecto de Plan de Trabajo presentado, conocimiento de las Leyes N° 13.459, 13.013, 13.014 y 12.734, el Plan de Desarrollo Institucional 2013-2017 del Ministerio Público de la Acusación y el Documento Base de Política de Persecución Penal Democrática.

ARTÍCULO 4°: Intégrese el Órgano de Selección del presente concurso por: Miembros titulares: Dr. Gustavo Javier González D.N.I. N° 23.017.682 ; Dr. Víctor Gustavo Moloeznik, D.N.I. N° 23.928.376 y Dr. Marcelo Ignacio Hidalgo, D.N.I. N° 18.779.030.

Miembros suplentes: Dr. Fabián Álvarez, D.N.I. N° 16.550.102; Dr. Augusto Oscar Montero, D.N.I. N° 24.613.984 y Dr. Mario Martín Barletta, D.N.I. N° 27.793.221.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación sita en calle 1° de Mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, del 20 al 28 de abril de 2017, ambas fechas inclusive, en el horario de 8:30 a 12 horas, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de selección - Cargo JEFE DE DEPARTAMENTO LABORATORIO QUÍMICO -ZONA SUR- DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN”, Expte. Nº 000108/2017 e indique: 1) Apellido y nombre y 2) Tipo y número de documento nacional de identidad.

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente y Curriculum Vitae. En ambos casos se presentará una (1) copia impresa y una (1) copia en formato ODF (LibreOffice), en soporte CD.

2) Una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

3) Una (1) copia del título de grado exigido.

4) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

5) Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebra, Certificado policial de conducta y Certificado de vecindad.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial, no reintegrándose las mismas a los concursantes, a la finalización del concurso.

El día de la inscripción, deberá presentarse el Plan de trabajo establecido en el artículo 3 de la presente.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 18 de mayo de 2017 como fecha de la entrevista y la prueba de oposición, prevista en el artículo 3 de la presente, a partir de las 9 hs, en la Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Rosario, sita en calle Córdoba 2020, Rosario, Provincia de Santa Fe, o la que el Órgano de Selección determine en función de la cantidad de inscriptos.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 del Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación, deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle 1 de mayo N° 2417 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar) durante cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la inscripción.-

ARTÍCULO 9°: Todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El modo de notificación referido será suficiente y válido.

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Ver Anexos I, II y III en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación: www.mpa.santafe.gov.ar

S/C 19159 Mar. 23

__________________________________________


MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y

TRANSPORTE


RESOLUCIÓN Nº 201


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”

VISTO:

El Expediente Nº 01803-0013152-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se promueve llamar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir el cargo vacante de Coordinador General de Servicios de Taller, categoría 7, Agrupamiento Administrativo, dependiente de la Dirección General de Comité de Cuencas y Talleres – Subsecretaría Operativa- Secretaría de Recursos Hídricos la Jurisdicción, y;

CONSIDERANDO:

Que la presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 y sus modificatorios Decretos Nº 1729/09 y Nº 4439/15;

Que conforme a lo tramitado en autos, la Subsecretaría Operativa adjunta el pertinente perfil del puesto y gestiona el correspondiente llamado a concurso;

Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento del perfil previsto para el puesto y propuesto los miembros titulares y suplentes que integrarán el Jurado del concurso.

Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por el artículo 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por el Decreto N° 1729/09, integrándose con personas que poseen en su actividad jerarquías superiores, equivalentes a la requerida y especialidades afines a las concursadas;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que mediante Dictamen N° 14704/2016 la Dirección General de Asuntos Jurídicos no presenta objeciones de carácter legal al presente trámite;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°: Llamar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir el siguiente cargo:


Perfil I

Cargo 7

Agrupamiento Administrativo

Función Coordinación General de Servicios de Taller

Dependencia Dirección General de Comité de Cuencas y Talleres

ARTÍCULO 2°: Aprobar el Anexo I, en el que se describe el puesto y determina el perfil solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles.

ARTÍCULO 3°: Aprobar el Anexo II, en el que se determina la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito.

ARTÍCULO 4°: Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo N° 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.


Perfil I

JURISDICCION 64 - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE – SECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS – SUBSECRETARÍA OPERATIVA – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE LOS COMITÉ DE CUENCAS - DIRECCIÓN GENERAL DE COMITÉ DE CUENCAS Y TALLERES – COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE TALLER

Cargo a Cubrir: COORDINACIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE TALLER – NIVEL 7-

Agrupamiento Administrativo.

Lugar de Prestación de Servicios: Juan Díaz de Solís 6698 – Santa Fe

Cantidad de Puestos a Cubrir: Uno (1).

Horario de Trabajo: Según reglamentación vigente

PERFIL PRETENDIDO de acuerdo a las Misiones y Funciones previstas para el cargo s/ Estructura Orgánica funcional regulada por el Decreto N° 2612/06, se detallan a continuación;

A. De las misiones del puesto

Supervisión de tareas técnicas y administrativas que permitan un normal desenvolvimiento de todas las funciones que desarrolla el taller, reemplazando al subdirector en caso de ausencia. Planifica y controla las mecánicas preventivas y reparaciones que deban ejecutarse en las máquinas excavadoras, movilidades y equipos transportables, propiedad de la Repartición. Programa y supervisa toda tarea de apoyo tendiente a la reparación de máquinas excavadoras, topadores, bombas para extracción de agua, grupos generadores, casillas rodantes y todo bien que requiera del accionar de la coordinación ante el requerimiento de la superioridad.

B. De las acciones

01- Asesorar y controlar, tanto en la parte técnica como administrativa, la totalidad de los trabajos que se desarrollen en el taller, proponiendo a la superioridad los cambios necesarios para un mejor accionar.

02- Coordinación de las tareas tendientes al control de los bienes ingresados para su reparación y seguimiento del proceso de diagnóstico de necesidades, elaboración de presupuestos y compra de elementos destinados a tal fin.

03- Asesorar al sector depósito y almacenes en los controles a implementar para llevar un detalle de los bienes de consumo utilizados en el taller.

04- Supervisar las tareas administrativas, control de personal, control de salida y entrada de vehículos, verificar la elaboración de los turnos de guardia y verificar los cronogramas de licencias del personal.

05- Colaborar con la Subdirección en la programación de las tareas de mantenimiento preventivo y reparación de todo bien que requiera la intervención del taller.

C. De la Formación Académica Requerida

Título Secundario: Excluyente.

D. Conocimientos Generales:

De la organización del Estado:

Ley de Ministerios - Ley N° 13.509.


Del personal

Aspectos generales de la Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Aspectos generales del Decreto N° 2695/83 y modificatorios-Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.

Aspectos generales del Decreto N° 1919/89 y modificatorios-Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo-Ley N° 10052 y modificatorias.

Aspectos generales del Decreto Nº 1729/2009 y Nº 4439/15 - Régimen de Concursos del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83.


Del trámite y la gestión:

Decreto Acuerdo N° 4174/15 - "Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas".

E. Conocimientos específicos inherentes a la Jurisdicción y al cargo:

Estructura y competencias del Ministerio de Infraestructura y Transporte (Decreto N° 0074/15).

Estructura y competencias de la Dirección General de Comité de Cuencas y Talleres (Decreto 2612/06).

F. Conocimientos técnicos específicos:

Conocimientos generales respecto del mantenimiento y reparación en general de camionetas doble y simple tracción, automóviles, camiones, motobomba, grupos generadores, casillas rodantes.

Conocimientos generales respecto de la utilización de chatones y camiones para transportar equipos pesados y livianos, como así también en relación a las herramientas necesarias para tal función.

Conocimientos generales respecto al emplazamiento, instalación y puesta en funcionamiento de bombas accionadas por motores de combustión interna y de bajo levante.

Conocimientos generales en relación al transporte de máquinas excavadoras

G. Conocimientos técnicos no específicos:

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo, Internet y correo electrónico.

Excelente nivel de expresión oral y escrita

H. Competencias Actitudinales:

Trato amable y respetuoso.

Responsabilidad y compromiso.

Capacidad de análisis y resolución de problemas.

Espíritu crítico, creativo e innovador.

Iniciativa y proactividad.

Correcta expresión oral y escrita.

Capacidad de integración y conformación de equipos de trabajo.

Capacidad para la organización del trabajo y la coordinación de las diversas áreas.


ANEXO II


COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: Secretario de Recursos Hídricos – Ing. Juan Carlos Bertoni

Miembros por el Ministerio:

Titulares:

Ing. Norberto Gandolfo – Director General de Comité de Cuencas y Talleres.

Ing. Marino Schmidt – Subdirector General de Comité de Cuencas y Talleres.

Ing. Renato Zonta – Director General de Obras por Terceros.

Ing. Mario Giombi – Subdirector General de Obras por Terceros.


Suplentes:

Ing. Cristian Martínez – Secretario de Aguas y Saneamiento

Ing. Ricardo Ruiz – Subsecretario Operativo.

Ing. Osvaldo Carrizo – Director General de Certificaciones, Auditoría y Control de Gestión.

Ing. Jorge Berzero – Subdirector General de Certificaciones, Auditoria y Control de Gestión.

Miembros por las Entidades Sindicales:

Unión del Personal Civil de la Nación

Titulares:

MMO Eduardo R. Belmonte

Ing. Carlos Almeida

Ing. Fernando Ávila

Suplentes:

Leonardo Carreras

Hugo Rodriguez


Asociación de Trabajadores del Estado

Titulares:

Arnoldo Tibaldo

Suplentes:

Mario Amico

I. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Lugar de presentación de la documentación:

En la Sede del Ministerio de Infraestructura y Transporte, sita en Avda. Alte. Brown Nº 4751 de la ciudad de Santa Fe.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8.00 hs. a 12.00 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

Difusión: Desde el 20/03/2017 al 03/04/2017. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada de la Página Web Oficial de la Provincia.

Inscripción: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta 5 (cinco) días hábiles después de su finalización, desde el 20/03/2017 al 10/04/2017, en el horario de 8:00 hs. a 12:00 hs. en la Mesa de Entradas del Ministerio de Infraestructura y Transporte, sito en calle Avda. Almirante Brown Nº 4751 de la ciudad de Santa Fe.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

Toda inscripción deberá ir acompañada por la correspondiente Certificación de Servicios y antigüedad (consultar en el área de Recursos Humanos de su jurisdicción), expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la Provincia y con fotocopia certificada del último recibo de sueldo del postulante.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1

de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Infraestructura y Transporte en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.


II. ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO


Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del día 11/04/2017 en horario a determinar por el Jurado

Lugar: Almirante Brown Nº 4751 de la ciudad de Santa Fe.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102º del decreto 4439/15 modificatorio del Decreto Nº 1729/09-Régimen de Concursos.

Finalizada la evaluación de los antecedentes de los aspirantes, el Jurado procederá a fijar el lugar, día y horario en que se realizará la Evaluación Técnica. Atento a ello, deberá publicarse dicha información en la Web oficial, junto con el listado de los aspirantes admitidos y de los no admitidos, y se notificará a cada interesado vía e-mail.

Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: A partir del día 24/04/2017, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 103 º del Decreto 4439/15 modificatorio del Decreto Nº 1729/09-Régimen de Concursos. Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Los integrantes del jurado determinarán día y hora en que procederán a puntuar las evaluaciones técnicas realizadas, si es que optaran por no hacerlo a continuación de la efectivización de las mismas. A tales efectos, la corrección de las evaluaciones deberá realizarse como máximo dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a su realización.

Dentro de las 72 horas de labrada el acta correspondiente donde se registra la puntuación obtenida por los concursantes en la Evaluación Técnica, el jurado procederá a fijar el lugar, día y horario en que se realizará la siguiente etapa de Evaluación Psicotécnica, teniendo en cuenta el período de Aclaratoria que se describe a continuación. Atento a ello, deberá publicarse dicha información en la Web Oficial, junto con el listado de los aspirantes que superaron y los que no superaron la presente etapa, y se notificará a cada interesado vía e-mail. Dentro de los tres (3) días de practicada dicha notificación, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales o aclarar conceptos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: A partir del 08/05/2017, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes. Se notificará a los postulantes junto con el resultado de la evaluación técnica.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, pudiendo participar también profesionales en representación de las entidades gremiales signatarias del Convenio Colectivo.

El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

El jurado interviniente podrá solicitar a los profesionales, un informe ampliatorio del resultado de la evaluación de las competencias laborales si lo considera necesario.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: A partir del 22/05/2017, en horario a determinar por el Jurado.

Lugar: A confirmar por el Jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes.

Se notificará a los postulantes junto con el resultado de la evaluación psicotécnica.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos. Cada uno de los ocho miembros del Jurado del Concurso asignará los puntajes estimados a cada postulante, obteniéndose el puntaje final en esta etapa, mediante el promedio resultante, Este puntaje deberá ser resuelto en el mismo día que se efectuara la entrevista al finalizar cada una de ellas o en su defecto, al finalizar todas las entrevistas programadas para el día.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa. Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos para los concursos internos de las categorías 6, 7, 8 y 9; En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de meritos confeccionado en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Agrupamiento Categoría 7

Evaluación Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40 %

Evaluación Personalidad 20 %

Entrevista Personal 10 %

Total 100 %


S/C 19154 Mar. 23 Mar. 28

__________________________________________


ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RESOLUCION GENERAL Nº 014/17


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”

17/03/17

V I S T O:

El expediente Nº 13301-0272966-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se impulsa la implementación de una aplicación informática que permita realizar los trámites de inscripción, modificación y cese de actividades de impuestos de autoliquidación, y;

CONSIDERANDO:

Que la Administración Provincial de Impuestos tiene como objetivo permanente la búsqueda de mecanismos que faciliten, agilicen, simplifiquen y aseguren a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;

Que en tal sentido y conforme a las nuevas herramientas tecnológicas, resulta necesario adecuar los servicios que actualmente brinda la Administración a los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Agentes de Retención y Percepción del citado tributo y del Impuesto de Sellos, para que, a través de Internet, puedan realizar los trámites de inscripción, modificación de datos y cese de actividades;

Que resulta oportuno implementar una aplicación informática en el marco del nuevo sistema basado en tecnologías web que ha incorporado el Organismo, con el objeto de mejorar la captación de datos, asegurando una mayor calidad y confiabilidad de información para la administración tributaria;

Que el sistema de trámites web implicará un cambio en el entorno de interacción y en el manejo de los datos del padrón de contribuyentes locales de los conceptos tributarios mencionados;

Que, para implementar dicha aplicación informática, corresponde disponer los requisitos, formalidades y demás condiciones que deberán observar los contribuyentes y/o responsables para realizar los trámites web;

Que el acceso al sistema se realizará con la autenticación de la Clave Única de Identificación Tributaria -CUIT- y la Clave Fiscal otorgadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos;

Que los nuevos trámites de inscripción y modificaciones de datos serán presentados y/o confirmados en línea;

Que para los trámites de inscripciones y encuadramiento en los distintos códigos de actividades, a través de la utilización del nuevo sistema, será de aplicación el "CUACM – Código Único de Actividades del Convenio Multilateral", aprobado por la Resolución General Nº 02/2000 de la Administración Provincial de Impuestos;

Que la nueva aplicación permitirá a los contribuyentes verificar la información existente en las bases de datos de la Administración Provincial de impuestos y, ante inconsistencias en la misma, podrán actualizarla a través de la opción modificación de datos;

Que a tales efectos, la Administración Provincial de Impuestos considera necesario que estos contribuyentes actualicen sus datos aún cuando la modificación se realice fuera del plazo estipulado en el inciso c) del Artículo 46 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que, en consecuencia, corresponde liberar tales actualizaciones, excepcionalmente y por un plazo limitado, de las sanciones previstas en el Inciso c) del Artículo 1º de la Resolución General Nº 05/2015;

Que han tomado intervención las distintas áreas operativas, técnico-legales, de seguridad e informática de la Administración Provincial de Impuestos, según la competencia que le corresponde a cada una de ellas;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la Dirección General Técnica y Jurídica de la Administración Provincial de Impuestos ha emitido Dictamen Nº 097/2017 de fs. 12, no encontrando observaciones de orden técnico-legales;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º - Apruébase la aplicación informática denominada “Padrón Web Contribuyentes Locales”, mediante la cual, los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos locales y quienes resulten designados para actuar como Agentes de Retención y/o Percepción del citado tributo, así como del Impuesto de Sellos, deberán realizar los trámites de inscripción, modificaciones de datos o baja por cese total de actividades.

ARTÍCULO 2º -La aplicación informática aprobada por el Artículo 1º se encontrará disponible en el portal de trámites de la Provincia de Santa Fe ingresando a www.santafe.gov.ar/tramites Tema: Impuestos – Subtemas: Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Trámite: Impuesto sobre los Ingresos Brutos “Padrón Web

Contribuyentes Locales” o ingresando en el sitio www.santafe.gov.ar/padronweb o en www.santafe.gov.ar/api en el box de destacado “Padrón Web Contribuyentes Locales”.

ARTÍCULO 3º - El acceso a la aplicación informática aprobada por el Artículo1º se

efectuará utilizando la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), debiendo tener previamente habilitado en el sitio www.afip.gov.ar del organismo tributario nacional, el servicio descripto en el Anexo Nº 1, el cual se aprueba y forma parte de la presente resolución general.

ARTÍCULO 4º - A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, la aplicación informática aprobada por el Artículo 1º, será el único medio por el cual los contribuyentes podrán cumplir los requisitos formales de inscripción en los distintos conceptos tributarios, modificaciones de sus datos, cese total de actividades o cese como Agentes de Retención y/o Percepción.

ARTÍCULO 5º -Cada trámite efectuado por los contribuyentes y/o responsables en el Sistema tendrá el carácter de Declaración Jurada.

ARTÍCULO 6º - En los trámites de Inscripción, una vez confirmados los mismos, el sistema otorgará el número de cuenta en el gravamen.

ARTÍCULO 7º -Las tasas retributivas de servicios establecidas por el artículo 28, inciso

8), apartados a) y b) de la Ley Impositiva Anual (t.o. 1997 y modificatorias) que deben abonar los contribuyentes y/o responsables por el trámite de inscripción deberá ser liquidada a través del sistema informático denominado “Liquidación web del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios” (SETA WEB) aprobado por la Resolución General Nº 13/2011 –API-, de acuerdo a las disposiciones del Anexo Nº 2 que se aprueba y forma parte de la presente resolución general.

ARTÍCULO 8º - Los contribuyentes que actualicen hasta el 30 de Junio de 2017, la

información existente en las bases de datos de la Administración Provincial de Impuestos, a través de la opción modificaciones de datos, no serán pasibles de la multa por infracción a los deberes formales, contemplada en el inciso c) del Artículo 1º de la Resolución General Nº 05/2015.

ARTÍCULO 9º -El sistema informático aprobado por la presente resolución, constituye un servicio que se pone a disposición de los contribuyentes y/o responsables, y no obsta, en modo alguno, las facultades de esta Administración Provincial de Impuestos de requerir la documentación o realizar las verificaciones o fiscalizaciones que se crean convenientes, en el momento que se considere oportuno, a fin de constatar la real situación fiscal del contribuyente y/o responsables y, en su caso, efectuar las determinaciones impositivas pertinentes.

ARTÍCULO 10º - La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 27 de Marzo de 2017, no siendo válidas las presentaciones efectuadas a partir de dicha fecha con el sistema anterior.

ARTÍCULO 11º -Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese por Newsletter Institucional a través de la Dirección General de Coordinación General y archívese.

C.P.N. LUCIANO MOHAMAD

ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


ANEXO Nº 1


PADRON WEB CONTRIBUYENTES LOCALES

Mediante el presente anexo se dispone el procedimiento que deberán seguir los contribuyentes y/o responsables para realizar los trámites de inscripción, modificación de datos, cese de actividades del Impuestos sobre los Ingresos Brutos o cese como Agentes de Retención y/o Percepción del citado impuesto y del impuesto de sellos.

REQUISITOS.

El contribuyente deberá contar con:

CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).

Clave Fiscal – Nivel 3 otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP -.

El servicio “API – Santa Fe – Padrón Web Contribuyentes Locales” habilitado en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP -.

PROCEDIMIENTO.

PRIMERO: El contribuyente para acceder al trámite “Padrón Web Contribuyentes Locales” disponible en el sitio Web de la Provincia de Santa Fe, deberá:

Habilitar, ingresando en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP - www.afip.gov.ar con su CUIT y Clave Fiscal, el servicio “API – Santa Fe – Padrón Web Contribuyentes Locales” siguiendo la secuencia que se describe a continuación:

1. Administrador de Relaciones de Clave Fiscal

2. Seleccionar “Adherir Servicio”

3. Desde la opción “Buscar” ingresar en Administración Provincial de Impuestos – Servicios Interactivos - “API - Santa Fe -Padrón Web Contribuyentes Locales”

4. Seleccionar: confirmar e ingresar la CUIT del usuario a quien delega la utilización del servicio, que puede ser la CUIT del mismo administrador (contribuyente) o de un tercero a quien se le delega como usuario del servicio.

5. Confirmar y obtener el formulario con habilitación del servicio

Cuando se designen terceros para acceder a este servicio, el sujeto designado deberá ingresar con su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP - en el servicio “Aceptación de Designación” para aceptar la delegación efectuada.

Los que no posean Clave Fiscal deberán gestionarla en la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP - conforme a lo establecido por ese Organismo a través de la Resolución General Nº 3713/2015 (AFIP) y modificatorias o la que en el futuro la reemplace.

SEGUNDO:El Contribuyente accederá a través de la página de la Provincia de Santa Fe ingresando a:

www.santafe.gov.ar/tramites Tema: Impuestos – Subtemas: Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Trámite: Impuesto sobre los Ingresos Brutos “Padrón Web Contribuyentes Locales” o,

www.santafe.gov.ar/padronweb y seleccionar el Trámite: Impuesto sobre los Ingresos Brutos “Padrón Web Contribuyentes Locales”.

www.santafe.gov.ar/api en el box de destacado “padrón Web Contribuyentes Locales”

En ambos casos haciendo clic en “realizar este trámite on line” o IVgo en Cuotas Ley 13066"de regularizarse ingresa al servicio que solicitará los siguientes datos: Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos, que serán autenticadas sobre la base de dicho Organismo en cada oportunidad que ingresen a la misma.

El sistema verificará que se encuentre registrado en la base de personas y, de corresponder, se desplegará una pantalla donde se mostrará, según corresponda, las siguientes opciones de trámites:

Trámite de Inscripción

Trámite de Modificaciones

Trámite de Cese

1. Trámite de Inscripción

Cuando se acceda por primera vez se habilita el botón INGRESAR para efectuar la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y se despliega el formulario con datos existentes en base de personas y con los siguientes ítems:

Datos de Identificación

Contribuyente

Apellido y Nombre o Razón Social

CUIT

A continuación se deberán incorporar los siguientes datos:

Datos Generales:

Fecha de Iniciación de actividades:

Nombre de Fantasía con el que identificará la actividad a desarrollar

Domicilios

Domicilio Fiscal

Domicilio de Explotación Actividad

Domicilio Otros

Actividades Explotadas

Nómina de los Integrantes de la Sociedad

Información de las Sucursales

Datos de contacto.

Al presionar el botón ENVIAR se incorporarán en forma automática los datos al sistema y se generará el Formulario Nº 1029 como comprobante de la inscripción efectuada, el cual podrá ser reimpreso a solicitud del interesado. Asimismo, el sistema remite un correo con un Código de Seguridad al correo declarado en Datos de Contacto, debiendo los contribuyentes y/o responsables responder el mismo, incorporando dicho Código, a efectos de verificar la validez del correo declarado.

Una vez inscripto como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, podrá efectuar la inscripción como Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, ingresando en las opciones especificadas en la aplicación.

2. Trámite de Modificaciones

Se podrán modificar los siguientes ítems:

Modificación de Apellido y Nombre o Razón Social

Modificación de Domicilio Fiscal

Modificación de Ingresos Brutos:

Nombre de Fantasía

Datos de contacto

Sucursales

Domicilios

Nuevas actividades

Cese de Actividades: este cese corresponderá a una o más actividades en las cuales deja de operar el contribuyente, sin constituir un cese definitivo.

Contacto

- Modificación Fecha de Inicio de Actividad: Este trámite será a confirmar por los operadores de la Administración Provincial de Impuestos.

3. Trámite de Cese

CESE TOTAL DE ACTIVIDADES:

Para realizar el cese total de actividades como sujeto obligado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberá incorporar la fecha de Cese pudiendo además colocar la fecha de Cese en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en el Derecho de Registro e Inspección (DREI) Municipal y/o Comunal, alcanzando cuando así corresponda al cese como Agente de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y/o Impuesto de Sellos.

CESE COMO AGENTE DE RETENCION Y/O PERCEPCION:

Cuando el sujeto obligado se encontrare inscripto como Agente de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y/o Impuesto de Sellos podrá realizar exclusivamente el cese por dicho concepto ingresando en la opción Cese Agente de IIBB o Cese Agente de Sellos.


ANEXO Nº 2


REPOSICIÓN DE LAS TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS

A) Los contribuyentes y/o responsables que realicen el trámite de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán abonar la Tasa Retributiva de Servicios de acuerdo a las disposiciones del artículo 28 inciso 8) apartado a) de la Ley Impositiva Anual (t.o. 1997 y modificatorias), para lo cual tendrán que ingresar a www.santafe.gov.ar/api – Impuestos: Impuestos de Sellos - Trámite: Liquidación web del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios (SETA WEB).

Procedimiento:

Una vez que el contribuyente ingresa a la aplicación, deberá elegir opción NUEVA LIQUIDACIÓN

Se despliega la solapa Detalle Operaciones y debe ingresar los siguientes datos:

- Fecha Acto

- Imagen

- Código de Operación: 91136 Tasa única por todo empadronamiento de negocio nuevo y demás actividades con fines de lucro para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

- Presionar las siguientes opciones en el siguiente orden:

* CALCULAR

* AGREGAR

* SIGUIENTE

Se despliega la solapa Partes Intervinientes y se deberán agregar los siguientes datos:

- CUIT -

- ROL – Titular.

Después presionar las siguientes opciones en el siguiente orden:

* AGREGAR

* SIGUIENTE

Se despliega la solapa Liquidación Final y se deberá presionar el botón CONFIRMAR y

aparece la pantalla con el número de liquidación y las opciones imprimir y Botón de Pago de la Red Link, debiendo previamente a cualquier acción imprimir la Liquidación – Formulario 324-, el cual se debe abonar en punta de caja del Nuevo banco de Santa Fe S.A. o en los Santa Fe Servicios. Si se opta por el Botón de Pago de la Red Link, se abona la liquidación mediante Homebanking, a dichos efectos se debe contar con cuenta bancaria que opere con la red mencionada.

B) Los contribuyentes y/o responsables que realicen el trámite de inscripción como Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto de Sellos, deberán abonar la Tasa Retributiva de Servicios de acuerdo a las disposiciones del artículo 28 inciso 8) apartado b) de la Ley Impositiva Anual (t.o. 1997 y modificatorias), para lo cual tendrán ingresar a www.santafe.gov.ar/api – Impuestos: Impuestos de Sellos - Trámite: Liquidación web del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios (SETA WEB).

Procedimiento:

Una vez que el contribuyente ingresa a la aplicación, deberá elegir opción NUEVA LIQUIDACIÓN

Se despliega la solapa Detalle Operaciones y debe ingresar los siguientes datos:

- Fecha Acto

- Imagen

- Código de Operación: 91145 Tasa única por todo empadronamiento de Impuesto de Sellos por el Sistema de Declaración Jurada.

- Presionar las siguientes opciones en el siguiente orden:

* CALCULAR

* AGREGAR

* SIGUIENTE

Se despliega la solapa Partes Intervinientes y se deberán agregar los siguientes datos:

- CUIT

- ROL – Titular

Después presionar las siguientes opciones en el siguiente orden:

* AGREGAR

* SIGUIENTE

Se despliega la solapa Liquidación Final y se deberá presionar el botón CONFIRMAR y aparece la pantalla con el número de liquidación y las opciones imprimir y Botón de Pago de la Red Link, debiendo previamente a cualquier acción imprimir la Liquidación – Formulario 324-, el cual se debe abonar en punta de caja del Nuevo banco de Santa Fe S.A. o en los Santa Fe Servicios. Si se opta por el Botón de Pago de la Red Link, se abona la liquidación mediante Homebanking a dichos efectos se debe contar con cuenta bancaria que opere con la red mencionada.

Para las situaciones A) y B) los contribuyentes y/o responsables acreditarán el pago de la tasa retributiva de servicios de la siguiente manera: Cuando opten por el pago en punta de caja deberán concurrir con el formulario de liquidación -324- y el formulario de inscripción emitido por el sistema “Padrón Web Contribuyente Locales” al Nuevo Banco de Santa Fe SA o Santa Fe Servicios quien procederá al cobro y al estampado de timbrado en el formulario de inscripción. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º de la Resolución General Nº 13/2011 modificada por la Resolución General Nº 25/2012.

Cuando opten por el pago electrónico con el servicio Botón de Pago de la Red Link, dicho pago se acreditará exhibiendo en forma conjunta el formulario de liquidación -324- que constituirá la declaración juradas y el ticket emitido por el servicio de pago electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º de la Resolución General Nº 13/2011 modificada por la Resolución General Nº 25/2012.

S/C 19149 Mar. 23

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. José Luis Serra D.N.I. 24.902.557, que en auto caratulado: Expediente Nro. 00901-0074387-7 SIE -TCP, s/ Resolución de Emplazamiento S II Nº 837 de fecha 20/12/2016, en concepto de subsidio – Dto. 4979/14 -“Gastos Alojamiento Familiar”.-, referidas al Balance de Movimiento de Fondos correspondiente al período Julio a Septiembre del año 2015 del Poder Ejecutivo – Gobernación, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º: .- Firmado: – CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente / Dr. Gerardo Gasparrini –Vocal / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”.

S/C 19152 Mar. 23 Mar. 27

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RESOLUCIÓN Nº 108.


SANTA FE, 10/03/2017

Visto el expediente n.º 00901-0077743-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, iniciado por la Secretaría de la Sala II con motivo de la Nota -receptada en fecha 15/02/2017- que le dirigiera a esa dependencia la Subsecretaria de Planificación Publicitaria, dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de esta Provincia, por medio de la cual solicitara la remisión del expediente jurisdiccional n.º 00101-0262088-8 SIE; y

CONSIDERANDO:

Que las referidas actuaciones jurisdiccionales reclamadas (n.º 00101-0262088-8 SIE) constituyen los antecedentes que motivaran el dictado de la Resolución n.º 0751 -fechada 01/12/2016- por parte de la Secretaría de Comunicación Social, dependiente de la nombrada Cartera de Gobierno, a través de la cual se adjudica “... a favor de Ignacio Javier Mansur - C.U.I.T. N.º 20-30996165-0 … la suma total de … ($ 150.000,00.-) por la contratación de los servicios de producciones en video digital de alta calidad, filmaciones y registro documental y producción y/o relevamiento fotográfico, redacción de textos, bandas sonoras y locución, … en un todo de conformidad con el modelo de contrato elaborado por la Subsecretaría de Planificación Publicitaria que se suscribirá entre el Gobierno de la Provincia y el beneficiario.” (s/ artículo 1º del acto);

Que dichos antecedentes fueron suministrados a este Tribunal de Cuentas por la nombrada Repartición Ministerial, en el marco de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de control de legalidad de los actos administrativos dictados por el Sector Público Provincial No Financiero (s/ artículo 202º de la Ley n.º 12.510 y Resolución n.º 007/06 TCP y modificatorias);

Que previa intervención de los estamentos técnico contables de este Organismo, conforme lo establecen las citadas disposiciones en vigor, la gestión es elevada a consideración de la Vocalía Jurisdiccional “B” de la Sala II, con competencia sobre la jurisdicción Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado. Analizada la misma, dispone se le remita Nota al titular de la Secretaría de Comunicación Social, para que la tramitación se complete con determinada información y con otros antecedentes, tal como lo consigna en la respectiva Hoja de Ruta (obrante en fotocopia a fs. 7 de autos); siendo formalizado el diligenciamiento ordenado por la Secretaría de la Sala II, con el envío de la Nota S.S.II N.º 3565 – del 29/12/2016 (cuya copia autenticada obra a fs. 8/9), recibida en la jurisdicción el 30/12/2016 (s/ constancia de recepción de fs. 10 de estos actuados);

Que además, en dicha Nota se le hace saber al nombrado funcionario que la respuesta a lo requerido se deberá canalizar a través de la Delegación Fiscal destacada en esa Cartera de Gobierno, en razón de que la totalidad de las actuaciones (propias y jurisdiccionales) serían remitidas a consideración del Contador Fiscal delegado para que efectúe el seguimiento de la requisitoria de mención;

Que de tal forma, producido en el ámbito de la Secretaría de la Sala II el despacho de la referida Nota, esto es en fecha 29/12/2016, y con el agregado de copia a dichas actuaciones administrativas, a los efectos señalados las mismas son retornadas a Fiscalía General – Área II, para su derivación a la Delegación Fiscal, quedando así registrado el movimiento de las actuaciones propias n.º 00901-0076956-5 en el SIE, a las que corrían como agregadas las jurisdiccionales ahora reclamadas n.º 00101-0262088-8 SIE; permaneciendo en el sistema con cargo a esa Fiscalía General, desde el 29/12/2016, y sin movimientos posteriores a esa fecha (s/ folio 3).

Que es así que, para dar respuesta a lo solicitado mediante la citada Nota N.º 3565/16, y posibilitar así dar continuidad a la gestión, la jurisdicción solicita telefónicamente a este Organismo el envío de las aludidas actuaciones jurisdiccionales; en primera instancia lo hace ante la Fiscalía General – Área II por encontrarse registradas con cargo a ese estamento las actuaciones en cuestión, pero ante la respuesta de que en esa dependencia los actuados no fueron recibidos, con igual modalidad el pedido se canaliza a la Secretaría de Sala II, quien les brinda las explicaciones del caso sobre todo lo actuado; momento a partir del cual dicha Secretaría toma conocimiento del presunto traspapelamiento o extravío de las actuaciones objeto del reclamo, abocándose a la búsqueda de las mismas en el ámbito de esa dependencia, así como en la Subdirección de Documentación y Archivo General, y asimismo, efectúa las gestiones y consultas pertinentes ante la Delegación Fiscal, como asimismo ante la Fiscalía General – Área II, quien resultara en definitiva destinataria de la tramitación, llevando la situación a conocimiento del propio Fiscal General, a fin de aunar esfuerzos en su búsqueda y poder así determinar su paradero; ante resultados negativos, y en conocimiento la jurisdicción de lo sucedido, la Sra. Claudia María Giavon, en su condición de Subsecretaria de Planificación Publicitaria, formaliza el reclamo mediante el escrito que diera origen a los presentes actuados administrativos;

Que con motivo de la referida presentación, mediante Informe S.II n.º 0199 -del 15/02/2017- la Secretaría de Sala II formula descargo sobre lo acontecido (s/ fs. 11/12), señalando no tener certeza del destino que habrían tenido los referidos actuados; advierte además, que habría detectado la falta de por los menos dos actuaciones más, las que fueran remitidas en la misma fecha a la Fiscalía General – Área II (29/12/2016), respecto de las cuales esa dependencia manifestara que tampoco fueron recepcionadas como hubiese correspondido, tratándose éstas de los legajos internos números: 00901-0076358-3 y 00901-0076336-5 SIE. Los mismos también fueron iniciados en el marco del análisis de la Resoluciones nros. 629 -del 09/09/2016- y 679 -del 13/10/2016-, respectivamente, ambas emitidas por la nombrada Secretaría de Comunicación Social; a través de las Notas S.S.II nros. 3034 y 3036 -de fecha 16/11/2016-, en ese orden, y con suspensión del plazo previsto en el artículo 208º de la Ley n.º 12.510, se le requirió al titular de esa Repartición complete las tramitaciones con nueva información y antecedentes. Considerados suficientes los descargos realizados en contestación a esas requisitorias, la Vocalía Jurisdiccional competente dispuso la devolución de los antecedentes jurisdiccionales y el archivo de las referidas actuaciones internas;

Que asimismo, se entiende del caso hacer mención acerca de que, en la fecha en que se produjera el diligenciamiento en la Secretaría de Sala II de las actuaciones ahora detectadas como faltantes, lo que ocurriera -como ya se señalara- en fecha 29 de Diciembre del año próximo pasado, esa dependencia se hallaba abocada a las tareas preparatorias y embalaje de la totalidad de los biblioratos, actuaciones y demás documentación que allí se encontraba radicada, para su inminente -por entonces- traslado a la nueva sede en calle San Jerónimo 1884 de esta ciudad, hecho ocurrido el segundo día hábil del pasado mes de Febrero; cabe destacar en este sentido lo voluminoso de la documental y la gran cantidad de actuaciones que se movilizaron, alcanzando aproximadamente a la suma total de 1.493 expedientes;

Que consideradas las presentes actuaciones administrativas, y atendiendo al antes aludido Informe S.II n.º 0199/17 que al respecto elaborara la Secretaría de Sala II, en el que describe acerca de todo lo actuado (agregado a fs. 11/12), así como además, teniendo en consideración que en la fecha en que se produjeran los hechos esa dependencia fue objeto de la mencionada mudanza a la actual sede, con todo lo que ello implica en cuanto a cantidad de documental trasladada, y asimismo, atento lo excepcional de la situación planteada, las Vocalías Jurisdiccionales que conforman la Sala II de este Órgano de Control resuelven pronunciarse con el dictado del pertinente acto dispositivo, acordando en dar por extraviadas las actuaciones internas números: 00901-0076956-5, 00901-0076358-3 y 00901-0076336-5 SIE, así como las jurisdiccionales n.º 00101-0262088-8 SIE que corrían como agregadas de la primera de ellas;

Por ello, en en reunión de Sala realizada en fecha 07/03/2017, registrada en Acta n.º 003,

LA SALA II

DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE

LA PROVINCIA

R e s u e l v e :

Artículo 1º: Dar por extraviadas las actuaciones internas números: 00901-0076956-5, 00901-0076358-3 y 00901-0076336-5 SIE, así como los actuados jurisdiccionales n.º 00101-0262088-8 SIE que corrían como agregadas de la primera de las mencionadas; ello en atención a las razones que se expresaran en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º: Regístrese, notifíquese a la Secretaría de Comunicación Social, dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, así como a la Fiscalía General – Área II de este Organismo, y remítanse las actuaciones para su archivo, en dependencias de la Subdirección de Documentación y Archivo General de este Organismo.-

CPN OSCAR MARCOS BIAGIONI – Presidente

DR GERARDO GASPARRINI – Vocal

CPN MARIA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal

CPN CLAUDIA E. ARAGNO – CF Secretaria de Sala II

S/C 19150 Mar. 23

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 025


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

14/03/2017

V I S T O:

El expediente Nº 01201-0008024-8 del SIE en el que obran los antecedentes relativos a irregularidades en la prestación del servicio de vigilancia por parte de la firma “DOGO ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD, VIGILANCIA E INFORMACIONES” de Jorge Darío Spingola; y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones de la referencia tienen su génesis en el informe producido por la Coordinadora del Espacio Cultural “La Redonda, Arte y Vida Cotidiana” dependiente del Ministerio de Innovación y Cultura;

Que de fs. 16 a 18 consta el acto administrativo de adjudicación de la prestación del servicio de vigilancia objeto de quejas y bajo análisis;

Que consta a fs. 13 y de fs. 30 a 34 las advertencias y notificaciones realizadas y también que en las certificaciones de recepción definitiva de la prestación del servicio la Secretaría de Producciones, Industrias y Servicios Culturales del M. I. y C. hizo notar las irregularidades;

Que corrida vista de las actuaciones al domicilio registrado del proveedor bajo análisis, dejó transcurrir el plazo de ley sin efectuar presentaciones ni dar explicaciones o presentar descargos;

Que en éste estado, quedan las actuaciones a consideración de ésta Coordinación General para emitir opinión letrada sobre el análisis disciplinario del proveedor;

Que en tal sentido, corresponde ponderar que la falta de prestación normal y regular del servicio constituye una grave inconducta en el marco del funcionamiento del amplio espacio cultural al que asiste numeroso publico y en el que se desarrollan importantes espectáculos, muestras, exhibiciones y recitales, en lo que resulta necesario el fiel y riguroso cumplimiento de la prestación, lo que debe ponderarse como conducta dolosa e inexcusable por parte del proveedor;

Que a criterio de la Coordinación de la Asesoría Letrada de esta Subsecretaría, “DOGO ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD, VIGILANCIA E INFORMACIONES” de Jorge Darío Spingola, DNI. 16.398.351 y CUIT 20-16398351-7; domiciliado en 3 de Febrero 4300, Vivienda 105 de la ciudad de Santa Fe, capital, llevo a cabo una prestación deficiente del servicio de vigilancia adjudicado, por lo que estima pertinente propiciar la sanción disciplinaria de “Suspensión por el término de dos (2) años” conforme el Catálogo de medidas que establece el bloque de legalidad provincial para proveedores;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley N° 12.510 y su Decreto Reglamentario N° 1104/2016, Decreto N° 2233/16 Art. 2 inc b); del Decreto Nº 2479/09 y 294/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y GESTIÓN

DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Aplicase a la firma “DOGO ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD, VIGILANCIA E INFORMACIONES” de Jorge Darío Spingola, DNI. 16.398.351 y CUIT 20-16398351-7; domiciliado en 3 de Febrero 4300, Vivienda 105 de la ciudad de Santa Fe (Santa Fe), la sanción disciplinaria de “Suspensión por el término de dos (2) años” conforme el Catálogo de medidas que establece el bloque de legalidad provincial para proveedores, con motivo de la rescisión contractual por causa en la entrega de bienes o la prestación de servicio de calidad inferior a la contratada, y en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes y conforme las facultades conferidas por el artículo 142 del Decreto Nº 1104/16 en su título 3.b-3 sanciones.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 19153 Mar. 23 Mar. 28

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RESOLUCIÓN Nº 026


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

14/03/2017

V I S T O:

La presentación de la documentación efectuada por la firma unipersonal VILLALBA ESTELA MARIA, ante el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, a los fines de la renovación de sus antecentes de inscripción vencidos; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro informa que del proceso de análisis de la documental aportada por la Sra. Villalba Estela Maria, se observa que la misma es dependiente de la Administración Pública Provincial;

Que en virtud de ello, remitió nota a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Economía, con el propósito de obtener datos fehacientes y a los fines de que se sirva indicar si la persona en cuestión se desenvuelve como agente dentro del ámbito provincial;

Que la Subdirección Gral. de Recursos Humanos respondió mediante Nota N° 198/2017 - de fecha 08/02/2017 - que es titular de un cargo de Maestro de Grado en la Esc. N° 478 e interina de 8 hs. Caegras en la Esc. N° 652, del Dpto. Castellanos, dependiente del Ministerio de Educación;

Que asimismo de la consulta efectuada en línea sobre el historial laboral, se corrobora lo indicado ut-supra;

Que en virtud de ello, debe tenerse presente lo establecido por el artículo 141° inc. b) de la Ley Nº 12510: “Pueden contratar con el Sector Público Provincial No Financiero todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas a continuación: ... inc. b) los agentes y funcionarios del sector público provincial y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social”.

Que por consiguiente el Registro aconseja rechazar el pedido de inscripción de la firma; sin perjuicio de autorizar los pagos por “facturación al cobro” que tuviere anteriores al dictado del presente acto, dado que no podría desconocerse el real cumplimiento de la prestación u ejecución de obra por parte de la firma unipersonal y su aceptación de conformidad por el organismo correspondiente;

Que la autorización indicada en el párrafo precedente, se extiende a los contratos suscriptos con la firma VILLALBA ESTELA MARIA, los cuales deberán ser ejecutados conforme las cláusulas de los mismos y hasta el vencimiento estipulado en su caso;

Que de no reconocerse implicaría un enriquecimiento sin causa del Estado;

Que por otra parte, dicho Registro sugiere dar inicio a las actuaciones tendentes al análisis de las posibles sanciones disciplinarias que pudieran corresponder contra los integrantes involucrados;

Que por los motivos expuestos corresponde dictar la norma administrativa que rechace el pedido de inscripción como proveedor a la empresa unipersonal VILLALBA ESTELA MARIA - CUIT N° 27-20145005-0;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y GESTION

DE BIENES

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1: Rechácese el pedido de incripción como proveedor a la firma VILLALBA ESTELA MARIA - CUIT N° 27-20145005-0, por aplicación de las normas citadas en los considerandos precedentemente, sin perjuicio de abonarse las facturas que se hallaren pendientes de pago en el Estado Provincial; haciéndose extensiva la autorización para los contratos suscriptos a la fecha, los que deberán ser ejecutados conforme las cláusulas de los mismos y hasta el vencimiento estipulado en su caso.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 19151 Mar. 23 Mar. 28

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