DECRETO Nº 4298
SANTA FE, 10 de Diciembre de 2003
VISTO:
El Expediente Nº 00201-0088391-2 del Sistema de Información de Expedientes
(S.I.E.), del Ministerio de Gobierno, Justicia y
Culto, mediante el cual el Tribunal Electoral de la Provincia solicita al Poder
Ejecutivo Provincial disponer los recursos necesarios para hacer frente a los
gastos que demandó la aplicación en los comicios del 07 de Setiembre de 2003 de
la Estructura Operativa Electoral de Designación de Autoridades de Mesa
aprobada por Acordada Nº 0004/03; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1563 del 6 de Junio de 2003 se convocó a elecciones
Provinciales, Municipales y Comunales conjuntamente con los Comicios Nacionales
de Senadores y Diputados llevados a cabo el 7 de Setiembre de 2003;
Que a fs. 1/2 consta nota proveniente de la
Secretaria del Tribunal Electoral de la Provincia, solicitando al Señor
Subsecretario de Justicia y Culto, la aprobación de la Estructura Operativa
Electoral de Designación de Autoridades de Mesa para los comicios del pasado 7
de Setiembre y requiriendo la disposición de los recursos necesarios, a fin de
aplicarlos a las erogaciones que demande la implementación del citado
operativo;
Que asimismo dicha petición se encuadra en las disposiciones del artículo
37° inciso a) y concordantes de la Ley Provincial 4990, en el artículo 48° de
la Ley de Contabilidad y sus modificatorias, y en las facultades conferidas al
Poder Ejecutivo por el artículo 72° inciso 4) de la Constitución Provincial;
Que la citada Estructura, formalizada mediante Acordada 0004 del 8 de
Agosto de 2003 - fs. 16/17 previó la afectación de
personal para Jefes de Departamento, Jefes de Fracción, Jefes de local y
Autoridades de Mesa, siendo estos últimos personal Docente, de la
Administración Pública Provincial, Municipal y/o Comunal y en caso de
insuficiencia de los mismos, ciudadanos inscriptos en el Registro de Electores;
Que conforme se infiere de consideraciones vertidas en los antecedentes que
configuran la gestión motivo de autos, el personal afectado a la estructura
mencionada, desarrolló funciones en forma inmediata y organizada permaneciendo
fuera de domicilio el tiempo que requirió cumplir con responsabilidad y
eficiencia las tareas asignadas, lo que motivó al Tribunal Electoral de la
Provincia, a requerir a este Poder Ejecutivo una compensación destinada a satisfacer
gastos de movilidad y refrigerio;
Que a fs. 15 de autos toma intervención el comité
de Racionalización y Control del Gasto Público - Decreto N°
1746/01 - prestando conformidad en un todo de acuerdo al Decreto N° 2368/97 y Resolución N° 335/99
del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que el gasto estimado en $ 790.000 (pesos setecientos noventa mil) cuenta
con la Partida Presupuestaria en el Programa 21 - Realización de Comicios
Comunales, Municipales y Provinciales - Jurisdicción 20 - Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto - en el Inciso 03 - Servicios No Personales -,
habiéndose imputado contablemente el gasto a fs. 15;
POR ELLO,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°. - Dispónese, por única vez, a favor
de cada uno de los agentes dependientes de la Administración Pública
Provincial, o ciudadanos inscriptos en el Registro de Electores que se
desempeñaron efectivamente como Autoridad de Mesa de los comicios llevados a
cabo en fecha 7 de Setiembre de 2003, conforme las funciones asignadas dentro
de la Estructura Operativa Electoral que fuera aprobada por Acordada N° 0004 del 8-08-03 del Tribunal Electoral de la Provincia,
el pago de la suma de $ 50,00.-(pesos cincuenta), monto no remunerativo y no
bonificable, en concepto de compensación por gastos de movilidad y refrigerio,
por su participación en el Acto Eleccionario.
ARTICULO 2°. - El gasto que demande la aplicación del presente Decreto, se
imputará al Presupuesto General vigente a: Sector 1 - Subsector
1 - Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Programa 21 - Fuente de Financiamiento 111 -
Inciso 3 - Partida Principal 9 - Partida Parcial 9 - Partida Subparcial 9 - Ubicación Geográfica 82-995 - Finalidad 1 -
Función 30.
ARTICULO 3°. - Refréndese por los Señores Ministros de Gobierno, Justicia y
Culto y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 4° - Regístrese, cominíquese y
archívese.
REUTEMANN
Dr. Carlos Alberto Carranza
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