DECRETO N° 0371
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 15 MAR
2011
VISTO:
El expediente Nº
02101-0011508-9 y sus agregados Nº 02101-0011659-4 y Nº 01801-0017178-8 del
registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de
Santa Fe, a través del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio
Ambiente, ha suscripto en fecha 18 de Mayo de 2009, el Convenio Complementario
con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de
Gabinete de Ministros de la Nación, en el marco del Subprograma “PROMOCIÓN DE
LA PRODUCCIÓN MAS LIMPIA” aprobado por Decreto Nacional Nº 1523, de fecha 6 de
Noviembre de 2007;
Que en el ámbito de
la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y
Medio Ambiente se ha creado una Unidad de Gestión Especial, que tiene por
objetivo desarrollar un programa de Promoción de la Producción Limpia
(Resolución Nº 742/09 M.AS.P.yM.A.);
Que la Subsecretaría
de Gestión Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente (M.A.S.P.yM.A.), dentro
de los objetivos asignados a la Unidad de Gestión Especial de P+L, ha llevado a
cabo diversas actividades con empresas de la Provincia en las áreas lácteas,
acopio de granos, metalúrgica, parques industriales, seminarios de capacitación
y promoción de P+L, tareas de diagnóstico de eficiencia ambiental en PyMEs, y
ha promovido la conformación de dos grupos PPLyCE de empresas para incorporarse
al Subprograma de la Nación;
Que la Provincia de
Santa Fe ha institucionalizado acuerdos con distintas organizaciones
industriales, para llevar a cabo iniciativas público-privadas de P+L y mejora
en la eficiencia ambiental de las empresas;
Que la Secretaría de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la
Nación, ha puesto a consideración de la Provincia de Santa Fe la firma del
Convenio Operativo, que establece el procedimiento para la gestión del
SUBPROGRAMA I PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA antes citado;
Que corresponde dar
un marco institucional propicio al programa de Promoción de la Producción Más
Limpia, contenido en el Convenio Complementario suscripto en fecha 18 de Mayo
de 2009, entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la
Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y el Ministerio de Aguas,
Servicios Públicos y Medio Ambiente;
Que en orden a lo
expresado, se torna necesario disponer la creación en el ámbito de la
Secretaría de Medio Ambiente del MASPyMA del Programa Provincial de Producción
Más Limpia, cuya titularidad y conducción será ejercida por el señor
Subsecretario de Gestión Ambiental, siendo en su cometido asistido técnica y
administrativamente por personal técnico, profesional y administrativo de su
dependencia;
Que la gestión
encuadra en las previsiones de la Ley Nº 11.717, su normativa reglamentaria y
Convenio Complementario de fecha 18 de Mayo de 2009;
Que al respecto se ha
expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas,
Servicios Públicos y Medio Ambiente mediante Dictamen Nº 5590/11 disponiendo la
prosecución del trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º - Créase
en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas,
Servicios Públicos y Medio Ambiente el Programa Provincial de Producción Más
Limpia y Eficiencia Ambiental, cuya titularidad y conducción será ejercida por
el Subsecretario de Gestión Ambiental, siendo en su cometido asistido técnica y
administrativamente por personal técnico, profesional y administrativo de su
dependencia.
ARTICULO 2º -
Entiéndase por Producción más Limpia a
“la aplicación continua de una estrategia ambiental preventiva e
integrada a los procesos productivos, productos y servicios, orientada a
mejorar la eficiencia, reducir riesgo para la salud humana y para el ambiente,
a través del ahorro de materias primas, agua y energía, de la eliminación de
insumos peligrosos y de la reducción de la cantidad y toxicidad de las
emisiones y residuos en la fuente”.
ARTICULO 3º - Son
objetivos del Programa creado en el Artículo 1º del presente decisorio, los
siguientes:
a.- Promover la
reducción de los impactos ambientales provocados por las actividades
productivas y de servicios, introduciendo mejoras en los procesos y en los
productos a través de estrategias de Producción Más Limpia y eficiencia
ambiental;
b.- Mejorar la
competitividad de organizaciones públicas y privadas, con fines de lucro o no,
manteniendo ventajas comparativas que le permitan alcanzar, sostener y mejorar
una determinada posición en el entorno socioeconómico de manera sostenible,
tanto en aspectos internos o productivos, como en aspectos externos o de
mercado
c.- Promover la
elaboración e instrumentación de planes para la gestión ambiental integral de
los sectores industriales, incluyendo medidas de Promoción de la Producción Más
Limpia
d.- Capacitar
recursos humanos en la temática antes mencionada, tanto a nivel de empresas,
autoridades públicas, instituciones técnico – científicas y consultores afines.
e.- Intervenir en el
mejoramiento y adecuación de la normativa ambiental correspondiente.
ARTICULO 4º - El
Programa creado por el Artículo 1º recibirá una asignación presupuestaria
específica, dentro del presupuesto anual de la administración pública provincial
correspondiente a la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas,
Servicios Públicos y Medio Ambiente; en forma transitoria durante el ejercicio
2011 será asignada una partida presupuestaria compensada con fondos propios de
la jurisdicción;
ARTICULO 5º - La
participación en el Programa del personal técnico, profesional y administrativo
involucrado en el Artículo 1º de la presente resolución, no generará a su favor
ningún tipo de remuneración distinta a la que viene percibiendo en su respectiva
relación de empleo público.
ARTICULO 6º -
Regístrese, comuníquese y archívese.
BINNER
Arq. Antonio Roberto Ciancio
6163
__________________________________________