DECRETO N° 0385
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17 MAR
201
VISTO:
El actual período de
Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de la Provincia, convocado por
Decreto N° 2458 de fecha 06 de diciembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que este Poder
Ejecutivo considera necesario el tratamiento del asunto referido en el Artículo
1 del presente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º -
Inclúyese en el temario de Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de la
Provincia, para su tratamiento, el siguiente asunto:
- Mensaje Nº 3797:
deja sin efecto las obligaciones del Ente Administrador del Puerto de Santa Fe
de reintegrar a la Provincia los desembolsos efectuados por créditos
autorizados y tomados por las Leyes Nros. 12.108 y 12.848. Se derogan los
artículos 10 de ambas Leyes
ARTICULO 2º -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
6165
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