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DECRETO 4230

 

SANTA FE; 03 de Diciembre de 2003

VISTO

El Expediente 00401-0116923-5 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada solicita la aprobación definitiva de los Planes de Estudios de las Carreras de “Profesorado de Tercer Ciclo de la Educación General Básica y de la Educación Polimodal en Filosofía” y de “Profesorado de Ciencia Sagrada para la Educación Inicial, la Educación General Básica y la Educación Polimodal”, que se aplican en el Instituto Superior Particular Incorporado NO 4062 “San Juan de Avila” de la ciudad de Santa Fe, como asimismo las correspondientes competencias de sus títulos para el ejercicio de la docencia; y

CONSIDERANDO:

Que el citado Instituto se dedica a la formación académica de los Seminaristas, futuros sacerdotes de la Arquidiócesis santafesina y fue reconocido e incorporado al Sistema Educativo Nacional, ingresando en el año 1994 al ámbito del Servicio Provincial de referencia;

Que este tipo de establecimientos goza de un Status Jurídico especial que deviene del acuerdo suscripto entre la Santa Sede y la República Argentina el 10 de octubre de 1966, aprobado por Ley Nacional 17032;

Que los Planes de Estudios propuestos reemplazarán progresivamente a los actuales “Profesorado en Formación Cristiana y Filosofía” y “Profesorado Superior en Ciencias Sagradas y Filosofía” - Planes aprobados por Resolución del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación 1454/91 y Disposición de la Dirección Nacional de la Enseñanza Privada 810/93 y fueron elaborados teniendo en cuenta las orientaciones acordadas en el seno del Consejo General de Cultura y Educación (Resoluciones Nros. 52/96, 63/97 y 104/99), Acuerdos Jurisdiccionales y el Diseño Curricular Jurisdiccional;

Que la determinación de los Espacios Curriculares, no podía obviar la necesaria articulación entre los estudios filosóficos y los teológicos, que en los Seminarios se encuentran imbricados y secuenciados temporal y conceptualmente, formando un único itinerario formativo;

Que la Comisión Provincial Permanente - creada por Decreto 5799/91 - aconseja en autos mediante Dictamen 064/03, las competencias para el ejercicio de la docencia en la Jurisdicción de referencia, que corresponde otorgarles a los títulos en cuestión;

Que debe destacarse que estos planes serán de aplicación sólo en la institución peticionante;

Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes aportados por los organismos intervinientes, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones propias conferidas por el Artículo 72° inciso 5°) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Apruébanse los Planes de Estudios de las Carreras de “Profesorado de Tercer Ciclo de la Educación General Básica y de la Educación Polimodal en Filosofía” y de “Profesorado de Ciencia Sagrada para la Educación Inicial, la Educación General Básica y la Educación Polimodal” que como Anexos I y Anexo II en sesenta y cuatro (64) fojas en total, integran el presente decreto y dáse por autorizada su aplicación a partir del ciclo lectivo 2002, en el Instituto Superior Particular Incorporado 4062 “San Juan de Avila” de la ciudad de Santa Fe.

ARTICULO 2°: Establécese que los Planes de Estudios que se aprueban por el artículo precedente, sustituirán progresivamente a los Planes de Estudios correspondientes a los Profesorados en “Formación Cristiana y Filosofía” y “Superior en Ciencias Sagradas y Filosofía”, que fueran aprobados por Resolución 1454/91 del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y por Disposición 810/93 de la Dirección Nacional de Enseñanza Privada.

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

REUTEMANN

Julio César Zapata

NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.

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