picture_as_pdf 2011-02-23

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

JUAN A. TAFFAREL

El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 22 de la localidad de Laguna Paiva, Secretaría a cargo del Dr. Christe Jorge Luis, en autos: "COMUNA DE CAMPO ANDINO c/Otra s/Demanda de Apremio" Expte. 54/10, ha dispuesto que el Martillero Juan Antonio Taffarel, C.U.I.T. 20-11832521-5, proceda a vender el día 4 de Marzo de 2011 a las 10,30 hs, o el día hábil siguiente si aquél resultare feriado, a la misma hora, en el Juzgado Comunal de la localidad de Campo Andino, con la base del Avalúo Fiscal de $ 224,59 de no haber postores con la retasa del 25% o sea de $ 168,44, de persistir la ausencia de los mismos Sin Base y al Mejor Postor, el siguiente inmueble: Dominio anotado al T° 109 Par, F° 862, Nº 27494 de la Sección Propiedades del Dpto. La Capital, con Partida Impuesto Inmobiliario: 10-04-00-135148/0000-9; ubicado en: Zona Urbana, Pca S/N de Campo Andino y el que según título expresa: "Una fracción de terreno con lo existente, situado en Campo Andino Distrito San Pedro, compuesta de veinte metros de frente al Oeste por sesenta metros de fondo y linda: Oeste, camino real a San Pedro; Sud, Timoteo González; Norte, Pilar M. de Oroño y al Oeste, Timoteo González y Pilar M. de Oroño. Informes Previos: Informa el Registro General que el dominio subsiste a nombre de la demandada; y sobre el mismo pesa el siguiente embargo: N° 87708 de $ 603,68 de fecha 01/09/10 de autos. Deudas: Informa la Administración Provincial de Impuestos API de $ 377,11, en concepto de Impuesto Inmobiliario. La Comuna de Campo Andino que adeuda: $ 374,99 en concepto de T.G.I. Informa el Sr. Juez Comunal: me constituí en el inmueble embargado en autos propietario: Sra. Con domicilio en Zona Urbana de Campo Andino, y procedí a constatar lo siguiente: que se trata de un lote baldío y sin ningún tipo de mejoras, y ubicado sobre calle de tierra, con provisión de agua potable y luz eléctrica, a aproximadamente 500 metros del centro de la localidad (Comuna, Policía, Centro Asistencial). No siendo para más se dio por terminado este acto. Condiciones: Quien resultare comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% a cuenta del precio más el 3% más IVA de comisión del martillero. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad con lo establecido con el art. 499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los 30 días, posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma dicho saldo se le aplicara un interés equivalente al de la tasa pasiva que para deposito a 30 días, abona el Banco de la Nación Argentina. El adquirente tendrá a su cargo, los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y serán a su cargo además la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales incluidos el I.V.A. de corresponder que resultare de la operación, debiendo manifestar en el mismo acto si compra para sí o para un tercero en comisión, el que deberá comparecer a ratificar la compra dentro de los cinco días. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL y en el panel del Juzgado de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (ley 11287). Laguna Paiva, 16 de Febrero de 2011. Jorge Luis Christe, secretario.

S/C 125713 Feb. 23 Feb. 25

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POR

JUAN A. TAFFAREL

El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito Nº 22 de la localidad de Laguna Paiva, Secretaría a cargo del Dr. Christe Jorge Luis, en autos: "COMUNA DE CAMPO ANDINO c/Otra (DNI. 23.264.372) s/Demanda de Apremio" Expte. 642/08, ha dispuesto que el Martillero Juan Antonio Taffarel, C.U.I.T. 20-11832521-5, proceda a vender el día 4 de Marzo de 2011 a las 11 hs, o el día hábil siguiente si aquél resultare feriado, a la misma hora, en el Juzgado Comunal de la localidad de Campo Andino, con la base del Avalúo Fiscal de $ 7.412,27 de no haber postores con la retasa del 25% o sea de $ 5.559,20, de persistir la ausencia de los mismos Sin Base y al Mejor Postor, el siguiente inmueble: Dominio anotado al Tº 173I, F° 1012, Nº 19475 de la Sección Propiedades del Dpto. La Capital, con Partida Impuesto Inmobiliario: 10-04-00-135167/0000-4; ubicado en Zona Urbana, M° 7, L° 7 De Campo Andino y el que según título expresa: "Una fracción de terreno campo ubicada en el Distrito San Pedro, Campo Andino, Depto La Capital, de esta Pcia., que mide Cuarenta y cinco metros en sus lados Norte y Sud, por Cuarenta y tres metros en los del Este y Oeste, lindando: al Oeste, con Julio Benjamín Oroño; al Sud, con Avelino Caniza; al Este, con más terreno de Julio Benjamín Oroño; y al Norte, camino vecinal de Diez metros de ancho de por medio, con más terreno de Julio Benjamín Oroño. Distando Ciento diez metros hacia el Este, del camino real de San Pedro. Informes Previos: Informa el Registro General que el dominio subsiste a nombre de la demandada; y sobre el mismo pesa el siguiente embargo: N° 10364 de $ 886,20 de fecha 10/02/09 de autos. Deudas: Informa la Administración Provincial de Impuestos API de $ 384,02, en concepto de Impuesto Inmobiliario. La Comuna de Campo Andino que adeuda: $ 707,90 en concepto de T.G.L. Informa el Sr. Juez Comunal: "me constituí en el inmueble embargado en autos Domicilio: Zona Urbana M° 7 L° 7 de Campo Andino y procedí a constatar lo siguiente: que dicho lote se encuentra habitado por las siguientes familias: el Sr. y su familia, Sra. y familia, Sra. y familia y el Sr. y su familia. Que dichas viviendas son de material y pertenecen a un Plan de viviendas; todas poseen servicio de luz y agua potable, sobre calle de tierra y a aproximadamente 300 metros del Centro de la localidad (Comuna, Policía, Juzgado, Comisaria); se trata de un grupo de viviendas muy humildes. No siendo para más se dio por terminado este acto. Condiciones: Quien resultare comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% a cuenta del precio más el 3% más IVA de comisión del martillero. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad con lo establecido con el art. 499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los 30 días, posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma dicho saldo se le aplicará un interés equivalente al de la tasa pasiva que para deposito a 30 días, abona el Banco de la Nación Argentina. El adquirente tendrá a su cargo, los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y serán a su cargo además la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales incluidos el I.V.A. de corresponder que resultare de la operación, debiendo manifestar en el mismo acto si compra para sí o para un tercero en comisión, el que deberá comparecer a ratificar la compra dentro de los cinco días. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL y en el panel del Juzgado de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (ley 11287). Laguna Paiva, 16 de Febrero de 2011. Jorge Luis Christe, secretario.

S/C 125716 Feb. 23 Feb. 25

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POR

JUAN A. TAFFAREL

El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 22 de la localidad de Laguna Paiva, Secretaría a cargo del Dr. Christe Jorge Luis, en autos: "COMUNA DE CAMPO ANDINO c/Otro s/Demanda de Apremio" Expte. 641/08, ha dispuesto que el Martillero Juan Antonio Taffarel, C.U.I.T. 20-11832521-5, proceda a vender el día 4 de Marzo de 2011 a las 9,30 hs, o el día hábil siguiente si aquél resultare feriado, a la misma hora, en el Juzgado Comunal de la localidad de Campo Andino, con la base del Avalúo Fiscal de $ 27.989,67 de no haber postores con la retasa del 25% o sea de $ 20.992,25, de persistir la ausencia de los mismos Sin Base y al Mejor Postor, el siguiente inmueble: Dominio anotado al T° 118 Par, Fº 1256, Nº 36092 de la Sección Propiedades del Dpto. La Capital con Partidas Impuesto Inmobiliario: M°10 L°2: 10-04-00 135154/0000-0. M° 1.0 L° 3: 10-04-00 135155/0000-9, M° 10 L° 4: 10-04-00 135156/0000-8, M° 10 L° 5: 10-04-00 135157/0000-7, M° 10 L° 6: 10-04-00 135158/0000-6. M° 10 L° 7: 10-04-00 135159/0000-5; ubicado en Zona Urbana, M° 10, L° 2-3-4-5-6-7 de Campo Andino, y el que según título expresa: "La tercera parte indivisa de una fracción de terreno en el Distrito San Pedro, Campo Andino, compuesta la fracción de cien metros en los lados Este y Oeste por quinientos noventa metros en el norte y seiscientos cinco metros al Sud, linda: Este, Ramona Z. de Oroño; Oeste, Andrés Dallia, Norte Ramona Z. de Oroño; y Sud Avelino Caniza. Informes Previos: Informa el Registro General que el dominio subsiste a nombre del demandado; y sobre el mismo pesa el siguiente embargo: N° 129945 de $ 1.477,40 de fecha 13/12/10 de autos. Deudas: Informa la Administración Provincial de Impuestos API de todas las partidas mencionadas asciende $ 2.330, en concepto de Impuesto Inmobiliario. La Comuna de Campo Andino que adeuda: $ 2.108,01 en concepto de T.G.I. Informa el Sr. Juez Comunal: "me constituí en el inmueble embargado en autos: Propietario Sr. Domiciliado: Zona Urbana Manzana 10, lotes 2-3-4-5-6-7 de Campo Andino y procedí a constatar lo siguiente: que el lote identificado con partida impuesto inmobiliario Nº 1351540000-0 es un lote baldío, el lote identificado con partida impuesto inmobiliario Nº 135155/0000-9 lo habita la Sra. el lote identificado con partida impuesto inmobiliario N° 135156/000-8 la Sra., el lote identificado con partida impuesto inmobiliario N° 135157/000-7 lo habita el Sr., el lote identificado con partida impuesto inmobiliario N° 13158/0000-6 lo habitan el Sr. Y con respecto al lote identificado con partida impuesto inmobiliario N° 135159/0000-5 lo habitan la Sra., y el Sr. Dichas viviendas forman parte de un plan llamado SUPCE, son todas de material, poseen luz eléctrica y agua potable, sobre calle de tierra, son viviendas precarias y se hallan ubicadas aproximadamente a 200 metros del centro de la localidad (Comuna, Centro Asistencial, comisaria, Juzgado). No siendo para más se dio por terminado este acto. Condiciones: Quien resultare comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% a cuenta del precio más el 3% más IVA de comisión del martillero. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad con lo establecido con el art. 499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los 30 días, posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma dicho saldo se le aplicará un interés equivalente al de la tasa pasiva que para deposito a 30 días, abona el Banco de la Nación Argentina. El adquirente tendrá a su cargo, los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y serán a su cargo además la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales incluidos el I.V.A, de corresponder que resultare de la operación, debiendo manifestar en el mismo acto si compra para sí o para un tercero en comisión, el que deberá comparecer a ratificar la compra dentro de los cinco días. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL y en el panel del Juzgado de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (ley 11287). Laguna Paiva, 16 de Febrero de 2011. Jorge Luis Christe, secretario.

S/C 125714 Feb. 23 Feb. 25

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POR

JUAN A. TAFFAREL

El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 22 de la localidad de Laguna Paiva, Secretaría a cargo del Dr. Christe Jorge Luis, en autos: "COMUNA DE CAMPO ANDINO c/Otro s/Demanda de Apremio" Expte. 643/08, ha dispuesto que el Martillero Juan Antonio Taffarel, C.U.I.T. 20-11832521-5, proceda a vender el día 4 de Marzo de 2011 a las 10 hs, o el día hábil siguiente si aquél resultare feriado, a la misma hora, en el Juzgado Comunal de la localidad de Campo Andino, con la base del Avalúo Fiscal de $ 20.963,32 de no haber postores con la retasa del 25% o sea de $ 15.722,49, de persistir la ausencia de los mismos Sin Base y al Mejor Postor, el siguiente inmueble: Dominio anotado al T° 118 Par, F° 1256, N° 36092 de la Sección Propiedades del Dpto. La Capital con Partidas Impuesto Inmobiliario: M° 7 L° 2: 10-04-00 135169/0000-2, M° 7 L° 3: 10-04-00 135168/0000-3, M° 7 L° 4: 10-04-00 135170/0000-8; ubicado en Zona Urbana, M° 7, L° 2-3 de Campo Andino, y el que según título expresa: "La tercera parte indivisa de una fracción de terreno en el Distrito San Pedro, Campo Andino, compuesta la fracción de cien metros en los lados Este y Oeste por quinientos noventa metros en el norte y seiscientos cinco metros al Sud, linda: Este, Ramona Z. de Oroño; Oeste, Andrés Dallia, Norte Ramona Z. de Oroño; y Sud Avelino Caniza. Informes Previos: Informa el Registro General que el dominio subsiste a nombre del demandado; y sobre el mismo pesa el siguiente embargo: Nº 129944 de $ 1.447,40 de fecha 13/12/10 de autos. Deudas: Informa la Administración Provincial de Impuestos API de todas las partidas mencionadas asciende $ 1.137,80, en concepto de Impuesto Inmobiliario. La Comuna de Campo Andino que adeuda: $ 1.028,66 en concepto de T.G.I. Informa el Sr. Juez Comunal: me constituí en el inmueble embargado en autos: Propietario Sr. Domiciliado: Zona Urbana Manzana N° 7, lote 2 y tres de Campo Andino y procedí a constatar lo siguiente: que el lote identificado con partida impuesto inmobiliario N° 135168/0000-3 se encuentra habitada por el Sr. y su familia desde hace más de diez años y el lote identificado con partida impuesto inmobiliario N° 135169/0000-2 se encuentran las siguientes familias: todas viviendas antes identificadas poseen luz eléctrica y agua potable, no así cloaca ni gas, están construidas de material y son precarias y se hallan ubicadas a aproximadamente a doscientos metros del Centro de la localidad (Comuna, Centro Asistencial, comisaria. Juzgado). Ubicado sobre calle de tierra y todos habitan dichas viviendas, pero no exhiben documentación alguna. No siendo para más se dio por terminado este acto. "Informa el Sr. Juez Comunal: "me constituí en el inmueble embargado en autos propietario Sr. Domicilio: Zona Urbana M° 7, L° 4 de Campo Andino y procedí a constatar lo siguiente: que se trata de lote de terreno en el cual se hallan ocupadas por tres viviendas: una ocupada por el Sr. y familia, otra vivienda por la Sra. y su familia, y la tercera por el Sr. y su familia, se pudo constatar que se trata de viviendas humildes de material y techo de chapas de cinc, que poseen luz eléctrica y agua potable, no así gas natural, sobre calle de tierra y aproximadamente 500 metros del centro de la localidad (Comuna, Centro Asistencial, Comisaria, Juzgado). No siendo para más se dio por terminado este acto. Condiciones: Quien resultare comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% a cuenta del precio más el 3% más IVA de comisión del martillero. El saldo deberá abonarse una vez aprobada la subasta de conformidad con lo establecido con el art. 499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los 30 días, posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma dicho saldo se le aplicará un interés equivalente al de la tasa pasiva que para deposito a 30 días, abona el Banco de la Nación Argentina. El adquirente tendrá a su cargo, los impuestos, tasas y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y serán a su cargo además la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales incluidos el I.V.A. de corresponder que resultare de la operación, debiendo manifestar en el mismo acto si compra para sí o para un tercero en comisión, el que deberá comparecer a ratificar la compra dentro de los cinco días. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL y en el panel del Juzgado de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (ley 11287). Laguna Paiva, 16 de Febrero de 2011. Jorge Luis Christe, secretario.

S/C 125715 Feb. 23 Feb. 25

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

POR

ANDRES PERIOTTI

Por estar así dispuesto en los autos caratulados: "RIVOLTA, OSCAR y Otro c/Otro (DNI. 14.485.651) s/Incidente de Apremio. Expte. 273/10, que se tramitan por ante este Juzgado de 1° Instancia de Distrito Judicial Nº 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo, se hace saber que el Martillero Público Andrés C. Periotti, Matrícula 792, CUIT 20-21929927-4, procederá a vender en pública subasta el automotor Dominio: ECM 022, Marca: CITROEN, Tipo: Sedan 5 puertas. Modelo: XSARA SX 1.9D, Año: 2003, Marca Motor: CITROEN N° 10DXEA6000281, Marca Chasis: CITROEN N° 9U7N1WJYH1K253361, de acuerdo al decreto que dice: "San Jorge, 07 Feb. 2011. Agréguese. Para que tenga lugar la subasta del bien relacionado, fijase el día 9 de Marzo del corriente año, a las 10:30 horas o el inmediato posterior hábil, a la misma hora, si aquél resultare feriado, por ante el hall de este Juzgado. Cumplimentado íntegramente y firme el presente ofíciese a sus efectos. Dicho bien saldrá a la venta sin base y al mejor postor. Establécese a cargo del comprador los impuestos y/o tasas que graven el bien, a partir de la toma de posesión, excepción hecha del supuesto previsto en el art. 500 del C.P.C.C. Ejecutoriado que se encuentre el presente, publíquense edictos conforme se solicita y Autorizase la confección de 500 volantes de publicidad, debiendo acreditarse, indefectiblemente con anterioridad a la subasta, la exhibición de un ejemplar del mismo en la puerta de este juzgado, por espacio de diez días. Si los hubiere, cítese por cédula a acreedores prendarios, conforme previsiones del art. 488 del C.P.C.C. Si los hubiere también, y a los fines previstos por el art. 506 del CPCC, emplácese a los respectivos peticionantes de las cautelares para que se manifiesten en la medida de su interés o deduzcan sus reclamos, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimientos de Ley. Todo, bajo sanción de suspensión de la subasta, quedando a cargo del ejecutante el cumplimiento del presente, en tiempo y forma. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Tristán R. Martínez (Juez). Dra. Patricia L. Mazzi (Secretaria). El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor informa: que los datos regístrales del automotor son los siguientes, Dominio: ECNo22 Procedencia: Importado Cod. Autom.:02705131 Marca: CITROEN Modelo: XSARA SX 1.9D Marca Motor: CITROEN N° 10DXEA6000281 Marca Chasis: CITROEN Nº 9U7N1WJYH1K253361 Año: 2003; que subsiste el dominio a nombre de la demandada; que no registra prenda ni inhibiciones y registra los siguientes embargos 1) fecha 10/06/09, monto $ 18.200, Autos: "Otro/Arolfo Oscar Henry s/Med. Prec. Para Dem. Sep. De Bienes y/o Div. Vinc." Expte. 1601/08 de este Juzgado. 2) fecha 14/04/10, monto $ 3.318,52, de estos autos. 3) fecha 10/06/10, monto $ 11.992,50, Autos: "Rivolta Oscar B. y Otro c/Otro s/Inc. Aprem." Expte. 435/10 de este Juzgado. La Municipalidad de San Jorge informa que registra una deuda por patentes cuotas 2, 3, y 4 del 2008 $ 549,85; cuota 5 del 2008 $ 172,44 y cuotas 234 2010 $ 458,53 a fecha 24/11/10. Constatación Judicial: "se constata que el baúl está clausurado con una faja azul firmada, por encontrarse rota su cerradura, el automotor se encuentra en aparente buen estado general, con algunos rayones y pintura saltada, se aprecia una pequeña abolladura en la puerta trasera derecha, algunas tasas rotas y el parabrisas rajado todo según se aprecia a simple vista. El título de propiedad no ha sido agregado en autos por lo que quien resulte comprador deberá conformarse con las actuaciones que expida el Juzgado. Más informes en Secretaría o al Martillero 0342 155001058. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y panel de exhibición de estos Tribunales. San Jorge, 16 de febrero de 2011. Patricia Laura Mazzi, secretaria.

$ 81 125687 Feb. 23 Feb. 25