picture_as_pdf 2011-03-23

DECRETO N° 0371

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 15 MAR 2011

VISTO:

El expediente Nº 02101-0011508-9 y sus agregados Nº 02101-0011659-4 y Nº 01801-0017178-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, ha suscripto en fecha 18 de Mayo de 2009, el Convenio Complementario con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, en el marco del Subprograma “PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN MAS LIMPIA” aprobado por Decreto Nacional Nº 1523, de fecha 6 de Noviembre de 2007;

Que en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente se ha creado una Unidad de Gestión Especial, que tiene por objetivo desarrollar un programa de Promoción de la Producción Limpia (Resolución Nº 742/09 M.AS.P.yM.A.);

Que la Subsecretaría de Gestión Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente (M.A.S.P.yM.A.), dentro de los objetivos asignados a la Unidad de Gestión Especial de P+L, ha llevado a cabo diversas actividades con empresas de la Provincia en las áreas lácteas, acopio de granos, metalúrgica, parques industriales, seminarios de capacitación y promoción de P+L, tareas de diagnóstico de eficiencia ambiental en PyMEs, y ha promovido la conformación de dos grupos PPLyCE de empresas para incorporarse al Subprograma de la Nación;

Que la Provincia de Santa Fe ha institucionalizado acuerdos con distintas organizaciones industriales, para llevar a cabo iniciativas público-privadas de P+L y mejora en la eficiencia ambiental de las empresas;

Que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, ha puesto a consideración de la Provincia de Santa Fe la firma del Convenio Operativo, que establece el procedimiento para la gestión del SUBPROGRAMA I PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA antes citado;

Que corresponde dar un marco institucional propicio al programa de Promoción de la Producción Más Limpia, contenido en el Convenio Complementario suscripto en fecha 18 de Mayo de 2009, entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

Que en orden a lo expresado, se torna necesario disponer la creación en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente del MASPyMA del Programa Provincial de Producción Más Limpia, cuya titularidad y conducción será ejercida por el señor Subsecretario de Gestión Ambiental, siendo en su cometido asistido técnica y administrativamente por personal técnico, profesional y administrativo de su dependencia;

Que la gestión encuadra en las previsiones de la Ley Nº 11.717, su normativa reglamentaria y Convenio Complementario de fecha 18 de Mayo de 2009;

Que al respecto se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente mediante Dictamen Nº 5590/11 disponiendo la prosecución del trámite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º - Créase en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente el Programa Provincial de Producción Más Limpia y Eficiencia Ambiental, cuya titularidad y conducción será ejercida por el Subsecretario de Gestión Ambiental, siendo en su cometido asistido técnica y administrativamente por personal técnico, profesional y administrativo de su dependencia.

ARTICULO 2º - Entiéndase por Producción más Limpia a  “la aplicación continua de una estrategia ambiental preventiva e integrada a los procesos productivos, productos y servicios, orientada a mejorar la eficiencia, reducir riesgo para la salud humana y para el ambiente, a través del ahorro de materias primas, agua y energía, de la eliminación de insumos peligrosos y de la reducción de la cantidad y toxicidad de las emisiones y residuos en la fuente”.

ARTICULO 3º - Son objetivos del Programa creado en el Artículo 1º del presente decisorio, los siguientes:

a.- Promover la reducción de los impactos ambientales provocados por las actividades productivas y de servicios, introduciendo mejoras en los procesos y en los productos a través de estrategias de Producción Más Limpia y eficiencia ambiental;

b.- Mejorar la competitividad de organizaciones públicas y privadas, con fines de lucro o no, manteniendo ventajas comparativas que le permitan alcanzar, sostener y mejorar una determinada posición en el entorno socioeconómico de manera sostenible, tanto en aspectos internos o productivos, como en aspectos externos o de mercado

c.- Promover la elaboración e instrumentación de planes para la gestión ambiental integral de los sectores industriales, incluyendo medidas de Promoción de la Producción Más Limpia

d.- Capacitar recursos humanos en la temática antes mencionada, tanto a nivel de empresas, autoridades públicas, instituciones técnico – científicas y consultores afines.

e.- Intervenir en el mejoramiento y adecuación de la normativa ambiental correspondiente.

ARTICULO 4º - El Programa creado por el Artículo 1º recibirá una asignación presupuestaria específica, dentro del presupuesto anual de la administración pública provincial correspondiente a la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente; en forma transitoria durante el ejercicio 2011 será asignada una partida presupuestaria compensada con fondos propios de la jurisdicción;

ARTICULO 5º - La participación en el Programa del personal técnico, profesional y administrativo involucrado en el Artículo 1º de la presente resolución, no generará a su favor ningún tipo de remuneración distinta a la que viene percibiendo en su respectiva relación de empleo público.

ARTICULO 6º - Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

Arq. Antonio Roberto Ciancio

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